AGR - Resolucion Orgánica 009 de 2022
Auditoría General de la Nación
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Detalles
- Título
- AGR - Resolucion Orgánica 009 de 2022
- Autor
- Auditoría General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2022
009 CIÓN ORGÁNICA Nro. DE 2022 (0.3 May 2022 ) «Por la cual se modifica y adiciona la Resolución Orgánica 010 de 10 diciembre de 2018» LA AUDITORA GENERAL DE LA REPÚBLICA En ejercicio de la atribuciones constitucionales y legales en especial las conferidas en el artículo 274 de la Constitución Política, modificado por el Acto Legislativo 004 de 2019 y en los numerales 1”, 13 y 14 del artículo 17 del Decreto Ley 272 de 2000, y CONSIDERANDO Que la Auditoría General de la República -en adelante LA AUDITORÍAes un organismo dotado de autonomía jurídica, administrativa, contractual y presupuestal, a cargo del Auditor General de la República a que se refiere el artículo 274 de la Constitución Política, cuyas funciones se encuentran reguladas en el artículo 17 del Decreto Ley 272 de 2000. Que el numeral 12 del artículo 13 del Decreto Ley 272 de 2000, señala que uno de los objetivos del Despacho del Auditor General de la República, es «[...] formular las políticas, planes y estrategias necesarias para el eficiente y efectivo ejercicio de las funciones que le otorga la Constitución y la ley.» Que los numerales 13 y 14 del artículo 17 del Decreto Ley 272 de 2000, facultan expresamente al Auditor General de la República, para adoptar las medidas administrativas y financieras para el adecuado funcionamiento de la entidad y, para asignar a las distintas dependencias y funcionarios de la Auditoría, las competencias y tareas necesarias para el cabal cumplimiento de las funciones
constitucionales y legales, incluida la conformación de equipos de trabajo, delegando y desconcentrando las funciones a que hubiere lugar. Que el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015, por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 20142018 "Todos por un nuevo país", integró en un solo Sistema de Gestión los Sistemas de Desarrollo Administrativo y de Gestión de la Calidad, previstos en las Leyes 489 de 1998 y 872 de 2003, respectivamente, el cual deberá articularse con el Sistema de Control Interno consagrado en la Ley 87 de 1993 y en los artículos 27 al 29 de la Ley 489 de 1998. Que el Decreto Único 1083 de 2015, reglamenta este Sistema de Gestión y actualiza el Modelo Integrado de Planeación y Gestión, de tal manera que permite el fortalecimiento de los mecanismos, métodos y procedimientos de gestión y control al interior de los organismos y entidades del Estado. Que el Decreto 1499 de 2017 modificó el Decreto 1083 de 2015, sustituyendo los títulos 22 y 23 de la Parte 2 del Libro 2, en lo relacionado con el Sistema de Gestión y estableció su articulación con el Sistema de Control Interno; adoptando el Modelo Integrado de Planeación y Gestión — MIPG como un marco de referencia para dirigir, planear, ejecutar, hacer seguimiento, evaluar y controlar la gestión de las entidades y organismos públicos, con el fin de generar resultados que atiendan los planes de desarrollo y resuelvan las necesidades y problemas de los ciudadanos, con integridad y calidad en el servicio. Que el Decreto 1499 de 2017, establece que el Sistema de Gestión está conformado por las políticas,
normas, recursos e información necesarios para dirigir la gestión pública al mejor desempeño institucional y a la consecución de resultados, para satisfacer las necesidades y los derechos de los ciudadanos, el cual se complementa y articula, entre otros, con los Sistemas Nacional de Servicio al Ciudadano, de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, de Gestión Ambiental y de Seguridad de la Información. Que el mencionado Decreto consagra que las políticas de Desarrollo Administrativo dispuesta la Ley 489 de 1998, se denominarán políticas de Gestión y Desempeño Institucional, se regi Av Calle 26 469 - 76 Edificio Elernento Torre 4 (Agua) Piso 17 y 18, Bogotá D.C.
