AGR - Resolución Orgánica 11 de 2018 (Adopta y reglamenta Plan Integral de Auditorías - PIA)
Auditoría General de la Nación
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Detalles
- Título
- AGR - Resolución Orgánica 11 de 2018 (Adopta y reglamenta Plan Integral de Auditorías - PIA)
- Autor
- Auditoría General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2018
RESOLUCIÓN ORGANICA Nº 011 DE 2018 (18 de diciembre de 2018) Por la cual se adopta y reglamenta el Plan Integral de Auditorias - PIA-, en la Auditoria General de la República EL AUDITOR GENERAL DE LA REPÚBLICA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especi , las conferitlas en el artículo 27 4 de la Constitución Política y en el Decreto Ley 272 de . y CONSIDERANDO: Que el articulo 27 4 de la Constitución Pfilítlca de Colombia efilna que la vigilancia de la gestión fiscal de la Contraloría General de la Rep' e ejercerá por un auditor e¡legido para períodos de dos años por el Consejo de: , ,e- • do, de terna enviada por la Corte Suprema de Justicia. Y establece que la ley de ílíará lá manera de ejercer dicha vigilancia a nivel departamental, dlstrltal y municipal. Que conforme I.o establece el Decreto Ley 2j'.fie 2000, La Auditoría General de la República es un organismo de vigilancia "let ·, n fiscal, dotado de autonomía jurldica, administrativa, contractual y pres • ff@stá a cargo del Auditor de que trata el artículo 27 4 de la Constitución P 1 " Que .en el ámbito de su cornlt República ejercer la vlgil :ii;l"'i:l República; de las contralor Bienestar Social de la Con e a la Auditoría General de la de la Contralorfa General de la nicipales 1 y disirilales2; del Fondo de epública3; y de los fondos de bienestar social de las contralorías t Que la misión de. fa Auqijdl República definida en el Decreto Ley 272 de
nicipales 1 y disirilales2; del Fondo de epública3; y de los fondos de bienestar social de las contralorías t Que la misión de. fa Auqijdl República definida en el Decreto Ley 272 de 2000 es. ia de coadyu11fi_rfi la t ión, depuración y modernización de los órganos instituidos para el C:\/fll{PI' •Ión fiscal, mediante la promoción de los principios, finalidades y coq;¡ef1fifi¡:¡ . . ón administrativa consagrados en la Constitución Política, el fomentfifina cultu . 1 a.utocontrol y el estímulo de la participación ciudadana en la lucha P\fi erradicar la corrupción. .• • , . .,, Que le corrn'i}onde a la Auditoría General de la República, por mandato del Decreto Ley 272 de,24,J,QP, • éjerc¡,¡r la función de vigilancia de la gestión fiscal, en la modalidad más aconse·fiJ¡¡, mediante los sistemas.de control financiero, de gestión y de resultados, en des .o de los principios de eficiencia, economía y equidad. Que a fUnción de la Auditoría General de la Repúbfica es fa de ejercer la vigilancia de la gestión fiscal de los organismos definidos dentro·del ámbito de su competencia, conforme a los procedimientos, sistemas y principios establecidos en la Constitución, para lo cual el Auditor General fijará las políticas, prescribirá los métodos y la forma de rendir cuentas y 1 Sentencia C-1339 de la Sala Plena de la Corte Constitucional, del 4 de octubre de 2000,
