AMV - Carta circular 53 de 2014
Autorregulador del Mercado de Valores de Colombia
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Detalles
- Título
- AMV - Carta circular 53 de 2014
- Autor
- Autorregulador del Mercado de Valores de Colombia
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2014
y amv Avtorregulador del Mercado de Valoresde Colombia CARTA CIRCULAR No. 53 de 2014
Para: Miembros Autorregulados Voluntariamente en Divisas de AMV quepuedan ofrecer de manera profesional Derivados Cambiarios OTC Fecha: 2 de mayo de 2014
Asunto: - Tarifas AMV Monitoreo Activo de Derivados OTC Año 2014
Apreciados doctores: De conformidad con lo establecido en el artículo 11.4.2.1.11 del Decreto Único 2555de 2010 y el artículo 30 del Reglamento de Divisas de AMV, el Consejo Directivo ensu sesión del 17 de febrero de 2014 autorizó el inicio del monitoreo activo de losderivados con contenido cambiario que se negocian en el mercado mostrador(OTC) y aprobó el presupuesto requerido para llevar a cabo esta gestión, así comoel esquema de contribuciones respectivo que será aplicable a los diferentesmiembros que puedan ofrecer de manera profesional Derivados Cambiarios OTC,para el año 2014. Esta iniciativa y el presupuesto habían sido aprobadospreviamente por el Comité de Divisas de AMV.
ESQUEMA DE CONTRIBUCIONES EN DIVISAS POR MONITOREO ACTIVO DE DERIVADOSCAMBIARIOS OTC AL AUTORREGULADOR DEL MERCADO DE VALORES
Contribución Monto Contribución Fija $7.133.000 Fechas de pago Esta contribución es igual para todos losde mayo a|miembros autorregulados bajo eldiciembre esquema de derivados cambiarios OTC.Contribución por | $5.268,45 por | Se calcula por entidad, con base en elNúmero de | operación. número de operaciones realizadasOperaciones desde enero 1 de 2013 y hastadiciembre 31 de 2013 en derivados cambiarios OTC.
cambiarios OTC. Contribución por | $281,12 por Se calcula por entidad, con base en elVolumen de | millón de volumen transado desde enero 1 deOperaciones USD 2013 y hasta diciembre 31 de 2013 entransado. derivados cambiarios OTC. FT_REG_004 VERSION 1£yamvAutoregalador dl Marcado de Vlores Notas: LsPara el pago de las contribuciones, se ofrecen dos modalidades aelección de cada miembro: e Pago Mensual: En los primeros 5 días hábiles de cada mes apartir de mayo, se expide una factura correspondiente a 1/8del valor anual calculado para cada entidad.e Pago 8 meses: En el mes de mayo se expide una facturacorrespondiente al total del valor por los meses de mayo adiciembre calculado para cada entidad. El pago se debe efectuar dentro de los 5 días después de recibida la factura. Cada entidad elige la opción que más se ajuste a susnecesidades. La entidad que no elija una de las dos opcionesantes del 9 de mayo de 2014, se le facturará con la modalidad mensual. Cuando hay fusiones entre entidades miembros, la entidadresultante se hará responsable de las contribuciones calculadas para cada una de las entidades fusionadas en lo restante del año. Esto, con excepción de la contribución fija, la cual, para los pagospendientes en el año, se calculará como el valor correspondienteauna sola entidad.
Cuando no se realice el pago oportuno de las contribuciones,correrán los intereses de mora correspondientes. Para las entidades que se afillen durante el año 2014 y aquellas que se hayan afiliado en el 2013 al esquema de autorregulaciónvoluntaria en divisas, y sean objeto del monitoreo activo dederivados cambiarios OTC, pero que no tengan informaciónhistórica suficiente (por lo menos 6 meses) de número deoperaciones y volumen de operaciones en derivados OTC, lascontribuciones por estos conceptos en el 2014, se calcularán conbase en la información suministada por los sistemastransaccionales al finalizar cada mes. En estos casos, la facturación se hará en modalidad vencida. FT_REG_004 VERSION 1¿y amv ona Sela od. js Con base en lo anterior, les agradecemos informar a AMV la modalidad con la cualdesean que se facture sus contribuciones en divisas, antes del 9 de mayo de 2014. Cualquier duda sobre el esquema de contribuciones, favor comunicarse con AndrésGuzmán en el 6071010 ext. 1216 o remitir cualquier inquietud, pregunta ocomentario al correo aguzman@amvcolombia.org.co. Esta carta circular se expide en ejercicio de la facultad contenida en el artículo 12literal t, del Reglamento de AMV, Cordialmente, one