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AMV - Carta Circular 61 de 2015

Autorregulador del Mercado de Valores de Colombia

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Detalles

Título
AMV - Carta Circular 61 de 2015
Autor
Autorregulador del Mercado de Valores de Colombia
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2015

Zamyv Autorregulador del Mercado de Valores de Colombia CARTA CIRCULAR No. 61 de 2015

Para: Miembros Autorregulados Voluntariamente en Divisas de AMV que puedan ofrecer de manera profesional Derivados Cambiarios OTC Fecha: 21 de enero de 2015

Asunto: Organismos Autorregulados en Derivados Cambiarios OTC - Tarifas

AMY Año 2015

Apreciados doctores: De conformidad con lo establecido en el artículo 11.4.2.1.11 del Decreto Único 2555 de 2010 y el artículo 30 del Reglamento de Divisas de AMY, el Consejo Directivo aprobó un ajuste a las contribuciones de 4,6% sobre el presupuesto ajustado para esta actividad, que será aplicable para el año 2015 de la siguiente manera:

ESQUEMA DE CONTRIBUCIONES EN DIVISAS POR MONITOREO ACTIVO DE DERIVADOS

CAMBIARIOS OTC AL AUTORREGULADOR DEL MERCADO DE VALORES Contribución Monto Fechas de pago Contribución Fija $9.971.000 al | Esta contribución es igual para todos los año miembros autorregulados bajo el . esquema de derivados cambiarios OTC. Contribución por | $862,02 por | Se calcula por entidad, con base en el Número de | operación número de operaciones realizadas Operaciones desde enero 1 de 2014 hasta diciembre 31 de 2014 en derivados cambiarios Oe: Contribución por | $333,74 por Se calcula por entidad, con base en el | Volumen de | millón de volumen transado desde enero 1 de Operaciones USD transado | 2014 hasta diciembre 31 de 2014 en derivados cambiarios OTC.

Notas:

1. Para el pago de las contribuciones, se ofrecen tres modalidades a

| Volumen de | millón de volumen transado desde enero 1 de Operaciones USD transado | 2014 hasta diciembre 31 de 2014 en derivados cambiarios OTC.

Notas:

1. Para el pago de las contribuciones, se ofrecen tres modalidades a elección de cada miembro: e Pago Mensual: En los primeros 5 días hábiles de cada mes, se expide una factura correspondiente a 1/12 del valor anual FT_REG_004 VERSIÓN 1Zam S Wt eines calculado para cada entidad. Pago Semestral: En los meses de febrero y julio se expide una factura correspondiente a 1/2 del valor anual calculado para cada entidad. Pago Anudl: En el mes de febrero se expide una factura correspondiente al total del valor anual calculado para cada entidad.

El pago se debe efectuar dentro de los 5 días después de recibida la factura. Cada entidad elige la opción que más se ajuste a sus necesidades. La entidad que no elija una de las tres opciones antes del 29 de enero de 2015, se le facturará con la modalidad mensual.

2. Cuando hay fusiones entre entidades miembros, la entidad resultante se hará responsable de las contribuciones calculadas para cada una de las entidades fusionadas en lo restante del año.

Esto, con excepción de la contribución fija, la cual, para los pagos pendientes en el año, se calculará como el valor correspondiente a una sola entidad.

3. Cuando no se realice el pago oportuno de las contribuciones, correrán los intereses de mora correspondientes.

4. Para las nuevas entidades o aquellas que se hayan afiliado en el 2014 pero que no tengan información histórica suficiente (por lo

3. Cuando no se realice el pago oportuno de las contribuciones, correrán los intereses de mora correspondientes.

4. Para las nuevas entidades o aquellas que se hayan afiliado en el 2014 pero que no tengan información histórica suficiente (por lo menos 6 meses) de número de operaciones y volumen de operaciones, las contribuciones por estos conceptos en el 2015 se calcularán con base en la información suministrada por los sistemas transaccionales al finalizar cada mes y que corresponda al mes que se está facturando. En estos casos, la facturación se hará en modalidad vencida.

FT_REG_004 VERSIÓN 17 amv Autorregulador del Mercado de Valores de Colombia Con base en lo anterior, les agradecemos informar a AMV la modalidad con la cual desean que se facturen sus contribuciones en derivados cambiarios OTC, antes del 29 de enero de 2015. Para cualquier duda sobre el esquema de contribuciones, les rogamos comunicarse con Andrés Guzmán en el teléfono 6071010 ext. 1216, o remitir cualquier inquietud, pregunta o comentario a los correos aguzman@amvcolombia.org.co o apoveda@amvcolombia.org.co. Esta carta circular se expide en ejercicio de la facultad contenida en el artículo 12 literal t, del Reglamento de AMV. Cordialmente, sli g —

FELIPE IRIARTE ALVIRA ~

Presidente (E) AMV

FT_REG_004 VERSIÓN 1

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