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AMV - Carta circular 16 de 2008

Autorregulador del Mercado de Valores de Colombia

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Detalles

Título
AMV - Carta circular 16 de 2008
Autor
Autorregulador del Mercado de Valores de Colombia
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2008

FT_REG_004 VERSIÓN 1

CARTA CIRCULAR No. 16 de 2008

Para: Presidentes, Directores Generales, Representantes Legales de las entidades intermediarias de valores miembros de AMV y demás funcionarios de dichas entidades.

Fecha: 24 de abril de 2008

Asunto: Reprogramación de exámenes de idoneidad profesional

Apreciados señores:

La presente Carta Circular tiene como propósito establecer los lineamientos generales que serán aplicables para la reprogramación de la fecha, hora y lugar de presentación de los exámenes de idoneidad profesional, de conformidad con lo establecido en el artículo 149 del Reglamento de AMV.

Posibilidad de Reprogramación

Cualquier persona que se haya inscrito para la presentación de un examen de idoneidad profesional podrá reprogramar la presentación del examen modificando la fecha, hora y lugar para la presentación del mismo, siempre que presente solicitud escrita a AMV. Dicha reprogramación estará sujeta a lo establecido en el siguiente cuadro:

Fecha de la solicitud de Reprogramación Efecto Más de seis días hábiles de anterioridad. La reprogramación tiene un costo del 10% del valor del examen correspondiente. Entre seis días hábiles de anterioridad y más de un día hábil de anterioridad La reprogramación tiene un costo del 50% del valor del examen correspondiente. Un día hábil de anterioridad o menos La reprogramación tiene un costo del 100% del valor del examen correspondiente.

Fecha de Presentación del Examen

correspondiente. Un día hábil de anterioridad o menos La reprogramación tiene un costo del 100% del valor del examen correspondiente.

Fecha de Presentación del Examen 1 2 3 4 5 6 7 8 E 9FT_REG_004 VERSIÓN 1

En caso de que el interesado no asista el dí a programado para la presentación del examen de idoneidad profesional por cualquier motivo, la persona deberá programar nuevamente su examen siguiendo el trámite ordinario.

Condiciones para la reprogramación:

En todo caso, el trámite de reprogramación estará sujeto a las siguientes condiciones:

  • La solicitud de reprogramación siempre estará sujeta a la disponibilidad de cupos en la nueva fecha a la cual se quiera reprogramar.
  • En la solicitud de una reprogramación del examen de idoneidad profesional no se deberán exponer las razones que la justifican.
  • No se aceptarán solicitudes extemporáneas bajo ninguna circunstancia.

Finalmente, queremos resaltar la importancia de la aplicación de los criterios mencionados al momento de solicitar la reprogramación del examen de idoneidad profesional, ya que constituye la base para el adecuado funcionamiento operativo de dichos exámenes.

En caso de que exista cualquier duda sobre el procedimiento establecido pueden comunicarse con la Dirección de Certificación e Información en el teléfono 6071010 extensiones 1552, 1553, 1554 o a través del correo electrónico jpulido@amvcolombia.org.co

Cordialmente,

MAURICIO ROSILLO ROJAS

Presidente

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