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AMAYA - Corte Penal Internacional y crímenes internacionales (manual)

Jorge Amaya

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Detalles

Título
AMAYA - Corte Penal Internacional y crímenes internacionales (manual)
Autor
Jorge Amaya
Categoría
Doctrina
Área del derecho
Constitucional
Año

Corte Penal y crímenes internacionales 1Jorge Amaya Lule Corte Penal Internacional y crímenes internacionales (manual) / Jorge Amaya Lule - Bogotá: Editorial Dejusticia 2024 41 pág / 20 cm x 25 cm (Cartillas)

(ISBN) 978-628-7517-91-2

1. Corte Penal Internacional 2. Crímenes internacionales

3. Población civil 4. Sistematización y documentación de casos 5. Incidencia en la CPI.

© 2024 Dejusticia ISBN 978-628-7517-91-2 Versión digital ISBN 978-628-7517-91-2 Versión impresa Dejusticia Calle 35 No24-31, Bogotá D.C.

Teléfono: (+57 1) 608 3605

info@dejusticia.org https://www.dejusticia.org Corrección de texto: xxxxx

Diseño e ilustraciones: Diana González Molina

Impresión: Antropos Julio, 2024Corte Penal y crímenes internacionales Jorge Amaya LuleResumen La investigación y el señalamiento de los máximos responsables de haber perpetrado crímenes internacionales es un elemento clave que puede ayudar a terminar con la impunidad histórica que permea al sur global.

Este documento busca ofrecer herramientas conceptuales y metodológicas para la incidencia ante la Corte Penal Internacional (CPI) por la ocurrencia de crímenes internacionales. También, busca aportar recomendaciones para la investigación enfocada en la denuncia de casos, la acreditación de elementos y requisitos dispuestos por el derecho penal internacional, la identificación de perpetradores y la documentación para la atribución de responsabilidades. Su elaboración se nutrió de los generosos aportes de

para la investigación enfocada en la denuncia de casos, la acreditación de elementos y requisitos dispuestos por el derecho penal internacional, la identificación de perpetradores y la documentación para la atribución de responsabilidades. Su elaboración se nutrió de los generosos aportes de otras organizaciones que cuentan con la experticia y experiencia de trabajo con mecanismos internacionales, incluida la CPI.

Palabras Clave: Corte Penal Internacional, Crímenes internacionales, Población civil Sistematización y documentación de casos, Incidencia en la CPI.

Abstract The investigation and identification of the highest-ranking individuals responsible for committing international crimes is a key element that can help end the historical impunity that permeates the Global South. This document aims to provide conceptual and methodological tools for advocacy before the International Criminal Court (ICC) regarding the occurrence of international crimes. It also seeks to offer recommendations for investigations focused on reporting cases, accrediting elements and requirements set forth by international criminal law, identifying perpetrators, and documenting responsibilities. Its development was enriched by the generous contributions of other organizations with expertise and experience in working with international mechanisms, including the ICC.

Key words: International Criminal Court, International Crimes, Civilian Population, Systematization and Documentation of Cases, Impact on the ICC.

Jorge Amaya Lule Licenciado en Ciencia Política y Administración Pública, con especialidad en Seguridad Pública. Es coordinador del Área de Investigación y Análisis Criminal de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos.Contenido Introducción: la “caja de herramientas” 2 a) Métodos para el análisis de casos - violaciones graves a derechos humanos 3 b) Documentación y sistematización 3 c) Identificación de perpetradores y atribución de responsabilidades 4 d) Mecanismos extraterritoriales de rendición de cuentas 4

  • violaciones graves a derechos humanos 3 b) Documentación y sistematización 3 c) Identificación de perpetradores y atribución de responsabilidades 4 d) Mecanismos extraterritoriales de rendición de cuentas 4 e) Corte Penal Internacional y crímenes internacionales 5 1. ¿Qué es la Corte Penal Internacional? 6 2. ¿Qué son los crímenes internacionales y de lesa humanidad? 8 3. ¿Cuáles son los elementos para la acreditación de los crímenes? 10 3.1 ¿Qué se entiende por ataque? 11 3.2 ¿A qué nos referimos con lo generalizado del ataque?

