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AGR - Resolución Orgánica No. 004 de 2025

Auditoría General de la República

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Detalles

Título
AGR - Resolución Orgánica No. 004 de 2025
Autor
Auditoría General de la República
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Fiscal
Año
2025

Diario Oficial No. 53.086 del 11 de abril de 2025004 AUDITORIAde 2025 \ GENERAL DE LA REPUBLICA - COLOMBIACONSOLIDANDO EL CONTROL FISCALResolución OrgánicaPágina 1 de 2 «Por la cual se define el puntaje crítico de corte correspondiente a la vigencia 2025, aplicable ala certificación anual de gestión de las contralorías territoriales que se expedirá en el primertrimestre de 2026». LA AUDITORA GENERAL DE LA REPÚBLICA En ejercicio de las facultades constitucionales, legales y reglamentarias, especialmente lasconferidas en los artículos 274 y 272 de la Constitución Política, el numeral 72 del artículo 17 delDecreto Ley 272 de 2000; el artículo 30 del Decreto Ley 403 de 2020, y,

CONSIDERANDOQue el 25 de septiembre de 2023 se expidió la Resolución Orgánica nro. 009 «Por la cual se adoptael procedimiento, la metodología y los parámetros para la certificación anual de gestión y lasevaluaciones parciales trimestrales de las contralorías territoriales».Que el 27 de febrero de 2025, se expidió la Resolución Orgánica nro. 001? «Por la cual se establecela versión aplicable de la metodología anual de gestión y las evaluaciones parciales trimestrales delas contralorías territoriales» (5.1), para la medición de la vigencia 2025.Que de conformidad con la citada metodología, el índice de desempeño integral de las contraloríases un número que oscila en el rango de O a 100 puntos y representa el desempeño integral de cadauno de los órganos de control fiscal territorial.Que el índice de desempeño integral es la base para emitir la decisión sobre la certificación anualde la gestión de las contralorías territoriales.Que la certificación de las contralorías se realiza a partir de un puntaje crítico de certificación anual(Pcertificación_anual). Este puntaje será comparado con el índice de desempeño integral de cadacontraloría.Que la certificación sólo se puede otorgar cuando el valor del índice de desempeño integral de lacontraloría es superior o igual al puntaje crítico de certificación anual.Que en la versión 5.1 de la metodología se define el método para el cálculo del valor crítico decertificación anual de las contralorías territoriales a partir del puntaje de certificación del añoanterior, lo que

permite contar con un referente previo de desempeño relativo.Que para calcular el puntaje crítico de certificación (Pcertificación_anual), se aplicará la ecuaciónfundamental de la certificación anual de las contralorías territoriales Pcertificación_anual(t) =pAuditeCT(t-1) - OoAuditeCT(t-1), establecida en la mencionada metodología.Que la metodología establece que, cuando el puntaje del índice de desempeño integral de lacontraloría territorial sea igual o superior a 70 puntos, la misma será certificada, sin importar elpuntaje crítico o punto de corte aplicable para la vigencia correspondiente.' Derogó la Resolución Orgánica No. 010 de 2021? Derogó la Resolución orgánica 002 de 2024.Avenida calle 26 No. 69 - 76 Edificio Elemento, Torre 4, pisos 17 y 18. Bogotá, D. C.PBX: [571] 3186800 - 3816710 -Línea gratuita de atención ciudadana: 018000-120205auditoriageneral EYauditoriagen Ed auditoriagen Edauditoriageneralcolparticipacion@auditoria.gov.cowww.auditoria.gov.coResolución Orgánica 004 de2025 \ AUDITORIACONSOLIDANDO EL CONTROL FISCAL

Página 2 de 2 Que la Oficina de Estudios Especiales y Apoyo Técnico de la entidad aplicó el método paradeterminar el puntaje crítico de certificación para la vigencia 2025 y estableció que éste es de 79,92puntos. Que en consecuencia, es procedente aplicar la regla establecida en la metodología y definir comopuntaje crítico de corte para la certificación de la gestión de las contralorías territoriales de lavigencia 2025, 70 puntos. En mérito de lo expuesto, , RESUELVE Artículo 1°: Puntaje crítico de certificación. Fijar el puntaje crítico o punto de corte para lacertificación anual de gestión de las contralorías territoriales de la vigencia 2025, en 70 puntos. Artículo 2°. Comunicación. Comunicar a todas las contralorías territoriales el contenido de lapresente Resolución, por conducto de la Auditoría Delegada para la Vigilancia de la Gestión Fiscal. Artículo 3°. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el DiarioOficial.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los {| O ASHMARÍA ANAYME BARÓN DURÁNAuditora General de la República — NOMBRECARGO/ YProyectado por: Gustavo Adolfo Escudero Aranda, Asesor del Despacho LX)Revisado por: Gustavo Adolfo Escudero Aranda, Asesor del Despacho \Equipo Técnico AuditeCT aHelton David Gutiérrez Gonzalez. Director Oficina Juridica Baul.Aprobado por: Diego Fernando Uribe Velásquez, Auditor Delegado para la Vigilancia de la Gestión Fiscal: =FJhonny Marlon Cardenas Arévalo, Director de Estudios Especiales L—Los funcionarios y contratistas mencionados declaramos que hemos revisado el documento y lo encontramos ajustado a lasnormas y disposiciones legales vigentes y, por lo tanto, bajo nuestra responsabilidad lo presentamos para firma. Avenida calle 26 No. 69 - 76 Edificio Elemento, Torre 4, pisos 17 y 18. Bogotá, D. C.PBX: [571] 3186800 - 3816710 -Línea gratuita de atención ciudadana: 018000-120205E auditoriageneral Gauditoriagen EJauditoriagen Edauditoriageneralcolparticipacion@auditoria.gov.cowww.auditoria.gov.co

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