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AGR - Resolucion Organica 009 de 2021

Auditoría General de la Nación

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Detalles

Título
AGR - Resolucion Organica 009 de 2021
Autor
Auditoría General de la Nación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Fiscal
Año
2021

RESOLUCIÓN ORGÁNICA Nro. DE 2021 ( ) «Por medio de la cual se modifica la Resolución Orgánica 08 de 2018 por la cual se adopta el Código de Integridad para la Auditoría General de la República.» LA AUDITORA GENERAL DE LA REPÚBLICA En ejercicio de las facultades constitucionales y legales y en especial las conferidas en el artículo 274 de la Constitución Política, modificado por el artículo 5 del Acto Legislativo 04 de 2019 y en los numerales 10, 13, 14 y 16 del artículo 17 del Decreto Ley 272 de 2000, y CONSIDERANDO: Que el artículo 209 de la Constitución Política señala que, «La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, […]» Que de conformidad con la Ley 1474 de 2011, «Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública» se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública. Que de conformidad con la Ley 1712 de 2014 se crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional y se dictan otras disposiciones. Que el Decreto 1499 de 2017 «Por medio del cual se modifica el Decreto 1083 de

2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública en lo relacionado con el sistema de Gestión establecido en el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015», definió el Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG como el marco de referencia para dirigir, planear, ejecutar, hacer seguimiento, evaluar y controlar la gestión de las entidades públicas, con el fin de generar resultados que atiendan los planes de desarrollo y resuelvan las necesidades y problemas de los ciudadanos, con integridad y calidad en el servicio (artículo 2.2.22.3.2), y dentro de su ámbito de aplicación quedaron cobijados los organismos y entidades de los órdenes nacional y territorial de la Rama Ejecutiva del Poder Público (artículo 2.2.22.3.4). Que el Decreto en mención en el artículo 2.2.22.2.1 indicó que «[…] las políticas de Desarrollo Administrativo de que trata la Ley 489 de 1998, formuladas por el Departamento Administrativo de la Función Pública y los demás líderes, se denominarán políticas de Gestión y Desempeño Institucional y comprenderán […]», entre otras, de acuerdo al numeral 4, la Política de Integridad para las entidades públicas. Que el artículo 2.2.22.3.3 ibídem señaló como unos de los objetivos del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG en el numeral 1 «[…] fortalecer el Continuación de la Resolución Orgánica No. del 2021 que modifica la Resolución Orgánica 8 de 2018. liderazgo y el talento humano bajo los principios de integridad y legalidad, como

motores de la generación de resultados de las entidades públicas». Que el Manual Operativo del Sistema de Gestión MIPG, en el numeral «1.2.2 Política de Integridad» de la dimensión del Talento Humano, señaló que era evidente «la necesidad de construir una política de Integridad para las entidades públicas, dentro de la cual el más reciente desarrollo ha sido la adopción de un 'código general' o 'código tipo' que establece mínimos de integridad homogéneos para todos los servidores públicos del país, convirtiéndose así, en una guía de comportamiento en el servicio público. Un código que a la vez es una herramienta de cambio cultural que incita a nuevos tipos de reflexiones, actitudes y comportamientos», y, sobre el Código de Integridad elaborado por Función Pública se señaló que «constituye una herramienta para ser implementada por las entidades públicas de la Rama Ejecutiva colombiana». Que, teniendo en cuenta los parámetros del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG y de la Política de Integridad, el Departamento Administrativo de la Función Pública desarrolló Código de Integridad, con las características de ser general, conciso y en el cual se establecieron unos mínimos de integridad homogéneos para todos los servidores públicos del país. Cada uno de los valores que incluyó el Código, determinó una línea de acción cotidiana para los servidores, quedando compendiados cinco (5) valores así: «Honestidad: Actúo siempre con fundamento en la verdad, cumpliendo mis deberes con transparencia y rectitud, y siempre favoreciendo el interés general.

Respeto: Reconozco, valoro y trato de manera digna a todas las personas, con

sus virtudes y defectos, sin importar su labor, su procedencia, títulos o cualquier otra condición.

Compromiso: Soy consciente de la importancia de mi rol como servidor público y estoy en disposición permanente para comprender y resolver las necesidades de las personas con las que me relaciono en mis labores cotidianas, buscando siempre mejorar su bienestar.

Diligencia: Cumplo con los deberes, funciones y responsabilidades asignadas a mi cargo de la mejor manera posible, con atención, prontitud y eficiencia, para así optimizar el uso de los recursos del Estado.

