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AMV - Carta circular 99 de 2019

Autorregulador del Mercado de Valores de Colombia

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Detalles

Título
AMV - Carta circular 99 de 2019
Autor
Autorregulador del Mercado de Valores de Colombia
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2019

FT_REG_004 VERSIÓN 1.1

Para: Representantes Legales de las entidades autorreguladas en

Valores de AMV

Fecha: 23 de diciembre de 2019

Asunto: Metodología y cálculo de contribuciones en valores 2020

En ejercicio de las funciones establecidas en el Reglamento de AMV 1, el presidente de la Corporación imparte las siguientes instrucciones:

Primero: Modificación de la Carta Circular Única de Autorregulación en Valores Se modifica el Capítulo 1 del Título 5 de la Parte 1 con el fin de dar a conocer la metodología de cálculo de las contribuciones de sostenimiento del esquema de autorregulación en valores, el cual quedará de la siguiente manera:

TÍTULO 5 - CONTRIBUCIONES

Capítulo 1 – Metodología de cálculo de contribuciones de sostenimiento

En el presente Capítulo se da a conocer la metodología de cálculo de contribuciones de sostenimiento del esquema de autorregulación en valores.

La metodología de cálculo de estas contribuciones involucra componentes fijos y variables, atendiendo a principios de equidad, estabilidad y representatividad de las variables definidas.

Componente Distribución Descripción Cuota Fija 30,0% Distribuida en partes iguales entre los miembros. Número de Operaciones 25,0% Realizadas por los miembros durante el año inmediatamente anterior al de la vigencia de las contribuciones. Volumen de Operaciones 22,5% Registradas por los miembros durante el año

Realizadas por los miembros durante el año inmediatamente anterior al de la vigencia de las contribuciones. Volumen de Operaciones 22,5% Registradas por los miembros durante el año

1 Reglamento de AMV. Artículo 12. Funciones del Presidente . “En adición a las funciones establecidas en los Estatutos, corresponde al Presidente, directamente, o a través de las Vicepresidencias de AMV: (…) t. Emitir cartas circulares; (…)” Reglamento de AMV. Artículo 32. Contribuciones. “Los miembros deberán pagar a AMV las contribuciones que el Consejo Directivo apruebe, de conformidad con los siguientes criterios: (…)”. Carta Circular No. 99 de 2019FT_REG_004 VERSIÓN 1.1 Componente Distribución Descripción inmediatamente anterior al de la vigencia de las contribuciones. Saldos promedio en cuentas de los ESF2 15,0% Con cortes a 30 de junio del año previo al de la vigencia de la contribución y al 31 de diciembre anterior a este último corte. Número de profesionales certificados 5,0% Con corte a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior al de la vigencia de las contribuciones. Ingresos por intermediación y administración de valores 2,5% Registrados por los miembros durante los últimos 12 meses disponibles.

El valor de la contribución de sostenimiento anual a cargo de cada miembro autorregulado se notificará en el mes de enero de cada año a través de

2,5% Registrados por los miembros durante los últimos 12 meses disponibles.

El valor de la contribución de sostenimiento anual a cargo de cada miembro autorregulado se notificará en el mes de enero de cada año a través de comunicación dirigida a cada uno de ellos.

El pago de la contribución anual se deberá efectuar dentro de los cinco días hábiles después de recibida la factura. Posterior a esta fecha, se aplicarán los intereses de mora correspondientes, a la máxima tasa permitida.

Segundo: Se deroga la Carta Circular 95 de 2018.

Tercero: Se informa que el Consejo Directivo en sesión del 28 de octubre de 2019, aprobó para la vigencia 2020 contribuciones por $13.059 millones. La metodología de cálculo de estas contribuciones corresponde a la incluida en la Carta Circular Única de Autorregulación en Valores , la cual n o fue objeto de modificaciones frente a la aplicada en 2018.

El valor de la contribución de sostenimiento a cargo de cada miembro autorregulado se notificará en el mes de enero de 2020, a través de comunicación dirigida a cada uno de ellos.

La presente carta circular rige a partir de la fecha de su expedición.

2 Estados de situación financiera de la entidad y de los fondos administrados.FT_REG_004 VERSIÓN 1.1 Se adjunta el nuevo texto de la Carta Circular Única de Autorregulación en Valores.

Cordialmente,

(Original firmado por) Michel Janna Gandur Presidente

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