AGR - Todos somos veedores
Auditoría General de la Nación
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Detalles
- Título
- AGR - Todos somos veedores
- Autor
- Auditoría General de la Nación
- Categoría
- Doctrina
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- —
Hacia la excelencia y la innovación en el control fiscal TODOS SOMOS VEED RES Cartilla para la formación de veedores 1 Hacia la excelencia y la innovación en el control fiscal Cartilla para la conformación de veedurías TODOS SOMOSVEED RES Hacia la excelencia y la innovación en el control fiscal Dra. Laura Emilse Marulanda Tobón Auditora General de la República Dr. David Alejandro Díaz Guerrero Auditor Auxiliar Dr. José Luis Franco Laverde Auditor Delegado para la Vigilancia de la Gestión Fiscal Dr. Elías Román Castaño Pineda Secretario General Dr. César Mauricio Rodriguez Ayala Director Oficina Jurídica Dra. Gloria Elena Riascos Mora Directora Oficina de Control Interno Dra. Nina Clara Blanco arias Director Oficina de Estudios Especiales y Apoyo Técnico Dr. Wilson de Jesús Osorno García Director Oficina de Planeación Dr. Rubén Darío Bedoya Otálvaro Director de Control Fiscal Dr. Hernando Ferrer Mercado Serpa Director de Responsabilidad Fiscal y Jurisdicción Coactiva Dr. Félix Arturo Ariza Acevedo Director de Recursos Financieros Dr. Luis Fernando Collazos Quintana Director de Talento Humano Dra. Margarita Ma. Márquez Figueroa Directora de Recursos Físicos Margarita Ma. Márquez Figueroa Directora de Recursos Físicos Patricia Restrepo Vélez Gerente Seccional I. Medellín Alfredo José Delgado Dávila Gerente Seccional II. Bogotá Héctor Alejandro Paz Gómez Gerente Seccional III. Cali Jaime Parra Sánchez Gerente Seccional IV. Bucaramanga
Iván de Jesús Sierra Porto Gerente Seccional V. Barranquilla Guillermo Barreiro Quintero Gerente Seccional VI. Neiva Germán Barco López Gerente Seccional VII. Armenia Ana Milena Pacheco Quintero Gerente Seccional VIII. Cúcuta Iván Pavel Madero Pérez Gerente Seccional IX. Villavicencio Hernando Cristo Pérez Mendevil Gerente Seccional X. Montería
AUDITORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
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Cartilla para la conformación de veedurías TODOS SOMOSVEED RES Hacia la excelencia y la innovación en el control fiscal Todos somos veedores Cartilla para la conformación de veedurías © Auditoría General de la República, 2014
Edición: Auditoría General de la República
Investigación y desarrollo académico: Luz Mary Peralta Rodríguez
Dirección General:
Laura Emilse Marulanda Tobón
Coordinación académica: Nina Blanco Arias, Pablo César Guevara Gómez Colaboración y revisión técnica y normativa: Uriel Alberto Amaya Olaya, Gustavo Escudero Aranda, Juan Diego Doncel Ramírez
Diseño y composición: Jorge Andrés Arboleda Gómez
Coordinación editorial: Juan de Dios Cano Londoño, Jorge Andrés Arboleda Gómez Ilustraciones: Banco de imágenes de Free Pik [www.freepik.es]
Impresión: Imprenta Nacional de Colombia
Impreso en Colombia Bogotá D.C., abril de 2014 Primera edición 3.000 ejemplares
ISBN: 978-958-57947-X-X
4 TODOS SOMOSVEED RES Cartilla para la conformación de veedurías Hacia la excelencia y la innovación en el control fiscal Tabla de contenido INTRODUCCIÓN Para qué esta cartlilla Empezamos por conocer la estructura del Estado Ahora aprendemos sobre la Auditoría General de la República Misión de la Auditoría General de la República Sujetos de vigilancia de la Auditoría General de la República Objetivos instritucionales y estratégicas Qué es el control Modalidades de control Características del control fiscal Gestión fiscal Qué son las Contralorías Qué hacen las Contralorías Procesos misionales de los órganos de control fiscal Las diferentes fases del proceso auditor Proceso de responsabilidad fiscal Qué es control social Quiénes pueden conformar una veeduría Quiénes no pueden ser veedores Cuál es el procedimiento para la creación de una veeduría ciudadana Qué información se debe consignar en el documento o acta de constitución de una veeduría ciudadana
