AGR - Resolución Organica 012 2017 (Rendición de cuentas e informes a la AGR -
Auditoría General de la Nación
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Detalles
- Título
- AGR - Resolución Organica 012 2017 (Rendición de cuentas e informes a la AGR -
- Autor
- Auditoría General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2017
AUDITORÍA GENERAL DE LA RCPÜ?-<llCA - COLOh1[HA RESOLUCIÓN ORGÁNICA No. 012 DE 2017 (21 de diciembre de 2017) "Por la cual se reglamenta la rendición de cuentas e informes a la Auditoría General de la República" EL AUDITOR GENERAL DE LA REPÚBLICA en ejercicio de sus facultades, en especial las conferidas e Constitución Política y en los artículos 2°, 3°, 4°, 5°, 6° y 17 ículo 274 de la • ecreto-Ley 272 de 2000.
CONSIDERANDO: Que la Auditoría General de la República es u •ganismo dotado de autonomía jurídica, administrativa, contractual y presupue.1¡t,, , a cargo del Auditor General de la República de que trata el artículo 274 de lfifi,6hstitución Política, cuyas funciones se encuentran reguladas por lo estableci9/.cf'e'ñ rtículo 17 del Decreto Ley Nro. 272 d 2000 'h,• .. ,,i,,, e ,. • ' Que la Auditoría General de,J:i depuración y modernizaciprl' mediante la promoción dfi' administrativa consagradf) autocontrol y el estímulo a corrupción. coadyuva a la transformación, stituidos para el control fiscal, idades y cometidos de la función Política, el fomento de la cultura del ciudadana en la lucha para erradicar la Que la AGR es el gestión fiscal de 1
Social1 y de las . •• para ejercer la vigilancia y el control de la neral de la República, del Fondo de Bienestar s. e. 1 oriales. fi'¼iSfJT<lf\lr ¡f¡►
gestión fiscal de 1 Social1 y de las . •• para ejercer la vigilancia y el control de la neral de la República, del Fondo de Bienestar s. e. 1 oriales. fi'¼iSfJT<lf\lr ¡f¡► Que en el do:e¡¡ríiento "Bases del Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018" aprobado mediante Lfiv,,;ftt7'53 de 2015 se estableció que: "En materia fiscal se incrementará la cobert tia calidad de la vigilancia y el control mediante la construcción de un •· lo de control fiscal que avance hacia una vigilancia y control posterior y más efectivos. Se consolidarán además alianzas estratégicas con on os de control nacionales e internacionales al tiempo que se promoverá la partt pación ciudadana en la vigilancia y el control fiscal. ( ... ) En cuanto al proceso auditor, se promoverán mejoras a la efectividad y oportunidad de la vigilancia de la gestión fiscal de la Auditoría General de la República (AGR) con miras a fortalecer el ejercicio del control fiscal. ( ... ) Que la Ley 1753 de 2015 en su artículo 159 denominado "Obligatoriedad de suministro de información", modificó el artículo 227 de la Ley 1450 de 20112, disponiendo que "Para el desarrollo de los planes, programas y proyectos incluidos 1 Por sentencia de la Corte Constitucional C-599/11, se declaró inexequible el artículo 81 del Decreto Ley 267 de 2000. Cra.57( No. 64A-29, barrio Modelo Norte• Bogotá D.C.-Co!ombia
Jltnllnnnn /J1l!!!!:. /]Jt/JJ,J, mJj PBX: [57-1] 31868 00-38167W, lí°"' gratuítl 018000 120205 fi ffá7I • fiarticipacion@auditorla.gov.co $9'@auditoríagen fauditoliagenera! www.auditoría.g-0v.co
GD.233.P01.F06
