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AMV - Carta Circular 118 de 2022

Autorregulador del Mercado de Valores de Colombia

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Detalles

Título
AMV - Carta Circular 118 de 2022
Autor
Autorregulador del Mercado de Valores de Colombia
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2022

Autorragulador del Mercado de Valores de Colombia Cc Circular No. 118 de 2022

Para: Representantes legales de las entidades autorreguladas en valores de AMV y personas naturales vinculadas al esquema de autorregulación en valores Fecha: 4 de abril de 2022

Asunto: Actudlización de la capacidad técnica y profesional en lo relacionado con la actividad de asesoría En desarrollo de la función de certificación del Autorregulador del Mercado de Valores (AMV), con fundamento en la nueva normatividad que regula la actividad de asesoría y, en particular la Circular Externa 019 de 2020 de la Superintendencia Financiera de Colombia, esta Corporación actualiza el componente técnico y profesional de las modalidades de certificación que permiten brindar asesoría.

Los profesionales que actualmente se encuentren certificados en la modalidad de Directivo, Operador y/o Asesor Financiero deberán actualizar su capacidad técnica y profesional en lo relacionado con la actividad de asesoría, entre el 7 de abril y el 7 de octubre de 2022, de acuerdo con lo establecido en la presente Carta Circular. A partir del 8 de octubre de 2022, se inactivarán las certificaciones de los profesionales que no hayan aprobado la actualización de capacidad técnica y profesional en lo relacionado con la actividad de asesoría, hasta que cumplan con este requisito. Por tanto, los miembros de AMV no podrán permitir que los profesionales a quienes se les inactive su certificación desarrollen actividades de intermediación y/o de asesoría que la requieran. AMV dispondrá dos vías alternas para la actualización:

1. Examen de certificación cuya aprobación, presentación, vigencia y demás condiciones se rigen por lo establecido en el Reglamento de AMV y la Carta

AMV dispondrá dos vías alternas para la actualización:

1. Examen de certificación cuya aprobación, presentación, vigencia y demás condiciones se rigen por lo establecido en el Reglamento de AMV y la Carta

Circular Única de Certificación.

2. Examen de asesoría mediante el mecanismo de educación continua con componente evaluativo. Este examen se realizará a través de la plataforma virtual de AMY, y cuyas condiciones se desarrollan a continuación:

  1. Estructura: El examen está compuesto por los siguientes temas: a) Contexto de la asesoría financiera b) Recomendación profesional y conveniencia cliente — producto

FT_REG_004 VERSIÓN 1.1amv Autorragulador del Mercado de Valores de Colombia 7 c) Requisitos para el desarrollo de la actividad de asesoría d) Articulación de la actividad de asesoría ii. Condiciones para la presentación del examen de asesoría El examen de asesoría está disponible a través de la plataforma virtual de AMV para los profesionales con una certificación vigente para actuar en el mercado de valores en las modalidades Directivo, Operador y/o Asesor Financiero. El examen de asesoría no tiene costo. Los profesionales recibirán las credenciales de acceso a la plataforma a más tardar el 7 de abril de 2022, a través del correo electrónico registrado en SIAMV. Para tomar el examen no se requiere inscripción adicional. El examen de asesoría se puede tomar bajo metodología asincrónica. ii. Aprobación del examen El examen de asesoría se aprobará con mínimo el 70% del componente evaluativo. La consulta del cumplimiento del requisito de actualización de los profesionales estará disponible en la página web de AMV a través de la opción “Profesionales de la industria”.

El examen de asesoría se aprobará con mínimo el 70% del componente evaluativo. La consulta del cumplimiento del requisito de actualización de los profesionales estará disponible en la página web de AMV a través de la opción “Profesionales de la industria”. La aprobación del examen de asesoría no afecta la vigencia de las certificaciones que tengan los profesionales. Para resolver cualquier duda relacionada con este proceso de actualización de capacidad técnica y profesional de las modalidades de certificación que permiten brindar asesoría, estará habilitada la línea telefónica 601 602 45 80, opción 3, y el correo electrónico certificacionamve amvcolombia.org.co. La presente Carta Circular rige a partir de su fecha de expedición. Cordialmente, (Original filmado por) Michel Janna Gandur Presidente

FT_REG_004 VERSIÓN 1.1

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