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AMV - Reporte normas conflicto de interes

Autorregulador del Mercado de Valores de Colombia

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Detalles

Título
AMV - Reporte normas conflicto de interes
Autor
Autorregulador del Mercado de Valores de Colombia
Categoría
Doctrina
Área del derecho
Financiero
Año

Incumplimiento de las normas sobre conflictos de interésIntroducción1 Entre 2011 y 2012, un grupo de inversionistas relacionados entre sí, se propuso adquirir un porcentaje mayoritario del capital de un emisor, previendo una valorización de la compañía, que les permitiría obtener cuantiosas utilidades al vender en el futuro las acciones. Para conseguir la liquidez requerida para dicho propósito, el grupo de inversionistas, junto con su IMV, estructuraron y ejecutaron una estrategia centrada en la ejecución de operaciones repo sobre la misma especie. El IMV tenía especial interés en la estrategia por cuanto, además de las cuantiosas comisiones que obtenía por la ejecución de las operaciones repo, había acordado con el grupo de inversionistas recibir parte de la utilidad de la futura venta, situación que condujo a que varios funcionarios del IMV y de su holding, incluyendo directivos, priorizaran indebidamente el interés de esas entidades y del grupo de inversionistas, sobre el interés de los inversionistas fondeadores. Así, el IMV permitió que el grupo de inversionistas ejecutara de manera sistemática operaciones repo a pesar de haber excedido sus cupos, superando sus compromisos el valor de sus patrimonios, así como el del propio intermediario, exponiendo a los fondeadores a un altísimo riesgo. Esta situación conllevó millonarias pérdidas para los inversionistas fondeadores. Lo sucedido con este IMV pone de presente las consecuencias que puede acarrear la indebida administración de un conflicto de interés que, como se observó, puede incluso conducir a la entidad financiera a una situación crítica. Los agentes y profesionales del mercado deben evitar las situaciones que puedan romper la objetividad, imparcialidad y equilibrio que debe caracterizar las actividades en las que participan, y cuando esto

financiera a una situación crítica. Los agentes y profesionales del mercado deben evitar las situaciones que puedan romper la objetividad, imparcialidad y equilibrio que debe caracterizar las actividades en las que participan, y cuando esto no sea posible, deben administrarlas en debida forma, protegiendo en todo caso los intereses prevalentes como son la transparencia del mercado y el interés general de los clientes. Teniendo en cuenta la importancia para el mercado de la revelación y administración de los conflictos de interés, AMV ha considerado oportuno y útil resaltar los aspectos más notables de los casos y las decisiones sancionatorias adoptadas entre 2013 y 2023 sobre esa materia, con el fin de contribuir con las labores de prevención de los intermediarios y con la protección de los inversionistas. Pág. 2Incumplimiento de las normas sobre conflictos de interés Las operaciones repo permiten obtener liquidez temporal a los propietarios de las acciones, quienes se obligan a transferirlas temporalmente a los inversionistas fondeadores, a cambio de la entrega de sumas de dinero que serán devueltas posteriormente con un interés, una vez los títulos sean retornados. 1 1Precedentes Sancionatorios Un asesor y un operador, hermanos entre sí, celebraron operaciones para favorecer a otro de sus familiares 2 El 16 de mayo de 2011, un operador de terceros y un asesor de un mismo IMV, que eran hermanos, privilegiaron el interés de un cliente, quien también era su hermano, en perjuicio del interés de otro inversionista. En esa fecha, el cliente y hermano de los 2 funcionarios celebró múltiples operaciones que le ocasionaron un saldo negativo de $20 millones. Una vez finalizado el horario normal de registro de

inversionista. En esa fecha, el cliente y hermano de los 2 funcionarios celebró múltiples operaciones que le ocasionaron un saldo negativo de $20 millones. Una vez finalizado el horario normal de registro de operaciones, los sancionados advirtieron esa situación y, con el fin de subsanarla, coordinaron el cierre de 2 operaciones de fondeo (simultáneas activas) que fueron registradas con el código del operador, en virtud de las cuales usaron recursos de otro inversionista sin su autorización, para solventar irregularmente el problema de liquidez que afrontaba su hermano. En ese contexto, los sancionados favorecieron los intereses de su hermano sobre los del cliente que lo fondeó, aun sabiendo que eran incompatibles por el riesgo al que se expuso a este último, al celebrar una operación simultánea pasiva que él no había autorizado. Además, el hecho de tener a su hermano como contraparte, configuraba por sí solo una situación de conflicto de interés. Estos hechos fueron identificados por AMV en una visita de supervisión, en la que llamó la atención que el IMV registrara en el sistema administrado por la BVC, 64 operaciones por fuera del horario normal, entre las que se encontraban las operaciones mencionadas. Pág. 3Incumplimiento de las normas sobre conflictos de interés A. Fecha última instancia/ATA 28/3/2014 Resolución Operador terceros Suspensión 12 meses y multa $10 millones Visita supervisión AMV Suspensión 12 meses y multa $10 millones Actuar en presencia de un conflicto de interés no administrado Incumplimiento del deber de abstención frente a partes relacionadas Asesor5/5/2014 Resolución Tipo infractor Modalidad conflicto de interés Sanción Origen

