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AMV - Carta circular 117 de 2022

Autorregulador del Mercado de Valores de Colombia

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Detalles

Título
AMV - Carta circular 117 de 2022
Autor
Autorregulador del Mercado de Valores de Colombia
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2022

FT_REG_004 VERSIÓN 1.1

Para: Representantes legales de los afiliados autorregulados en valores y divisas de AMV, profesionales sujetos a certificación de los mercados de valores, de divisas y de la bolsa de bienes y productos agropecuarios, agroindustriales y de otros commodities.

Fecha: 5 de enero de 2022

Asunto: Modificación a la Carta Circular Única de Certificación: Tarifas de certificación

En ejercicio de las funciones establecidas en sus Estatutos y Reglamento de Autorregulación en Valores 1, AMV expide las siguientes instrucciones que modifican la Carta Circular Única de Certificación, con el fin de informar las tarifas del proceso de certificación que serán aplicables a partir del veinte (20) de enero de 20222.

En concordancia con lo anterior, se modifica el Título 8 a la Carta Circular 93 de 2018, así:

TÍTULO 8

TARIFAS DEL PROCESO DE CERTIFICACIÓN

Tarifas de certificación (sin IVA)

Modalidades / Especialidades

Tarifa

OPERADOR

Operador 545.000 Negociación Renta Fija 311.000 Negociación Renta Variable 311.000 Negociación Derivados 311.000 Negociación Divisas 311.000 Maestro Negociación 621.000

1 Reglamento AMV, artículo 12: “Funciones del Presidente. En adición a las funciones establecidas en los Estatutos, corresponde al Presidente, directamente, o a través de las Vicepresidencias de AMV: (…) t. Emitir cartas circulares; (…)”.

corresponde al Presidente, directamente, o a través de las Vicepresidencias de AMV: (…) t. Emitir cartas circulares; (…)”. 2 Las presentes tarifas fueron aprobadas por el Consejo Directivo de AMV en la sesión del 29 de noviembre de 2021, conforme con el artículo 171 del reglamento que dispone: “El Consejo Directivo de AMV determinará las tarifas aplicables a la prestación de los servicios relacionados con su actividad como certificador, atendiendo las siguientes políticas: (…)” Carta Circular No. 117 de 2022FT_REG_004 VERSIÓN 1.1

DIRECTIVO

Directivo 1.089.000

ASESOR FINANCIERO

Asesor Financiero 427.000

DIGITADOR

Digitador 311.000

CERTIFICACIÓN BMC

Directivo BMC 1.089.000 Operador BMC 545.000 Asesor Comercial 427.000 Negociación entre Privados y MCP 311.000 Negociación de Productos Financieros 311.000

MIDDLE OFFICE

Middle Office 585.000

VERIFICACIÓN DE ANTECEDENTES

Directivo/Directivo BMC 387.000 Operador/Operador BMC 194.000 Asesor 194.000 Digitador 194.000

La presente Carta Circular rige a partir del veinte (20) de enero de 2022.

El nuevo texto de la Carta Circular Única de Certificación lo podrá consultar en: www.amvcolombia.org.co > Normativa y buenas prácticas > Normativa del mercado de valores y divisas > Cartas Circulares > Certificación.

Cordialmente,

(Original firmado por) Sandra Milena Benítez Celis Representante Legal

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