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AGR - Resolución Orgánica 06 de 2017 (Política de Daño Antijurídico - Vigencia 2017)

Auditoría General de la Nación

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Detalles

Título
AGR - Resolución Orgánica 06 de 2017 (Política de Daño Antijurídico - Vigencia 2017)
Autor
Auditoría General de la Nación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Fiscal
Año
2017

RESOLUCIÓN ORGÁNICA No. 06 DE 2017 (22 de agosto de 2017) "Por la cual la Auditoría General de la República adopta la Política de Prevención del Daño Antijurídico - vigencia 2017" LA AUDITORA GENERAL DE LA REPÚBLICA (E) 0-Cittf+ en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en espefiil:lfi conferidas por el numeral 16 del artículo 17 del Decreto 272 de 2,Q0Oy );¡;fi;'.;}. '%,_;_¡p CONSIDERANDO: Que la Constitución Política en sus artículos 209 .t::t establecen que: "La función administrativa está al servicio de los intereses gener:.q{é'!/y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia,:tfi{/bonomía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la deljfi'ta,cióg,J!}la;¡¡filesconcentración de funciones. Las autoridades administrativas deben coqr<f/rtar.,.:tys:::;"gi/Jtuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. La adrf/ln.[straqtgñ•pí!J/jlica en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en lós,.férrplríbs •• ::s/ifíale la Ley", y que "En las entidades públicas, la autoridades correspondiente • • ligadas a diseñar y aplicar, según la naturaleza de sus funciones, mé{9( Jitas de control interno, de conformidad con lo que disponga la ley", respeéti • Que el Decreto Nacional 1716 púso en su artículo 16, que el Comité de

naturaleza de sus funciones, mé{9( Jitas de control interno, de conformidad con lo que disponga la ley", respeéti • Que el Decreto Nacional 1716 púso en su artículo 16, que el Comité de Conciliación "es una instanqia'.\•a que actúa como sede de estudio, análisis y fi+¡,·t1i)''h formulación de políticas sobrefr-.pre el daño antijurídico y defensa de los intereses de la entidad". Señaló así misUÍo dent s funciones, las de "1. Formular y ejecutar políticas .. ' de prevención del daño ..f'!Qtijurídi , 2. Diseñar las políticas generales que orientarán la defensa de los intere!f¡ffide la entidad." •14aq:;_ :'" Que la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado "encontró que el comité de conciliación for;.rn..dl,?J• una política de acuerdo con los lineamientos y metodología elaborados por esta entidqg!J;:"tal como consta en el oficio con radicado No. 20173000054891 - DPE, de fi. - . fecha 16 dfi,,fi¡jpsto de 2017. "''-1"01/[11;:';¡/ Que el Comité de Conciliación de la Auditoría General de la República, en sesión del 22 de agosto de 2017, aprobó la adopción de la Política de Prevención del Daño Antijurídicovigencia 2017, de acuerdo con los lineamientos y metodología establecidos por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado. En mérito de lo expuesto, la Auditora General de la República (E) (ra, S7( No. 64Afi29, harrioMotfolo Norte• 8ogoti O,C • Colombia

Nacional de Defensa Jurídica del Estado. En mérito de lo expuesto, la Auditora General de la República (E) (ra, S7( No. 64Afi29, harrioMotfolo Norte• 8ogoti O,C • Colombia f/tn/ÍallffiJ pt1Jt4 /ÍJ@J<l, . lllllllllli P8X:[57·1JJ186800-J816710•lineagratuit>018000120205 fi 11 11 partidpadon@auditofia.gov.co W@,mditorlagen fauditorlageneral - wwuaudltoria,gov,co TH.232.P02.F.07 í // D '.í ,,, ,,T'A Versión 5,1-19/11/2015 { Á e_"\ l'\i} C' fi ., UAUDITORÍA Continuación de la RESOLUCIÓN ORGÁNICA No. 06 de 2017 "Por la cual la Auditoría General de la República adopta la Polftica de Prevención del Daño Antijurldico - vigencia 2017" Hoja No.2 de 2

RESUELVE: PRIMERO.- Adoptar la Política de Prevención del Daño Antijurídico - vigencia 2017, formulada por el Comité de Conciliación de la Auditoría General de la República y analizado por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, quien concluyó que: "el comité de conciliación formuló una política de acuerdo con los lineamientos y metodología elaborados por esta entidad.".

