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AMV - Carta circular 08 de 2007

Autorregulador del Mercado de Valores de Colombia

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Detalles

Título
AMV - Carta circular 08 de 2007
Autor
Autorregulador del Mercado de Valores de Colombia
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2007

CARTA CIRCULAR No. 8 de 2007

Para: Presidentes, Directores Gener ales, Representantes Legales y demás funcionarios de las entidades intermediarias de valores miembros de

AMV

Fecha: 4 de mayo de 2007

Asunto: Medidas de seguridad en conversaciones telefónicas con funcionarios de vigilancia y monitoreo de AMV

Apreciados doctores:

Con ocasión del cumplimiento de la función de supervisión que adelanta AMV como organismo de autorregulación, se lleva a cabo una gestión de monitoreo en tiempo real, para lo cual es necesario que algunos funcionarios de esta entidad se contacten con las personas naturales vinculadas a los intermediarios de valores miembros y asociados autorregulados voluntariamente.

Hasta la fecha, los funcionarios del grupo de vigilancia de AMV han venido llevando a cabo dicho contacto de manera telefónica. No obstante, hemos recibido algunos comentarios de personas que consideran que existe un riesgo importante, dado que personas inescrupulosas podrían hacerse pasar irregularmente por funcionarios de AMV y obtener información confidencial o reservada sobre decisiones o situaciones relacionadas con la actividad de intermediación que llevan a cabo las personas sujetas a la competencia del organismo de autorregulación.

Por lo anterior, y siguiendo las recomendaciones de algunas personas vinculadas a miembros de AMV, se ha decidido acoger el siguiente procedimiento para las conversaciones telefónicas entre los funcionarios de vigilancia y monitoreo de AMV y las personas naturales vinculadas a los miembros y asociados autorregulados voluntariamente:

1. El funcionario de vigilancia y monitoreo de AMV llamará a la persona con la

AMV y las personas naturales vinculadas a los miembros y asociados autorregulados voluntariamente:

1. El funcionario de vigilancia y monitoreo de AMV llamará a la persona con la cual quiera sostener una conversación y le solicitará a ésta que devuelva la llamada al conmutador de AMV, cuyo número es 6071010.

2. La persona natural vinculada que sea contactada deberá devolver la llamada de manera inmediata al conmutador de AMV y comunicarse con el funcionario de vigilancia y monitoreo de AMV que la contactó.

3. Los funcionarios de vigilancia y monitoreo de AMV autorizados para contactar a personas naturales vi nculadas serán aquellos que seencuentren en el listado que para el efecto se publicará en la página de Internet de AMV, cuya dirección es: www.amvcolombia.org.co.

Consideramos que mediante la utilización del anterior procedimiento, los miembros, asociados autorregulados voluntariamente y sus personas naturales vinculadas, podrán tener certeza de que en efecto están comunicados con un funcionario de AMV.

El cumplimiento a la presente circular permitirá el debido funcionamiento del esquema de monitoreo en tiempo real, el cual se ha implementado con el fin de que exista mayor oportunidad y prevención en la actividad de intermediación en el mercado de valores.

Cordialmente,

MAURICIO ROSILLO ROJAS

Presidente

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