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AGR - Resolución Orgánica No. 003 de 2025

Auditoría General de la República

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Detalles

Título
AGR - Resolución Orgánica No. 003 de 2025
Autor
Auditoría General de la República
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Fiscal
Año
2025

Diario Oficial No. 53.079 del 04 de abril de 2025 003 de2025 \ AUDITORIAResolución Orgánica CONSOLIDANDO EL CONTROL FISCALPágina 1 de 2 y ( 0 1 ABR 2025 )“Por la cual se incluye un parágrafo transitorio en la Resolución Orgánica 011 de 2024 quereglamenta la rendición de cuentas e informes a la Auditoría General de la República”LA AUDITORA GENERAL DE LA REPÚBLICAEn ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo274 de la Constitución Política, modificado por el artículo 5 del Acto Legislativo 04 de 2019 y en losnumerales 7 y 14 del artículo 17 del Decreto Ley 272 de 2000, y en los artículos 2°, 5 y 17,numerales 2° y 5° y 12, del Decreto Ley 272 de 2000, y

CONSIDERANDO: Que el artículo 17 del Decreto Ley 272 de 2000, entre otras funciones del Auditor General de laRepública, establece las siguientes: «(...) 2. Prescribir los métodos y la forma en que sus vigiladosdeben rendir cuentas y determinar los criterios de evaluación financiera, operativa y de resultados,entre otros, que deberán aplicarse para el ejercicio de la vigilancia de la gestión fiscal y para laevaluación del control fiscal interno. (...) 5. Solicitar con carácter obligatorio información relevantepara el ejercicio de sus funciones a las entidades sometidas a su vigilancia. (...) 12. Ejercer la vigilanciay control de la gestión fiscal de la Contraloría General de la República y de las contraloríasdepartamentales, distritales, municipales, sin excepción alguna y de los fondos de bienestar socialde todas las contralorias.» — numeral 12 modificado por el artículo 158 del Decreto Ley 403 de 2020.Que según el literal a) del numeral segundo del artículo 11 de la Resolución Orgánica Nro. 011 de2024, «Por la cual se reglamenta la rendición de cuentas e informes a la Auditoría General de laRepública» establece que la cuenta trimestral por procesos se deberá rendir en el SIA Misional,módulo SIREL, «Entre el 12 y el 15 de abril de cada vigencia»Que se informó en la Circular Interna 004 del 24 de febrero de 2025, suscrita por el SecretarioGeneral (AF), que la señora Auditora General de la República decidió otorgar a los servidores de laentidad un descanso compensado el lunes catorce (14) y el martes quince (15) de abril,

con ocasiónde la Semana Santa, según lo establecido en el artículo 2.2.5.5.51 del Decreto 1083 de 2015.Que, en consecuencia, para garantizar la atención a los sujetos vigilados y no generar traumatismosen la rendición de la cuenta correspondiente al primer trimestre de 2025, se hace necesario por estasola vez, establecer la fecha máxima de presentación de la cuenta de trimestral por procesos en elSIA Misional, módulo SIREL, correspondiente al primer trimestre de 2025, el martes 22 de abril de2025.Que, por lo expuesto anteriormente,

RESUELVE: Artículo 1°. Adicionar un parágrafo transitorio en el artículo 11 de la Resolución Orgánica 011 de2024, con el siguiente texto:

Avenida calle 26 No. 69 - 76 Edificio Elemento, Torre 4, pisos 17 y 18. Bogotá, D. C.PBX: [571] 3186800 - 3816710 -Línea gratuita de atención ciudadana: 018000-120205auditoriageneral EYauditoriagen E auditoriagen Eauditoriageneralcolparticipacion@auditoria.gov.cowww.auditoria.gov.co: AUDITORÍAResolución Orgánica (003 de 2025 \ GENERAL ELA REPUBLICACOLONIACONSOLIDANDO EL CONTROL FISCAL Página 2 de 2 «Parágrafo transitorio. La cuenta del primer trimestre al que refiere el literal a) delartículo segundo de la presente resolución, correspondiente a la ejecución de losdiferentes procesos entre el 12 de enero de 2025 y el 31 de marzo de 2025, tiene comofecha máxima de presentación el martes 22 de abril de 2025.»

Artículo 2”. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el DiarioOficial.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., 0 1 ABR 207 Firmadd Digitalmente NOMBRE - CARGOProyectado por: Tatiana Ordóñez Vásquez, Profesional Especializado 04 sey (Revisado por: Gustavo Adolfo Escudero Aranda, Asesor del Despacho nF.Helton David Gutiérrez Gonzalez, Director de la Oficina Juridica po A EAprobado por: Diego Fernando Uribe Velásquez, Auditor Delegado para la Vigilancia de la Gestión Fiscal ==Los funcionarios y contratistas mencionados declaramos que hemos revisado el documento y lo encontramos ajustado a las normas ydisposiciones legales vigentes y por lo tanto, bajo nuestra responsabilidad lo presentamos para firma. Avenida calle 26 No. 69 - 76 Edificio Elemento, Torre 4, pisos 17 y 18. Bogotá, D. C.PBX: [571] 3186800 - 3816710 -Línea gratuita de atención ciudadana: 018000-120205auditoriageneral EJauditoriagen Gauditoriagen Edauditoriageneralcolparticipacion@auditoria.gov.cowww.auditoria.gov.co

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