SEGUNDO: El documento que contiene la Política de Prevención de adopta la Auditoría General de la República para la vigencia 2., Administrativo, será divulgado a través de la página web de la EntiQfiQ. 1110¡tfi,{ff, "<,1;-J0 ño Antijurídico que ediante este Acto

adopta la Auditoría General de la República para la vigencia 2., Administrativo, será divulgado a través de la página web de la EntiQfiQ. 1110¡tfi,{ff, "<,1;-J0 ño Antijurídico que ediante este Acto TERCERO: La presente Resolución rige a partir de su publicaci6:t1i:en el Diario Oficial. Dada en Bogotá a los 22 días del mes de agosto de 201 U FIGUEROA AUDIT LA REPÚBLICA (E) w· Proyectó: Martha Cecili écretaria Técnica Comité de Conciliación w,9. - Director Oficina Jurldica /7 Revisó: Roberto Enri Cra. 57{ No. 64A·29, barrio Modelo Norte• Bogotá D.C-Colombla 1/inllnndn ¡0/1j!I!:_ Ó)t.ÍOJ., fi P8X: [S7-1] 31868 00· 3816710• lín,agratulta 01800012020S fi ■. partkipadon@auditoria.gov.co t,@audltoriagen fauditorfageneral ,... www.auditoria.gov.co TH.232.P02.Fl.07

Versión 5.1-1911112015COMITÉ DE CONCILIACIONES

AUDITORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA LUIS CARLOS PINEDA TÉLLEZ Auditor Delegado para la Vigilancia de la Gestión Fiscal Presidente del Comité de Conciliaciones

SANDRA PATRICIA BOHORQUEZ GONZÁLEZ

Secretaria General Auditoría General de la República

FÉLIX ARTURO ARIZA ACEVEDO

Director Oficina de Recursos Financieros

ROBERTO ENRIQUE ARRÁZOLA MERLANO

Director Oficina Jurídica

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FÉLIX ARTURO ARIZA ACEVEDO

Director Oficina de Recursos Financieros

ROBERTO ENRIQUE ARRÁZOLA MERLANO

Director Oficina Jurídica

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PAR •• • ,"i tltL'() fiJ.lfi•fi fi!,!fi -fi"""' l :e, ·1 fi (ra 51C lh W.·l!l, barrio Mooelo Norte• B,gotá at • C.lombia Vtni.&Jm:/b flE!_!UZ b:,r/J)J. 111111ml PBX:f57·1]l186800°l8W1o.tíneagratuita0180001l020S -rfi 11 11 partkípadon@auditoria.gov.«1 W'@auditorlagen f auditoriag_eneral __.., www,auditoria.go'l.roPolítica de Prevención del Daño Antijurídico 2017 Página 2 de 18 1 INTRODUCCIÓN El Estado consuetudinariamente se ha visto avocado a hacer presencia en sede judicial, mayoritariamente como sujeto pasivo de la acción, pese a su protagonismo permanente, no ha logrado ejercitar eficazmente una legítima defensa de los intereses litigiosos de la administración. La Defensa Jurídica del Estado concebida como iniciativa pública de gerencia y gestión transversal, requiere de la proactividad en la implementación de sus políticas que respalden una verdadera institucionalidad, de una administración que no se niegue las posibilidades de cambio a través de la capacidad gerencial de lo público, capaz de convalidar los postulados ciudadanos confiados a la gobernabilidad de sus agentes, y que su gestión esté dirigida a transversalizar la administración a través de mecanismos preventivos de

gerencial de lo público, capaz de convalidar los postulados ciudadanos confiados a la gobernabilidad de sus agentes, y que su gestión esté dirigida a transversalizar la administración a través de mecanismos preventivos de causación del daño antijurídico que se adviertan a partir de una reingeniería institucional coherente y comprometida con los retos participativos e incluyentes de la ciudadanía en apoyo y control a la administración mediante el monitoreo y evaluación permanente de las políticas públicas 1 como obligación introducida por la Carta Política de 19912. La defensa jurídica del Estado cobró protagonismo en Colombia a finales .d noventas, ante la necesidad de asumir conciencia frente al • desmesurado de las acciones instauradas en contra de la admini cuales refieren una alta probabilidad de condena, no sól probatorios que propician el convencimiento de un co frente a la r alidad social, sino por la prec estatales eza de los representantes ·1;1 ••• especto a rnamental, se en un elemento temas de control en as entidades públicas, en ,. ¡e Ivos desde un criterio de E'sta implementación supone la . administración para la toma de to más armónico e integral de su DOVAL NAVAS, Luis Alberto, La Nación Demandada: un Estudio sobre el y Laudos Arbítrales en Finanzas Públicas, Contraloría General de la República, 2, pp. 66·77. era. s7C No. 64A-29, J,,moMod,m Nort,. liDgotá ac.-Commh• Vi.nl.&mJio fi tJx/f;&, J PllX: [SM] 31868 oo-J81671D ,Un,agratullaD18000120205

