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AMV - Carta circular 90 de 2017

Autorregulador del Mercado de Valores de Colombia

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Detalles

Título
AMV - Carta circular 90 de 2017
Autor
Autorregulador del Mercado de Valores de Colombia
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2017

FT_REG_004 VERSIÓN 1.1

Para: Representantes Legales de las entidades autorreguladas en

Valores de AMV

Fecha: 27 de diciembre de 2017

Asunto: Contribuciones en valores 2018

En ejercicio de las funciones establecidas en el Reglamento de AMV 1, el presidente de la Corporación emite la presente Carta Circular con el fin de dar a conocer la identificación y distribución de los componentes que serán tenidos en consideración para el cálculo de las contribuciones de sostenimiento del esquema de autorregulación en valores para el año 2018, los cuales fueron aprobados por el Consejo Directivo en sesión del 14 de diciembre de 20172.

La metodología de cálculo de estas contribuciones involucra componentes fijos y variables, atendiendo a principios de equidad, estabilidad y representatividad de las variables definidas.

Componente Distribución Descripción Cuota Fija 30,0% Distribuida en partes iguales entre los miembros. Número de Operaciones 25,0% Realizadas por los miembros durante el año inmediatamente anterior al de la vigencia de las contribuciones. Volumen de Operaciones 22,5% Registradas por los miembros durante el año inmediatamente anterior al de la vigencia de las contribuciones. Saldos promedio en cuentas de los ESF3 15,0% Con cortes a 30 de junio del año previo al de la vigencia de la contribución y a l 31 de diciembre anterior a este último corte.

1 Reglamento de AMV. Artículo 12. Funciones del Presidente . “En adición a las funciones establecidas en los

de la vigencia de la contribución y a l 31 de diciembre anterior a este último corte.

1 Reglamento de AMV. Artículo 12. Funciones del Presidente . “En adición a las funciones establecidas en los Estatutos, corresponde al Presidente, directamente, o a través de las Vicepresidencias de AMV: (…) t. Emitir cartas circulares; (…)” Reglamento de AMV. Artículo 32. Contribuciones. “Los miembros deberán pagar a AMV las contribuciones que el Consejo Directivo apruebe, de conformidad con los siguientes criterios: (…)”. 2 El Consejo Directivo de AMV, en sesión del 27 de noviembre de 2017, aprobó para la vigencia 2018 contribuciones por $12.620 millones. 3 Estados de situación financiera de la entidad y de los fondos administrados. Carta Circular No. 90 de 2017FT_REG_004 VERSIÓN 1.1 Componente Distribución Descripción Número de profesionales certificados 5,0% Con corte a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior al de la vigencia de las contribuciones. Ingresos por intermediación y administración de valores 2,5% Registrados por los miembros durante los últimos 12 meses disponibles.

El valor de la contribución de sostenimiento a cargo de cada miembro autorregulado se notificará en el mes de enero de 2018 a través de comunicación dirigida a cada uno de ellos.

El pago de las contribuciones se deberá efectuar dentro de los cinco días hábiles después de recibida la factura . Posterior a esta fecha, se aplicarán los intereses de mora correspondientes, a la máxima tasa permitida.

Cordialmente,

(Original firmado por)

después de recibida la factura . Posterior a esta fecha, se aplicarán los intereses de mora correspondientes, a la máxima tasa permitida.

Cordialmente,

(Original firmado por) Michel Janna Gandur Presidente

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