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AMV - Capítulo 6. Abusos de mercado

Autorregulador del Mercado de Valores de Colombia

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Título
AMV - Capítulo 6. Abusos de mercado
Autor
Autorregulador del Mercado de Valores de Colombia
Categoría
Doctrina
Área del derecho
Financiero
Año

Última modificación: 2 de agosto de 2022

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Capítulo 6. Abusos de mercadoÚltima modificación: 2 de agosto de 2022

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Tabla de contenido

Introducción: ................................................................................................................ 3 6.1. Identificación y prevención de esquemas de defraudación .......................... 3 6.1.1. Esquemas de defraudación externos ................................ ...................... 4 6.1.1.1. Suplantación de la identidad del cliente: ................................ . 5 6.1.1.2. Suplantación de la identidad del intermediario ....................... 6 6.1.2. Esquemas de defraudación internos ................................ ....................... 9 6.1.2.1. Conductas asociadas a la defraudación interna .................. 10 6.2. Conductas Manipulativas y otras prácticas que afectan la integridad en los mercados de valores y divisas ................................................................................. 12 6.2.1. Esquemas de operación que podrían llevar a la materialización de conductas manipulativas en los mercados ................................ .................... 15

a. Spoofing................................ ................................ ............................ 15 b. Layering ................................ ................................ ............................ 17 c. Collusion................................ ................................ ............................ 18 d. Quote Stuffing ................................ ................................ .................. 19 e. Activación de órdenes ................................ ................................ .... 19 f. Wash Trades ................................ ................................ ....................... 20 g. Parking ................................ ................................ .............................. 21 h. Difusión de rumores ................................ ................................ .......... 22

d. Quote Stuffing ................................ ................................ .................. 19 e. Activación de órdenes ................................ ................................ .... 19 f. Wash Trades ................................ ................................ ....................... 20 g. Parking ................................ ................................ .............................. 21 h. Difusión de rumores ................................ ................................ .......... 22

  1. Manipulación de Liquidez ................................ ................................ 23

j. Squeeze ................................ ................................ ............................. 24 k. Marking the close ................................ ................................ ............. 25 6.2.2. Otras prácticas de operación que afectan la integridad del mercado de valores ................................ ................................ ................................ ........... 26 a. Churning ................................ ................................ ........................... 26 b. Préstamo de Pantalla ................................ ................................ ...... 27 Anexo 4. Casos sancionados por defraudación .................................................... 28 Anexo 5. Descripción de la problemática observada en el mercado transaccional de divisas ........................................................................................... 31 Anexo 6. Otros casos sancionados por manipulación .......................................... 35Última modificación: 2 de agosto de 2022

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Introducción:

El título 3° del Libro 2 del Reglamento de AMV y el Titulo 2 del Libro 2 del Reglamento de Autorregulación Voluntaria en Divisas recogen las infracciones relacionadas con los abusos de mercado.

La normatividad establece como abusos de mercado, el uso de información privilegiada, la defraudación, la manipulación del mercado, el abuso de derecho, entre otros. En conductas como defraudación , se busca obtener un provecho indebido para sí para un tercero en desarrollo de las actividades autorreguladas, atentando contra la confianza e integridad del mercado.

De esta forma, con el objetivo de contribuir a la protección de integridad del

indebido para sí para un tercero en desarrollo de las actividades autorreguladas, atentando contra la confianza e integridad del mercado.

De esta forma, con el objetivo de contribuir a la protección de integridad del mercado y confianza de los inversionistas y al cumplimiento a los deberes generales protege el principio de transparencia en e l desarrollo de las actividades de autorreguladas. Este capítulo, se divide en dos secciones, en la primera se presentan algunas recomendaciones orientadas a la prevención de esquemas defraudatorios tanto externos como internos. En la segunda sección se de scriben situaciones que ejemplifican posibles conductas manipulativas, con el objetivo de que sean de utilidad para los intermediarios en la identificación y prevención de estos esquemas de abusos de mercado.