Justicia: Actúo con imparcialidad garantizando los derechos de las personas, con equidad, igualdad y sin discriminación».

Que a la expedición del Código de Integridad del Servicio Público lo acompañó una Caja de Herramientas para acciones de cambio, en el que se instó a las entidades públicas a implementar el Código y se indicaron una serie de estrategias para hacerlo. Que en el documento «Recetario para la Integridad - Caja de Herramientas del Código de Integridad» se precisó sobre la realización de un proceso de armonización entre los antiguos códigos de ética y el actual código de integridad, resaltando que «este paso es muy importante porque partimos de la base de que esto no se trata de un «borrón y cuenta nueva». Si bien la construcción de un Código de integridad de tipo general para todos los servidores públicos enriquece a la institucionalidad pública del país porque nos pone a trabajar sobre un referente compartido, entendemos que el trabajo que viene haciendo cada entidad con su Código de Ética es enormemente valioso. Por esto hemos construido una Continuación de la Resolución Orgánica No. del 2021 que

modifica la Resolución Orgánica 8 de 2018. metodología de armonización que te permitirá, junto con tu equipo de trabajo, hallar los puntos de encuentro entre el Código de Ética de tu entidad y el Código de Integridad y realizar una comparación entre el contenido de cada uno.» Que el Decreto 1499 de 2017 y el Manual Operativo de Gestión MIPG; los «Valores del Servicio Público - Código de Integridad», deben hacer parte del engranaje de las entidades públicas en el componente de Política de Talento Humano dentro del Modelo Integrado de Planeación y Gestión II de cada entidad. Que la Auditoría General de la República mediante Resolución Orgánica 08 de 2018 adoptó el Código de Integridad del servicio público expedido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, adoptando los cinco valores del servicio público. Que el Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Auditoría General de la República aprobó la realización de una convocatoria interna a los servidores de la entidad para que propusieran dos valores adicionales acordes al actuar de los funcionarios de la entidad. Una vez realizada la convocatoria fueron escogidos por los jurados designados dos valores a ser adicionados al código de integridad de la Auditoría General de la República. Que por lo expuesto anteriormente, RESUELVE: Artículo 1°. Modificar la Resolución Orgánica 08 del 25 de junio de 2018 por medio de la cual se adopta el código de integridad para la Auditoría General de la República en el sentido de adicionar dos nuevos valores del servicio público. Artículo 2º. Adoptar dos nuevos valores del servicio público establecidos en el

Código de Integridad, a saber:  Excelencia. Cumplo con calidad y oportunidad las funciones y tareas asignadas con un alto nivel de compromiso, buscando el mejoramiento continuo en la gestión institucional, fundamentado en el cumplimiento de la política de antisoborno.  Disciplina. Actúo de manera ordenada, metódica y perseverante con el fin de cumplir con las funciones y metas del área de desempeño, respetando los conductos regulares para lograr los objetivos deseados. Artículo 3°. La sensibilización e implementación del Código de Integridad en la Auditoría General de la República será liderada por la Secretaría General y la Dirección de Talento Humano con el apoyo de las áreas de la entidad. Artículo 4°. Los principios y valores del Código de Integridad del Servicio Público, serán asumidos y cumplidos de manera consciente y responsable por los servidores públicos de la Auditoría General de la República, en todos los niveles y jerarquías, sin perjuicio de las normas, códigos o manuales vigentes y tendrán la obligación de cooperar en la ejecución de actividades programadas para su sensibilización e implementación. Continuación de la Resolución Orgánica No. del 2021 que modifica la Resolución Orgánica 8 de 2018. Artículo 5°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

PUBLIQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los

ALMA CARMENZA ERAZO MONTEGRO

Auditora General de la República Nombre y Apellido Firma Fecha

Proyectado por: Elizabeth Monsalve Camacho Directora Talento Humano 30/11/2021

Elizabeth Monsalve Camacho. Directora Talento Humano 30/11/2021

Revisado por: Pablo Andrés Olarte Huguet. Director Oficina Jurídica

30/11/2021

Aprobado por: Daniel Eduardo Ramírez Echeverri. Secretario General Los arriba firmantes declaramos que hemos revisado el documento y lo encontramos ajustado a las normas y disposiciones legales vigentes y por lo tanto, bajo nuestra responsabilidad lo presentamos para la firma.

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