(línea de conducta que implique la comisión de múltiples crímenes) 11 3.3 ¿A qué nos referimos con lo sistemático del ataque? (recurrencia no incidental de conductas criminales similares de forma reiterada) 12 3.5 ¿Existe una política de Estado que promueva u ordene el ataque? 15 3.6. ¿Cuál es el nexo o vínculo entre el ataque y la política? 16 4. ¿Qué se requiere para que una situación o caso sea admisible para la CPI? 17 4.1 ¿Qué se entiende por complementariedad? 18 4.2 ¿Qué se entiende por gravedad? 20

5. Remisión de una situación o apertura de la investigación por iniciativa del fiscal: elementos de procedimiento y experiencias de las organizaciones 21

6. Experiencias en la documentación de crímenes de lesa humanidad y presentación de comunicaciones a la Fiscalía de la CPI 22 6.1 El trabajo sobre la metodología 24

procedimiento y experiencias de las organizaciones 21

6. Experiencias en la documentación de crímenes de lesa humanidad y presentación de comunicaciones a la Fiscalía de la CPI 22 6.1 El trabajo sobre la metodología 24 6.2 Elementos contextuales 25 6.3 Acreditación de los elementos de los crímenes 27 6.4 Argumentos para la admisibilidad: admisión de una situación/caso por parte de la CPI 29 6.5 Elementos petitorios a la Corte 31

7. Incidencia ante la CPI: actores clave y recomendaciones generales 32

8. Ejemplos de investigaciones y comunicaciones a la CPI 35

Bibliografía 37Introducción: la “caja de herramientas” Este es el quinto manual que se integra a una caja de herramientas impulsada por la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (cmdpdh), las cuales están al servicio de diversas organizaciones civiles en la región del Caribe, el centro y el sur del continente americano para fortalecer sus capacidades e incentivar el uso de los mecanismos internacionales en la rendición de cuentas por las violaciones de los derechos humanos. Estas herramientas son complementarias entre sí, pues cada una cumple un objetivo específico que, en conjunto con las otras, ofrece elementos para desarrollar una investigación sobre violaciones graves a derechos humanos y luego presentarla en mecanismos internacionales para la rendición de cuentas. Figura 1. Caja de herramientas para la rendición de cuentas Esta caja de herramientas se compone de cinco módulos, presentados a continuación: Documentación y sistematización Identificación de perpetradores y atribución de responsabilidades Mecanismos extraterritoriade cuentas Esta caja de herramientas se compone de cinco módulos, presentados a continuación: Documentación y sistematización Identificación de perpetradores y atribución de responsabilidades Mecanismos extraterritoriales de rendición de cuentas Corte Penal Internacional y crímenes internacionales Métodos para el análisis de casos Caja de herramientas para la rendición de cuentas 1 2 3 4 5 2 Corte Penal Internacional y crímenes internacionales1. Métodos para el análisis de casos - violaciones graves a derechos humanos El primer módulo está destinado a socializar metodologías que buscan fortalecer el análisis de casos en torno a graves violaciones a derechos humanos. Allí se presentan y desarrollan herramientas que, desde la cmdpdh, se han considerado útiles para la documentación de graves violaciones a derechos humanos y el fortalecimiento de narrativas internas. Dentro de este apartado se encuentran la definición, el funcionamiento y la importancia de: • Monitoreo de casos: a través de sus funciones (preventiva, directa y documental), esta herramienta busca fortalecer la responsabilidad del Estado en su deber de respetar y garantizar los derechos y las libertades de la población bajo su jurisdicción. • Método del desempaque: implica sacar todos los elementos de un derecho humano; es decir, descubrir todo su contenido y reconstruirlo a partir de las múltiples obligaciones que lo integran. • Clínicas de caso: grupos de observación y discusión multifactorial e interdisciplinaria.

