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AGR - Resolución Reglamentaria 008 de 2015

Auditoría General de la República

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Detalles

Título
AGR - Resolución Reglamentaria 008 de 2015
Autor
Auditoría General de la República
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Fiscal
Año
2015

Hacia la Excelencia y la Innovación en el Control Fiscal

GD.233.P01.F06

Versión 3.1 – 23/06/10

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA No. 08 DE 2015 (6 de julio de 2015)

“Por la cual se suspenden términos en las actuaciones administrativas de la Auditoría General de la República por el traslado de sede de su Nivel Central”

LA AUDITORA GENERAL DE LA REPÚBLICA

en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 17º del Decreto Ley 272 de 2000,

CONSIDERANDO:

Que la AUDITORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA es el órgano instituido para ejercer la vigilancia y el control de la gestión fiscal de la Contraloría General de la República y las Contralorías Territoriales, por lo que el Decreto Ley 272 de 2000, artículo 3º, señala que le corresponde coadyuvar a la transformación, depuración y modernización de los órganos instituidos para el control de la gestión fiscal, mediante la promoción de los principios, finalidades y cometidos de la función administrativa consagrados en la Constitución Política, el fomento de la cultura del autocontrol y el estímulo de la participación ciudadana en la lucha para erradicar la corrupción, de conformidad con lo previsto en los artículos 267 a 274 de la Constitución Política, el Decreto Ley 267 de 2000 y demás normatividad vigente.

Que mediante Resolución Orgánica No. 0006 de 2010 se establecieron los lineamientos para la expedición de las Resoluciones al interior de la entidad y en sus Capítulo III y IV se regula la expedición de las Resoluciones Reglamentarias.

Que mediante Resolución Orgánica No. 0006 de 2010 se establecieron los lineamientos para la expedición de las Resoluciones al interior de la entidad y en sus Capítulo III y IV se regula la expedición de las Resoluciones Reglamentarias.

Que el artículo sexto de la Resolución Orgánica No. 0006 de 2010 establece el procedimiento para la expedición de las Resoluciones Orgánicas y Reglamentarias, y al tenor estipula: “Las Resoluciones Orgánicas y Reglamentarias son suscritas por el Auditor General, previa elaboración por parte de la dependencia competente, según el caso, y la revisión de la Oficina Jurídica(…)”.

Que teniendo en cuenta que el nivel central de la Auditoría General de la República ubicado en la ciudad de Bogotá, se encuentra en proceso de traslado e instalación en su sede , se requiere no generar traumatismos en el trámite de todas las actuaciones a cargo de la entidad, por lo que se hace necesario tomar las medidas administrativas consistentes en la ampliación de la suspensión de términos para todas sus actuaciones fijada en la Resolución Reglamentaria No. 07 de 2015.

Que por lo expuesto anteriormente,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: Suspender los términos dentro de las actuaciones administrativas a cargo de la Auditoría General de la República , incluid as las solicitudes de petición, conceptos y consultas, procesos disciplinarios, defensaContinuación de la Resolución Reglamentaria No. 08 de 2015 “Por la cual se suspenden términos en las actuaciones administrativas de la Auditoría General de la República por el traslado de sede de su Nivel Central”

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administrativas de la Auditoría General de la República por el traslado de sede de su Nivel Central” Hoja No. 2 de 2

Hacia la Excelencia y la Innovación en el Control Fiscal

GD.233.P01.F06

Versión 3.1 – 23/06/10 2 jurídica de la entidad, procesos de responsabilidad, administrativos sancionatorios, indagaciones preliminares y jurisdicción coactiva, desde el día lunes 6 de julio de 2015 y hasta el día viernes 10 de julio de 2015, inclusive.

ARTÍCULO SEGUNDO: Incorporar en cada actuación copia de la presente Resolución por la cual será efectiva la suspensión de términos aquí dispuestos.

ARTÍCULO TERCERO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los seis (6) días del mes de julio de 2015

(ORIGINAL FIRMADO)

LAURA EMILSE MARULANDA TOBÓN

Auditora General de la República

Proyectó: María José Hernández Burbano - Abogada Oficina Jurídica

Revisó: Jorge Luis Restrepo Gómez - Director Oficina Jurídica (AF)

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