Adicionalmente, este capítulo está acompañado de tres anexos. En el primero, se describen algunos casos de defraudación sancionados por el Tribunal Disciplinario de AMV. En el segundo, se presentan los resultados del análisis del comportamiento de las postu ras de US$10 millones ingresadas en el sistema Set-Fx en el p eriodo comprendido entre enero y octubre de 201 6, con el objetivo de describir la problemática observada en el mercado transaccional de divisas. Finalmente, en el último anexo se presentan algunos casos que fueron sancionados por ser considerados conductas manipulativas.

6.1. Identificación y prevención de esquemas de defraudación

La prevención de los esquemas de defraudación a los cuales se enfrentan los Intermediarios del Mercado de Valores (IMV) e Intermediarios del Mercado Cambiario (IMC) tiene un efecto directo sobre la confianza de los inversionistas y la

La prevención de los esquemas de defraudación a los cuales se enfrentan los Intermediarios del Mercado de Valores (IMV) e Intermediarios del Mercado Cambiario (IMC) tiene un efecto directo sobre la confianza de los inversionistas y la solidez de los mercados. Al respecto, autoridades alrededor del mundo hacen un llamado a los participantes del mercado para prestar especial atención a la identificación y prevención de este tipo de esquemas.Última modificación: 2 de agosto de 2022

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En particular, la Organización Internacional de Comisiones de Valores (IOSCO)1 señala que las condiciones de operación derivadas de la pandemia 2, el uso de nuevas herramientas tecnológicas, la virtualidad y los riesgos cibernéticos podrían propiciar escenarios para la materialización de los riesgos asociados a dichos esquemas, lo cual afecta no solamente los recursos económicos de los inversionistas, sino también los recursos de los propios IMV. Adicionalmente, IOSCO resalta que el intercambio de información entre las autoridades y participantes del mercado sobre los tipos de fraude detectados y los elementos que los estafadores utilizan coadyuvan a sensibilizar a los inversionistas y a los propios intermediarios del mercado acerca de la manera de operación de esos esquemas fraudulentos3.

Asimismo, IOSCO y otras autoridades alrededor del mundo han alertado a los intermediarios y a sus clientes sobre el incremento de denuncias de casos de fraude cometidos por agentes externos a las entidades. Al respecto, a nivel global se observa un aumento de la participación de los inversionistas retail en los mercados de valores4, quienes pueden ser más propensos a ser víctimas de dichos esquemas5.

cometidos por agentes externos a las entidades. Al respecto, a nivel global se observa un aumento de la participación de los inversionistas retail en los mercados de valores4, quienes pueden ser más propensos a ser víctimas de dichos esquemas5.

A nivel local, la Superintendencia Financier a de Colombia (SFC) ha emitido disposiciones normativas que establecen el deber de las entidades vigiladas de implementar mecanismos para la administración y control de los riesgos relacionados con fraude, fuga la información, ciberataques y otros riesgos operativos6.

A continuación, se desarrollan situaciones de defraudación realizadas por personas externas e internas a la entidad, respectivamente, y presentan recomendaciones asociadas a su prevención.

6.1.1. Esquemas de defraudación externos

Los esquemas de defraudación externos se caracterizan porque los actos de fraude son realizados por una persona externa que no tiene vínculos laborales o

1 IOSCO es el organismo internacional que reúne a los reguladores de valores del mundo. En la totalidad de sus miembros, se encuentran más del 95% de los mercados de valores globales en más de 115 jurisdicciones. IOSCO desarrolla, implementa y promueve el c umplimiento de estándares reconocidos internacionalmente para la regulación de valores. 2 La pandemia obligó a las entidades a trasladar su operación a sitios no habituales de trabajo (i.e: hogares de los colaboradores) por lo cual se presentaron una serie de cambios y retos operativos y tecnológicos al interior de cada intermediario para afrontar esta situación y garantizar la operación del mercado. 3 IOSCO (2020). IOSCO Board Priorities - Work Program 2021-2022.