Dónde se inscriben las veedurías ciudadanas Derechos de las veedurías ciudadanas Deberes de las veedurías ciudadanas Funciones de las veedurías ciudadanas Prohibiciones Qué podemos hacer como veedores de las contralorías Baúl de herramientas Modelos de diferentes formatos 5 Cartilla para la conformación de veedurías TODOS SOMOSVEED RES Hacia la excelencia y la innovación en el control fiscal Introducción El Plan Estratégico Institucional 2013-2015 apunta a contribuir a la excelencia del control fiscal colombiano, el cual se plantea como uno de los objetivos institucionales el de promover la efectividad y oportunidad de la vigilancia de la Gestión fiscal que pretende impulsa el mejoramiento continuo de los procesos misionales de la Auditoria general de la República, impactando la gestión tanto en el logro de los resultado como en el manejo adecuado de los recursos. De este objetivo institucional se desprende el Objetivo Estratégico para el proceso de Participación Ciudadana formulado como: apoyar y fortalecer el proceso de participación ciudadana en el control fiscal, por cuanto en la Misión asignada a la Auditoría General se señala: “El estímulo de la participación ciudadana en la lucha para erradicar la corrupción.” Para esto es necesario introducir herramientas novedades de control fiscal que lo hagan más oportuno y participativo, desarrollando proyectos que conviertan a participación ciudadana en un verdadero mecanismo de fiscalización efectivo y necesario. Es por ello que la Auditoría General de la República promoverá la participación ciudadana, articulando el control fiscal con el control social, formando los ciudadanos para que incidan eficazmente en la evaluación de la gestión de los órganos vigilados
por la AGR. 6 TODOS SOMOSVEED RES Cartilla para la conformación de veedurías Hacia la excelencia y la innovación en el control fiscal Para qué esta cartilla Ésta es una herramienta didáctica para acompañar el proceso de conformación de las veedurías ciudadanas en cada una de las gerencias seccionales Dirigida a la formación de todos los ciudadanos que en forma plural o a través de organizaciones civiles como: organizaciones comunitarias, profesionales, juveniles, sindicales, benéficas o de utilidad común, no gubernamentales, sin ánimo de lucro y constituidas con arreglo a la ley1 que estén interesados en conformar las Veedurías Ciudadanas de la Auditoría General de la República. Este proceso nos convoca a generar discusiones, análisis y reflexiones en torno a temas y realidades relacionadas con el control social al control fiscal. Este ejercicio de la comunidad le facilita a la Auditoría General de la República • Confrontar sus iniciativas con la visión las necesidades y los sueños comunitarios • Fortalecer una efectiva cultura ciudadana con la participación de la población en los diversos escenarios que la Constitución Colombiana propone. 7 1 Ley 850 de 2003 Cartilla para la conformación de veedurías TODOS SOMOSVEED RES Hacia la excelencia y la innovación en el control fiscal Empezaremos por conocer la estructura del Estado Al igual que en la Constitución de 1886, que fue reemplazada por la Carta Política de 1991 establece tres poderes públicos: legislativo, ejecutivo y judicial. También establece órganos autónomos con funciones específicas para el cumplimiento de los cometidos
adicionales del Estado colombiano, es así como dentro de la clasificación de los organismos de control aparece la Auditoría General de la República. CÁMARA •Presidencia
- Ministerios
RAMA LEGISLATIVA
- Deptos. Administrativos SENADO • Reforma la Constitución • Hace las leyes • Ejerce control político sobre •Superintendencia el Gobierno y la Administración ORGANISMOS PRINCIPALES •Establecimientos públicos • Unid. Adminstrativas especiales ORGANISMOS ADSCRITOS •Empresas industriales A LOS MINISTERIOS Y y comerciales del Estado DEPTOS. ADMINISTRATIVOS •Sociedades de economía mixta
ORGANISMOS VINCULADOS
ENTIDADES DESCENTRALIZADAS INDIRECTAS