Versión 3.2-19/11/2015AUDITORÍA Continuación de la RESOLUCIÓN ORGÁNICA No. 012 de 2017 "Por la cual se reglamenta la rendición de cuentas e informes a la Auditoría General de la República" Hoja No. 2 de 2 en el Plan Nacional de Desarrollo y en general para el ejercicio de las funciones públicas, las entidades públicas y los particulares que ejerzan funciones públicas, pondrán a disposición de las entidades públicas que así lo soliciten, la información que generen, obtengan, adquieran o controlen y administren, en cumplimiento y ejercicio de su objeto misional. El uso y reutilización de esta información deberá garantizar la observancia de los principios y normas de protección de datos personales, de conformidad con lo dispuesto en las Leyes 1581 de 2012 y 1712 de 2014, así como las demás normas que regulan la materia. (. .. )" Que el Auditor General de la República, en cumplí • de su función constitucional y legal, en desarrollo de la facultad reglame • y, en cumplimiento de la función de vigilancia de la gestión fiscal3, tiene la· buciones legales4 de fijar las políticas, prescribir los métodos y criterios necesarios en la forma en que sus vigilados rinden sus cuentas; determinar los criterios que deberán aplicarse
de la función de vigilancia de la gestión fiscal3, tiene la· buciones legales4 de fijar las políticas, prescribir los métodos y criterios necesarios en la forma en que sus vigilados rinden sus cuentas; determinar los criterios que deberán aplicarse para la evaluación financiera, de gestión y de resultados y en la práctica de los ejercicios de auditoría, la evaluación del control fiscal interno, los criterios de revisión y fenecimiento de las cuentas, y todo lo que permita ejercer la vigilancia de la gestión fiscal a su cargo, a través de la Auditoría Delegada para la Vigilancia de la Gestión Fiscal, la Dirección de Control Fiscal y las Gerencias Seccionales, de conformidad con los artículos 23, 24 y 32 del Decreto-Ley 272 de 2000. --fi'/; 4ífi>Y"'"'fifi ""' ·'%:11fy .. '""'ll,"'¡¡-;/..tTo- - .;ffi.fi Que la Auditoría General de la República, desarrolló dentro de sus sistemas de información el Sistema de Información de Auditoría SIA, y tiene registrado ante la Superintendencia de Industria y Comercio y la Dirección Nacional de Derechos de Autor, distintos soportes lógicos o software, entre los que se encuentran el SIA Misional, módulo SIREL, que gestiona el proceso de rendición de las contralorías y el SIA Observa, que gestiona el proceso de registro, consulta y rendición de la contratación. ·w xpidió la Resolución Orgánica No. 008 de 2015 Que el 30 de octubr que reglamentó 1 Republica, modi 005 de 2016; 00 ""' ,. uentas e informes a la Auditoría General de la a a su'"vfifi por las Resoluciones Orgánicas números 003 y
que reglamentó 1 Republica, modi 005 de 2016; 00 ""' ,. uentas e informes a la Auditoría General de la a a su'"vfifi por las Resoluciones Orgánicas números 003 y y 005 de 2017. Que median Acuerdo Nro. 171 del 10 de diciembre de 2016, el Concejo Munici " Sincelejo, creó la Contraloría Municipal de Sincelejo y estableció su , organización y funcionamiento. diante Acuerdo Nro. 038 del 14 de junio de 2017, el Concejo Municipal de Girón creó la Contraloría Municipal de Girón, estableció su estructura, organización y funcionamiento. Que mediante Resolución Orgánica No. 007 del 25 de agosto de 2017, la Auditoría General de la República incorporó las Contralorías Municipales de Sincelejo y Girón, como sujetos de control y se asignaron competencias. 3 Artículos 3, 4, 5 6 y 8 de la Ley 42 de 1993. 4 Artículos 5º y 17 (numerales 1 y 2) del Decreto Ley 272 de 2000. -fi ' 2 . Cra. 57( No; 64Afi291 barrio Modelo Norte• Bogotá D.C. •Colombia 11t•m·//m1r/1> /1'!!!!!:. tod()¡j, J PBX: [57°1] 3186800-3816710•líneagratuita018000 120205 fififie-., partkipacion@auditoria.gov.co Y,J@auditoriagen.fauditória_general www.auditorta.gov.co GD.233.P01.F06 Versión 3.219/1 1/2015AUDITORÍA RfüP{füllCA - CO-LOMl:HA