colaboradores) por lo cual se presentaron una serie de cambios y retos operativos y tecnológicos al interior de cada intermediario para afrontar esta situación y garantizar la operación del mercado. 3 IOSCO (2020). IOSCO Board Priorities - Work Program 2021-2022. 4 Particularmente, en el mercado local, la Bolsa de Valores de Colombia (BVC) reportó un aumento del 10% al 15% entre 2019 y 2020 de la participación de personas naturales sobre la negociación total de acciones. Ver: Valora Analitk “Personas naturales ya negocian 15 % del monto total de acciones en Bolsa de Colombia” 5 IOSCO (2020). Retail Market Conduct Task Force Report Initial Findings and Observations About the Impact of COVID-19 on Retail Market Conduct. 6 En particular, la SFC ha impartido las siguientes instrucciones: Circular Básica Jurídica (CBJ), Parte I, Título IV, Capítulo V: “Requerimientos mínimos para la gestión de la seguridad de la información y la ciberseguridad”; CBJ, Parte I, Título II, Capítulo I: “Canales, medios, seguridad y calidad en el manejo de información en la prestación de servicios financieros” y; Circular Básica Contable y Financiera, Capítulo XXIII: “Reglas relativas a la Administración del Riesgo Operacional”. Asimismo, recientemente la SFC remitió a las entidades vigi ladas una guía de buenas prácticas sobre los controles implementados para la mitigación de estos riesgos en la modalidad de teletrabajo.Última modificación: 2 de agosto de 2022

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comerciales con la organización y que busca apropiarse indebidamente de activos de los clientes de la entidad.

A continuación, se presentan algunas situaciones de defraudación cometidas por externos y recomendaciones para su prevención.

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comerciales con la organización y que busca apropiarse indebidamente de activos de los clientes de la entidad.

A continuación, se presentan algunas situaciones de defraudación cometidas por externos y recomendaciones para su prevención.

6.1.1.1. Suplantación de la identidad del cliente:

El esquema defraudatorio implica circunstancias como:

  • Se realiza a través de mecanismos de comunicación impersonal (i.e: call center, correo electrónico), por medio de los cuales el defraudador se pone en contacto con la entidad y se hace pasar por uno de sus clientes.
  • El suplantador solicita a la entidad el cambio de datos de la cuenta del titular, tales como dirección, teléfonos, correos electrónicos y cuentas bancarias a las cuales se debe desembolsar el dinero producto de la venta de valores. Estas cuentas pueden tratarse de cuentas bancarias “fraudulentas ” que fueron creadas usando la identidad del cliente 7 o que se encuentran a nombre de terceros. En este sentido, se ha identificado un mayor riesgo de suplantación a través de la apertura de cuentas a través de mecanismos 100% virtuales (i.e: Depósitos de bajo monto, cuentas de inversión en aplicaciones móviles), al no requerir un contacto directo con la entidad.
  • El suplantador solicita a la entidad, en nombre del cliente, realizar la transferencia de pequeñas cantidades de dinero con el fin de no generar alertas. Estas transferencias las realiza a cuentas que se encuentran a nombre del cliente o de terceros a las cuales el defraudador previamente ha obtenido acceso.

Una variación de esta modalidad consiste en que el defraudador obtiene un

alertas. Estas transferencias las realiza a cuentas que se encuentran a nombre del cliente o de terceros a las cuales el defraudador previamente ha obtenido acceso. Una variación de esta modalidad consiste en que el defraudador obtiene un duplicado de la SIM CARD del cliente (i.e. SIM swapping). De esta manera, a través del “secuestro” de la línea móvil de la persona logra el acceso a los elementos de autenticación ante la entidad que le permiten el ingreso a portales y la modificación de datos. Adicionalm ente, la suplantación se puede presentar cuando el defraudador obtiene acceso a los correos electrónicos registrados por los clientes o crea un correo espejo a través del cual envía instrucciones de operaciones.