era. s7C No. 64A-29, J,,moMod,m Nort,. liDgotá ac.-Commh• Vi.nl.&mJio fi tJx/f;&, J PllX: [SM] 31868 oo-J81671D ,Un,agratullaD18000120205 fi fi partidpacion@auditoria.gov,(O W'@auditilriagen fauditoriageneral WW'W.iud'itoiagoy.roPoli ti ca de Prevención del Daño Antijurídico 2017 AUDITORÍA ;;.)-);,,;;.e fi,¡,.,;;;_:,,-=-fi:;im<;,c,, Página 3 de 18 t! ... t!(!J! fi.fi ,;fi.fi llfl.lfi 2 O ! • gobernabilidad, a través de la mm1m1zación de la incertidumbre de los asociados frente al desempeño institucional a la luz de planes de mejoramiento, participación ciudadana, desarrollo de competencias y prestación eficiente del servicio misional, que deben obedecer a la materialización de los fines estatales desde un enfoque sistémico y transdisciplinario. Respecto a la política de daño antijurídico, la Agencia de Defensa Jurídica del Estado ha sostenido que "(. . .) la actividad litigiosa no consiste en un simple ejercicio del denominado silogismo jurídico. La actividad jurídica relacionada con un conflicto es esencialmente una "actuación estratégica" (. . .) (. . .) La posición estratégica de los demandantes del Estado tiene que ser contrarrestada por la actuación del mismo Estado en la protección de sus propias decisiones frente a la intervención legítima de la jurisdicción. Las decisiones relacionadas con los litigios de las entidades públicas deben considerarse como decisiones de política de la entidad ya que están

contrarrestada por la actuación del mismo Estado en la protección de sus propias decisiones frente a la intervención legítima de la jurisdicción. Las decisiones relacionadas con los litigios de las entidades públicas deben considerarse como decisiones de política de la entidad ya que están relacionadas con los mecanismos jurídicos que le permiten o dificultan a la autoridad administrativa cumplir sus fines y alcanzar sus prioridades. Por ende, el litigio es otra de las herramientas al alcance de la administración para obtener sus objetivos de políticas públicas. (. . .) '4 Por lo anterior, la política de prevención del daño antijurídico se constituye n solo en una estrategia de defensa, sino en una herramienta transversal ... e funcionamiento de la administración pública, en términos del de.rfic obligación que tiene el Estado de defenderse, y que se coqi;tiffi¼ responsabilidad política que debe asegurar la transparencia finJl Eistf' Así las cosai;,,de conformidad con el artículo 19 <:lfií'¡Í):fififi!ifi!'.fi1 Comité ... 9El;.:i,ifi?nciliación de la Auditoría qs¡p.fi[fi!!idfi::lfi!!fififiy como.di. •••••• • ncia administrativa que actúaf9C1!)10.l sedé dé es .... ·.-·· ' análisis y

  • 11 •'áÍfi e olíticas sobre la révénc\ti • 1 l{clitib'áfiti'Ufi/clicci defensa de ·--•:,• ....... p ..... g,.,..c .. .,. ............ j. i-- •. ,.. ... ........ , ... l............ y