2. Documentación y sistematización El segundo módulo brinda ejercicios y la metodología utilizada para compilar información y documentos referentes a graves violaciones a dere -

  • Clínicas de caso: grupos de observación y discusión multifactorial e interdisciplinaria.

2. Documentación y sistematización El segundo módulo brinda ejercicios y la metodología utilizada para compilar información y documentos referentes a graves violaciones a derechos humanos, por lo que es útil para clarificar y documentar los hechos.

Además, es una herramienta efectiva para construir bases de datos que nos permitan identificar patrones criminales de actuación, a través de los siguientes apartados: • ¿Qué es la documentación? • ¿Cómo documentar? • Metodología de “eventos” para la documentación de violaciones graves 3• Experiencias de documentación de violaciones graves a derechos humanos cmdpdh (resultados, logros y variables de análisis)

3. Identificación de perpetradores y atribución de responsabilidades El tercer módulo se enfoca en la identificación de los perpetradores y principales responsables de consumar graves violaciones a los derechos humanos.

Este se propone como un elemento central para la rendición de cuentas y para combatir los altos niveles de impunidad que se presentan en la región. Este apartado se centra en los elementos metodológicos clave para identificar a los involucrados en los ámbitos organizacional e institucional. Es decir que aquí el objetivo es el reconocimiento de las unidades específicas que cometieron las violaciones de los derechos humanos, así como de las estructuras de mando a las cuales están adscritas. Lo anterior se hace a través de cuatro elementos principales: • La doctrina de responsabilidad superior y de mando • La relación entre el acusado y sus subordinados • La responsabilidad en el marco de actividades bajo su control efectivo • La responsabilidad por obligación de conocimiento

4. Mecanismos extraterritoriales de rendición de cuentas

  • La doctrina de responsabilidad superior y de mando • La relación entre el acusado y sus subordinados • La responsabilidad en el marco de actividades bajo su control efectivo • La responsabilidad por obligación de conocimiento

4. Mecanismos extraterritoriales de rendición de cuentas Allí se describen los principios de creación e implementación de los mecanismos extraterritoriales de rendición de cuentas, a la par de abordarse las interrogantes más comunes frente a estos instrumentos de política exterior. A propósito, se abordan las atribuciones y el funcionamiento de dos mecanismos extraterritoriales de rendición de cuentas: la Global Magnitsky Human Rights Accountability Act y la Sección 7031(c) de la Ley Anual de Apropiaciones del Departamento de Estado de Estados Unidos.

4 Corte Penal Internacional y crímenes internacionales5. Corte Penal Internacional y crímenes internacionales El presente módulo, quinto de la colección, busca promover la incidencia frente a graves violaciones de derechos humanos que ocurren de forma sistemática y generalizada, vinculadas a un plan o una política que las ordena, permite o tolera su perpetración. También, busca ofrecer algunas herramientas y recomendaciones para la investigación enfocada en la denuncia de casos, la acreditación de los elementos y requisitos dispuestos por el derecho penal internacional, la identificación de perpetradores y la documentación para atribución de responsabilidades. Este documento se desarrolló a través de la colaboración con el Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad (Dejusticia). Su elaboración

se nutrió, igualmente, de los generosos aportes de otras organizaciones que cuentan con experticia y experiencia de trabajo con mecanismos internacionales, incluida la CPI. Estas fueron: el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo (cajar), la Comisión Colombiana de Juristas (ccj), la European Lawyers Foundation (elf ) y la Federación Internacional de los Derechos Humanos (fidh), las cuales han presentado múltiples comunicaciones a la CPI y cuentan con gran experticia en derecho penal internacional. El manual aborda los siguientes puntos clave: • ¿Qué es la Corte Penal Internacional? • ¿Qué son los crímenes internacionales y de lesa humanidad? • Elementos de los crímenes • Admisibilidad • Remisión de una situación o caso • Experiencias en la documentación de crímenes de lesa humanidads Este manual busca ser, además, una herramienta que ayude a cerrar la brecha que existe frente al conocimiento de la regulación internacional de los crímenes de lesa humanidad. Para esto, a través de un método de desglose y descomposición de la definición prevista en el artículo 7 del Estatuto de la CPI, se muestran los diferentes elementos que integran este tipo criminal. Sumado a ello, se hace una recopilación de juris5prudencia internacional relevante y de los comentarios sobre los elementos de los crímenes, la cual hace posible aclarar los componentes de cada elemento constitutivo de los crímenes de lesa humanidad. Adicionalmente, para ilustrar elementos prácticos se muestran ejercicios y experiencias de organizaciones respecto a la presentación de comunicaciones e investigaciones dirigidas a la Oficina del Fiscal de la CPI. 1. ¿Qué es la Corte Penal Internacional? La Corte Penal Internacional (CPI) está regida por el Estatuto de Roma y es el primer tribunal

