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AGR - Resolucion Orgánica 009 de 2020

Auditoría General de la Nación

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Detalles

Título
AGR - Resolucion Orgánica 009 de 2020
Autor
Auditoría General de la Nación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Fiscal
Año
2020

RESOLUCIÓN ORGÁNICA No. de 2020 ( ) “Por la cual crea y reglamenta el Grupo de Comunicaciones al interior de la Auditoría General de la República.” LA AUDITORA GENERAL DE LA REPÚBLICA En ejercicio de las facultades constitucionales y legales y en especial las conferidas en el artículo 274 de la Constitución Política, modificado por el artículo 5 del Acto Legislativo 04 de 2019 y en los numerales 13, 14, y 16 del artículo 17 del Decreto Ley 272 de 2000, y CONSIDERANDO: Que el artículo 274 de la Constitución Política, modificado por el artículo 5 del Acto Legislativo N° 04 de 2019 “Por medio del cual se reforma el Régimen del Control Fiscal” establece que “La vigilancia de la gestión fiscal de la Contraloría General de la República y de todas las contralorías territoriales se ejercerá por el Auditor General de la República, elegido por el Consejo de Estado de terna enviada por la Corte Suprema de Justicia, siguiendo los principios de transparencia, publicidad, objetividad, participación ciudadana y equidad de género, para un periodo de cuatro años”. Que el artículo 20 de la Constitución Política determina que “Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial, y la de fundar medios masivos de comunicación. Estos son libres y tienen responsabilidad social. Se garantiza el derecho a la rectificación en condiciones de equidad. No habrá censura.” Que a la Auditoría General de la República, en ejercicio de la autonomía administrativa, le

corresponde definir los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con los principios consagrados en la Constitución Política y el Decreto Ley 272 de 2000. Que el numeral 1º del artículo 17 del Decreto Ley 272 de 2000, dispone que el Auditor General la República debe: “Determinar las políticas, estrategias, planes, programas y proyectos para el cabal cumplimiento de la vigilancia de la gestión fiscal a él encomendada y para el adecuado funcionamiento administrativo de la Auditoría General de la República, con base en su autonomía administrativa, jurídica, contractual y presupuestal.” Que el numeral 13 del artículo 17 del Decreto Ley 272 de 2000, establece como una de las funciones del Auditor General de la República: “Adoptar las políticas, planes, programas y estrategias necesarias para el adecuado manejo administrativo y financiero de la Auditoría General de la República, en desarrollo de su autonomía.” Que el numeral 14 del artículo 17 del Decreto Ley 272 de 2000, señala que al Auditor General de la República le corresponde: “Asignar a las distintas dependencias y funcionarios de la AGR las competencias y tareas necesarias para el cabal cumplimiento de las funciones constitucionales y legales, para lo cual podrá conformar equipos de trabajo y dictar los reglamentos internos que se requieran, así como delegar y desconcentrar las funciones a que hubiere lugar, con sujeción a las disposiciones constitucionales y legales vigentes.” Continuación de la Resolución Orgánica No. de 2020 Página 2 de 3 Que el numeral 16 del artículo 17 del Decreto Ley 272 de 2000, faculta al Auditor General de la

República para: “(…) conformar los grupos internos de trabajo, consejos y comités asesores que sean necesarios para el cumplimiento eficiente y eficaz de las competencias y responsabilidades de la entidad, asignándoles las tareas a ejecutar.” Que la Auditoría General de la República expidió la Resolución Orgánica No. 005 del 9 de junio de 2010, mediante la cual creó: “el Comité y el Grupo de Comunicaciones” de la Entidad.