(éfiés de la entidad, J)'lé9lfií'ite:",A;9tá .. 2:clé12909 ánalizó la situación ª§ la AGR y ag9fitg;[1¡f'R9Í!fíl¡fi¡fifi f),f§ififi[i§i,'cl§lclaño antijurídico, con . . ··¡;¡fo de esta ""., ..... i ... ., .... ,. .. :--•• .... ., ... .. he' • ., .. • é-Jai; posibles acciones que se .. i/;/:i/;n''én confrfi'a' • • • .,. . . ... J.Jé\tos hechos generadores de daño .. J!ftigioso de la entidad, se hace necesario ,,el'daño antijurídico para la AGR. EL ESTADO. Guía para la generación de política de prevención del daño 'ji12'.13, ., .. Cra. 57C No. 64A-29, barrio Modelo Nñ • Bogotá D.C.-Colombla /llnfÍiUUÍI) fU1!!!!:. !J:¡¡Í¡» mili PBXcl57·1l l186800-l816710Clineagrawn, 018000120:,05 fi mr g1 partkípacioll@auditoria.gov,ro ll°@auditoriagen fauditorfageneral www.auditoM.fiv.coPolítica de Prevención del Daño Antijurídico 2017 Página 4 de 18 Teniendo en cuenta que la entidad ha contratado investigaciones para diagnosticar y analizar su situación litigiosa, es necesario retomarlas, a fin de aprovechar y capitalizar éstos análisis, como en el caso de la investigación adelantada en el año 2012 por el Dr. Juan Carlos Peláez Gutiérrez 5, en el

diagnosticar y analizar su situación litigiosa, es necesario retomarlas, a fin de aprovechar y capitalizar éstos análisis, como en el caso de la investigación adelantada en el año 2012 por el Dr. Juan Carlos Peláez Gutiérrez 5, en el marco del proyecto "DEFENSA JURÍDICA PÚBLICA DE LOS ÓRGANOS DE

CONTROL FISCAL TERRITORIAL Y DE LA AUDITORÍA GENERAL DE LA

REPÚBLICA: UN DESARROLLO DEL PROGRAMA 'PEDAGOGÍA, PREVENCIÓN Y CONTROL SOCIAL EN LA LUCHA FRONTAL CONTRA LA CORRUPCIÓN'13, cuyo objetivo fue diseñar, formular, implementar, evaluar y difundir acciones y estrategias para el desarrollo de una eficiente, eficaz y efectiva Defensa Jurídica Pública de los órganos de control fiscal territorial y de la Auditoría General de la República, mediante la Prevención de Daños Antijurídicos y la defensa y protección efectiva de los intereses litigiosos en esas Entidades. jurídica pública de la audftoría general de la república y de los órganos de grama 'pedagogía, prevención y control social en la lucha frontal contra la 'blica, Bogotá, 2013. : Documento técnico de base para el desarrollo del proyecto: pedagogía, prevención contra la corrupción. Auditoria Gene@I de la República, Bogotá, 2011.

Cra. Slt No, 64,\-29, bamoModelo Nmte • llogoti O.C.-Colombla

W:t".fi flll!t!!étm:liJ& ..1 . PBX,[57-11, .. .soo-,s10110.u...gratuit,01sooo12ol<l5 _r:::....::;:::,. .,.-participacron@audíroria.-gov.co W@auditoriagen f.auditoriagenaal WWNfiÍJditnM.gÓY.cóPolítica de Prevención del Daño Antijurídico 2017 AUDITORÍA u;,,_o,, w: i,<,,;,xD,Q\'.i'. •• =.r:;¡.t&;.fi Página 5 de 18 t!.,.U! . ..L-l! fifi-fi!t\! fiJ/.fi lltll,li!5nOII ¡ • o ,-- • 2 POLÍTICA DE PREVENCIÓN DEL DAÑO ANTIJURÍDICO 2.1 OBJETIVO Establecer la Política de Prevención del Daño Antijurídico y de defensa de los intereses de la Auditoría General de la República, así como las causas determinantes del daño antijurídico que permita definir las políticas y parámetros preventivos con el fin de evitar que las actuaciones administrativas y la toma de decisiones en las diferentes áreas y dependencias de la entidad (especialmente en Responsabilidad Fiscal y Jurisdicción Coactiva, así como en Talento Humano, de donde se derivan la mayoría de las controversias en que es demandada la Auditoría General de la República), puedan generar hechos u omisiones que vulneren el régimen jurídico aplicable y afecten los intereses de La Nación - Auditoría General de la República. 2.2 MARCO CONSTITUCIONAL Y LEGAL 2.2.1 Constitución Política de Colombia Los fundamentos de las actuaciones del Estado las encontramos de nuestra Constitución Política, en los siguientes términos:,

