AMV - Carta Circular 109 de 2020
Autorregulador del Mercado de Valores de Colombia
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- AMV - Carta Circular 109 de 2020
- Autor
- Autorregulador del Mercado de Valores de Colombia
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2020
7 amv Autorregulador del Mercado de Vlores de Colombia Cc Circular No. 109 de 2
Para: Profesionales sujetos a certificación del mercado de bienes y productos agropecudrios, agroindustriales y de otros commodities y público en general.
Fecha: 1 de octubre de 2020
Asunto: Modificación a la Carta Circular Única de Certificación En ejercicio de las funciones establecidas en el Reglamento de AMV, el Presidente de la Corporación, expide instrucciones que modifican la Carta Circular Única de Certificación (Carta Circular 93 de 2018) con el objetivo de: e Incluir la modalidad de certificación de Asesor Comercial para el mercado de bienes y productos agropecuarios, agroindustriales y otros commadities, así como su estructura y tarifas aplicables. o Cambiar el nombre del examen de la especialidad de operador BMC correspondiente a “Negociación Productos Físicos" por “Negociación entre privados y MCP". Asimismo, cambiar el nombre de la certificación que otorga, pasando de “Operador productos físicos” a “Operador MCP
MERCOP".
Primero: Adicionar el literal c) al numeral 1.4 del Capítulo 1 del Título 1 de la Circular Única de Certificación. El nuevo texto del mencionado numeral 1.4 es el siguiente: 1.4 Composición de los exámenes de idoneidad profesional para profesionales del mercado de bienes y productos agropecuarios, agroindustriales y de otros commodities El Reglamento de AMV, en su artículo 240, contempla las siguientes modalidades de certificación para profesionales del mercado de bienes y productos agropecuarios, agroindustriales y de otros commodities:
a. Modalidad Directivo
commodities El Reglamento de AMV, en su artículo 240, contempla las siguientes modalidades de certificación para profesionales del mercado de bienes y productos agropecuarios, agroindustriales y de otros commodities: a. Modalidad Directivo Esta modalidad requiere de la presentación y aprobación de un examen de idoneidad que incorpora los siguientes módulos No. Certificación Módulos Preguntas Duración que Otorga Regulación [ w0 | [ Directivo BMC I Reglamento de AMV. Artículo 12. Funciones del Presidente. “En adición a las funciones establecidas en los Estatutos, corresponde al Presidente, directamente, o a través de las Vicepresidencias de AMV: ... t. Emitir cartas circulares; (...”.7 amv Autorregulador del Mercado de Valores de Colombia Autorregulación 35 Matemática Financiera 10 2 horas Análisis Económico 15 40 minutos Riesgos 30 Una vez aprobado, el examen de Directivo tendrá una vigencia de 4 años. b. Modalidad Operador Para aspirar a obtener una certificación en esta modalidad se requiere de la presentación y aprobación de dos (2) exámenes de idoneidad. El primero de ellos, denominado “Operador”, es obligatorio para todos los aspirantes y está conformado por un componente básico que evalúa áreas temáticas que son comunes a cualquier operador, así: Componente Módulos No. Duración Certificación Preguntas que otorga Regulación 40 Por sí solo no otorga una Autorregulación 35 certificación, Ai Análisis Económico 15 2 horas pues se Básico - requiere : 40 minutos Riesgos 30 aprobar uno o más Matemática Financiera 10 exámenes de negociación.
Autorregulación 35 certificación, Ai Análisis Económico 15 2 horas pues se Básico - requiere : 40 minutos Riesgos 30 aprobar uno o más Matemática Financiera 10 exámenes de negociación. El segundo examen deberá ser elegido por el aspirante en función del tipo de activo respecto del cual llevará a cabo actividades de operador, de acuerdo con las siguientes opciones: - Negociación de Productos Financieros - Negociación de entre Privados y MCP Estos exámenes están conformados por un único componente especializado, así. Componente Examen No. Duración cmcnción Preguntas que otorga Operador Negociación de Productos 40 1 hora BMC Financieros Productos Especializado Financieros Operador 40 1 hora BMC MCP MERCOP Negociación entre Privados y MCP Previa aprobación del examen de Operador Una vez aprobados, los exámenes que integran la modalidad de Operador tendrán una vigencia de tres años. Página 2 de 77 amv Autorregulador del Mercado de Vlores de Colombia c. Modalidad Asesor Comercial Esta modalidad requiere de la presentación y aprobación de un (1) examen de idoneidad que incorpora un componente básico y un componente especializado con las siguientes áreas temáticas: Componente Módulos No. Duración Certificación Preguntas que Otorga Regulación 16 Autorregulación 10 o Análisis Económico y financiero 10 Asesor Pásico 3 horas Comercial Riesgos 15 BMNIC
MCP MERCOP 24
Especializado Productos Financieros 25 Una vez aprobado, el examen de Asesor Comercial tendrá una vigencia de 3
Pásico 3 horas Comercial Riesgos 15 BMNIC
MCP MERCOP 24
Especializado Productos Financieros 25 Una vez aprobado, el examen de Asesor Comercial tendrá una vigencia de 3 años.