www.auditorta.gov.co GD.233.P01.F06 Versión 3.219/1 1/2015AUDITORÍA RfüP{füllCA - CO-LOMl:HA Continuación de la RESOLUCIÓN ORGÁNICA No. 012 de 2017 "Por la cual se reglamenta la rendición de cuentas e informes a la Auditoría General de la República" Hoja No. 3 de 2 Que de acuerdo con los lineamientos y directrices que enmarcan la planeación estratégica de la entidad, es necesario modificar los métodos prescritos, forma y términos de rendición de cuenta de los sujetos vigilados, con el fin de cumplir las funciones orientadas al mejoramiento y vigilancia de la gestión fiscal de conformidad con los principios y fines que rigen la administración pública. En mérito de lo expuesto, el Auditor General de la República en uso de sus facultades constitucionales y legales,
RESUELVE:
CAPÍTULO 1
OBJETO Y AMBITO DE ARTÍCULO 1°. OBJETO. La presente res que los sujetos de control deben rendi n prescribe la forma y términos en s, e informes a la Auditoría General de la República. control de la Auditoría Contraloría General de Distritales5 y Municipales,11/ de la Republica (FBSCG solución se aplica los sujetos de lica, entendiendo por tales, la , las Contralorías Departamentales, nestar Social de la Contraloría General
APITULO 11
NTA Y DE LA RENDICIÓN ARTÍCULO INICIÓN DE CUENTA. De conformidad con el artículo 15 de la Ley 42 de se entiende por cuenta el informe acompañado de los documentos
nestar Social de la Contraloría General
APITULO 11
NTA Y DE LA RENDICIÓN ARTÍCULO INICIÓN DE CUENTA. De conformidad con el artículo 15 de la Ley 42 de se entiende por cuenta el informe acompañado de los documentos que soportan al, técnica, financiera y contablemente la gestión fiscal realizada J;-,. por los ' "' onsables del erario. ectos de lo anterior, la cuenta está conformada por todos los formatos nicos y documentos soporte que se diligencian o aportan a través de los sistemas de información SIA Misional, módulo SIREL, que gestiona el proceso de rendición de cuentas, y el SIA Observa, que gestiona el proceso de rendición de la contratación y presupuesto. ARTÍCULO 4°. RENDICIÓN DE LA CUENTA. Es deber de los sujetos vigilados, informar y responder a la Auditoría General de la República por la administración, 5 Salvo la Contraloría de Bogotá, Consejo de EstadoSala de Consulta y Servicio Civil.15 de octubre de 2013. -',w· Cri!.57( No. 64A·29, barrioMode!o Norte. Bogotá D.C • Co!om_bla 3 /ltnilrlfllÍh fJflf!!!:: mdtx,,. fi, PBX:[57,1]J186800-381_6710•líneagratuita 018000120205 fi _lm7!f • partkípaclon@auditoria.gov,co fi@aurlitoriagen faudifiofigenera! - www.auditona.gov.co GD.233.P01.FOG
Versión 3.2-19111 12015AUDITORÍA GENERAL Os LA REPIJSllCA - COLOMBIA
- www.auditona.gov.co GD.233.P01.FOG Versión 3.2-19111 12015AUDITORÍA GENERAL Os LA REPIJSllCA - COLOMBIA Continuación de la RESOLUCIÓN ORGÁNICA No. 012 de 2017 "Por la cual se reglamenta la rendición de cuentas e informes a la Auditoría General de la República"
Hoja No. 4 de 2 manejo y rendimiento de fondos, bienes y/o recursos públicos asignados a la entidad de la que son titulares; así como, sobre la gestión y los resultados en el cumplimiento de las funciones que le han sido conferidas. PARÁGRAFO. Para efectos de la presente resolución, se entiende por informar, la acción de comunicar a la Auditoría General de la República, en los formatos establecidos para ello, sobre la gestión fiscal realizada con los fondos, bienes y/o recursos públicos y sus resultados. Por responder, se entiende la obligación de atender todos los requerimientos o solicitudes que realice la A ·'' ía General de la República en desarrollo del proceso de revisión de la cuenta ARTÍCULO 5°. DISPONIBILIDAD DE LA INFORMAClófij.'.;,l\JBICACIÓN DE LOS EQUIPOS AUDITORES. Los Contralores y el Geren el Fondo de Bienestar Social de la CGR, están en la obligación de suministr información solicitada por la Auditoría General de la República, en la forma minos por ésta requeridos, así como darle acceso a los sistemas de inforfi.rón del sujeto vigilado, previa autorización de claves y atributos; y de facilit ''¾" s espacios físicos y elementos logísticos necesarios y apropiados para I pos de auditoría asignados, de manera tal, que garanticen las condicione uadas de salubridad, iluminación,