Que la Auditoría General de la República profirió la Resolución Orgánica 006 del 23 de abril de 2019, “Por la cual se reglamenta el funcionamiento del Comité de Gestión y Desempeño institucional (…).” y en el artículo 19 derogó la Resolución 005 de 2010, antes referida. Que el Gobierno Nacional expidió la Ley 1712 de 2014, “Por medio de la cual se crea la Ley de transparencia y del derecho de acceso a la información pública nacional y se dictan otras disposiciones”, cuya finalidad es garantizar la transparencia mediante la publicación oportuna y proactiva de información pública no clasificada o reservada. Que de conformidad con dicha Ley, la Auditoría General de la República como sujeto obligado, tiene el deber de publicar de manera permanente y actualizada, la información pública en cumplimiento de sus funciones constitucionales y legales. Que en cumplimiento de los fines establecidos por la mencionada Ley, en conjunto con la estrategia de gobierno en línea es necesario crear el Grupo de Comunicaciones al interior de la Entidad, cuyas funciones, reglamentación y funcionamiento se desarrollarán más adelante. Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE: ARTÍCULO 1º. GRUPO DE COMUNICACIONES: Crear el Grupo de Comunicaciones, adscrito al Despacho del Auditor General de la República.

ARTÍCULO 2º. INTEGRANTES: El Grupo de Comunicaciones estará conformado por el Director de la Oficina de Estudios Especiales y Apoyo Técnico, quien ejercerá las funciones de Coordinador del Grupo, y por los profesionales con título universitario en Comunicación Social y Periodismo, quienes hacen parte de la Oficina de Estudios Especiales y Apoyo Técnico, así como por los profesionales con título universitario en áreas afines a las funciones del Grupo de Comunicaciones que se incorporen a la planta de la Auditoría General de la República y sean designados a la Oficina de Estudios Especiales y Apoyo Técnico. ARTÍCULO 3º FUNCIONES. Son funciones del Grupo de Comunicaciones: a) Formular, desarrollar, y presentar al Auditor General de la República las políticas y estrategias de divulgación y promoción de la actividad institucional, así como asesorar y acompañar en el desarrollo de éstas. b) Orientar y acompañar al Auditor General de la República y a la Alta Dirección institucional en el manejo de las relaciones con los medios de comunicación y demás sectores de la opinión pública. c) Construir y ejecutar el Plan Estratégico de Comunicaciones, según aprobación y recomendaciones del Comité Institucional de Gestión y Desempeño. d) Liderar los procesos de comunicación externa e interna. e) Establecer protocolos de prensa y coordinar las relaciones con los medios de Continuación de la Resolución Orgánica No. de 2020

Página 3 de 3 comunicación. f) Diseñar, documentar e implementar manuales, métodos y procedimientos para el posicionamiento, la promoción y la divulgación institucional. g) Establecer y supervisar la correcta aplicación de la imagen corporativa. h) Apoyar a las dependencias de la entidad en el diseño y desarrollo de estrategias, programas, planes y acciones de comunicación. i) Diseñar e implementar formatos, canales y productos para la oportuna y efectiva implementación de las estrategias y acciones de comunicación. j) Producir y emitir comunicados, boletines y documentos informativos y noticiosos para difundir los logros, alcances y actividades institucionales. k) Realizar el monitoreo y sistematización de la información que divulguen los medios de comunicación relacionados con el control fiscal y la responsabilidad fiscal, a nivel nacional e internacional. l) Las demás que se deriven del plan general de comunicaciones y que determine el Auditor General de la República.

Parágrafo: Para el desarrollo de sus funciones, el Grupo de Comunicaciones contará con el apoyo de las demás dependencias de la entidad.

ARTÍCULO 4º La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los ALMA CARMENZA ERAZO MONTENEGRO Auditora General de la República Nota: Documento firmado digitalmente Nombre y Apellido Firma Fecha Proyectado por: Hennie Alejandra Suárez Terán – Asesora de Despacho 10-06-2020 Carlos Oscar Vergara Rodríguez – Director Oficina Jurídica

Revisado por: Sandra Patricia Silva Mejía - Asesora de Despacho 10-06-2020

Genith Carlosama Mora – Profesional Oficina Jurídica Vlasov David Vega Rocha – Director Oficina de Estudios Especiales y Apoyo Aprobado por: 10-06-2020 Técnico Los arriba firmantes declaramos que hemos revisado el documento y lo encontramos ajustado a las normas y disposiciones legales vigentes y por lo tanto, bajo nuestra responsabilidad lo presentamos para la firma.

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