Auditor General fijará las políticas, prescribirá los métodos y la forma de rendir cuentas y 1 Sentencia C-1339 de la Sala Plena de la Corte Constitucional, del 4 de octubre de 2000, expediente D-2906, Magistrado Ponente: Dr. Antonio Barrera Carbonell. 2 Salvo la Contralorla de Bogotá,. con fundamento en la providencia del Consejo de Estado, Sala de Consulta y Servicio Civil, del 15 de octubre de 2013, N° de Radicación: 11001-03-06-000-201300422-00: • . • 3 Por sentencia C-699/11 de la Corte Constitucional, se declaró inexequible el artículo 81 del Decreto Ley 267 de 2000. 4 Resolución Orgánica Nº 004 de 2018 de la Auditoría General de la República, artículo 2º . . - ¡¡-· - -fiS7CNe., . .64fi,b{trrlQfio-No_rte,-:S!:.'!8'.Qtá_P.C.-0.:-fimbfi ps,.-,=/t'i=,.I .,,,.,. jp "'"º . · • fi,.r,;,,4p!1fi6$0P-i!l1 $>W•t/rt°"gmi.fi,,.o,{!l.100-o,' fifil,J'IU J9"M fifi _t4 Jt"fi . . f'l\fid'p;n,:Jntl@;,nlditlmfi fifi-dJ.fi.rfi f.ru«fí(fifi1 """"'fiGD.233.P01.F08 Versión 3.3-16/11/2017 ,Continuación de la RESOLUCIÓN ORGANICA Nº 011 del 18 de diciembre de 2018, por la cual se adopta y reglamenta el Plan Integral de Auditorias (PIA), en la Auditoria General de /a República Página2de6
adopta y reglamenta el Plan Integral de Auditorias (PIA), en la Auditoria General de /a República Página2de6 determinará los criterios que deberán aplicarse para la evaluación financiera, de gestión y de resÜltados, entre otroi,, de conformidad con lo que para. el efecto dispone el Decreto fim•fi • Que la Auditoría General de la República ejerce la vigilancia de la gestión fiscal de los organismos definidos dentro. del ámbito de su competenéia, a través de la Auditoria Deleg¡3da para la· Vigilancia de la Gestión· Fl$cal, la Dirección de Control Fiscal y las Gerencias Seccionales, de conformidad con 10· determinado en los af!lculos 23, 24 y 32 . ' - fi -fifi del Decreto Ley 272 de 2000. . --,,fi --· fi,¡;,,fi fi¼- Que en el documento "Bases del Plan N, • . , . /lo 2014-2018: Todos por un nuevo pais'; anexo ·.de la LEW;ii!l.!f . . eció que: "En materia fiscal se incrementará la cobe,tuJa,fifd'f!J, ' . . ancia y el control mediante la construcción de un nuevo mgJIJJ/!:rlllta'.onffófr, . I que av!lnce hacia una vigilancia y control posterior y selact/M!ltiimfi"afactivos: Se consolidarán además alianzas estratégicas con organismos de control nacionales e internacionales al tiempo que se promoverá la participación clµdadana en la vigilancia y el control fiscal. ( ... ) ' uanto al proceso audltór, se promoverán mejoras a la afectividad y oportunidad vigilancia de la gestión fiscal da la Auditoria General _de fa República (AGR) con a fortalecer el ejercicio del control fiscal. ( ... )"
promoverán mejoras a la afectividad y oportunidad vigilancia de la gestión fiscal da la Auditoria General _de fa República (AGR) con a fortalecer el ejercicio del control fiscal. ( ... )" fi Que la Ley 1753 de 2015, en su artículo 1 . "Obligatoriedad de suministro de información", modificó el artículo 227 d 011, disponiendo que "Para el desarrollo de los planes, prog@mas /dos en el Plan Nacional de Desarrollo y en general para e/ • • s póblicas, las entidades públicas y los particulares que ejerza rán a disposición de. las entidades póblicas que así lo solicite eren, obtengan, adquieran o controlen y administren, en cumplimi bjeto misiona/. El uso y reutilización de esta información deberá ancla de los principios y· no('l11as de protección de datos perso !ld con lo dispuesto en las Leyes 1581 de 2012 y 1712 de 2014, asf ormas que regulan la materia. ( ... )" Que una de las princtfi .· • fis del actual sistema de control fiscal, es la falta de articulación y coordít.lfir>nfim diferentes organismos que lo ejercen; por lo cual se requiere de un nfi modfi • gral de vigilancia de la gestión fjscal, con mo•mos sist . emas deª . _ud t : e.ría pública que contribuyan al cumplim . lento de los fines esencia . les de_l Estado, devdfvti dole la credibílidad. al control fiscal; tarea para • Ia cual se hace indi$pensafis ablecer .altos niveles de coordinación interinstltuclonal permanepte entre I .os distin Afi organismos de Control Fiscal del pafs; modelo que, a su vez, podrá ser la