y multa $10 millones Actuar en presencia de un conflicto de interés no administrado Incumplimiento del deber de abstención frente a partes relacionadas Asesor5/5/2014 Resolución Tipo infractor Modalidad conflicto de interés Sanción Origen actuación Entidad sancionadoraFecha última instancia/ATA Pág. 4Incumplimiento de las normas sobre conflictos de interés Directivos, administradores y funcionarios de un IMV favorecen, a costa de otros clientes, a un grupo de inversionistas y al propio IMV B. Entre julio de 2011 y octubre de 2012, los sancionados privilegiaron sus propios intereses y los de un grupo de 9 clientes (“inversionistas beneficiados”) sobre los de otros 429 clientes (“inversionistas afectados”). Durante ese periodo, los inversionistas beneficiados realizaron numerosas operaciones repo sobre las acciones de un emisor, para obtener liquidez temporal que provino de los inversionistas afectados. (i) Presidente y miembro suplente de junta directiva (expulsión y multa de $123 millones); (ii) Presidente del comité de riesgos (expulsión y multa de $123 millones); (iii) 3 miembros de junta directiva (suspensión de 3 años y multas de $12,3 millones); y (iv) 3 miembros de comité de riesgos (expulsión, suspensión de 3 años y multas entre $30,8 y $64,8 millones). (i) Presidente y miembro suplente de junta directiva (inhabilidad 5 años y multa de $179 millones); (ii) Presidente del comité de

riesgos (inhabilitación de 5 años y multa de $179 millones); (iii) Representante legal suplente del presidente (inhabilitación de 5 años y multa de $160 millones); (iv) 3 miembros de junta directiva (inhabilitación de 5 años y multa de $160 millones); (v) 3 miembros de junta directiva y de comité de riesgos (inhabilitación de 5 años y multas entre $150 y $170 millones); (vi) Gerente técnico (inhabilitación de 5 años y multa de $140 millones); (vii) Director de riesgos (inhabilitación de 5 años y multa de $100 millones); y (viii) Asesor comercial (inhabilitación de 5 años y multa de $60 millones). Ver pie de página 1. Fecha última instancia/ATA 9 sanciones 30/12/2013 -11/3/2015 12 sanciones 23/12/2014 - 3/5/2016 IMV (expulsión) y 8 personas naturales vinculadas2 Visita supervisión Visita SFC AMV Actuar en presencia de un conflicto de interés no administrado 12 funcionarios del IMV3 Tipo de infractor - sanción Modalidad conflicto de interés Origen actuación Entidad 4 2 3 4Con las operaciones, que implicaron una alta exposición al riesgo de liquidez y generaron perjuicios a los inversionistas afectados por más de $246.000 millones y comisiones al IMV por $9.744 millones, se perseguía, como objetivo final, que los inversionistas beneficiados se hicieran accionistas mayoritarios del emisor, para luego vender su participación y generar importantes utilidades. Para facilitar esto, los sancionados efectuaron las siguientes actuaciones:

perseguía, como objetivo final, que los inversionistas beneficiados se hicieran accionistas mayoritarios del emisor, para luego vender su participación y generar importantes utilidades. Para facilitar esto, los sancionados efectuaron las siguientes actuaciones: - El presidente del IMV y su suplente permitieron y promovieron el exceso de cupos de crédito y saldos a cargo de los inversionistas beneficiados, y estructuraron operativamente la estrategia, incluyendo, el otorgamiento de incentivos a los funcionarios que celebraran las operaciones5 quienes, por tal razón, y a pesar de los riesgos, recomendaron a sus clientes realizarlas y, en algunos casos, las ejecutaron sin autorización. - El presidente y 3 miembros del comité de riesgos y de la junta directiva, en diversas sesiones, aprobaron el incremento de cupos de los inversionistas beneficiados (hasta un 734%). En algunos casos, el incremento coincidió con el traslado de operaciones que se desmontaron en otro intermediario vinculado al IMV sancionado, por orden de la SFC. - 7 miembros de junta directiva conocieron la concentración de operaciones de los inversionistas beneficiados y los saldos a su cargo, a pesar de lo cual no adoptaron acciones para prevenir o corregir la situación, al contrario, autorizaron cupos adicionales. - El director de riesgos del IMV cohonestó y permitió la realización de las operaciones repo al abstenerse de objetarlas y omitir controlar la exposición al riesgo de liquidez que generaron esas transacciones al IMV. - Un asesor comercial, quien tenía una relación sentimental con uno de los clientes beneficiados y era hermano de otro, participó en las operaciones repo realizadas por los inversionistas beneficiados y efectuó solicitudes de cupos adicionales para ellos.

