AMV - Bases para la construcción de una definición de Front Running en el mercado colombiano
Autorregulador del Mercado de Valores de Colombia
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- Título
- AMV - Bases para la construcción de una definición de Front Running en el mercado colombiano
- Autor
- Autorregulador del Mercado de Valores de Colombia
- Categoría
- Doctrina
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- —
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DOCUMENTO DE INVESTIGACIÓN No. 15
BASES PARA LA CONSTRUCCIÓN DE UNA DEFINICIÓN DE FRONT RUNNING EN EL MERCADO COLOMBIANO 30 de julio de 2019Página 2 de 11
1. Introducción
A mediados de 2018, durante el proceso de actualización a dos manuales de buenas prácticas1, AMV identificó el interés de algunos participantes de los mercados de valores y divisas en ahondar en el estudio y comprensión de l esquema de negociación denominado front running, que en español se conoce como “inversión ventajista” o “tomar la delantera”.
Aunque estos términos se emplean para denotar prácticas asociadas , entre otras, al uso indebido de información privilegiada , en los mercados de valores y divisas colombiano s no existe consenso acerca de las actuaciones que tipifican el front running, situación que se convirtió en el primer reto del estudio. Para superarlo, AMV buscó elementos que permitieran alcanzar homogeneidad en la interpretación del front running , tarea que se hizo con la participación de los comités de Renta Fija, Renta Variable y Divisas de AMV, así como de varias de las agremiaciones que representan a las entidades autorreguladas ( Asobancaria, Asobolsa, Asofiduciarias y Asofondos).
Los debates fueron extensos, pues además de las diversas posiciones sobre lo que constituye
de las agremiaciones que representan a las entidades autorreguladas ( Asobancaria, Asobolsa, Asofiduciarias y Asofondos).
Los debates fueron extensos, pues además de las diversas posiciones sobre lo que constituye front running, no existe unanimidad en la industria respecto de la utilidad de describir esta práctica de negociación como herramienta para la elevación de estándares. En opinión de algunos participantes del mercado esto podría imponer restricciones a la dinámica de las operaciones.
Sin embargo, tanto en el caso colombiano, como en el de otras jurisdicciones, la capacidad de las autoridades para adoptar medidas disciplinarias frente a la ocurrencia de eventos de front running no depende de la existencia de un documento que defina la conducta, por cuanto su materialización está inequívocamente asociada con abusos de mercado que están contenidos en normas del gobierno o del autorregulador.
1 En 2018 AMV publicó versiones actualizadas de los manuales/guía 16 y 18, los cuales describen esquemas de negociación que podrían sugerir la existencia de conductas que atentan contra la integridad del mercado de divisas y valores, respectivamente.Página 3 de 11
Por lo tanto, la utilidad de contar con dicha definición radica más en la concientización, por parte de los mismos operadores, sobre prácticas asociadas a abusos que afectan la integridad del mercado. Una definición en un leguaje que sea más cercano al ope rador del mercado redunda en la prevención de la materialización de éstas, desde diferentes frentes, incluyendo la adopción de mejores prácticas, la aplicación de herramientas más robustas de control y monitoreo por parte de las entidades , así como del mon itoreo entre los mismos
mercado redunda en la prevención de la materialización de éstas, desde diferentes frentes, incluyendo la adopción de mejores prácticas, la aplicación de herramientas más robustas de control y monitoreo por parte de las entidades , así como del mon itoreo entre los mismos actores del mercado a través de lo que observan en las pantallas y sistemas de negociación.
Estos efectos se han demostrado en otros ejercicios de autorregulación. Por ejemplo, luego del desarrollo de los manuales/guía No. 16 y 18 en 2016, en los que se describieron conductas manipulativas como el spoofing y layering para los mercados de valores y de divisas, se evidenció una reducción de señales sobre posibles situaciones manipulativas relacionadas con tales esquemas, lo cual fue soportado mediante la adopción de medidas preventivas por parte de las entidades autorreguladas2 y se acrecentó el interés de la industria en elevar los estándares de prácticas observados en el mercado.