ENTIDADES DE RÉGIMEN O CARÁCTER ESPECIAL
RAMA EJECUTIVA Gobierna y administra CORTE CONSTITUCIONAL el Estado
ESTRUCTURA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DEL ESTADO
CONSEJO DE ESTADO
RAMA JUDICIAL FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN
Administra la Justicia
CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA
ORGANIZACIÓN ELECTORAL • Comisión Nacional Electoral
ÓRGANOS AUTÓNOMOS
E INDEPENDIENTES UNIVERSIDADES PÚBLICAS • Registraduría Nacional del Estado Civil
CORP. AUTÓNOMAS REGIONALES
BANCO DE LA REPÚBLICA
COMISIÓN NACIONAL DE SERVICIO CIVIL
ÓRGANOS DE CONTROL MINISTERIO PÚBLICO •Procurador General de la Nación •Procuradores Delegados AUDITORÍA GENERAL •Agentes del Procurador DE LA REPÚBLICA •Defensor del Pueblo •Personeros Distritales y Municipales 8
CONTRALORÍA GENERAL
DE LA REPÚBLICA TODOS SOMOSVEED RES Cartilla para la conformación de veedurías Hacia la excelencia y la innovación en el control fiscal Ahora aprendamos sobre la Auditoría General de la República El constituyente de 1991, incluyó en la Carta Política, en el artículo 274, la figura del “Auditor” como funcionario encargado de vigilar inicialmente el ejercicio de la gestión fiscal de la Contraloría General de la República. Posteriormente, esta norma constitucional fue desarrollada por la Ley 106 de 1993, los Decretos Ley 272 y 273 de 2000 y diferente jurisprudencia de la Corte Constitucional que le fueron determinando el alcance de su ejercicio de control, ampliándolo a todas las contralorías del país. Es así, que la vigilancia de la gestión fiscal de la Contraloría General de la República se ejercerá por un auditor elegido para periódos de dos años por el Consejo de Estado, de terna enviada por la Corte Suprema de Justicia. 9 Cartilla para la conformación de veedurías TODOS SOMOSVEED RES Hacia la excelencia y la innovación en el control fiscal Misión de la Auditoría General de la República “La Auditoría General de la República coadyuva a la transformación, depuración y modernización de los órganos instituidos para el control de la gestión fiscal, mediante la promoción de los principios, finalidades y cometidos de la función administrativa consagrados en la Constitución Política, el fomento de la cultura del autocontrol y el estímulo de la participación ciudadana en la lucha para erradicar la corrupción.” (Artículo 3 del decreto 272 de 2000).
En la actualidad la AUDITOR GENERAL Auditoría General de la República desarrolla sus AUDITOR AUXILIAR funciones a través de un nivel central con Oficina de Planeación sede en la ciudad de Bogotá y de un Oficina Control Interno nivel desconcentrado conformado por Oficina Jurídica diez (10) gerencias seccionales. Oficina Estudios Especiales y Apoyo Técnico Auditoría Delegada para la Vigilancia Secretaría General de la Gestión Fiscal Dirección Recursos Financieros Dirección de Control Fiscal Dirección Talento Humano Dirección de Responsabilidad Fiscal y Jurisdicción Coactiva Dirección Recursos Físicos Gerencias seccionales I Medellín VI Neiva II Bogotá VII Armenia III Cali VIII Cucuta IV B/manga IX Villavicencio 10 V B/quilla X Montería TODOS SOMOSVEED RES Cartilla para la conformación de veedurías Hacia la excelencia y la innovación en el control fiscal Sujetos de vigilancia de la Auditoría General de la República DIRECCIÓN DE CONTROL FISCAL Contraloría General de la República y sus gerencias departamentales; Fondo de Bienestar Social de la CGR GERENCIAS SECCIONALES SECCIONAL I – MEDELLÍN Contralorías: departamentales de Antioquia, San Andrés y Chocó; municipales de Medellín, Envigado, Itagüí y Bello SECCIONAL II – BOGOTÁ Contralorías: departamental de Cundinamarca, Boyacá y Amazonas; municipales de Soacha y Tunja SECCIONAL III – CALI Contralorías: departamentales de Valle, Cauca y Nariño;