autorización de claves y atributos; y de facilit ''¾" s espacios físicos y elementos logísticos necesarios y apropiados para I pos de auditoría asignados, de manera tal, que garanticen las condicione uadas de salubridad, iluminación, conectividad, seguridad e independenci , Hor. DE LOS RESPONSAS,, S/ ARTICULO 6°. RESPONS rendir la cuenta a la Audit. República, los Contralor de la Contraloría Ge TA Y SU RESPONSABILIDAD DIR CUENTA. Son responsables de ... •·. la República, el Contralor General de la ""fi'el Gerente del Fondo de Bienestar Social Igualmente serán.fifi s funcionarios de la entidad sujeta a control, a quienes se les ,firt:!gue ción, siempre y cuando dicho mandato se haya efectuado fifidl'afite acto administrativo que cumpla con los requisitos y lineamientq,s;,,,crfi la Ley 489 de 1998, en especial el artículo 10°, y que dicho acto administrativ©ii"hubiera sido adjuntado como documento soporte de la misma cuent9., PAfi,,: AFO.- La calidad y veracidad de la información que repose en los sisM!rnfis de información de la Auditoría General de la República, que hubiere sido cargada, rendida o consolidada, por ia CGR, las contralorías territoriales y el FBSCGR, serán de responsabilidad directa de tales sujetos de vigilancia y control fiscal. 6 Salvo la Contraloría de Bogotá, Consejo de EstadoSala de Consulta y Servicio Civíl.15 de octubre de 2013. !l:! 4 Cra.57( tfo. 64Afi29, barri-0Morle!o Norte• Bogotá D.C.-Colombia
octubre de 2013. !l:! 4 Cra.57( tfo. 64Afi29, barri-0Morle!o Norte• Bogotá D.C.-Colombia 1/{nilnm:/JJ fit1!!!!,_ {JJr/JJJ, J PllX: [57-11318 68 oo-3816710• lin,a gratuita 018000 120205 fi fi:,; ; partkipadon@auditoria.gov.co )l@audtt:oriagen fauditoriagenera! www.auditotia.gov.co GD.233.P01.F06 Versión 3.2-1 9/11/2015Continuación de la RESOLUCIÓN ORGÁNICA No. 012 de 2017 "Por la cual se reglamenta la rendición de cuentas e informes a la Auditoría General de la República" Hoja No. 5 de 2 CAPITULO IV DE LA PRESENTACIÓN, FORMA Y PERIODO ARTICULO 7°. PRESENTACIÓN. Los responsables rendirán la cuenta a la Auditoría General de la República, únicamente en forma electrónica a través del Sistema SIA Misional, módulos SIREL y SIA Observa. El acceso a los sistemas de información se realiza a través de la página web de la Auditoría General de la Repúb!ica www.auditoria.gov.co La cuenta anual será rendida a través del módulo SiREL exige a los responsables de rendirla, la firma digital certific iA Misional, y se e que trata la Ley 527 de 1999. La cuenta mensual de contratación y de presupuesto''' Observa, según los parámetros y validaciones dis rendida a través del SIA os en el mismo sistema de información. PARÁGRAFO.- Los documentos fuente qu las cuentas, reposarán en los archivo disposición de la Auditoría General de 1
Observa, según los parámetros y validaciones dis rendida a través del SIA os en el mismo sistema de información. PARÁGRAFO.- Los documentos fuente qu las cuentas, reposarán en los archivo disposición de la Auditoría General de 1 consultarlos, examinarlos y/o evaluar! La información rendida cons!!t Auditoría General de la R rtan la información reportada en os sujetos vigilados y estarán a ' ,tidad que podrá solicitarlos, mpo. que adelante la ARTÍCULO 8°. FORMA presentarse únicamente SIA Observa. ON. La rendición de la cuenta deberá formularios contenidos en el SIREL y el La cuenta anual se complementaria y SIREL con todos los formatos. La información •á adjuntarse según se exija en ellos. La informacifit¡ qt1e se solicita en la cuenta anual a los sujetos vigilados respecto de estados fin¡1.!l:9}1;,ros, estará de acuerdo con los parámetros y criterios definidos por la ContaduríafiGeneral de la Nación para el efecto. ensual será rendida en el SIA Observa. RAFO.