Segundo: Modificar el Titulo 3 de la Circular Única de Certificación, cuyo nuevo
texto es el siguiente:
TÍTULO 3
INSCRIPCIÓN EN EL RNPMV La inscripción en el Registro Nacional de Profesionales del Mercado de Valores aplica para las modalidades de Directivo, Operador, Asesor Financiero y digitador bajo el esquema de certificación en valores, y para las modalidades de Directivo BMC, Operador BMC y Asesor Comercial bajo el convenio suscrito entre la BMC y AMV. Al día hábil siguiente de haberse surtido satisfactoriamente el trámite de acreditación de antecedentes personales, AMV procederá a emitir sus certificaciones y a transmitir la información pertinente a la SFC para la inscripción en el RNPMV mediante el mecanismo general. Para aquellos aspirantes que presenten anotaciones en las fuentes de información consultadas por AMV, a pesar de no ser consideradas causales para la negación de la certificación, o para los aspirantes que hubiesen sido sancionados por parte de AMV, otro organismo de autorregulación o ente o autoridad, se procederá a emitir las certificaciones una vez exista un pronunciamiento positivo por parte del Comité de Verificación de Antecedentes de acuerdo con lo establecido en los artículos 161 a 164 del Reglamento AMV. En estos casos, la inscripción en el RNPMV se realizará mediante el procedimiento individual atendiendo las instrucciones que para estos efectos imparta la Superintendencia Financiera de Colombia.
artículos 161 a 164 del Reglamento AMV. En estos casos, la inscripción en el RNPMV se realizará mediante el procedimiento individual atendiendo las instrucciones que para estos efectos imparta la Superintendencia Financiera de Colombia. Página 3 de 77 amv Autorregulador del Mercado de Vlores de Colombia Una vez transmitida la información a la SFC, esta es analizada por dicha entidad para la inscripción en el RNPMV. Los tiempos de este proceso no dependen de AMV.
Tercero: Modificar el Título 7 y 8 de la Circular Única de Certificación, cuyo nuevo
texto es el siguiente:
TÍTULO 7
PARÁMETROS PARA UTILIZAR EL LOGO DE AMV CON LA EXPRESIÓN
“CERTIFICADO”
Capítulo 1 Teniendo en cuenta que es de interés de los inversionistas conocer si los profesionales que llevan a cabo actividades de intermediación se encuentran certificados, y que también es de interés de las entidades autorreguladas informar al público si sus PNV cuentan con una certificación vigente, AMV considera importante brindar a las entidades herramientas que les permitan atender estos intereses. Por lo anterior y bajo la consideración de que los miembros y afiliados son responsables por la información que suministren al público sobre el estado de la certificación de sus personas naturales vinculadas, AMV autoriza a dichas entidades para que incluyan el siguiente formato en los documentos de identificación de sus funcionarios, cuando los mismos tengan una certificación vigente otorgada por AMV: 7 amv www.amvcolombia.org.co Quienes deseen utilizar este formato deben tener en cuenta los siguientes parámetros:
1. Eluso del formato podrá incluirse únicamente en documentación de carácter
vigente otorgada por AMV: 7 amv www.amvcolombia.org.co Quienes deseen utilizar este formato deben tener en cuenta los siguientes parámetros:
1. Eluso del formato podrá incluirse únicamente en documentación de carácter institucional aprobada y expedida por las entidades autorreguladas a sus PNV, cuando las mismas tengan una certificación vigente otorgada por este organismo autorregulador, en cualquiera de las modalidades establecidas en los Reglamentos de AMV. El formato deberá cumplir con los parámetros establecidos en esta carta circular y en consecuencia no podrá variarse.
2. El Formato se podrá usar por la entidad que así lo solicite mediante comunicación escrita dirigida a AMV, quien se lo suministrará en medio magnético para los fines indicados, junto con el manual de utilización gráfica de la expresión “Certificado” en el cual se señala la escala, tipo de letra y Página 4 de 77 amv Autorregulador del Mercado de Vlores de Colombia demás características gráficas requeridas.
3. Dicho formato debe utilizarse de tal manera que no genere confusión en el público sobre la entidad que presta y ofrece los servicios correspondientes, por lo que el mismo debe estar en segundo plano respecto de la identificación de la entidad autorregulada que expide el respectivo documento.
4. Siel formato se va a publicar en color, deberá utilizarse el color oficial utilizado por AMY, cuya composición se informará en el momento de suministrar el formato en medio digital, a través del manual de utilización gráfica de la expresión “Certificado”.