municipales de Cali, Yumbo, Tuluá, Palmira y Popayán y Pasto; distrital de Buenaventura SECCIONAL IV – BUCARAMANGA Contralorías: departamentales de Santander y Cesar; municipales de Bucaramanga, Barrancabermeja, Floridablanca y Valledupar SECCIONAL V – BARRANQUILLA Contralorías: departamentales de Atlántico, Magdalena y La Guajira; distritales de Barranquilla y Santa Marta; municipal de Soledad SECCIONAL VI – NEIVA Contralorías: departamentales de Huila, Tolima, Putumayo y Caquetá; municipales de Neiva e Ibagué SECCIONAL VII – ARMENIA Contralorías: departamentales de Caldas, Quindío y Risaralda; municipales de Armenia, Manizales, Pereira y Dosquebradas SECCIONAL VIII – CÚCUTA Contralorías: departamentales de Norte de Santander, Arauca y Casanare; municipal de Cúcuta SECCIONAL IX – VILLAVICENCIO Contralorías: departamentales Meta, Guaviare, Guainía, Vichada y Vaupés; municipal de Villavicencio SECCIONAL X – MONTERÍA Contralorías: departamentales Córdoba, Bolívar y Sucre; distrital de Cartagena; municipal de Montería 11 Cartilla para la conformación de veedurías TODOS SOMOSVEED RES Hacia la excelencia y la innovación en el control fiscal Objetivos institucionales y estratégicos
OBJETIVO INSTITUCIONAL 1
Pomover la efectividad y la oportunidad de la Vigilancia de la Gestión Fiscal • Fortalecer la Gestión de los Procesos Fiscales • Mejorar la calidad del proceso auditor • Apoyar y fortalecer el proceso de Participación Ciudadana en el Control Fiscal
OBJETIVO INSTITUCIONAL 2
Promover un Control Fiscal Transparente y Ético • Fomentar el Compromiso Ético de los Servidores Públicos del Control Fiscal • Promover la Cultura de la Transparencia de la Gestión Pública
OBJETIVO INSTITUCIONAL 3
Modernizar la Gestión Institucional • Fortalecer el Diseño Organizacional e Institucional • Modernizar Tecnológicamente a la AGR
- Propiciar el Desarrollo Integral del Talento Humano
- Fortalecer la Imagen Institucional
OBJETIVO INSTITUCIONAL 4
Generar Sinergias Interinstitucionales • Promover la Calidad de la Gerencia Pública en las Contralorías • Liderar Procesos de Mejora al Control Fiscal • Promover y Desarrollar Estudios Técnicos y metodologías para el Ejercicio del Control Fiscal • Fomentar las Relaciones Interinstitucionales para el mejoramiento del Control Fiscal 12 • Impulsar el ejercicio del control fiscal ambiental TODOS SOMOSVEED RES Cartilla para la conformación de veedurías Hacia la excelencia y la innovación en el control fiscal ¿Qué es el control? Es el mecanismo para comprobar que las cosas se realicen como fueron previstas, de acuerdo con las políticas, objetivos y metas fijadas previamente para garantizar el cumplimiento de la misión Institucional.
• SOCIAL
Modalidades • POLÍTICO de control • JUDICIAL
• DISCIPLINARIO
• TÉCNICO
- INTERNO • FISCAL El Control Fiscal en Colombia se encuentra normado por la Ley 42 de 1993, por medio de la cual se organiza el sistema de control fiscal y, financiero y los organismos que lo ejercen.
El Control Fiscal está definido como “una función pública, la cual vigila la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes del Estado en todos sus órdenes y niveles”. Es ejercido en forma posterior y selectiva por la Contraloría General de la República, las contralorías departamentales, distritales, municipales y la Auditoría General de la República. Las contralorías además hacen control excepcional, concurrente, prevalente. 13 Cartilla para la conformación de veedurías TODOS SOMOSVEED RES Hacia la excelencia y la innovación en el control fiscal Las contralorías además hacen control excepcional, concurrente, prevalente.
Control excepcional : Es una facultad Constitucional que se da a la contraloría general para que ejerza el control fiscal en cualquiera de sus modalidades cuando dicho control sea solicitada por una comisión del Congreso, las asambleas departamentales, concejos municipales, veedurías ciudadanas, los gobernadores o los alcaldes, desplazando el control territorial únicamente sobre los hechos materia de evaluación.
Control concurrente: Este es el ejercicio del control fiscal, en el cual de manera concomitante actúan tanto la Contraloría General, como la Contraloría Territorial, es decir que le proceso de evaluación se hace de manera conjunta.