- La cuenta anual y la mensual se diligenciarán conforme a lo establecido en los manuales e instructivos respectivos, disponibles para consulta para el SIREL y el SIA Observa. ARTÍCULO 9°. PERÍODO DE RENDICIÓN. La cuenta se rendirá por los siguientes periodos: anual, mensual y ocasional. La cuenta completa se rendirá de manera anual, y la relacionada con contratación y presupuesto de manera mensual. ,,1,.. _ _ . Ct _ a.57( No. 64A-29, barn __ ·o Modelo Nor_te; Bogotá p.C. . -Colombia
presupuesto de manera mensual. ,,1,.. _ _ . Ct _ a.57( No. 64A-29, barn __ ·o Modelo Nor_te; Bogotá p.C. . -Colombia J,í,-,1Jnnd1> PJ1!t!!:_ @iwd, lllll!Tii PBX: [51, 1] 318 68 00' 381 6110, linea gratuita 018000 120205 5 fi _ffií"'lif"' part!cipadon@auditoría.gov.co 1'@.au<litoria9en f auditoriagenera! www.auditoria.gov.co GD.233_PQi .FOB \,. Versión 3.2-19111/2015 /'A.UDI TOR ÍA Continuación de la RESOLUCIÓN ORGAN!CA No. 012 de 2017 "Por la cual se reglamenta la rendición de cuentas e informes a la Auditoria General de la República" Hoja No. 6 de 2 La información que integra la cuenta anual comprende el periodo del primero (1o) de enero al el treinta y uno (31) de diciembre de la vigencia fiscal reportada. La cuenta mensu al, comprende e! periodo del primero al último día de cada mes. La cuenta ocasional corresponde a la inform ación adicional o especializada, que podrá requerir la Auditoría General de la República, para el ejercicio del control fiscal en cualquier tiempo.
PARÁGRAFO TRANSITORIO: El periodo de rendición de vigencia fiscal 2017, para las Contralorías Mun icipales de periodo comprendido entre la fecha de creación de la · enta anual, de la !ll y Sincelejo, será el aloría hasta el 31 de
diciembre de 2017, así: Contraloría Del año 2017 2017 CA
· enta anual, de la !ll y Sincelejo, será el aloría hasta el 31 de diciembre de 2017, así: Contraloría Del año 2017 2017 CA 016 al 31 de diciembr e de 201 7 7 al 31 de diciem bre de 2017 DE LOS TÉ ARTICULO 10 °. TÉRMINOS·•' • anual se rendirá en el SIRE siguiente al año en que sfif -fi La cuenta mens ual se deb cinco (5) días del mes p Para uno y otro caso no hábil, la fecha r NTAS A LA AGR. La cuenta nero y el 15 de febrero del año ! SIA Observa; dentro de los primeros ''i:lo. a máxima de presentación coincida con un día r la cuenta se corre al primer día hábil siguiente. ARTÍCULO )41fi/I • RÓRROGA. La Auditoría Delegada para la Vigilancia de la Gestión Fi¡¡cafi\podrá prorrogar los términos previstos en el artículo anterior, previa solicitud de'8IG1€\mente motivada por el responsable de rendir la cuenta. La sol" deberá presentarla el titular del sujeto vigilado, por correo electrónico, diri • la Auditoría Delegada para la Vigilancia de la Gestión Fiscal a la cuenta de eo auditordelegado@auditoria.gov.co, con copia al correo electrónico del Director de Control Fiscal o del Gerente Secciona! de la entidad que le corresponda. Para la cuenta mensu al, además se deberá hacer el correspondiente registro, en el módulo SIAObserva, opción "Prórrogas" del menú "Rendición Cuentas". Esta solicitud, deberá hacerla de manera motivada, mínimo con tres (3)
corresponda. Para la cuenta mensu al, además se deberá hacer el correspondiente registro, en el módulo SIAObserva, opción "Prórrogas" del menú "Rendición Cuentas". Esta solicitud, deberá hacerla de manera motivada, mínimo con tres (3) días hábiles de antelación al vencimiento del término que tiene para rendir la cuenta. En los casos de fuerza mayor o caso fortuito, debidamente soportado, se podrá solicitar la prórroga hasta el mismo día del vencimiento.