indi$pensafis ablecer .altos niveles de coordinación interinstltuclonal permanepte entre I .os distin Afi organismos de Control Fiscal del pafs; modelo que, a su vez, podrá ser la base d évo ordenamiento del .Sistema Nacional de Control Fiscal. Q lan Integral de Auditorías (PIA), será el principal instrumento de este modelo, al corl't er la programasión anual de auditorias.de todos los organismos de control fiscal del orden territorial, la Contraloria General de República y la AGR, pa.ra optimizar el ejercicio independiente y autónomo del control fiscal micro en todo el pals, a través de un instrumento tecnológico común, para una mejor planificación y racionalización del proceso auditor. Que la AGR, desarrolló dentro de sus sistemas de información, dentro del Aplicativo SIA Misional, el módulo .PIA, el cual gestiona el proceso de información de ·Ia programación anual del control fiscal micro o proceso auditor de los organismos de control fiscal del orden terrjtorial, la Contralorla General de la Repúbllca y la AGR.
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Versión 3.3-16111/2017Continuación de la RESOLUCIÓN ORGANICA N' 011 del 18 de diciembre de 2018, por la cual se adopta y reglamenta el Plan Integral de Auditarlas (PIA), en fa Auditoria General de la República Página 3 de 6 Que de acuerdo con los lineamientos y directrices que enmarcan la planeaclón estratégica de la entidad, es necesario reglamentar la forma y términos .de presentación de los Programas Generales -ele Auditoría de los sujetos vigilados, con el fin de cumplir las funciones orientadas al mejoramiento de la vigilancia de la gestión fiscal, de conformidad con los principios que rigen las actuaciones administrativas.
de los Programas Generales -ele Auditoría de los sujetos vigilados, con el fin de cumplir las funciones orientadas al mejoramiento de la vigilancia de la gestión fiscal, de conformidad con los principios que rigen las actuaciones administrativas. En mérito de lo expuesto, el Auditor General de la República, en uso de sus facultades constitucionaies y legales, fifififi -=fi,.,,;:: :,;;;DEF1N1c1óN, oajETo Y AMBITO oe APLICACIÓN ARTÍCULO PRIMERO: DEFINlCfóN; El Pían lfiqg'J[í!llfi de Auditorías (PIA), es la programación anual de auditorías, de los organismos;lj,filéontrol fiscal del orden territorial, la Contraloria General de República (CGR), y la Ai,¡_eltiíi-la General de la República (AGR), para el ejercició independiente y autónomo d@fioritrol fiscal micro en todo el país, a través de un instrumento tecnólógico común,,Ratltfna rriejor planificación, racionalización, ejecución y control del proceso auditor. . tfi ARTÍCULO SEGl:lNDO: OBJETO. Ad 1º de enero de 2019, el Plan Integral de Auditorias (PIA), cqg¡_i;)· evo modelo -integral de vígilancia de la gestión fiscal, para la pr,_, g • ilorias. La presente resolución pre presentar, una vez _aprob Vigilancia Fiscal, a la Aufili\. orientadas al mejorami principios que rigen la inos ein que los sujetos de control deben as Generales de Auditoria o Planes de , epúbllca, con el fin de cumplir las funciones 'de la gestión fiscal; de conformidad con los islrá!ivas.