experiencias de organizaciones respecto a la presentación de comunicaciones e investigaciones dirigidas a la Oficina del Fiscal de la CPI. 1. ¿Qué es la Corte Penal Internacional? La Corte Penal Internacional (CPI) está regida por el Estatuto de Roma y es el primer tribunal penal internacional permanente que busca ayudar a poner fin a la impunidad de los autores de los crímenes más graves de trascendencia en la comunidad internacional (CPI, 2021). Aun así 6 Corte Penal Internacional y crímenes internacionales—como ya se mencionó— este manual se centra en los crímenes de lesa humanidad. La CPI es una organización internacional independiente, no forma parte del sistema de las Naciones Unidas, y tiene su sede en La Haya (Países Bajos). Si bien sus gastos son sufragados principalmente por los Estados partes del Estatuto de Roma, también recibe contribuciones voluntarias de gobiernos, organizaciones internacionales, particulares, empresas y otras entidades (CPI, 2021). La Corte solo puede ejercer competencia frente a dichos crímenes internacionales cuando han sido cometidos en el territorio de un Estado parte o por uno de sus nacionales. Sin embargo, esas condiciones no aplican en caso de que una situación sea remitida al Fiscal de la CPI por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, cuyas resoluciones son vinculantes para todos los Estados miembros de las Naciones Unidas, o de que un Estado formule una declaración aceptando la competencia de la Corte. También hay que señalar que su finalidad es complementar los sistemas nacionales de justicia penal, no reemplazarlos. Por tanto, esta solo puede intervenir cuando los sistemas nacionales de justicia no entablan procedimientos o alegan que lo han hecho pero no están dispuestos a

nacionales de justicia penal, no reemplazarlos. Por tanto, esta solo puede intervenir cuando los sistemas nacionales de justicia no entablan procedimientos o alegan que lo han hecho pero no están dispuestos a llevar a cabo tales procedimientos o no pueden hacerlo. Este principio fundamental se conoce como principio de complementariedad. • La Fiscalía puede iniciar una investigación o un enjuiciamiento de tres maneras: • Los Estados partes en el Estatuto de la CPI pueden remitir situaciones al Fiscal. • El Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas puede pedir a la Fiscalía que inicie una investigación. • La Fiscalía puede, de oficio, iniciar investigaciones partiendo de información que reciba de fuentes fidedignas. En tal caso, el Fiscal debe solicitar la autorización previa de una Sala de Cuestiones Preliminares integrada por tres magistrados independientes. Este manual se enfoca en el tercer escenario, para el cual la acreditación de cada elemento constitutivo de los crímenes internacionales denunciados, así como del personal e individuos a quienes se les atribuye responsabilidad, deberá contar con una suficiente fundamentación para presentarle información e investigaciones (a través de comunicaciones) a la Fiscalía de la CPI. El grado de suficiencia hace referencia a la capacidad probatoria que se exige para determinar un supuesto de 7hecho según una norma jurídica que se intenta aplicar en el caso concreto. Es decir, es el umbral a partir del cual aceptaremos que una hipótesis está probada. En el ámbito de la CPI, la doctrina señala que el estándar de prueba responde a la pregunta de si hay suficiente evidencia para convencer a la Corte de que un individuo específico cometió un cierto crimen (Vera, 2018). 2. ¿Qué son

