AMV - Carta circular 111 de 2020
Autorregulador del Mercado de Valores de Colombia
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Detalles
- Título
- AMV - Carta circular 111 de 2020
- Autor
- Autorregulador del Mercado de Valores de Colombia
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2020
FT_REG_004 VERSIÓN 1.1
Para: Representantes legales de las entidades autorreguladas en valores de AMV
Fecha: 14 de diciembre de 2020
Asunto: Cálculo de contribuciones del esquema de autorregulación en valores 2021
En ejercicio de las funciones establecidas en el Reglamento de AMV 1, el presidente de la Corporación informa que el Consejo Directivo en sesión del 26 de octubre de 20 20, aprobó para la vigencia 202 1 contribuciones por $13. 320 millones. La metodología de cálculo de estas contribuciones corresponde a la establecida en el Capítulo 1 del Título 5 de la Parte 1 de la Carta Circular Única de Autorregulación en Valores.
El valor de la contribución de sostenimiento a cargo de cada miembro autorregulado se notificará en el mes de enero de 2021, a través de comunicación dirigida a cada uno de ellos2.
La presente Carta Circular rige a partir de la fecha de su expedición.
Cordialmente,
(Original firmado por) Michel Janna Gandur Presidente
1 Reglamento de AMV. Artículo 12. Funciones del Presidente . “En adición a las funciones establecidas en los Estatutos, corresponde al Presidente, directamente, o a través de las Vicepresidencias de AMV: (…) t. Emitir cartas circulares; (…)”. 2 Reglamento de AMV. Artículo 32. Contribuciones. “Los miembros deberán pagar a AMV las contribuciones que el Consejo Directivo apruebe, (…)”. Carta Circular No. 111 de 2020