Mientras que se construyen los consensos de industria necesarios para incluir una definición adecuada de front running en un manual/guía de autorregulación, AMV considera adecuado publicar el presente Documento de Investigación cuyo objetivo es recoger los principales elementos de las deliberacio nes alrededor de la práctica del front running por parte de los agentes del mercado en estos últimos meses.
Para dicho propósito, e n la s iguiente sección se presenta n l os diferentes elementos que tipifican la ocurrencia de front running, así como algunas definiciones explicitas utilizadas en mercados internacionales. La tercera sección explica el sustento de esta práctica abusiva a la luz de la normativa colombiana. Por último, con el fin de ilustrar la materialización del front
tipifican la ocurrencia de front running, así como algunas definiciones explicitas utilizadas en mercados internacionales. La tercera sección explica el sustento de esta práctica abusiva a la luz de la normativa colombiana. Por último, con el fin de ilustrar la materialización del front running, se presentan ejemplos de algunos casos sancionadas.
2. Elementos típicos del front running y algunas definiciones a nivel internacional
En términos genera les el front running es una práctica en la que un operador , al tener conocimiento de órdenes pendientes de ejecución por parte de un cliente, toma posición en los mismos activos de la orden , u otros que se encuentren correlacionados, con el fin de beneficiarse del posible movimiento en el precio que podrían ocasionar las operaciones del cliente.
Si bien existen diferentes descripciones para dicha práctica, la mayoría de ellas tienen en común el hecho de que un profesional del mercado se anticipa a las operaciones que pretende efectuar un tercero, valiéndose para ello de información a la que ha tenido acceso en razón de sus funciones, la cual no es pública, obteniendo así beneficios que se basan en asimetrías en el acceso a la información. Esta característica hace que el front running se
2 En el documento “La autorregulación de valores en Colombia en perspectiva” publicado por AMV en abril de 2019, se destaca que el suministro de reportes en los que AMV identifica patrones de operación ha permitido la sensible reducción en la ocurrencia de señales relacionadas con posibles esquemas de manipulación al mercado de deuda pública mediante la práctica conocida como spoofing. Estas señales se redujeron en 100% para operaciones efectuadas a través de la BVC y en 99% para operaciones en el SEN.Página 4 de 11
como spoofing. Estas señales se redujeron en 100% para operaciones efectuadas a través de la BVC y en 99% para operaciones en el SEN.Página 4 de 11
asocie a abusos de mercado relacionados con el uso indebido de información privilegiada, como se mostrará más adelante.
Aunque usualmente el término front running se emplea para referirse a operaciones que se llevan a cabo antes de ejecutar las órdenes de clientes , su uso también se extiende a los siguientes casos:
- Cuando los operadores toman posiciones, para sí mismos o para un tercero , antes de ejecutar las estrategias de inversión establecidas para los portafolios que tienen a cargo, pues tienen la expectativa de que, al ponerlas en marcha, estas influirán en los precios del mercado.
- Cuando los operadores o analistas financieros toman posiciones, para sí mismos o para un tercero, con base en informes que contienen recomendaciones de inversión que no han sido dados a conocer al público, ante la expectativa de que los mismos tendrán impacto en las decisiones de otros.
- Cuando se diseñan estrategias de negociación algorítmica que toman ventaja de la información que reposa en los sistemas del intermediario acerca de las órdenes pendientes de ejecución de los clientes.
En lo que respecta a la experiencia internacional, el front running también ha sido objeto de estudio por parte de reguladores y autorreguladores de múltiples mercados financieros. En el caso concreto del Reino Unido, Estados Unidos y Canadá , dichos mercados tienen definiciones públicas y concretas con el fin de prevenir la ocurrencia de esta práctica, en este sentido, estudio de otras jurisdicciones permite reconocer los elementos fundamentales que
caso concreto del Reino Unido, Estados Unidos y Canadá , dichos mercados tienen definiciones públicas y concretas con el fin de prevenir la ocurrencia de esta práctica, en este sentido, estudio de otras jurisdicciones permite reconocer los elementos fundamentales que deben ser tenidos en cuenta a la hora de avanzar en una definición formal para el caso colombiano.
