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AMV - Carta circular 40 de 2011

Autorregulador del Mercado de Valores de Colombia

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Detalles

Título
AMV - Carta circular 40 de 2011
Autor
Autorregulador del Mercado de Valores de Colombia
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2011

FT_REG_004 VERSIÓN 1

CARTA CIRCULAR No. 040 de 2011

Para: Presidentes, Vicepresidentes y Gerentes de Sociedades Comisionistas de Bolsa miembros de AMV.

Fecha: 17 de mayo de 2011.

Asunto: Criterio para definir los c ompromisos máximos de operaciones de reporto o repo y otras operaciones a plazo.

Apreciados doctores:

El Autorregulador del Mercad o de Valores de Colombia – AMV mediante la presente Carta Circular solicita a las sociedades comisionistas de bolsa de valores tener en cuenta la reciente modificación que la Bolsa de Valores de Colombia (BVC) realizó a la norma sobre compromisos máximos de operaciones de Reporto o Repo y otras operaciones a plazo que puede tener una Sociedad Comisionista.

La modificación del artículo 3.3.6.1. de la Circular Única de la BVC fue realizada mediante Circular BVC No. 013 del 31 de marzo de 2011 publicada en el Boletín Normativo 025, la cual entró en vigencia a partir del 1° de abril de 2011.

La modificación consistió en el cambio del patrimonio técnico a tener en cuenta para el cálculo de los compromisos máximos. La disposición vigente antes de la modificación establecía que la Sociedad Comisionista debía calcular el límite de sus compromisos con base en el ú ltimo patrimonio técnico disponible sin precisar algún criterio para su cálculo o determinación.

La norma actual establece que el patrimonio técnico a tener en cuenta para el cálculo de los compromisos máximos corresponde al reportado por la SFC para el

algún criterio para su cálculo o determinación.

La norma actual establece que el patrimonio técnico a tener en cuenta para el cálculo de los compromisos máximos corresponde al reportado por la SFC para el penúltimo mes calendario anterior al respectivo mes . A título de ejemplo, el cálculo de los compromisos máximos para el mes de mayo de 2011 deberá tener en cuenta el patrimonio técnico reportado por la SFC para el mes de marzo pasado.FT_REG_004 VERSIÓN 1

Esta Carta Circular tiene como objetivo prevenir que se presenten eventos de incumplimiento a la norma citada en virtud de la posible aplicación de la metodología de cálculo anterior a la modificación.

Cordialmente,

CARLOS ALBERTO SANDOVAL

Presidente AMV

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