ARTÍCULO TERC
inos ein que los sujetos de control deben as Generales de Auditoria o Planes de , epúbllca, con el fin de cumplir las funciones 'de la gestión fiscal; de conformidad con los islrá!ivas. ARTÍCULO TERC siguientes sujetofi General de la , Municipales .. li"-":) 4: . •:É APLICACIÓN. Esta resolución se aplica a los • confi!bJ.,¡¡jfi la Auditoría General de la República: la Contraloría pública (CGR), las Cohtralorias Departamentales, Distrítales5 y f'fi .... . .,, -"'fi fi
CAPÍTULO 11
PRESENTACION -'fi AR'r}CÜLO CUARTO: PRESENTACION •. Es deber de los sujetos •vigilados señalados en el articulo 3º, informar y responder a la AGR, a través del módulo PIA, sobre la gestión realizada en torno a la planeacíón y ejecución de sus Programas Generales de Audltori•a o Planes de Vigilancia Fiscal. PARÁGRAFO.- Para efectos de la presente resolución, se entiende por informar, la acción de comunicar a la Auditoria General de la República, a través del Módulo PIA establecidoContlnuaoión de /a RESOLUCIÓN ORGANICA Nº 011 del 18 de d/oiembra de 2018, por la oual s.e adopta y reglamenta el Plan Integral de Auditorías (PIA), en la Auditoria General.de la República . • • Página 4 de 6 para ello, sobre la planeaclón y ejecución de sus Programas Generales de Auditoria o Planes de Vigilancia Fiscal. Por responder, se entiende la obligación de garantizar la consistencia de la información suministrada y la de atender todos los requerimientos o
para ello, sobre la planeaclón y ejecución de sus Programas Generales de Auditoria o Planes de Vigilancia Fiscal. Por responder, se entiende la obligación de garantizar la consistencia de la información suministrada y la de atender todos los requerimientos o solicitudes que realice la .Auditoria Genera.! de la República en desarrollo del proceso de revisión de la información reportada a través del PIA. • •
CAPITULO U_I
D.E LOS RESPONSABLES DE LA PRESEf\ll;'A.Ql©fi ; -,,,.··f:9::--fi ARTÍCULO QUINTO: RESPONSABLES. solicitada y/o requerida por General de I¡;¡ Repúblfifiº fi fifi ...,,¡; ... -- !fl't1ns<11!llfi&-de presentar la Información fitfiFpresente resolución, el Contralor oriales6• lgualm@lllt1/i-"1!'-erán respon_sables los funciqnarios de la entidad sujeta a control, a quienes se les delegue la función, siempre y cuando dicho mandato se haya efectuado mediante acto administrativo que cumpla con los requisitos y I! • • .!lentos de la Ley 489 de 1998, en especial su artículo 10°, o norma que posteriorm . ;derogue o modifique. PARÁGRAFO. • L¡;¡ calidad y consistencia de. lt,tiP. rmación que repose en los sistemas de información de la AGR, que hubiere sigp -iél _ .;á gada y presentada por la Contralorla Genera! de la RE:Pfiblica y las contralorlas if,fi\to . r,an responsabilidad directa de ta.lEls suJetos de v1gllancla. • ,· ARTÍCULO. SEXTO: FO IÓN. Los responsables presentarán sus
Genera! de la RE:Pfiblica y las contralorlas if,fi\to . r,an responsabilidad directa de ta.lEls suJetos de v1gllancla. • ,· ARTÍCULO. SEXTO: FO IÓN. Los responsables presentarán sus Programas Generales de A Vig_ilancla Fiscal a la AGR, dé conformidad con lo indicado en:e.1 Mªn .·. . , únicamente en forma· electrónica, a través del aplicativo SIA Misional, módulo PIA. El'· acceso .a los sistemas de información se realiza a través·de la a AGR www,auditoria.gov,co PARÁGRAFO , • documentos fuente que soportan la información presentada,.repo n en los. archivos de los sujetos vigilados y estarán a disposición de la AGR, . entil:ia que podrá • solicitarlos, consultarlos, examinarlos y/o evaluarlos en cualquier tiéfio. SEGUNDO.- La información que se solicita respecto a presupuestos, . rdar consistencia y coherencia con la que se reporta a la Contaduría General clón.