En el Reino Unido , el Financial Conduct Authority (FCA) señala que el front running es un ejemplo de uso de información privilegiada, y lo define como la transacción que efectúa un individuo en beneficio propio o de un tercero, adelantándose a una orden que éste debería ejecutar con o para un cliente, con el fin de tomar provecho del impacto previsto de tal orden en los precios del mercado3.
En Estados Unidos el concepto de front running se ha desarrollado en el ámbito de la autorregulación a través de las disposiciones de FINRA4. Esta entidad, mediante la regla 52705, denominada “Front Running of Block Transactions” , prohíbe la ejecución de órdenes de compra o venta de valores o de instr umentos relacionados, cuando se posee información material y no pública acerca de inminentes transacciones que exceden cuantías preestablecidos (a los que se hace referencia bajo la expresión “transacciones en bloque”).
La referida regla de FINRA tiene varios elementos a considerar:
3 Ver la disposición MAR 1.3.2 del FCA Handbook 4 FINRA - Financial Industry Regulatory Authority - es el organismo autorregulador para broker-dealers en Estados Unidos. 5 FINRA. Rule 5270. http://finra.complinet.com/en/display/display_main.html?rbid=2403&element_id=10860Página 5 de 11
4 FINRA - Financial Industry Regulatory Authority - es el organismo autorregulador para broker-dealers en Estados Unidos. 5 FINRA. Rule 5270. http://finra.complinet.com/en/display/display_main.html?rbid=2403&element_id=10860Página 5 de 11
- Hace referencia a las precauciones que deben tomarse para prevenir el uso información que tiene el potencial de afectar los precios del mercado . Se infiere, por lo tanto, que esa es la razón por la cual se alude a transaccio nes que superan determinados montos (block transactions).
- Incorpora el término “instrumento financiero relacionado”, para señalar que la prohibición de actuar no solo recae sobre el valor objeto de la orden del cliente, sino también sobre cualquier valor o instrumento derivado que pueda sustituirlo o permitir replicar una posición equivalente.
Finalmente, FINRA precisa que , si bien la regla 5270 se circunscribe a las transacciones en bloque, es posible que exista front running en otro tipo de órdenes, en cuyo caso el anteponer los intereses propios a los del cliente puede contravenir lo establecido en las demás reglas que hacen referencia a los estándares y principios del honor comercial y a la prohibición de adelantarse a las órdenes de los clientes.
Por su parte, el Securities and Exchange Commission (SEC) de Estados Unidos no cuenta con una definición de front running, aunque sí ha utilizado el término, por ejemplo, al anunciar cargos de fraude contra un operador que había obtenido provecho indebido al efectuar operaciones para una cuenta de su esposa con base en información de operaciones pendientes de ejecución de los clientes de la firma para el cual éste trabajaba6.
En Canadá, al igual que en Estados Unidos, las reglas para prevenir el front runn ing son
operaciones para una cuenta de su esposa con base en información de operaciones pendientes de ejecución de los clientes de la firma para el cual éste trabajaba6.
En Canadá, al igual que en Estados Unidos, las reglas para prevenir el front runn ing son desarrolladas p or parte de l organismo de autorregulación , en este caso IIROC. Este autorregulador, que establece estándares de operación compiladas en un documento que se denomina Universal Market Integrity Rules (UMIR) 7, ha identificado prohibiciones para que aquellos participantes que tengan conocimiento de órdenes de clientes, con el potencial de afectar los precios del mercado, realicen las siguientes actividades de forma previa al trámite de tales órdenes:
- Ingresar órdenes por cuenta propia o de relacionados8.
- Atender órdenes de otras personas.