Nación - Auditoría General de la República. 2.2 MARCO CONSTITUCIONAL Y LEGAL 2.2.1 Constitución Política de Colombia Los fundamentos de las actuaciones del Estado las encontramos de nuestra Constitución Política, en los siguientes términos:, "ART(Ql)LO 2. Son fines esencialf.f,¡, f9[!J.'lfifldad, promover la prosperida,1;g<f.V.fi. . ...... ·.••t•·•••·••••··•·•···•····•••···•·· 1 !g.fi;;{qfiprincipios, derechos y gebéte,.fi[¡g§i;¡:.... . 6l1fififfi.i i(;;ónstitución; itfti3r la participación ge. t ••• {fifi¡<J . fiRllfiiff'gfifi)ós afectan y en jda económica,... ., •• • ••. • '}',;lfgftural de la Nación; •••• der la indepéff éf{á integridad territorial y urar /a.cá • 1dé un orden justo. stituidas para proteger a todas ia, en su vida, honra, bienes, libertades, y para asegurar el cía/es del Estado y de los particulares." .......... < .. • exto encontramos que el constituyente se ocupó de iJ¡frjófilal del Estado, y es así que el artículo 90 dispuso: Cra 57C No. MA-29, barrio Modelo Norte• Bogotá D.C.-Colombla

VitJIÚUldtJ fU1l!!!:_ /JJ6.1JI¡, -¡¡¡ PBi [57-1] 318 '8 00-l81671o.lin,a gratrnta 018000 120205 fi 11 111 ¡;artidpai:ion@audítotia.gov.«i Y@auditoñagen faudítoñageneral www.auditoM.gov.coPolítica de Prevención del Daño Antijurídico 2017 Página 6 de 18 UL!!..!.J! COWl,!fWIO ·fifi !!t!fifi!!!P:!l: l -fi ¡ • "ARTICULO 90. El Estado responderá patrimonialmente por los daños antijurídicos que le sean imputables, causados por la acción o la omisión de las autoridades públicas. En el evento de ser condenado el Estado a la reparación patrimonial de uno de tales daños, que haya sido consecuencia de la conducta dolosa o gravemente culposa de un agente suyo, aquél deberá repetir contra éste." Del texto transcrito es claro que el Estado debe responder por sus actuaciones defectuosas, en el evento de ser condenado a reparar los daños antijurídicos que le sean imputables. Sin embargo, la citada norma también considera la responsabilidad del servidor público en la causación de aquellos, derivada de su conducta dolosa o gravemente culposa. 2.2.2 Decreto 1716 de 2009 La Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, en su documento 1 "Guía para la generación de política de prevención del daño antijurídico", sintetiza la competencia de los Comités de Conciliación, en el Decreto 1716 de 2009 "Por e/ cual se reglamenta el artículo 13 de la Ley 1285 de 2009, el artículo 75 de,

competencia de los Comités de Conciliación, en el Decreto 1716 de 2009 "Por e/ cual se reglamenta el artículo 13 de la Ley 1285 de 2009, el artículo 75 de, Ley 446 de 1998 y del Capítulo V de la Ley 640 de 2001. ", y específic11 su artículo 16 que dispone: "Comité de Conciliación. El Comité de Conciliació administrativa que actúa como sede de estudio de polític?s sobre prevención del daño anti' ter.es • la entidad. decidirá, , o edencia de ción de conflic­ stantivas, procedi­ el patrimonio público. ,¡,,.,.,,iy,i•¡nos anteriores, por sí sola, i1Jfirias, ni fiscales, ni al ejercicio émbros del Comité. el Comité de Conciliación acerca de la tituye ordenación de gasto." 1 e al Comité de Conciliaciones de la Auditoría General . ular las políticas públicas para prevención del daño Cra. 57C No. MA.fi29, barrio Modelo ffom fi Bogotá O.C.-Colombiá i4n,lnnr/1J /1o1t!1:. f.o{Q)J, -ill PBt[57-1]3186800-Jl!í671o.lineagratui!a018000J202{)5 fi arar partkipadon@auditoriafiov.co -@auditoñagen fauditoriagenml www.auditorla.!}l!Y.t0Política de Prevención del Daño Antijurídico 2017 AUDITORÍA <\/W;;,'L:>!.Ua/1>-'.;a;Gµ•·i:<;;n,.,¡;o_ Página 7 de 18 tJ!.Ll!.!J! ffi\@mfiAA

