AMV - Carta Circular 35 de 2010
Autorregulador del Mercado de Valores de Colombia
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Detalles
- Título
- AMV - Carta Circular 35 de 2010
- Autor
- Autorregulador del Mercado de Valores de Colombia
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2010
Zamv Autorregulador del Mercado de Valores de Colombia CARTA CIRCULAR No. 35 de 2010
Para: Presidentes, Vicepresidentes, Gerentes, Representantes Legales, Miembros de Junta Directiva y en general, administradores de Intermediarios de Valores miembros de AMV Fecha: 30 de noviembre de 2010
Asunto: Divulgación de canales de comunicación con AMV por parte de los intermediarios de valores a sus clientes y empleados.
Apreciados doctores: El Autorregulador del Mercado de Valores — AMV, en ejercicio de sus facultades, mediante la presente Carta Circular les recuerda a los intermediarios de valores miembros, la obligación de divulgar los procedimientos, medios y canales que pueden utilizar los clientes interesados en presentar quejas, denuncias, peticiones y reclamos ante AMV, establecidos en cumplimiento del artículo 33 del Reglamento de AMV, en concordancia con el numeral V de la Carta Circular 31 del 30 de marzo de 2010.
En el numeral V de la Carta Circular 31 se establece la obligación de los miembros de divulgar a sus clientes y empleados los mecanismos adoptados por AMV para la presentación de quejas, denuncias, reclamos y peticiones. De manera particular, los miembros de AMV deben informar a sus clientes sobre la existencia de estos procedimientos a través del medio que se considere más oportuno, como puede ser la publicación en su página Web o mediante la inclusión de dicha información en la documentación adjunta alos extractos. En todo caso, cuando un cliente esté interesado en presentar una queja o ésta no haya sido atendida satisfactoriamente por el intermediario de valores, los miembros deben informarle que puede ingresar a la página Web de AMVEn todo caso, cuando un cliente esté interesado en presentar una queja o ésta no haya sido atendida satisfactoriamente por el intermediario de valores, los miembros deben informarle que puede ingresar a la página Web de AMVwww.amvcolombia.org.co y diligenciar el formulario de quejas con destino a AMY. FT_REG_004 VERSIÓN 1Zamv Autorregulador del Mercado de Valores de Colombia La importancia de que esta información sea pública radica en que permitirá a los clientes y a los funcionarios de los miembros, tener presente los canales de comunicación con AMY, en caso que estén interesados en presentar una queja, denuncia, petición o reclamo o cuando las quejas de clientes ante el miembro no hayan sido atendidas satisfactoriamente. AMV es enfático en recordarle a sus miembros que el Reglamento de esta Corporación y las Cartas Circulares expedidas en desarrollo del mismo son de imperativo cumplimiento, por lo cual iniciará una labor de supervisión en las próximas semanas con el fin de identificar y verificar los medios a través de los cuales los miembros están poniendo en conocimiento de sus clientes y funcionarios los canales y procedimientos de atención de quejas, denuncias, reclamos y peticiones por parte de AMV. Cordialmente,
CARLOS ALBERTO SANDOVAL
Presidente AMV