- 6 (ra. 57( No. 64A·29, barrio Modelo Norte• Bogotá D.C. •-Colombia /lt."1l11mlt, p,t:r!f!!,_ @r/M fi . PBX:{57'1]3186800°3816710 ,Líneagrafuíta 018000120205 fi_::::::.,, • íffl'"' D partidpacion@aud!toría.gov.co fi@auditoriagen fauditoríageneral _:--. d't •• www.au l ona.gov.co GO.233.P01.F06
Versión 3.219/11/2015AUDITORÍA Continuación de la RESOLUCIÓN ORGÁNICA No. 012 de 2017 "Por la cual se reglamenta la rendición de cuentas e informes a la Auditoría General de la República" Hoja No. 7 de 2 CAPITULO VI DE LA REVISIÓN Y EL PRONUNCIAMIENTO SOBRE LA CUENTA ARTÍCULO 12°. FACULTADES DE REVISIÓN. Para el ejercicio del control fiscal la Auditoría General de la República podrá:
1. Verificar la exactitud de la información y la ocurrencia de hechos relacionados con la administración, manejo y rendimiento de bienes, fondos y recursos , bl" ¡h
Auditoría General de la República podrá:
1. Verificar la exactitud de la información y la ocurrencia de hechos relacionados con la administración, manejo y rendimiento de bienes, fondos y recursos , bl" ¡h pu ICOS. l/\'ti'?kj,
2. Citar o requerir a los funcio narios responsables, servidofififiüblicos, entidades o terceros que manejen fondos o bienes del Estado, par¡ü:t.ltle corrijan, aclaren o expliquen las observaciones planteadas, o contestent11,pterrogatorios sobre el tema. ••
3. Exigir la presentación de documentos que soporte· ciaren la cuenta.
4. Ordenar la exhibición o examen de libros, co ntes y soportes tanto del responsable como de terceros que maneje' 1enes, fondos o recursos del Estado, obligados a llevar contabilidad.
5. Efectuar todas las dilig encias necesariqs,0,g establecer la correcta rendición de la cuenta, facilitando a los responsa ''"!!:¡:¡, aclaración de dudas u omisio nes.
ARTÍCULO 13°. REVISIÓN Y PRONU cuenta anual correspondiente a cada la Auditoría General de la Rec vigilados, sobre la admi istr' recursos públicos a ello . gronunciamiento sobre el gartir de la rendición de la a dependencia comgetente de mación rendida por sus sujetos dimiento de fondos, bienes y/o ón y sus resultados, y efectúa un e la cuenta, en todo caso antes del 31 de diciembre del año sig 'í_ FENECIMIENTO. Si con gosterioridad al gronunciamiento de la revisión de la cuenta, aparecieren pruebas de ogeraciones f irregulares, relacionadas con ella, la Auditoría
de diciembre del año sig 'í_ FENECIMIENTO. Si con gosterioridad al gronunciamiento de la revisión de la cuenta, aparecieren pruebas de ogeraciones f irregulares, relacionadas con ella, la Auditoría General de la R • 1ca le rá el fenecimie nto de conformidad con lo disgu esto en el artículo'il.'fi7:td la Ley 42 de 1993, y efectuará los traslados corresgondientes a las autorida(J.eS,acompetentes. '0'0tr41t;" -«6ii CAPÍTULO VII DE LAS SANCIONES ARTÍCULO 15°. CAUSALES DE SANCIÓN. Como consecuencia del groceso de rendición y revisión de las cuentas, la Audi toría General de la República godrá imgoner sanciones en aplicación a lo dispu esto en los artículos 100, 101 y 102 de la Ley 42 de 1993, y en garticular cuando: - No se rindan las cuentas o informes exigidos. - No se rindan en la forma y ogortunidad establecidas. - Se incurra reiteradamente en errores. - Se omita la presentación de cuentas e informes. 7 Cra. SJ( No. 64A-29, banioMode!o Nor_te • Bogotá D.C.-Co!ombia /1{,-,Jlnnrlfl f.iJl!!5± @dod R PBX:[57-1]3186800-38 1 6710 ,lineagratuita 018000120205 fi . _. ·p art!cipacion@auditoria.góv.co S,@auditoriagen fauditoriagenera! www.a uditoria.gov.co GD_233_p01 _FQB ,X Versión 3.2-19/11/2015AU DI TOR ÍA