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GEMERAL DE La, REPÚBLICA - COLOMBIA pe
LO TRANSFORMEAl NCODNTORO L FISCAL las normas que las regulan o reglamentan y se implementarán a través de planes, programas, proyectos, metodologías y estrategias. Que el Decreto 1499 de 2017, igualmente, define que en cada una de las entidades se integrará un Comité Institucional de Gestión y Desempeño encargado de orientar la implementación y operación
del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG, el cual sustituirá los demás comités que tengan relación con el Modelo y que no sean obligatorios por mandato legal. Que el citado Decreto establece que el Sistema de Control Interno previsto en la Ley 87 de 1993 y en la Ley 489 de 1998, se articulará al Sistema de Gestión en el marco del Modelo Integrado de Planeación y Gestión — MIPG, a través de los mecanismos de control y verificación que permiten el cumplimiento de los objetivos y el logro de resultados de las entidades; que el Control Interno es transversal a la gestión y desempeño de las entidades y se implementa a través del Modelo Estándar de Control Interno — MECI, cuya estructura está acompañada de un esquema de asignación de responsabilidades y roles para la gestión del riesgo y el control, el cual se distribuye en diversos servidores de la entidad, no siendo ésta una tarea exclusiva de las oficinas de control interno. Que el Decreto 648 de 2017, modificó el Título 21 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1083 de 2015, y estableció el Sistema Institucional de Control Interno, el cual se integra por el esquema de controles de la organización, la gestión de riesgos, la administración de la información y de los recursos y por el conjunto de planes, métodos, principios, normas, procedimientos, y mecanismos de verificación y evaluación adoptados por la entidad, dentro de las políticas trazadas por la dirección y en atención a las metas, resultados u objetivos de la entidad. Que la Resolución Orgánica 012 de 2014 en su artículo 1? definió el Sistema de Gestión Integral de
LA AUDITORÍA como el conjunto de elementos interrelacionados que permiten dirigir, evaluar y mejorar el desempeño institucional, integrando el marco jurídico vinculante, el marco estratégico vigente, el Sistema de Control Interno y el Sistema de Gestión de Calidad, fundamentados en una cultura organizacional de innovación, aprendizaje y mejoramiento continuo. Estos elementos, en su conjunto, favorecen el fortalecimiento y la modernización de la gestión institucional. Que mediante la Resolución Orgánica 010 de 2018, la Auditoría General de la República, adoptó el Modelo Integrado de Planeación y Gestión — MIPG. Que el Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP), a través del Consejo para la Gestión y Desempeño Institucional, en marzo de 2021, expidió la versión 4 del Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión, el cual incluye nuevas Políticas de Gestión y Desempeño Institucional. Que la Auditoría General de la República, como organismo de control cuenta con características especiales que condicionan y permiten identificar formas alternativas para la implementación y evaluación de los requisitos e instrumentos de las políticas de Gestión y Desempeño de MIPG. Con fundamento en las anteriores consideraciones, RESUELVE: Artículo 1. Modificar el artículo 6 de la Resolución Orgánica 010 del 10 de diciembre de 2018, el cual quedará así: “Artículo 6. Instrumentos para la actividad de auditoría interna. De conformidad con lo previsto en el artículo 16 del Decreto 648 de 2017, los Instrumentos para la actividad de la
auditoría interna, que hacen parte del Sistema Institucional de Control Interno en LA AUDITORÍA, son: Av Calle 26 1 69 - 76 Edificio Elenento Torre4 (Agua) Piso 17 y 18, Bogotá D.C.
PBX: [571] 3186800 - 3816710 -Línea gratuita de atención ciudadana: 018000-120205 auditoriageneral EJauditoriagen EJ auditoriagen [EJauditoriageneralcol participacionWauditoria.gov.co
www.auditoria.gov.co o. l ión de la Resolución Orgánica Nro. 0 0 “Y ¡de 2022 “Por : odifica y adiciona la Resolución Orgánica 10 de 10 diciembre y el ejercicio de la Auditoría teen: y de reglas de conducta que describen el comportamiento que se espera de los auditores internos” . b) Carta de representación: Es el documento debidamente suscrito por los Directores de Oficina y Gerentes Seccionales, en el que se establece la veracidad, calidad y oportunidad de la información que debe suministrarse a los servidores públicos responsables de realizar las visitas de auditoría de la Oficina de Control Interno.
Estatuto de auditoría: Es un documento formal que define el propósito, autoridad y responsabilidad de la actividad de auditería interna en la entidad. El Estatuto establece la posición de la actividad de auditoría interna, autoriza el acceso a los registros, al personal y a los bienes pertinentes para la ejecución de los trabajos, y define el ámbito de actuación de las actividades de auditoría interna”. d) Plan Anual de Auditoría. Documento que establece el enfoque general y los énfasis
estratégicos de la actividad de auditoría interna de la entidad y contiene las actividades que debe ejecutar la Oficina de Control Interno durante cada vigencia.” Artículo 2. Modificar y adicionar el artículo 8 de la Resolución Orgánica 010 del 10 de diciembre de 2018, el cual quedará así: “Artículo 8. Políticas de Gestión y Desempeño Institucional. Las políticas de Gestión y Desempeño Institucional del Modelo Integrado de Planeación y Gestión, que desarrollan las dimensiones del Modelo, entre otras, son las siguientes: Planeación Institucional. Gestión presupuestal y eficiencia del gasto público. A Compras y Contratación Pública Talento Humano. D Integridad. Transparencia, acceso a la información pública y lucha contra la corrupción. N Fortalecimiento organizacional y simplificación de procesos. Servicio al ciudadano. O Participación ciudadana en la gestión pública. . Racionalización de trámites. . Gobierno digital. . Seguridad digital. . Defensa jurídica. . Mejora normativa. . Gestión del conocimiento y la innovación. . Gestión documental. Gestión de la información estadística . Seguimiento y evaluación del desempeño institucional. . Control interno.