AUDITORÍA <\/W;;,'L:>!.Ua/1>-'.;a;Gµ•·i:<;;n,.,¡;o_ Página 7 de 18 tJ!.Ll!.!J! ffi\@mfiAA AUflUtW! l'.IEIJIGU1$1 i a i -. antijurídico y de defensa de los intereses de la entidad, definidas por la Agencia como "el uso consciente y sistemático de los recursos a cargo de la entidad a través de mandatos y sobre prioridades de gasto relacionadas con la reducción de eventos de daño antijurídico. De esta manera, el comité de conciliación es la instancia que debe adoptar las decisiones relacionadas con la manera en que la entidad asume los eventuales litigios en su contra" Cra. s7C No. 641-29, barrio Modelo Norte. B,goti D.C. • C.lombla /lin!Ú!Jl!ÍO ptt1'!!: {j)/ÍfJJ. n!W PBfi[57-1]ll86800J816710,ün ,,g¡atmt,018000120205 fi m-··-■ - partkípacíon@auditoiia:,gov.ro W@audiroriagen fauCitoriagenera! ,.- www.audhoria.gov.coPolítica de Prevención del Daño Antijurídico 2017 Página 8 de 18 Ll.L.!!',.L1) fi•WIO A,V¿fi !!tfi!1J!9!! 2 fi 1 •

3 DESARROLLO DEL PLANTEAMIENTO DE LAS POLÍTICAS DE

PREVENCIÓN DE DAÑO ANTIJURÍDICO EN LA AUDITORÍA GENERAL

DE LA REPÚBLICA.

3.1 IDENTIFICACIÓN DE LA ACT IVIDAD LITIGIOSA

3 DESARROLLO DEL PLANTEAMIENTO DE LAS POLÍTICAS DE

PREVENCIÓN DE DAÑO ANTIJURÍDICO EN LA AUDITORÍA GENERAL

DE LA REPÚBLICA. 3.1 IDENTIFICACIÓN DE LA ACT IVIDAD LITIGIOSA Con el fin de dar cumplimiento a los lineamientos propuestos por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, el Comité de Conciliación de la Auditoría General de la República se propuso analizar las demandas que se encontraban activas durante la vigencia 2015 instauradas en su contra, por razones de actualidad e inmediatez, así como los hechos generadores de las mismas, y de esa manera poder evaluar las acciones a implementar para evitar la producción del daño antijurídico. 3.1.1 Identificación de la actividad litigiosa. Es importante señalar que durante la vigencia 2015 la Auditoría General de la República era parte en 40 procesos litigiosos, fungiendo como demandada y demandante, así: Demandante en 17 procesos, 14 de los cuales corresponden a dema simple nulidad, y tres (3) a acciones de repetición contra sendo Generales de la República, alcanzando la pretensión en éstos. • de $1.392.554.000,82. ncuentra activo un pro epública como la uditoría . lica fueron s mismas a la o víctimas, de das. á calidad de demandada el insumo para formular la antijurídico, y en tal sentido el . durante la vigencia 2015, así como \ij)lt, ohnidad con lo señalado en el "paso a , . de prevención del daño antijurídico", de la .. dfca del Estado. Los procesos en los que la .. e ejerce a través de los siguientes medios de

ohnidad con lo señalado en el "paso a , . de prevención del daño antijurídico", de la .. dfca del Estado. Los procesos en los que la .. e ejerce a través de los siguientes medios de .. úa. 57C No. 6'1-29, b,moMod,fi Nw • Sog,tá D.CA.ofimbla 1/tn,IAmfn f.Ud!!!:. t;Jr/J:>J, • -'i ... PBfi[57•1]3186800• l816710•lmgtahma018000120205 fi rrtr® partldpacion@auditoriap,ro -@aud'itoriagen fautlñotiagenml www.<1ud'itoria.gov.coPolitica de Prevención del Daño Antijurídico 2017 Página 9 de 18 Medio de Control Nulidad y Restablecimient o del Derecho Reparación Directa Recurso Extraordinar io de Revisión Nulidad Simple

TOTAL: Número de

Procesos 18 1 2 2 23 AUDITORÍA CT.."<BM\. ;>, !A l:i':G'R¾A • ¡:Ql;:;W;i\ Ll .. l.fi.!Jl fiJ!Afil! !!1fi.fi llHfi1fill!bn 2 O ! ◄ Valor pretensiones $919 .857.633,92 $70.542.565,00 $36.91 0.712,00 $0,00 $1 .027.3 10 .91 0,92 Es importante aclarar que para efectos de realizar el presente ejercicio según las directrices de la ANDJE, se incl uyó en este listado uno de los recursos extraordinar ios de revisión, por valor de $16 .91 0.712, que fue resuelto apenas