ARTICULO SÉPTIMO: PERIODOS Y. FECHAS D.E PRESENTACIÓN. La presentación corresponde a la programación Inicial anual y el avance de su ejecución será trimestral $Cumulado y se realizará. a través del aplicativo SIA Misional, módulo PIA, conforme a lo estable.cido en el.Manual del módulo PIA. La lnfom:iación que integra la presentación será de la siguiente forma; 8 Salvo el Contralor de Bogotá, con fundamento en la providencia del Consejo de Estado, Sala de Consulta y Servicio Civil, qel 15 de octubre de 2013, N° de 'Radicación: 11001-03-06-000-20138 Salvo el Contralor de Bogotá, con fundamento en la providencia del Consejo de Estado, Sala de Consulta y Servicio Civil, qel 15 de octubre de 2013, N° de 'Radicación: 11001-03-06-000-201300422..00. • • • • •\A UDIT ORÍA GENERAL OE LA REPÚBLICA• COLOMBIA Continuación de la RESOLUCIÓN ORGANICA Nº 011 del 18 de diciembre de 2018, por la cual se adopta y reglamenta el Plan Integral de Auditorias (PIA}, en la Auditoría General de la República Página s de 6
PERIODO A INFORMAR Periodo inicial o periodo cero: corresponde a la programación inicial anual de· los Programas Generales de Auditoría o Planes de Vigilancia Fiscal. • • Primer Trimestre: corresponde a la ejecución de los Programas Generales de Auditoria o Planes de Vigilancía Fiscal; entre enero y marzo de cada vigencia. Ejecución acumulada a 31 de marzo.
Segundo Trimestre: . corresponde a ejecución de los Programas fi· • Aufitorla o _Planes de ,Y",!§1.fi'ª abnl y jumo .,.1;!fi'".!;iada vig acum 1 • 'ª,;a,.io .cfe i.mio.
Tercer··trimestre: corresponde a la ejecución de los Programas Generales de Auditoría o Planes de Vigilancia Fiscal, entre julio y septiembre de cada. vigencia. Ejecución acumulada a 30 de se tiembre.
Cuarto Trimestre: corresponde a la ejecución de los Programas Generales de Auditoria o Planes de Vigilancia Fiscal, entre octubre y d¡ciembre de cada vigencia, por lo que
acumulada a 30 de se tiembre.
Cuarto Trimestre: corresponde a la ejecución de los Programas Generales de Auditoria o Planes de Vigilancia Fiscal, entre octubre y d¡ciembre de cada vigencia, por lo que convierte en la ejecución consolidada an]) E'ecución acumulada a 31 dedicie •• FECHA DE PRESENTACION Entre el 1º y el .20 de fimero de cada vigencia.
Entre el 1 • y el 15 de abril de cada vigencia. aalllt5-de julio de cada vigencia. Entre el 1 • y el 15 de octubre de cada vigencia. fif!fi:Jel 1 • y 71 15. de enero de la vigencia r Niént a la eJecuc1ón consolidada anual que Cuando la fecha máxima d n un día no hábil, la fecha límite para hacerlo se corre al primer d, • PARAGRAFO: PRÓRROG eral de Ía RepúbHca podrá otorgar prórroga de los términos previsf9sfi Íirtículo, previa solícitird del correspondiente Contralor, para lo cual ,, aniente justificada. ARTÍfilJLO OCTAVfi!,l . , . . NTACIÓN POR LA AUDITORÍA GENERAL DE LA REPUBLICA. Lafifo.rí e@llal de lá República, a través de la Auditoría Delegada para la Vlgilanci'3/d,[la Gestión Fiscal, presentará en el Módulo PIA su Plan General de Auditoria aprliibfido, asl como sus modificaciones y avance, en los mismos términos, plazos y coril:!5idnes establecidos en .la presente resolución. • ¡} CAPITULO V DEL PROCEDIMIENTO, REVISIÓN Y PRONUNCIAMIENTO . ' • •
plazos y coril:!5idnes establecidos en .la presente resolución. • ¡} CAPITULO V DEL PROCEDIMIENTO, REVISIÓN Y PRONUNCIAMIENTO . ' • • ARTÍCULO NOVENO: PROCEDIMIE NTO. Parfi el análisis de la información preseritada, la AGR procederá a;
1. Verificar la consistencia de la información suministrada en el módulo PIA, referida a los planes generales de auditoria o planes de vigilancia fiscal de las contralorías.