7 La Autoridad Reguladora de la Industria Financiera (FINRA) y otros organismos internacionales señalan que los suplantadores han aprovechado la implementación de nuevas plataformas tecnológicas que permiten realizar la apertura de cuentas en línea para crear cuentas falsas a nombre del cliente a las cuales desvían los recursos que estos tienen depositados en los intermediarios. Ver: FINRA (2020) Regulatory Notice 20 -13. Heightened Threat of Fraud and Scams.Última modificación: 2 de agosto de 2022

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Finalmente, se ha detectado que, en algunos casos, el suplantador crea correos electrónicos muy similares a los e -mails corporativos de los clientes de los intermediarios. A través de estos correos, el defraudador se hace pasar por los directivos o por las personas autorizadas para realizar operaci ones y/o transferencias y solicita el giro de fondos8.

6.1.1.2. Suplantación de la identidad del intermediario

directivos o por las personas autorizadas para realizar operaci ones y/o transferencias y solicita el giro de fondos8.

6.1.1.2. Suplantación de la identidad del intermediario

En este esquema, el estafador se comunica con el cliente y se hace pasar por el intermediario con el objetivo de que el cliente le entregue su información personal, lo que le permite, posteriormente, realizar operaciones o transacciones para trasladar los recursos del cliente a otras cuentas9.

De acuerdo con algunas autoridades10, la probabilidad de ocurrencia de este tipo de esquemas es más frecuente en clientes que no tienen mucho contacto con las entidades o en aquellos que no tienen un conocimiento adecuado sobre los productos que pueden ofrecer los intermediarios o de los cobros que éstos realizan.

Para el desarrollo de estos esquemas, el defraudador utiliza diferentes herramientas que se caracterizan por: la creación de páginas de internet que suplantan al intermediario ( pharming); el envío de correos electrónicos e impersonales fraudulentos supuestamente remitidos por la ent idad en los cuales se solicita la información personal del cliente (phishing); el envío de correos personalizados con información parcial de la víctima donde se le solicita información adicional (spear phishing); la remisión de mensajes de texto que solici tan a los clientes actualizar o remitir información privada ( smishing); o llamadas telefónicas que suplantan a la entidad (vishing).

Por otro lado, se han identificado defraudadores que se hacen pasar por un funcionario de la entidad que se comunica con la mesa de ayuda (IT, help desk),

8 El FBI señaló un caso en el cual unos estafadore s enviaron un correo electrónico a una institución financiera,

Por otro lado, se han identificado defraudadores que se hacen pasar por un funcionario de la entidad que se comunica con la mesa de ayuda (IT, help desk),

8 El FBI señaló un caso en el cual unos estafadore s enviaron un correo electrónico a una institución financiera, suplantando al director general de una empresa que era cliente de la entidad, y que había programado previamente una transferencia de USD $1 millón. En el correo se solicitaba adelantar la fecha de la transferencia y cambiar la cuenta del destinatario. El correo utilizado por los estafadores era casi idéntico a la cuenta real del director de la empresa. Ver: FBI National Press Office 9 De acuerdo con cifras de la firma TransUnion, los intentos de fraude digital en la industria financiera originados en Colombia han crecido el 243% durante los cuatro primeros meses del 2021 respecto al año anterior. La firma resalta que la delincuencia ha aprovechado la mayor digitalización de sistema financiero pa ra realizar estos ataques. Asimismo, señala que la suplantación de identidad es el principal tipo de fraude en los servicios financieros. Por otro lado, en 2020 las entidades vigiladas por la SFC reportaron 8.674 quejas recibidas por presunta suplantación de personas (esta cifra excluye las quejas por suplantación en productos como créditos, tarjetas de crédito y seguros). 10 En octubre de 2020, FINRA advirtió sobre la suplantación de su identidad por medio un email remitido desde el dominio “@regulation-finra.org” y a través del cual se solicitaba a los destinarios sus datos personales e información sobre sus productos financieros. Adicionalmente, FINRA alertó sobre la existencia de sitios web falsos que se hacen pasar por corredores de bolsa autorizados. Asimismo, en Canadá, la Organización Reguladora de la Industria de