- Dar información a terceros sobre la orden del cliente, salvo que sea necesario para el desarrollo de la transacción.
Al igual que FINRA, IIROC lista una serie de situaciones que quedarían excluidas de actividades que contravienen las reglas sobre front running . Por ejemplo, para el autorregulador canadiense no se incurre en front running cuando la orden se ejecuta en beneficio o para facilitar la ejecución de las órdenes del cliente.
6 “SEC Charges Dallas -Based Trader With Front Running”. Recuperado de https://www.sec.gov/news/press -release/2013-201393htm. 7 IIROC –Universal Market Integrity Rules, Part 4 – Front Running. http://www.iiroc.ca/industry/rulebook/Pages/UMIR-MarketplaceRules.aspx. 8 IIROC emplea los términos “principal order” y “non client order” para referirse a la s órdenes recibidas por parte de un afiliado
Rules.aspx. 8 IIROC emplea los términos “principal order” y “non client order” para referirse a la s órdenes recibidas por parte de un afiliado para su cuenta principal, y a las órdenes recibidas por parte de un afiliado para la cuenta personal de uno de sus clientes.Página 6 de 11
En el ámbito latinoamericano, la Ley de l Mercado de Valores de México establece que las personas que participen o intervengan en operaciones del mercado de valores, no pueden ordenar la celebración de operaciones con valores en beneficio propio o de terceros, cuando conozcan de la existencia de órdenes de clientes, anticipándose a su ejecución.
Como se observa, aunque existen matices en las diferentes jurisdicciones respecto al entendimiento de front r unning, todos los casos estudiados comparten la característica identificada al principio de esta sección. Esto es, que dicha práctica consiste en la ejecución de operaciones con base en información que no tiene carácter público, en desmedro de los demás participantes del mercado. Así, p uesto que el front running atenta contra la transparencia e integridad del mercado, las reglas que sobre este particular se han adoptado en otros países buscan evitar que se materialice la misma, cuyo costo, en últimas, es la erosión de la confianza del público en el mercado.
3. El front running en la legislación colombiana
En Colombia, la regulación estatal establece directrices que los intermediarios deben acatar para evitar incurrir en infracciones al mercado. En relación con el mercado de valores se destaca el artículo 50 de la Ley 964 de 2005 , y en el mercado cambiario se encuentran lineamientos en la Resolución Externa 4 de 2009 del Banco de la República. Estas disposiciones
destaca el artículo 50 de la Ley 964 de 2005 , y en el mercado cambiario se encuentran lineamientos en la Resolución Externa 4 de 2009 del Banco de la República. Estas disposiciones tienen carácter general, por lo cual es natural que ninguno de dichos cuerpos normativos prevea definiciones específicas para prácticas como el front running , tal como ocurre en algunas de las jurisdicciones mencionadas.
En el país, así como sucede en Estados Unidos y Canadá, ese tipo de definiciones usualmente han sido producto de la autorregulación . Las descripciones desarrolladas por AMV están contenidas en manuales/guía, donde la industria ha llegado a acuerdos de entendimiento y buenas prácticas que t ienen la potencialidad de elevar los estándares del mercado. Estas iniciativas no requieren nuevas normas, o modificaciones a las existentes, en la medida en que se relacionan con infracciones ya establecidas en la regulación, tales como el uso indebido de información privilegiada, faltas al deber de reserva, inadecuada administración de conflictos de interés, desconocimiento de los principios generales y obtención de provecho indebido, entre otros.