Parágrafo: Las anteriores políticas serán implementadas y evaluadas atendiendo las características especiales que como organismo de control aplican para la AUDITORÍA, excepto las siguientes:
10. Racionalización de trámites y
14. Mejora normativa.” Artículo 3. Modificar y adicionar el artículo 9 de la Resolución Orgánica 010 del 10 de diciembre de
2018, el cual quedará así: 1 Tomado del Marco Internacional para la práctica profesional de la Auditoría Interna — Instituto de Auditores Internos 2 Ibid. Av Calle 26 4 69 - 76 Edificio Elemento Torre 4 (Agua) Piso 17 y 18, Bogotá D.C.
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E auditoriageneral EJauditoriagen EJ auditoriagen EJauditoriageneralcol participacionf4auditoria.gov.co www.auditoria.gov.co 009 Continuación de la Resolución Orgánica Nro. de 2022 “Por la cual se modifica y adiciona la Resolución Orgánica 10 de 10 diciembre ( AUDITORÍA de 2018” Página 4 de 4 LO TRANSFORMANDO EL CONTROL FISCAL “Artículo 9. Implementación de las Políticas. Las Políticas de Gestión y Desempeño Institucional se regirán por las normas que las regulan o reglamentan y se implementarán a través de planes, programas, proyectos, metodologías y estrategias, atendiendo las características y misión constitucional de la Auditoría. Serán lideradas por las siguientes dependencias, sin detrimento de la participación de las demás involucradas en la ejecución de cada uno de los requerimientos, teniendo en cuenta los responsables del Modelo previstos en los artículos 102 y 112 de la presente Resolución:
POLÍTICA DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO DEPENDENCIA LÍDER DE LA
DIMENSIÓN MIPG INSTITUCIONAL IMPLEMENTACIÓN DE LA POLÍTICA
Planeación institucional Oficina de Planeación
DIFECCIOnO miento Gestión presupuestal y eficiencia del gasto Secretaría General - Dirección de Recursos estratégico público Financieras A Secretaría General - Dirección de Recursos Compras y contratación pública Físicos Talento humano Secretaría General - Dirección de Talento Talento humano Humano Integridad Transparencia, acceso a la información Auditoría Auxiliar - Oficina de Planeación pública y lucha contra la corrupción Fortalecimiento organizacional y Oficina de Planeación simplificación de procesos Auditoría delegada para la Vigilancia de la Gestión con Servicio al ciudadano Gestión Fiscal valores para Auditoría delegada para la Vigilancia de la Participación ciudadana en la gestión resultados pública Gestión Fiscal Gobierno digital Oficina de Planeación Seguridad digital Oficina de Planeación Defensa jurídica Oficina Jurídica Oficina de Estudios Especiales y Apoyo Gestión del Gestión del conocimiento y la innovación conocimiento Técnico Secretaría General - Dirección de Recursos Gestión documental Físicos Información y Oficina de Estudios Especiales y Apoyo comunicación Gestión de la información estadística Técnico Evaluación y Seguimiento y evaluación del desempeño Oficina de Planeación resultados institucional Control interno Control interno Oficina de Planeación Artículo 4. Vigencia y Derogatoria. La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE, Y CÚMPLASE
2 2 0 2 y a M 3 0
Dada en Bogotá D.C., Nombre y Apellido Firma Fecha Proyectado por: Jhonny Marlon Cárdenas Arévalo — Asesor de Despacho E 3/05 Hz Juan Diego Doncel Ramirez — Profesional Especializado Auditoría Auxiliar Le o ¡A 3f05f 22
Revisado por: Mariana Gutiérrez Dueñas - Directora Oficina de Planeación anda y Pablo Andrés Olarte Huguet - Director Oficina Jurídica ' Pd E 3/0 /2
Aprobado por: Daniel Eduardo Ramirez Echeverry - Secretario General A hasrás y didposiciones legales Los arriba firmantes declaramos que hemos revisado el documento y lo encontramos ajustado a las vigentes y, por lo tanto, bajo nuestra responsabilidad lo presentamos para la firma.
E =— Av Calle 26 4 69 - 76 Edificio Elemento Torre 4 (Agua) Piso 17 y 18, Bogotá D.C.
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