sobre sus productos financieros. Adicionalmente, FINRA alertó sobre la existencia de sitios web falsos que se hacen pasar por corredores de bolsa autorizados. Asimismo, en Canadá, la Organización Reguladora de la Industria de Inversión (IIROC) ha advertido sobre la vulnerabilidad de los clientes que, en algunos casos, no son conscientes que son víctimas de un fraude.Última modificación: 2 de agosto de 2022

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o viceversa, para intentar obtener información sobre la entidad y/o los clientes, y con ello cometer el fraude11.

Recomendaciones para la prevención de esquemas de defraudación externos:

  • Implementar señales que faciliten la detección de esquemas fraudulentos. En especial se recomienda evaluar la incorporación de alertas sobre las solicitudes de los clientes que contengan alguno de los siguientes elementos:
  1. lleguen a una hora inusual del día; ii. utilicen un lenguaje o saludos atípicos; iii. soliciten una transferencia a una nueva cuenta, el giro de recursos a terceros o aspectos en la modificación de las cuentas bancarias que llamen la atención (i.e: una corta vigencia de creación o que hayan sido abiertas en una ciudad distinta de la del domicilio del cliente). iv. exijan privacidad o secreto para la ejecución de las transacciones; v. cambios de última hora en las instrucciones de la transferencia o en la información de la cuenta del destinatario; vi. muestren una urgencia inusual, por ejemplo, solicitar operaciones de manera inmediata a la actualización de información; vii. el cliente desconoce o no recuerda información sobre su portafolio o su cuenta; viii. quejas recurrentes de los clientes por extractos no recibidos o información

manera inmediata a la actualización de información; vii. el cliente desconoce o no recuerda información sobre su portafolio o su cuenta; viii. quejas recurrentes de los clientes por extractos no recibidos o información incorrecta de estos12.

  • Verificar la identidad del cliente antes de ejecutar cualquier solicitud para la realización de operaciones o transferencias. En particular, sobre aquellas enviadas a través del correo electrónico. Por otra parte, se recomienda sospechar ante la negativa inusual del cliente de comunicarse por teléfono o plataformas de voz o vídeo en línea.
  • Verificar que la dirección de correo electrónico del remitente coincida con la registrada por el cliente y estar atentos a los hipervínculos que puedan contener errores ortográficos o variaciones de la cuenta real.
  • Establecer procedimientos de vinculación de los clientes y mecanismos robustos de validación e autenticación tipo “Conozca a su Cliente”, que le permitan al

11 FINRA (2020) Regulatory Notice 20 -13. Heightened Threat of Fraud and Scams. FINRA ha indicado que las empresas abordan los riesgos relacionados con estos mecanismos capacitando al personal del servicio de asistencia para que verifique la identidad de las personas que se comunican con ellos. 12 Por ejemplo, si los clientes manifiestan discrepancias en su cuenta, transacciones no autorizadas, dinero faltante u otros problemas en sus estados de cuenta, se podría estar frente una situación de fraude. Asimismo, implementar procesos para investigar y responder rápidamente a las quejas, llamadas y consultas de los clientes ante dichas situaciones.Última modificación: 2 de agosto de 2022

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intermediario asegurar que la person a que interactúa con la entidad corresponde efectivamente al titular. Antes de brindarle al cliente alguna

situaciones.Última modificación: 2 de agosto de 2022

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intermediario asegurar que la person a que interactúa con la entidad corresponde efectivamente al titular. Antes de brindarle al cliente alguna información respecto de su cuenta o portafolio es recomendable ejecutar los procedimientos de verificación de la identidad del cliente. Lo anterior, por cuanto se ha observado que el defraudador utiliza la información que el propio intermediario le suministra para posteriormente cometer el fraude.