5. El Formato deberá especificar cuál es la modalidad o modalidades en la que el respectivo profesional se encuentra certificado. Para el efecto, podrá
formato en medio digital, a través del manual de utilización gráfica de la expresión “Certificado”.
5. El Formato deberá especificar cuál es la modalidad o modalidades en la que el respectivo profesional se encuentra certificado. Para el efecto, podrá indicarse el nombre completo de la respectiva modalidad o su abreviatura equivalente, de acuerdo con las siguientes convenciones: Certificaciones para profesionales del mercado de valores
Directivo DIR Operador Negociación Renta Fija ORF Operador Negociación Renta Variable ORV Operador Negociación Derivados con Subyacente Financiero ODS Asesor Financiero AF Digitador DG Certificaciones para profesionales del mercado de divisas Operador Negociación Divisas ODV Operador Negociación Derivados con Subyacente Financiero ODS Certificaciones para profesionales del mercado de bienes y productos agropecuarios, agroindustriales y de otros commodities Directivo BMC DBMC
OBMCMCPMERCO
Operador MCP MERCOP P Operador Productos Financieros OBMCFIN Asesor Comercial ACBMC Ejemplo de Formato con el nombre completo de la modalidad de certificación: Página 5 de 77 amv Autorregulador del Mercado de Vlores de Colombia Certi ado 7 amv www.amvcolombia.org.co Ejemplo de Formato con la abreviatura correspondiente a la modalidad de certificación: Certificado or -0 7 amv www.amvcolombia.org.co
6. Dado que las certificaciones tienen una vigencia determinada y que las mismas pueden ser revocadas, canceladas o suspendidas, se deberá incluir la mención indicada en la parte inferior del formato, con el fin de que los terceros recuerden que podrán consultar a través de la página web de AMV la
mismas pueden ser revocadas, canceladas o suspendidas, se deberá incluir la mención indicada en la parte inferior del formato, con el fin de que los terceros recuerden que podrán consultar a través de la página web de AMV la vigencia de la certificación.
7. Los miembros o afiliados de AMV que hagan uso del formato no deberán autorizar que sus personas naturales vinculadas empleen un documento indicando que se encuentran certificados en una determinada modalidad sin estarlo, o cuando la certificación del profesional en dicha modalidad se venza, o cuando la misma sea revocada, cancelada o suspendida por cualquier motivo. En este caso el miembro o afiliado deberá solicitar a la persona natural vinculada la devolución de toda aquella documentación institucional que contenga el Formato (tales como carnés institucionales, tarjetas de presentación no utilizadas, etc.) y eliminarlo de otros documentos institucionales utilizados por la persona respectiva (por ejemplo: correos electrónicos, presentaciones, etc.).
8. Los profesionales deberán abstenerse de emplear el formato en cualquier documento cuando por cualquier motivo su certificación deje de estar vigente. Así mismo, deben actualizar en el formato la información sobre las modalidades de certificación que mantengan vigentes.
TÍTULO 8 .
TARIFAS DEL PROCESO DE CERTIFICACION Tarifas de certificación (sin IVA) Modalidades / Especialidades Tarifas
OPERADOR
Operador 501.000 Página 6 de 77 amv Autorregulador del Mercado de Vlores Negociación Renta Fija 286.000 Negociación Renta Variable 286.000 Negociación Derivados 286.000 Negociación Divisas 286.000 Maestro Negociación 572.000
DIRECTIVO
Directivo 1.003.000
Negociación Renta Fija 286.000 Negociación Renta Variable 286.000 Negociación Derivados 286.000 Negociación Divisas 286.000 Maestro Negociación 572.000
DIRECTIVO
Directivo 1.003.000
ASESOR FINANCIERO
Asesor Financiero 393.000
DIGITADOR
Digitador 286.000
CERTIFICACIÓN BMC
Directivo BMC 1.003.000 Operador BMC 501.000 Asesor Comercial 393.000 Negociación entre Privados y MCP 286.000 Negociación de Productos Financieros 286.000
MIDDLE OFFICE
Middle Office 539.000
VERIFICACIÓN DE ANTECEDENTES
Directivo/Directivo BMC 356.000 Operador/Operador BMC 178.000 Asesor /Asesor Comercial 178.000 Digitador 178.000 WwWwW.amvc mt Cordialmente, (Original firmado por) Michel Janna Gandur Presidente Las modificaciones introducidas rigen a partir de la fecha de su expedición. de Colombia El nuevo texto de la Carta Circular Única de Certificación lo podrá consultar en: ia.org.co > Normativa y buenas prácticas > Normativa del mercado de valores y divisas > Cartas Circulares > Certificación. Página 7 de 7