Control prevalente: Facultad de la Contraloría General de la República para ejercer en cualquier momento el control sobre recursos de la Nación destinados a las entidades territoriales, dadas las
característica de entidad fiscal superior 14 TODOS SOMOSVEED RES Cartilla para la conformación de veedurías Hacia la excelencia y la innovación en el control fiscal Carracterísticas del control fiscal • Proceso sistémico • Es una función pública • Es autónomo e independiente • Se ejerce en forma posterior y selectiva • Verifica el cumplimiento de los principios del control fiscal Gestión fiscal EL Artículo 3 de la Ley 610 define la Gestión Fiscal como “el conjunto de actividades económicas, jurídicas y tecnológicas, que realizan los servidores públicos y las personas de derecho privado que manejen o administren recursos o fondos públicos, tendientes a la adecuada y correcta adquisición, planeación, conservación, administración, custodia, explotación, enajenación, consumo, adjudicación, gasto, inversión y disposición de los bienes públicos, así como a la recaudación, manejo e inversión de sus rentas en orden a cumplir los fines esenciales del Estado, con sujeción a los principios de legalidad, eficiencia, economía, eficacia, equidad, imparcialidad, moralidad, transparencia, publicidad y valoración de los costos ambientales.” 2 SISTEMAS PRINCIPIOS • Control de legalidad • Control financiero • Eficacia • Control de gestión • Eficiencia • Control de resultados • Economía • Revisión de cuentas • Equidad • Evaluación control fiscal interno • Validación de costos ambientales En el ejercicio del control fiscal se debe tener en cuenta la aplicación de unos sistemas para verificar la aplicación de los principios lo que nos llevaría a determinar el grado de eficacia, eficiencia y efectividad de las Entidades que manejan recursos públicos
así como la equidad en la satisfacción de las necesidades básicas de la comunidad y finalmente la valoración de los costos ambientales para verificar el grado de afectación de los recursos naturales y del ambiente 15 2 Ley 610 de 2010 por la cual se establece el trámite de los procesos de responsabilidad fiscal de competencia de las contralorías. Cartilla para la conformación de veedurías TODOS SOMOSVEED RES Hacia la excelencia y la innovación en el control fiscal ¿Qué son las contralorías? Son los máximos órganos de control fiscal del Estado y de acuerdo a su competencia se clasifican en: Es una entidad de carácter técnico con autonomía Contraloría administrativa y presupuestal. Tiene a su cargo la General de la función pública de ejercer control y vigilar la gestión República fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes de la Nación. Son entidades técnicas dotadas de autonomía Contralorías administrativa, presupuestal y contractual encargadas de la Territoriales vigilancia de la gestión fiscal de los respectivos territorios, es decir las departamentos, municipios y distritos. ¿Qué hacen las contralorías? Las Contralorías vigilan la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes del estado en todos sus órdenes y niveles. El resultado de estas auditorías evidencia en sus resultados la necesidad o no, de aplicar correctivos o de accionar el respectivo proceso legal. La CGR debe velar por el buen manejo del patrimonio y las finanzas públicas, advirtiendo sobre los riesgos que se puedan presentar, registrando la deuda y llegando a sanciones
fiscales con el fin de recuperar recursos del erario. También audita el balance de la Nación y el reporte de estado de los recursos públicos. El artículo 119 de la Constitución Política define que la Contraloría General de la República tiene a su cargo la vigilancia de la gestión y el control fiscal de resultado de la administración y también debe cumplir las funciones establecidas en el decreto 267 de 2000.3 16 3 Constitución Política de Colombia TODOS SOMOSVEED RES Cartilla para la conformación de veedurías Hacia la excelencia y la innovación en el control fiscal Como resultado del proceso auditro la Contraloría General de la República debe rendir los siginetes informes constitucionles: • Infome de la situación de las finanzas del Estado. • Estado de los recursos naturales y del ambiente. • Informe sobre la calidad y eficiencia del sistema de contro interno. • Informe situación de la deuda pública Colombiana. • Informe de auditoría del Balance Genral de la Nación. • Informe cuenta genaral del presupuesto y del tesoro. Procesos misionales de los organos de control fiscal La labor misional de la Auditoria General de la Republica y las Contralorías se pueden definir como un proceso sistemático que evalúa las operaciones, procesos, proyectos ejecutados por los sujetos de control con el fin de emitir un pronunciamiento sobre el fenecimiento de la cuenta, dictaminar los estados financieros, conceptuar sobre el cumplimiento de la normatividad aplicable y en especial opinar sobre la gestión y resultados obtenidos acorde con los sistemas de Control Fiscal. Proceso auditor Es el proceso realizado por los Órganos de Control Fiscal lo podemos definir como el ejercicio de auditoria efectuado en forma transparente, objetiva, sistémica