  • Contar con procedimientos de verificación, validación y consulta de información adicional de los clientes , como por ejemplo la información financiera en centrales de riesgo con el objetivo de corroborar la veracidad de la información que es entregada por el cliente.
  • Confirmar con el cliente la actualización de su información a los teléfonos registrados en los formularios de vinculación. Asimismo, implementar tarjetas de firmas (digitales o físicas) que permitan confrontar la identidad de quien envía la comunicación de autorización de venta u otros trámites.
  • Adoptar herramientas de autenticación fuerte para: i) la vinculación por medio de canales digitales; ii) la realización de operaciones vía telefónica o por correo electrónico y; iii) la actualización de datos de los clientes. • Implementar controles adicionales a los tradicionales maker/checker, con varios niveles de revisión y mecanismos de vigilancia adicionales complementarios a los controles duales.
  • Fortalecer las estrategias de cultura y seguridad, y las campañas de educación financiera dirigidas a los clientes, por medio de las cuales son advertidos sobre las modalidades de defraudación. De esta manera, los clientes pueden actuar como primera línea de defensa para la detección este tipo de esquemas y

financiera dirigidas a los clientes, por medio de las cuales son advertidos sobre las modalidades de defraudación. De esta manera, los clientes pueden actuar como primera línea de defensa para la detección este tipo de esquemas y contribuir a su prevención. Asimismo, fortalecer los programas de sensibilización y capacitaciones dirigidos a los funcionarios para la prevención del fraude.

  • Generar el bloqueo preventivo de las operaciones o productos de los clientes en casos de alertas sobre posible fraude.
  • Denunciar ante las autoridades competentes y/o de mercado (ie: Fis calía General de la Nación, Superintendencia Financiera de Colombia, AMV) las situaciones de fraude identificadas. Adicionalmente, notificar a las entidades financieras donde se originaron las cuentas de ahorro o corriente fraudulentas detectadas.
  • Utilizar nuevas herramientas de analítica de datos como big data o machine learning para generar alertas basadas en el comportamiento transaccional de los clientes.Última modificación: 2 de agosto de 2022

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  • Crear notificaciones dirigidas a los clientes para informar: cambios en la información de las c uentas bancarias registradas, la actualización de datos personales o la recepción o trámite de instrucciones ya sea por correo electrónico, mensaje de texto o mensajes instantáneos. Asimismo, informar en dichas comunicaciones los medios de contacto oficial es que la entidad tiene disponibles.
  • Solicitar al cliente el cambio de contraseñas en los portales web de cada entidad de manera periódica. Adicionalmente, establecer contraseñas estructuradas que incluyan parámetros alfanuméricos o caracteres especiales.
  • Implementar herramientas que permitan a los clientes realizar la consulta en

entidad de manera periódica. Adicionalmente, establecer contraseñas estructuradas que incluyan parámetros alfanuméricos o caracteres especiales.

  • Implementar herramientas que permitan a los clientes realizar la consulta en línea de sus movimientos y saldos de portafolio y dinero.
  • Establecer procedimientos de verificación para la inscripción o giros a cuentas de terceros, y la personalización de los montos y número de transacciones a través de los diferentes canales de atención.
  • Analizar la información de los clientes con el fin de identificar alertas relacionadas con números de contacto comunes o cuentas de correo electrónico repetidas entre di ferentes clientes que no tengan una relación previamente conocida.
  • Implementar mecanismos que permitan a los clientes validar la identidad del funcionario, por ejemplo, a través de la foto de sus asesores u operadores.

Con el fin de contribuir a la identi ficación de los esquemas de defraudación internos, en el Anexo 4 se presentan algunos casos sancionados por el Tribunal Disciplinario de AMV que describen las conductas asociadas.