la doctrina señala que el estándar de prueba responde a la pregunta de si hay suficiente evidencia para convencer a la Corte de que un individuo específico cometió un cierto crimen (Vera, 2018). 2. ¿Qué son los crímenes internacionales y de lesa humanidad? Los crímenes internacionales son un tema complejo que comúnmente viene acompañado de opacidad e impunidad. Estos pueden estar dentro de tres categorías: el genocidio, los crímenes de guerra y los crímenes de lesa humanidad (a menudo conocidos también como “crímenes atroces”). Estos se han ido definiendo en una serie de convenios y acuerdos internacionales, desde los primeros convenios de la Haya a finales del siglo xix, que establecen normas para la conducta militar en tiempo de guerra. Tales acuerdos extendieron la responsabilidad penal no solo a los autores materiales de un delito en particular, sino también a quienes ordenaron, planearon o permitieron que dichos delitos tuvieran lugar (Open Society Justice Initiatiative, 2016). De acuerdo con lo dispuesto en el Estatuto de la Corte Penal Internacional, el genocidio se 8 Corte Penal Internacional y crímenes internacionalesdefine como la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso (artículo 6). Por su parte, los crímenes de guerra son violaciones graves de las leyes y usos aplicables en los conflictos armados internacionales, dentro del marco establecido de derecho internacional (artículo 8). Mientras tanto, los crímenes de lesa humanidad son aquellos que ocurren como parte de

cables en los conflictos armados internacionales, dentro del marco establecido de derecho internacional (artículo 8). Mientras tanto, los crímenes de lesa humanidad son aquellos que ocurren como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque (artículo 7). En este manual se hará referencia principalmente a los elementos dispuestos para la acreditación de crímenes de lesa humanidad. La investigación, el enjuiciamiento y el juzgamiento efectivo de los crímenes de lesa humanidad puede resultar desafiante para las organizaciones debido a las exigencias jurídicas para demostrar la generalidad y sistematicidad de este tipo de actos. Más aún, las organizaciones y personas deben ajustar sus hallazgos fácticos a los requisitos jurídicos del Estatuto de la CPI (Lostal Becceril et al., 2017). En ese sentido, el objeto del presente manual es brindar las herramientas para poderlo hacer. Los tratados internacionales han considerado que, aunque sean cometidos contra poblaciones particulares, los crímenes de lesa humanidad tienen un carácter internacional, lo que los transforma en un crimen colectivo contra la dignidad común de los pueblos y la comunidad internacional. El concepto de crímenes de lesa humanidad se aplica en distintos campos del derecho internacional para establecer la responsabilidad penal individual de los autores en el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional, al igual que para establecer la responsabilidad del Estado con arreglo al derecho internacional de los derechos humanos (Lostal Becceril et al., 2017). De conformidad con el artículo 7 del Estatuto de Roma, los crímenes de lesa humanidad ocurren como parte de un ataque generalizado o sisinternacional de los derechos humanos (Lostal Becceril et al., 2017). De conformidad con el artículo 7 del Estatuto de Roma, los crímenes de lesa humanidad ocurren como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque. En tanto crimen internacional, los crímenes de lesa humanidad tienen dos partes: las conductas y los elementos de contexto. Los primeros son los actos subyacentes de asesinato, exterminio, esclavitud, deportación o traslado forzoso de población, encarcelación u otra privación grave de la libertad física, tortura, violación y otros crímenes sexuales, persecución, desaparición forzada, apartheid y otros actos inhumanos. Los segundos permiten categorizar los actos subyacentes como crímenes de lesa humanidad, como pasaremos a ver. 91 Elaboración propia a partir del texto de Elementos de los Crímenes, el cual se reproduce de documentos oficiales de la Asamblea de los Estados Partes en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, primer período de sesiones, Nueva York, 3 a 10 de septiembre de 2002 (publicación de las Naciones Unidas, Nº de venta S.03.V.2 y corrección), segunda parte. Los elementos de los crímenes adoptados en la Conferencia de Revisión de 2010 se reproducen de documentos oficiales de la Conferencia de Revisión del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, Kampala, 31 de mayo a 11 de junio de 2010 (publicación de la Corte Penal Internacional, RC/11). Ver: CPI, 2011.