2. Requerir a los funciónarios responsables, para que, dentro de un término prudencial determinado para cada caso, aclaren o expiiquen las observaciones planteadas, o respondan cuestionamientos sobre el tema, a fin de dar claridad y corregir, de ser necesario, la informa'ción.Continuación de la RESOLUCIÓN ORGANICA Nº 011 del 18 de diciembre de 2018, por la cualse adopta y reglamenta el Plan Integral de Auditorias (PIA), en la Auditorfa General de la RepObl/ca • · • Página 6 de 6
3. Efectuar todas· las dUigencias necesarias para facilitar la correcta presentación de la información por parte de los responsables detei:minados en el .artículo quinto de la presente resolución.
ARTICULO DÉCIMO: REVISIÓN Y PRONUNCIAMI.ENTO. La Auditoria General .de la · Repüblica revisará la lnfoi:mación presentada sobre los Plan.es Generales de Auditoria o Planes. de Vigilancia Fiscal, y podrá emitir los pronunciamientos que estime pertinentes.
CAPITULO VI • -fifi DEL INCUMPLIMIEN • --· fifiONES . .• ·•" . fi
ARTÍCULO DÉCI.MO IMIENTOS Y SANCIONES. Como
CAPITULO VI • -fifi DEL INCUMPLIMIEN • --· fifiONES . .• ·•" . fi ARTÍCULO DÉCI.MO IMIENTOS Y SANCIONES. Como consecuenclfifi!,,p'l'd'efiso n -de la Información presentada en el· PlA, la AGR podrá.J!iliJplffie'r sanciones en aplicación a lo dispuesto en el capitulo V de la Ley 42 de 1993, y en particular cuando: • <il"'>:'>' . fi--fi - No se presente la Información exigida en el PIA, e.n los términos, plazos y condiciones establecidos. . · .,.,fi"' · • • No se le suministren oportunamente l.as j11foi:maciones que se .soliciten o no se atiendan-los requerimientos efectuados. • fi Dfi cualquier manera, entorpezcan-o imajfi mplimiento de las funciones asignadas a.laA GR. .
PARÁGRAFO: Sin perjuicio de,,J¡¡,: deberá presentar la informai9ri. • ARTICULO . DÉCIMO. Sf resolución rige a partir de la f
. Proyectado por:
Revisado por: Aprobado por:
- Fulton Perea Sen/te
Al«<añdra Ramfrsz Suárez, Auditora Delegada Omar Hiigo Rívas J, Abogado Ofiofna Jurfdfca Carlos .óscar Vergara R, Director Oficina JÚÍfdica nte, en todo caso, el responsable OEfiOGATORIAS. La presente el Dlario Oficial.
- Fecha
18/12/2016 18/12/2018 18/12/2018 18/12/2018 18/12/2018 18/12/2018
OEfiOGATORIAS. La presente el Dlario Oficial.
- Fecha
18/12/2016 18/12/2018 18/12/2018 18/12/2018 18/12/2018 18/12/2018 Los. arfiba firmantes declaramos que hemoa revisado el documento y lo enoontramoa aJUS do a·tas noi:mas y dlspoalclonetJ 1egaf88 vigentes y, por lo tanto, bajo nuestra respansabllidad lo presentamos para firma. (Circular t,otemá 10 de 2017)