El interés de establecer una definició n para el front running adecuada a la realidad de los mercados de valores y divisas colombianos se hizo más explícito desde 2018 . A partir de ese momento, se llevaron a cabo varios encuentros para definir de manera consensuada el alcance y orientación que debería tener una descripción ajustada para Colombia. Los diferentes análisis tuvieron lugar en el marco de los comités de miembros de AMV para los mercados de renta fija, renta variable y divisas ; además, se propiciaron espacios de comunicación con los gremios que representan a las industrias autorreguladas ( Asobolsa,
mercados de renta fija, renta variable y divisas ; además, se propiciaron espacios de comunicación con los gremios que representan a las industrias autorreguladas ( Asobolsa, Asobancaria, Asofiduciarias y Asofondos ) y con el público en general a través de una propuesta publicada a comentarios . A partir de los aportes recibidos se formul aron varias propuestas, siendo la más reciente la siguiente:
El front running se presenta cuando un operador utiliza información relacionada con posibles estrategias de inversión, cotizaciones u órdenes que ha conocido en ejercicio o con ocasión de sus funciones, para anticiparse a la ejecución de lasPágina 7 de 11
mismas, con la finalidad de tomar provecho para sí, para un tercero o para la posición propia del intermediario.
La propuesta fue bien recibida por algunos participantes, al considerar que permitía elevar los estándares de operación, a través de la promoción y transparencia del mercado de valores. Adicionalmente, encontraron importante acotar una definición sobre dicho esquema de negociación, que sirviera de guía para los operadores del mercado y para las áreas de compliance, generando así un efecto disuasorio.
Por otra parte, algunos actores no encontraron relevante la iniciativa por cuanto consideraron que la definición hac e referencia a los mismos elementos que describen la información privilegiada, lo que podr ía ocasionar confusión e incertidumbre entre los participantes del mercado. Así mismo, se calificó como inadecuado establecer una definición para el front running que fuera transversal a los mercados de renta fija, renta variable y divisas, desconociendo que cada uno de ellos tiene particularidades que los obligan a diferenciarse.
mercado. Así mismo, se calificó como inadecuado establecer una definición para el front running que fuera transversal a los mercados de renta fija, renta variable y divisas, desconociendo que cada uno de ellos tiene particularidades que los obligan a diferenciarse. Finalmente, sugirieron que actividades que en otras jurisdicciones podrían catalogarse como front running no lo eran en Colombia, por la poca profundidad del mercado local.
A pesar de las posiciones encontradas y de la dificultad para alcanzar consenso s sobre el enfoque y alcance de una definición para esta práctica, la industria en su conjunto destacó que los esfuerzos para concienciar sobre los impactos negativos del front running contribuyen a la promoción de la transparencia y la integridad del mercado, coadyuvan a la protección de los inversionistas y otorga n herramientas a los operadores y a las entidades para prevenir actuaciones que atentan contra el mercado.
Lo anterior motivó la formulación de propuestas alternativas orientadas a atender algunas de las observaciones de la industria9, no obstante, continuaron presentándose posiciones disímiles sobre el nivel de detalle que resultaría necesario para no generar incertidumbres que conllevaran a una menor actividad por parte de los operadores, en detrimento de la liquidez y profundidad del mercado.
Sin perjuicio de que el objetivo de establecer una definición homogénea no pudo ser alcanzado, a partir de los múltiples debates , se avanzó de manera significativa en la identificación de características del front running tales como:
- Uso indebido de información: el front running es una práctica en la que un operador emplea de forma indebida información relacionada con estrategias de inversión, cotizaciones u órdenes a la que ha tenido acceso en ejercicio o con ocasión de sus funciones.
- Uso indebido de información: el front running es una práctica en la que un operador emplea de forma indebida información relacionada con estrategias de inversión, cotizaciones u órdenes a la que ha tenido acceso en ejercicio o con ocasión de sus funciones.