6.1.2. Esquemas de defraudación internos

Esta categoría está relacionada con los actos realizados por un colaborador de la entidad, que tienen como objetivo apropiarse indebidamente, ya sea de los activos de la entidad y/o de sus clientes.

En el Reglamento de AMV la defraudación es considerada un abuso de mercado e involucra tres elementos, a saber: i) obtener provecho indebido 13 para sí o para

13 El Tribunal Disciplinario de AMV, en la Resolución No. 6 de 31 de mayo de 2016, indicó que sobre el concepto de “provecho”, como elemento de configuración de la conducta prevista en el artículo 49.1 del Reglamento de

13 El Tribunal Disciplinario de AMV, en la Resolución No. 6 de 31 de mayo de 2016, indicó que sobre el concepto de “provecho”, como elemento de configuración de la conducta prevista en el artículo 49.1 del Reglamento de AMV, se configura un provecho indebido cuando “se acredita cualquier beneficio que pueda recibir el autor deÚltima modificación: 2 de agosto de 2022

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un tercero; ii) afectar a un tercero o al mercado; y iii) ejecutarse en desarrollo de operaciones o actividades de intermediación14.

A continuación, se d escriben algunas conductas que pueden ser asociadas a esquemas de defraudación interna y, posteriormente, se indican recomendaciones para su prevención.

6.1.2.1. Conductas asociadas a la defraudación interna

Los siguientes son elementos y conductas iden tificados en la ejecución de esquemas de defraudación internos:

  • Los recursos de los clientes se transfieren o destinan a cuentas que no han sido autorizadas por ellos. Para ello, el defraudador utiliza; i) la creación de instrucciones falsas por medio de las cuales ordena el traslado de recursos a cuentas de terceros; ii) la alteración de órdenes de transferencia impartidas por los clientes donde se modifica el beneficiario o portafolio al que se deben transferir recursos; y iii) la suplantación de los cli entes para dar instrucciones sobre sus portafolios.
  • Los títulos de los clientes son utilizados en operaciones que no han sido autorizadas por estos.
  • El suministro de información incorrecta a los clientes sobre sus inversiones con el fin de evitar la detección de los actos fraudulentos.
  • Los títulos de los clientes son utilizados en operaciones que no han sido autorizadas por estos.
  • El suministro de información incorrecta a los clientes sobre sus inversiones con el fin de evitar la detección de los actos fraudulentos.
  • La realización de operaciones de intermediación, con clientes u otros intermediarios, que tienen el objetivo de generar una utilidad o beneficio indebido para sí o para un tercero.
  • El ofrecimiento de productos que no son administrados por el intermediario.

Recomendaciones para la prevención de esquemas de defraudación internos:

A continuación, se describen recomendaciones que contribuyen en la prevención de los esquemas de defraudación internos:

  • Definir procedimientos para el envío de información a clientes sobre sus movimientos e inversiones, así como, determinar responsabilidades sobre la

la conducta defraudatoria o un tercero”. Lo ant erior, teniendo en cuenta que “tal disposición no hace ninguna distinción en cuanto al tipo de provecho a obtener, solo precisa que sea indebido, y esa condición no depende de la existencia de un incremento patrimonial, sino de los mecanismos a través de l os cuales se accede a dicho beneficio. Por tanto, la Sala concluye que para la configuración de un provecho basta con acreditar que hubo un favorecimiento, sin que éste suponga necesariamente una utilidad o lucro.” 14 Reglamento de AMV. Artículo 49.1 Defraudación.Última modificación: 2 de agosto de 2022

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elaboración y remisión de esta información. Adicionalmente, implementar mecanismos que pe rmitan hacer seguimiento a: i) la entrega de esta información a los clientes y; ii) los logs de consulta por parte de los funcionarios.

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elaboración y remisión d

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