y profesional que verifica los principios de la gestión fiscal mediante la aplicación de los sistemas de control de legalidad, financiero, control interno, gestión, resultados y revisión de la cuenta Planeación Ejecución Proceso Contradicción auditor Carta de observación Traslado de hallazgos Informe definitivo Planes de mejoramiento 17 Cartilla para la conformación de veedurías TODOS SOMOSVEED RES Hacia la excelencia y la innovación en el control fiscal Las diferentes fases del proceso auditor Planeación La etapa de planeación en el proceso auditor es tal vez la etapa más importante. Es en ella en donde se identifica lo que se quiere y se debe auditar. En esta etapa se tiene en cuenta toda la información, en especial la suministrada por la ciudadanía en el ejercicio del control social que permite identificar riesgos y presuntas situaciones irregulares que de alguna forma estén ocasionando daño al patrimonio y a su vez la no satisfacción de las necesidades de las comunidades. Ejecución La etapa de ejecución o de trabajo de campo es la etapa en la cual se podrá, por medio de la muestra y las actividades programadas, comprobar, corroborar y constatar la información suministrada por la entidad vigilada y sus operaciones. Fase de Informe Esta fase comprende dos momentos que son la Carta de Observación y el informe de auditoria Carta de Observación Una vez culminada la fase de ejecución el grupo auditor iniciará la elaboración del documento que contiene las observaciones de auditoría determinadas por cada uno de los procesos auditados; con el fin de garantizar el debido proceso y los entes vigilados ejerzan su derecho de contradicción sobre las mismas. Informe de Auditoría En él se plasman los resultados del proceso auditor que fundamentan las opiniones de
gestión de la entidad vigilada, es el medio a través del cual el órgano de control presenta su trabajo y soporta el traslado de los hallazgos a las diferentes autoridades y será de conocimiento público. Según el Artículo 1º de la Ley 610 de 2000. “es el conjunto de actuaciones administrativas adelantadas por las Contralorías con el fin de determinar y Proceso de establecer la responsabilidad de los servidores responsabilidad públicos y de los particulares, cuando en el ejercicio de la gestión fiscal o con ocasión de ésta, causen fiscal por acción u omisión y en forma dolosa o culposa un daño al patrimonio del Estado”. 18 TODOS SOMOSVEED RES Cartilla para la conformación de veedurías Hacia la excelencia y la innovación en el control fiscal Responsabilidad fiscal: Es la potestad que tiene el Estado, representado por los órganos de control fiscal, para determinar la responsabilidad de los servidores públicos o particulares que manejan recursos públicos, que por acción o por omisión y en forma dolosa o gravemente culposa, causen daño al patrimonio del Estado. Caracteristicas de la responsabilidad fiscal • Es patrimonial • No es sancionatoria ni penal • Es independiente y autónoma • Es diferente de la responsabilidad patrimonial del servidor público (acción de repetición) • Se predica de los servidores públicos y de los particulares que realicen gestión fiscal, y que causen un daño al patrimonio del Estado. • Es subjetiva (culpa grave o dolo) • Existe un proceso especial para su declaración Elementos de la responsabilidad fiscal • Daño al patrimonio público • La conducta a título de dolo o culpa grave • Nexo causal