Es importante aclarar que para efectos de realizar el presente ejercicio según las directrices de la ANDJE, se incl uyó en este listado uno de los recursos extraordinar ios de revisión, por valor de $16 .91 0.712, que fue resuelto apenas inició la vigencia 2016, de manera favorable a los intereses de la Auditoria General de la República; el que a la fecha se encuentra en curso, pendiente de resolver, asciende a la suma de $20.000.000.oo. La clasificación de procesos en los que la entidad es demandada, según los medios de control utilizados, se pueden discriminar de la sigui ente manera: Tipo de daño según el árbol de causas Nulidad y Restablecimiento del Derecho - Terminación relación Laboral Nulidad y Restablecimiento del Derecho - Terminación relación Laboral,• Número de Reclamaciones por los mismos hechos 5 1 7 Resumen de los hechos Los accionantes dem de los actos adminis los cuales s Se decla Administr A • ·""" .. ,, ;!f pretenden la . fi(}'de la prestación J¡ii'manera que se venia ·•s decir, de manera ... .. como lo dispone el . . fü• 273 de 1976 y Ley 106 de H/3?:!3': • El accionante solicita se declare la prescripción de acción de cobro. Solicitud de nulidad de Resolución proferida dentro de Proceso Administrativo Sancionatorio Solicitudes de nulidad de fallos con responsabilidad fiscal, los recursos ue !Y/ üa. 57( No. 64A-29, l@rrioMode!Gffortl! 0Sogotá O.C.-Wlombia

Administrativo Sancionatorio Solicitudes de nulidad de fallos con responsabilidad fiscal, los recursos ue !Y/ üa. 57( No. 64A-29, l@rrioMode!Gffortl! 0Sogotá O.C.-Wlombia f/¡pi/,a//lÍo flD!!!!:. /JJti¡;,¡, 11111jj _ PBX,_[57-1]ll8fi00-J816710•lin,!gratuila018000120205 Qfi 1a1· 11 partlcipac1on@audit0tia4ov.co fi@audironagen fauditllnagtneral _.,- www.aud'itoria.gov..coPolítica de Prevención del Daño Antijurídico 2017 Página 10d e 18 Resoonsabilidad Fiscal Acción de Reparación Directa - Nombramiento en la planta de personal luego 1 de surtirse concurso de méritos. Recurso Extraordinario de Revisión. 2 Acción de Nulidad 2

AUDITORÍA t! .. J ... !!.1...'\!

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,U.1,tAUO,t.t> DE"!.lfi l O l i: los confirman v Grado de Consulta. La accionante reclama indemnización por no haber sido nombrada en la planta de la entidad, luego de integrar el segundo lugar en concurso de méritos. Solicitudes de nulidad de fallos con responsabilidad fiscal, los recursos que los confirman v Grado de Consulta. Ilegalidad en la Producción de Actos Administrativos. Como ya se indi có, en la actualidad la Auditoría General de la Repúbl ica es demanda nte en tres (3) procesos de Acción de Repetición originadas en

Ilegalidad en la Producción de Actos Administrativos. Como ya se indi có, en la actualidad la Auditoría General de la Repúbl ica es demanda nte en tres (3) procesos de Acción de Repetición originadas en sentencias ejecutoriadas en contra de la entidad, derivadas de Acción de Nulidad y Restablecimiento del Derecho en que los respectivos jueces de conocimie nto determinaron la configuración de la falsa motivación en actos adminis trativos. Concil iaciones Extra judiciales Por su parte, las solicitudes de Conciliación Prejudicial que se surtieron durante la vigencia 2015 ante la Procuraduría General de la Nación, refieren los siguien tes asuntos: Tipo de daño según el árbol de causas Número de Reclamaciones por los mismos hechos /.,• asumido ' la fecha de la respectiva onen violación al o en los procesos de ad fiscal, que se les s accionantes pretenden la liquidación y pago de la prestación quinquenio de la manera que se venía realizando, es decir, de manera acumulativa, bajo los argumentos de derechos adquiridos y confianza le ítima. ensa jurídica en la Aud¡¡oría General de la Repúbl ica se (ra. S7C No. 641.-29, barrioModtlo Norte • 8,g,tá fi(. -Colombia /linilnJIJÍb paf!!!,_ á)(ÍJ:JJ, d', , l'llX:IS7-1]318'8C"" 3816710•1.ineagratuila01800012020S