Objetivo del ataque: población civil El nexo: entre esos actos y la política Política: de conforde junio de 2010 (publicación de la Corte Penal Internacional, RC/11). Ver: CPI, 2011.

Objetivo del ataque: población civil El nexo: entre esos actos y la política Política: de conformidad con la política de un Estado o de una organización Ataque generalizado o sistemático Elementos de los crímenes

1 2 3 4 3. ¿Cuáles son los elementos para la acreditación de los crímenes? El derecho penal internacional exige pruebas de que uno o más de los actos subyacentes se produjeron en el contexto de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil. Los actos subyacentes se transforman en un crimen de lesa humanidad si cumplen con esos elementos contextuales (Lostal Becceril et al., 2017). En este sentido, conforme con los párrafos (1) y (2)(a) del artículo 7 del Estatuto de la CPI y de los elementos de los crímenes, para categorizar una conducta como un crimen de lesa humanidad deben concurrir los siguientes elementos1: Figura 2. Elementos de los crímenes 10 Corte Penal Internacional y crímenes internacionales3.1 ¿Qué se entiende por ataque? La existencia de un ataque es el primer componente de la definición contextual de los crímenes de lesa humanidad y es, en esencia, el núcleo de la conducta criminal 2. Dicho ataque debe ejecutarse en una multiplicidad de actos, con el objetivo de excluir actos únicos o aislados que no cumplan con la definición y los requisitos de los crímenes de lesa humanidad, salvo en aquellos casos en los que ocurre una perpetración a gran escala de los actos subyacentes, siempre y cuancumplan con la definición y los requisitos de los crímenes de lesa humanidad, salvo en aquellos casos en los que ocurre una perpetración a gran escala de los actos subyacentes, siempre y cuando se cumplan todos los demás requisitos contextuales3. De acuerdo con los elementos de los crímenes, los ataques pueden ocurrir en tiempos de paz y no es necesario que tengan lugar en o como parte de un conflicto armado, pues son independientes del concepto de conflicto armado (Fiscal vs. Krnojelac, 2002, parág. 54; Fiscal vs. Prlić y otros, 2005, parág. 35). En este sentido, aquellos actos perpetrados a gran escala por gobiernos contra sus propias poblaciones pueden clasificarse como crímenes de lesa humanidad. Con el arreglo al párrafo (1) del artículo 7 del Estatuto de la CPI se procura asegurar que los actos subyacentes imputados con arreglo a los párrafos (1)(a)-(1)(l) del artículo 7 hayan sido perpetrados como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil. Esto busca excluir a los crímenes que fuesen fortuitos, casuales o ajenos al ataque. 3.2 ¿A qué nos referimos con lo generalizado del ataque? (línea de conducta que implique la comisión de múltiples crímenes) La CPI ha considerado que la expresión generalizado comprende la naturaleza frecuente y a gran

escala de un ataque dirigido contra una multiplicidad de víctimas, y que “un ataque generalizado puede ser el efecto acumulativo de una serie de actos inhumanos” (Fiscal vs. Ruto y otros, 2010, párr. 53; Fiscal vs. Blagojević, 2005, párr. 545). Así, por ataque generalizado se entiende una línea de conducta que implica la comisión de múltiples crímenes contra una multiplicidad de víctimas, la acumulación de estos actos subyacentes a lo largo de un período determinado, y la amplitud y el involucramiento de las fuerzas en estos actos. 2 Se desarrolla tanto en el párrafo (1) como en el párrafo (2)(a) del artículo 7 y los elementos de los crímenes: CPI art. 7 (1). Cualquiera de los actos siguientes cuando se cometa como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque. CPI art 7 (2) (a). Una línea de conducta que implique la comisión múltiple de actos mencionados en el párrafo 1. 3 Véase, por ejemplo: Chesterman, 2000, p. 316; Fiscal v. Gbagbo, 2013, parág. 12; Werle & Jessberger, 2014, parág. 891. 11Figura 3. Herramientas para la documen-tación y análisis de casos (manuales 1 y 2) Métodos para el análisis de casos Monitoreo de casos ¿Qué es la documentación? Método del desempaque ¿Cómo documentar? Clínicas de caso Metodología de “eventos” Documentación y sistematización de casos Para la acreditación de estos elementos nos podemos