fi . _. ·p art!cipacion@auditoria.góv.co S,@auditoriagen fauditoriagenera! www.a uditoria.gov.co GD_233_p01 _FQB ,X Versión 3.2-19/11/2015AU DI TOR ÍA Continuación de la RESOLUCIÓN ORGÁNICA No. 012 de 2017 "Por la cual se reglamenta la rendición de cuentas e informes a la Auditoría General de la República" Hoja No. 8 de 2 Se determinen glosas de forma en la revisión de cuentas. De cualquier manera entorpezcan o impidan el cabal cumplimiento de las funciones asignadas a la Auditoría General. No se le suministren oportunamente las informaciones que solicite. ARTÍCULO 16 °. NO RENDICIÓN DE CUEN TA. Se entiende por no rendida la cuenta cuando: Se presente a la Auditoría General de la República fuera de los periodos y/o términos establecidos en la presente resolución. Se presente en formatos y/o con requisitos distintos a los exigidos por la Auditoría General de la República, establecidos en esta resolución La información que se reporte no corresponda al ejerci2io fiscal rendido. Sin perjuicio de la sanción correspondiente, en t rendirla dentro de los ocho (8) días siguient '' requerimientos de la Auditoría General de la R los parámetros y especificaciones señalados ,, tlm¼._ ARTICULO 17°. DE LA VIGEN CIA Y DRR;P rige a partir de la fecha de su pu • 'c!íó disposiciones que le sean contrarias orgánicas Nros. 008 de 2015 /0fiq, so, el responsable deberá la fecha de recibo de los ica, de manera que cumpla con ta.
disposiciones que le sean contrarias orgánicas Nros. 008 de 2015 /0fiq, so, el responsable deberá la fecha de recibo de los ica, de manera que cumpla con ta. ·S. La presente Resolución iario Oficial y deroga las · ncretamente las resoluciones 004 y 005 de 2017. Dada en Bogotá, diecisiete (2017) días del mes de diciembre de dos mil
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CARLOS
Au Nombre y Apellidos Ta!lana Ordóñez Vásquez Ana Esther T ovar Porras Ximena Salazar Quintero Felipe Andrés Sánchez Rodrigo Tovar Garcés A!axandra Ramírez Suárez Carlos Osear Vergara Rodríguez ,...,......,uDRIGUEZ BECERRA nerfiI de la República Firma 06-12-í? 14-12-17 14-12-17 21-12-17 14-12-17 14-12-17 21-12-17 Fecha Los arriba firmantes declaramos que hemos revisado e! documento i, !o encontramo ajusta o a las normas y disposiciones legales vigentes y por !o tanto, bajo nuestra responsabilidad lo presentamos para firma. (Circular Interna 10 de 2017) f;J't • - Cra. 57( No. 64A-29, banioModefo Norte• Bogotá D.C. •Colombia 8
nuestra responsabilidad lo presentamos para firma. (Circular Interna 10 de 2017) f;J't • - Cra. 57( No. 64A-29, banioModefo Norte• Bogotá D.C. •Colombia 8 /l{J1iÚlllfÍ1J fJ/l!!!!,_ ttJc/M, J PBX: [57:1]3186800 °3 816710 ,líneagratuita018000120205 fi li'l!-% partkipadon@audltoria.gov.co 'sl/@:aud!toriagen faudttoriageneral www.auditoria.gov.co GD.233_pQ1 _FQS Versión 3.219/1 1/2015