fi par1kípacíon@a®itoria,iov.a, IP@auilm,ñagen faudítoñageneral WWW.audltoria.gov:CoPolítica de Prevención del Daño Antijurídico 2017 AUDITORÍA ,;i;ac;.¾ "°' '" ¡¡fr(lfw,;fi, "'"'-o•mfi Página 11 de 18 !J!.,Ll!..t.€! <;i:l!.9Ml\A.JlO _AJ,•J:At.!OM! llHAG!Sl!ÓII l w o"' ¡ '"'.4 adelanta de manera apropiada y oportuna, y que el porcentaje de éxito en los procesos durante la vigencia del 2015, alcanzó un 85.71%, es importante revisar y evidenciar las posibles fallas que se puedan estar generando al interior de la entidad en materia de prevención del daño antijurídico, a fin de corregirlas y de esta manera evitar reclamaciones y acciones judiciales futuras. Teniendo en cuenta lo expresado, salta a la vista la baja litigiosidad de la entidad y la alta expectativa de éxito en sus procesos; sin embargo se ha evidenciado una dificultad al momento de realizar pagos a los auxiliares de la justicia que fungieron como curadores ad-litem en procesos de jurisdicción coactiva promovidos por la entidad, y dentro de ellos realizaron las labores encomendadas, toda vez que en virtud del principio de anualidad presupuesta!, el CDP que respaldó el Acto Administrativo de designación no tiene vigencia al momento de culminación del proceso, que es cuando debe realizarse el pago, lo que abre la posibilidad de que la entidad se vea incursa en procesos litigiosos por esta causa, máxime cuando la

Administrativo de designación no tiene vigencia al momento de culminación del proceso, que es cuando debe realizarse el pago, lo que abre la posibilidad de que la entidad se vea incursa en procesos litigiosos por esta causa, máxime cuando la imposibilidad de pago por esta causa se ha materializado en cuatro (4) procesos. De igual manera, es oportuno resaltar que una de las causas de demanda presentadas en Acción de Nulidad y Restablecimiento del Derecho en contra de la entidad, es aquella que se sustenta en el hecho de que la Auditoría General de la República no notificó en debida forma los actos administrativos proferidos en un Proceso de Responsabilidad Fiscal. Por lo anterior, la Auditoría General de la República construye sy¡¡I:;'Qlr Prevención de Daño Antijurídico para la vigencia 2017, con ba e "está!f últimas causas expresadas. Así las cosafi,,Y apegándonos a las directrices d.el Jurídica.Q.filififitado, la actividad litigiosa deJa, realjzq:ij::phf éífine a las actividades pr uesf ·•• u-,;--g•fil!lté' documento en el Ane nsa ca se , que hace ·e o docu ico, si . e constituyen como insumo de la presente 'tijurídico. Cra. 57C No. 64A-29, banioModelo Norte· Bogotá D.C.--úilombia l/intf'nm/b ptt!__IJZ óxÍIJ.J, Ri P!lX:[57•1] 318.SOO· 3816710 •lineagratuila 018000120205

fi m III participacioll@auditorla.9ov,to lV@auditoña!}fn fauditoriagenml www.audiforla.gov.tOPolítica de Prevención del Daño Antijurídico 2017 Página 12 de 18 t.!....L..fiLfi (9U!MJWiO fi½-fi !!!':J!!!lfi l 11 1 • 3.2 DETERMINACIÓN DE LAS CAUSAS PRIMARIAS O SUBCAUSAS En concordancia con los lineamientos del "Manual para la elaboración de políticas de prevención del daño antijurídico" elaborado por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, a partir de la información precedente nos proponemos identificar las causas primarias que pueden generar la ocurrencia de daño antijurídico a partir de las causas generales enunciadas (2), las cuales fueron priorizadas en su totalidad a razón de su impacto en la entidad; de igual manera se identificó la dependencia en la que presuntamente se originan: En relación con la primera causa general "Violación Al Debido Proceso Administrativo", se pudo establecer que la causa primaria que la genera, sobre la cual se elabora la presente Política, es la "Falta de aplicación de la norma, por parte de la Oficina Responsable, en desarrollo de procesos de responsabilidad fiscal", como quedó consignado en el Anexo No. 2. Ahora bien, respecto de la segunda causa general "No reconocimiento en derecho de honorarios", la sub causa identificada es el "Desconocimiento en el manejo presupuesta/ por la afectación de diferentes vigencias.", análisis que también hace

  • parte del Anexo No. 2.

Se priorizan estas dos causas primarias en razón del impacto qu

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