¿Qué es la documentación? Método del desempaque ¿Cómo documentar? Clínicas de caso Metodología de “eventos” Documentación y sistematización de casos Para la acreditación de estos elementos nos podemos valer de las herramientas y metodologías presentadas en los manuales 1 y 2, que se describen en la introducción del presente documento. Estas herramientas están enfocadas en la documentación de casos para acreditar la generalidad y la sistematicidad con la que ocurren dichos actos. A partir de la sistematización y documentación de múltiples casos podremos identificar aquellos actos que cumplan con los requisitos ya mencionados. 3.3 ¿A qué nos referimos con lo sistemático del ataque? (recurrencia no incidental de conductas criminales similares de forma reiterada) El artículo 7(1) del Estatuto de Roma establece que para que se constituya como un crimen de lesa humanidad, el ataque contra una población civil debe ser generalizado o sistemático. Si bien este requisito no es concurrente, este manual busca ofrecer elementos que permitan acreditar ambos elementos en las situaciones particulares de cada país. Para la CPI, el carácter sistemático de un ataque puede comprobarse por la “naturaleza organizada de los actos de violencia y la improbabilidad de que hayan ocurrido aleatoriamente” (Fiscal vs. Katanga, 2008, párr. 1123) 12 Corte Penal Internacional y crímenes internacionalesy por la existencia de un escenario de crímenes que se traduce en la repetición deliberada y

12 Corte Penal Internacional y crímenes internacionalesy por la existencia de un escenario de crímenes que se traduce en la repetición deliberada y regular de comportamientos criminales similares (Fiscal vs. Katanga, 2008, párr. 1123). Estos demuestran la existencia de un patrón de crímenes cuya similitud no es accidental (Fiscal vs. Ruto y otros, 2010, parág. 96), en los que se encuentran elementos que desarrollan su carácter organizado, su patrón regular y su ejecución con base en una política común o con recursos públicos o privados (Fiscal vs. Ruto y otros, 2010, parág. 96). En este sentido, el carácter sistemático del ataque está determinado por la recurrencia no incidental de conductas criminales similares, su naturaleza organizada y los patrones regulares de los crímenes perpetrados. Además, estos actos frecuentemente se ven acompañados de otras atrocidades, que dan cuenta del actuar criminal repetido. El carácter sistemático permite acreditar la existencia de un escenario de crímenes organizado, identificando patrones en la actuación repetida de las autoridades en diferentes casos, así como en las alegaciones o justificaciones de sus actos, enmarcados en una política que propicia y ordena el ataque contra personas civiles. Para su acreditación, nos podemos apoyar de la sistematización de casos y de la metodología de eventos (cmdpdh, 2023) (manual 2): • La información sobre violaciones a los derechos humanos se reú- ne utilizando los “eventos” como unidades de organización. Esto implica que será necesario identificar varios actos, sean de code casos y de la metodología de eventos (cmdpdh, 2023) (manual 2): • La información sobre violaciones a los derechos humanos se reú- ne utilizando los “eventos” como unidades de organización. Esto implica que será necesario identificar varios actos, sean de comisión u omisión, que causen o lleven a la violación de los derechos humanos. Estos por sí mismos o en combinación con actos relacionados constituyen eventos, que por su sistematicidad y patrones con los que ocurren podrían ser actos constitutivos de crímenes internacionales. • Un evento es algo que ocurre con un principio y un final, y que progresa hasta llegar a su conclusión lógica. Puede tratarse de un solo acto, una serie de actos relacionados o una combinación de actos relacionados que suceden al mismo tiempo. 3.4 ¿Qué se entiende por población civil? Este elemento está dado por el objetivo contra el que s

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