Proceso de cobro coactivo Es el proceso mediante el cual se adelantan las acciones de cobro, con el fin de lograr el resarcimiento de los daños causados al patrimonio público. Para hacer efectivas las obligaciones exigibles a favor de cada una de las Entidades públicas a las cuales se les ha ocasionado daño al patrimonio, dicha gestión debe de realizarse de manera ágil, eficaz, eficiente y oportuna. Para el logro efectivo de la recuperación de los mencionados daños los órganos de control fiscal, están facultados para proferir medidas cautelares, suscripción de acuerdos de pago que de alguna forma garanticen el resarcimiento de los mencionados daños. CADUCIDAD PRESCRIPCIÓN Se da cuando a partir del hecho Transcurridos 5 años desde el auto generador transcurren 5 años de apertura si no se ha dictado fallo y no se ha proferido auto de de responsabilidad en firme apertura del proceso. 19 Cartilla para la conformación de veedurías TODOS SOMOSVEED RES Hacia la excelencia y la innovación en el control fiscal Se me olvida contarles, que quien ejerce la vigilancia de la gestión de la Contraloría General de la República y de las contralorías territoriales le compete a la Auditoría General de la República. Atención y promoción de la participación ciudadana Con la promulgación de la Constitución en el año 1991, Colombia adoptó la participación ciudadana como un concepto transversal en la Organización de la Sociedad y del Estado como estrategia de gobierno abierto, igualmente dispuso que la participación ciudadana se involucrara en la Gestión Pública y en cumplimiento al ordenamiento Constitucional la
Auditoría General de la República pretende dar paso a un estilo de Democracia que tiene como objetivo dar a conocer los derechos ciudadanos y formar líderes comunitarios para hacer seguimiento y control a las Contralorías. Lo público es mío y como es mío yo lo cuido….. Como? 20 TODOS SOMOSVEED RES Cartilla para la conformación de veedurías Hacia la excelencia y la innovación en el control fiscal ¿Qué es control social? Es la gestión institucional con la ciudadanía, para el uso adecuado y oportuno de los mecanismos de participación ciudadana, mediante el desarrollo de labores de pedagogía social, divulgación y sensibilización a los ciudadanos para la generación de acciones estratégicas como espacios de participación que permitan el ejercicio del control social articulado con el control fiscal. Vamos a defender lo nuestro y nos vamos a organizar, para Pensemos ejercer Control Social en algo para al control fiscal Organicemos defender y conformemos lo nuestro las veedurías y ejercer Dediquemos para defender control algunos minutos lo nuestro social para pensar ¿Quiénes pueden conformar una Veeduría Ciudadana? “En los términos de la Ley 850 de 2003 pueden constituir veedurías ciudadanas todos los ciudadanos en forma plural o a través de organizaciones civiles como: organizaciones comunitarias, profesionales, juveniles, sindicales, benéficas o de utilidad común, no gubernamentales, sin ánimo de lucro y constituidas con arreglo a la ley.” 21 Cartilla para la conformación de veedurías TODOS SOMOSVEED RES Hacia la excelencia y la innovación en el control fiscal ¿Quiénes no pueden
ser veedores Según la Ley 850 de 2003, no pueden ser Veedores Ciudadanos: • Cuando quienes aspiren a ser veedores sean contratistas, interventores, proveedores o trabajadores adscritos a la obra, contrato o programa objeto de veeduría. • Quienes hayan laborado dentro del año anterior a la obra, contrato o programa objeto de veeduría. • Quienes estén vinculados por matrimonio, unión permanente o parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o único civil con el contratista, interventor, proveedor, o trabajadores adscritos a la obra. • Cuando sean trabajadores o funcionarios públicos, municipales, departamentales o nacionales, cuyas funciones estén relacionadas con la obra, contrato o programa sobre el cual se ejerce la veeduría. • En ningún caso podrán ser veedores los ediles, concejales, diputados y congresistas. • Quienes tengan vínculos contractuales, o extracontractuales o participen en organismos de gestión de la ONG, gremio o asociación comprometidos en los procesos objeto de veeduría. • En el caso de organizaciones, haber sido cancelada o suspendida su inscripción en el registro público, haber sido condenado penal o disciplinariamente, salvo por los delitos políticos o culposos o sancionado con destitución, en el caso de los servidores públicos. ¿Cuál es el procedimiento para la creación de una veeduría ciudadana? La Ley 850 de 2003, en su artículo 3, describe el procedimiento para la conformación de las veedurías ciudadanas de la siguiente manera: “Las organizaciones civiles o los ciudadanos, procederán a elegir de una forma democrática
a los veedores, luego elaborarán un documento o acta de constitución en la cual conste el nombre de los integrantes, documento de identidad, el objeto de la vigilancia, nivel territorial, duración y lugar de residenci
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