9 En efecto, Asobolsa propuso que el front running “Se presenta cuando un operador3 utiliza de manera indebida información privilegiada relacionada con posibles estrategias de inversión, posturas, intenciones en firme u órdenes que ha conocido en ejercicio o con ocasión de sus funciones, para anticiparse a la ejecución de operaciones sobre los valores, derivados o divisas objeto de dichas estrategias, posturas u órdenes, con la finalidad de tomar provecho de esa información para si, para un tercero o para la posición propia del intermediario”. Por su parte, Asobancaria indicó que el front running “Se presenta cuando un operador utiliza información de cotizaciones u órdenes que ha conocido en desarrollo de sus funciones para, antes de ejecutarlas con el cliente o contraparte o exp onerlas al mercado, realizar u ordenar la realización de operaciones sobre los valores objeto de las cotizaciones y órdenes, o sobre instrumentos financieros relacionados1, con la finalidad de tomar provecho de esa información”.Página 8 de 11
- Anteposición o adelantamiento: el front running implica que un operador antepone los intereses propios a los de sus clientes, pues ante la expectativa de que la ejecución de las estrategias, cotizaciones u órdenes de éstos podrían afectar los precios de mercado, ejecuta primero para sí, para un tercero o para la posición propia del intermediario, operaciones sobre activos relacionados con la información suministrada.
- Búsqueda de provecho: el adelantamiento que se da en el front running tiene por
mercado, ejecuta primero para sí, para un tercero o para la posición propia del intermediario, operaciones sobre activos relacionados con la información suministrada.
- Búsqueda de provecho: el adelantamiento que se da en el front running tiene por finalidad la obtención de un provecho, que el operador puede buscar para sí mismo, para un tercero o para la posición propia del intermediario al cual se encuentra vinculado.
Ahora bien, para atender las preocupaciones de la industria respecto de los posibles efectos negativos que podrían generarse como consecuencia de definir el front running, se evaluaron diversas situaciones para determinar si involucraban o no elementos que vulnerarían las normas de los mercados de valores y divisas. Las inquietudes se relacionaban, entre otras, con el manejo de la información que se hace para facilitar la realización de operaciones , lo que se señalaba como más crítico en mercados con baja liquidez , y la manera de atender operaciones de grandes montos. En este frente, la casuística de los mercados es extensa, pero en términos generales se identificó que las dudas sobre el actuar se debían juzgar con base en la esencia de lo que involucra el front running, y no resultaba práctico tratar de abarcar una lista de conductas permitidas o restringidas para nuestros mercados.
4. Actuaciones disciplinarias relacionadas con el front running Las sanciones relacionadas con front running se basan en la infracción de una o varias normas estatales y de autorregulación . En Colombia, los individuos castigados por actuaciones relacionadas con el front running han incurrido en la violación de normas relacionadas con información privilegiada y reservada, con flictos de interés, principios generales de los intermediarios, obtención de provecho indebido y separación funcional, entre otras, como se
relacionadas con el front running han incurrido en la violación de normas relacionadas con información privilegiada y reservada, con flictos de interés, principios generales de los intermediarios, obtención de provecho indebido y separación funcional, entre otras, como se expresó en la sección anterior.
Por ejemplo:
- en 2007, AMV suscribió un acuerdo de terminación anticipada con un operador vinculado a una administradora de fondos de pensiones. Dicho profesional, que por sus funciones tenía conocimiento de las estrategias de inversión de los portafolios administrados, empleó tal información para ordenar la ejecución de operaciones po r cuenta de sus padres. En algunos casos se identificó que “primero se tomaron posiciones para los padres del investigado y posteriormente ellos actuaron como contrapartes de los fondos”.
En este caso, AMV y el operador acordaron la imposición de sanciones por el incumplimiento de las normas relacionadas con la administración de conflictos de interés, uso indebido de información sujeta a reserva y obtención de provecho indebido para un tercero.
- en 2018, el Tribunal Disciplinario de AMV sancionó un caso en el que un operador por cuenta de terceros utilizó de manera indebida la información de órdenes suministradasPágina 9 de 11
por sus clientes para un fin distinto por el cual fue entregada, comparti éndola con un operador por cuenta propia. A partir de dicha infor mación, el operador por cuenta propia del IMV se adelantó al cliente, ejecutando operaciones por cuenta del intermediario antes de que las del cliente fueran llevadas a cabo. Estas operaciones generaron un provecho que el Tribunal catalogó como indebido, en la medida en que
propia del IMV se adelantó al cliente, ejecutando operaciones por cuenta del intermediario antes de que las del cliente fueran llevadas a cabo. Estas operaciones generaron un provecho que el Tribunal catalogó como indebido, en la medida en que se obtuvo mediante el acceso, también indebido, de una información sometida a reserva.
Como consecuencia de esta situación, el Tribunal Disciplinario sancionó a los operadores por el incumplimiento de las normas relacionadas con la administración de conflictos de interés, obtención de provecho indebido, uso de información sometida a reserva, vulneración de las normas relativas a mantener la separación funcional, entre otras.
En el ámbito internacional también es posible encontrar ejempl os de sanciones por front running, tanto en el mercado de valores como en el cambiario.
Por ejemplo:
- en 2018, la Corte Federal de Brooklyn declaró culpable a un operador de fraude electrónico y conspiración para cometer fraude electrónico, al determinar que éste defraudó a clientes por medio del uso de información confidencial. Además de la sentencia a 24 meses de prisión y 5 años de libertad condicional, el operador fue multado con una suma de USD 300.000.
De acuerdo con lo establecido en el juicio, en el año 2011 Cairn Energy Plc solicitó a HSBC realizar una transacción para adquirir libras esterlinas. El operador no cumplió con el deber de reserva y confidencialidad de la información de las órdenes del cliente y actúo en beneficio de HSBC al adquirir libras esterlinas para la posición propia antes de ejecutar la instrucción del cliente. Según lo estimado por el Departamento de Justicia de los Estados Unidos, las utilida des generadas por la ejecución del esquema en
actúo en beneficio de HSBC al adquirir libras esterlinas para la posición propia antes de ejecutar la instrucción del cliente. Según lo estimado por el Departamento de Justicia de los Estados Unidos, las utilida des generadas por la ejecución del esquema en mención significaron para HSBC utilidades obtenidas en perjuicio del cliente.
- en 2015, Un operador de acciones de una firma estadounidense fue sentenciado a 30 meses de prisión y a pagar multas por un valor superior a 3.5 millones de dólares por fraude por la ejecución del esquema de front running. De acuerdo con la evidencia recaudada por el FBI, el operador, obtuvo beneficios realizando operaciones a nombre de su esposa de manera previa a la ejecución de órdenes de gran tamaño que recibió de sus clientes, las cuales podían afectar los precios del mercado.
Este operador, el cual no reveló a la firma para la cual trabajaba que manejaba la cuenta de su esposa, hacía operaciones intradía para que al final de la jornada no quedaran saldos de inversiones en la cuenta de su cónyuge, con el fin de no llamar la atención ante posibles análisis de los movimientos de la cuenta.
- Credit Suisse accedió a pagar la multa impuesta por el Departamento de Servicios Financieros (DFS) sin aceptar o negar los cargos impuestos por violación a las leyes bancarias del estado de NY. Entre las conductas señaladas por el DFS se encontró que:Página 10 de 11
- los operadores de Credit Suisse participaron en conductas manipulativas en perjuicio de sus clientes, compartiendo información de manera inapropiada de los mismos y ii) Los ejecutivos de Credit Suisse fomentaban prácticas como front running poniendo en desventaja las posiciones de sus clientes.
de sus clientes, compartiendo información de manera inapropiada de los mismos y ii) Los ejecutivos de Credit Suisse fomentaban prácticas como front running poniendo en desventaja las posiciones de sus clientes.
En lo respectivo al segundo punto, la investigación del DFS arrojó que por medio de un algoritmo de negociación se hacía front running con las órdenes de los clientes de eFX (plataforma electrónica). La estrategia empleada consistía en que el algoritmo predecía la probabilidad de ejecución de las órdenes límite o stop-loss de los clientes, con lo cual los operadores actuaban teniendo conocimiento de la dirección en la cual se movería el mercado si las órdenes en mención eran ejecutadas. El DFS estimó que entre abril de 2010 y junio de 2013 se ejecutaron 31.000 órdenes límite y 41.000 órdenes stop que pudieron ser ori
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