IMV. - Un asesor comercial, quien tenía una relación sentimental con uno de los clientes beneficiados y era hermano de otro, participó en las operaciones repo realizadas por los inversionistas beneficiados y efectuó solicitudes de cupos adicionales para ellos. Por estos mismos hechos, la SFC sancionó al representante legal y miembro suplente de junta directiva al encontrar que también había incurrido en una situación de conflicto de interés, con ocasión de su condición de administrador. 5 Pág. 5Incumplimiento de las normas sobre conflictos de interésEntre octubre de 2010 y mayo de 2011, un operador de terceros privilegió los intereses del IMV al cual se encontraba vinculado y los suyos propios, sobre los de 2 de sus clientes al realizar operaciones cuya finalidad era rotar sus portafolios para generar comisiones. En ese periodo, el asesor ejecutó 585 operaciones de compra y venta sobre acciones sin contar con las órdenes correspondientes. Con ocasión de esas operaciones, el operador benefició no solo al IMV al que estaba vinculado, sino también sus propios intereses, toda vez que las operaciones referidas generaron comisiones por un valor cercano a $108,5 millones, que a su vez llevaron a que su remuneración variable aumentara en un 176%. Por el contrario, los intereses de los clientes, quienes esperaban una correcta administración y custodia de sus portafolios, se vieron afectados por esas operaciones, que derivaron en pérdidas por $1.612 millones. Además del conflicto de interés, AMV sancionó al operador por incurrir en las conductas de exceso del mandato, inducir en error a sus clientes y desconocer los deberes generales de lealtad , honestidad, profesionalismo y de actuar de buena fe.

Además del conflicto de interés, AMV sancionó al operador por incurrir en las conductas de exceso del mandato, inducir en error a sus clientes y desconocer los deberes generales de lealtad , honestidad, profesionalismo y de actuar de buena fe. Los hechos de este caso fueron evidenciados por uno de los clientes afectados quien, al observar demoras en el trámite de traslado de su portafolio a otro IMV, acudió a Deceval. A partir de información que le suministró esa entidad, constató que su esposa (también cliente) no tenía ninguna acción y que él contaba con muchas menos acciones de las que en realidad debía tener. Este caso también se incluyó en el documento “Vulneración del deber de lealtad por suministro de información falsa o inexacta - Precedentes sancionatorios”, publicado por AMV. 6 Operador favorece los intereses del IMV y los suyos propios sobre los de los clientesC. Fecha última instancia/ATA 11/4/2015 Resolución Operador terceros Expulsión y multa $64,4 millones Visita supervisión AMVActuar en presencia de un conflicto de interés no administrado Tipo infractor Modalidad conflicto de interés Sanción Origen actuación Entidad sancionadora Pág. 6Incumplimiento de las normas sobre conflictos de interés 6Entre agosto de 2010 y marzo de 2012, un operador de terceros vinculado a un IMV tuvo a su hermano como ordenante de un grupo de 4 clientes compuesto por una sociedad y 3 personas naturales de un mismo grupo familiar, que a su vez eran empleados y accionistas de dicha sociedad. Las personas naturales fueron catalogadas como clientes inversionistas, es decir, no tenían experiencia ni

como ordenante de un grupo de 4 clientes compuesto por una sociedad y 3 personas naturales de un mismo grupo familiar, que a su vez eran empleados y accionistas de dicha sociedad. Las personas naturales fueron catalogadas como clientes inversionistas, es decir, no tenían experiencia ni conocimientos necesarios para evaluar y gestionar los riesgos asociados a inversiones en el mercado de valores. Los clientes fueron asignados al operador desde el 23 de agosto de 2011 y, 4 días después, este les sugirió que su hermano actuara como ordenante para que tomara decisiones relacionadas con sus inversiones. Esto a pesar de que los clientes no lo conocían con anterioridad y no tuvieron contacto con él durante el término del mandato. Durante el periodo referido el sancionado celebró por cuenta de los clientes 2.227 transacciones entre las que se encontraban operaciones (repo) que les permitían obtener liquidez temporal, compra y venta de valores y cuentas de margen, pese a que estas últimas estaban dirigidas exclusivamente a personas con conocimientos del mercado de valores, al ser de naturaleza especulativa y apalancada, lo que podía conllevar a la pérdida completa de los recursos, situación que nunca les fue explicada. Como resultado de esas operaciones los clientes sufrieron pérdidas por más de $1.168 millones. Con ocasión de esas actuaciones, el operador desconoció el régimen de conflicto de interés al desatender la prohibición de tener como ordenante de sus clientes a sus partes relacionadas. Además, transgredió las normas sobre procesamiento de órdenes y desconoció los deberes de asesoría, información, lealtad y profesionalismo. Las conductas fueron advertidas por uno de los clientes a quien le llamó la atención las pérdidas registradas en los portafolios de su grupo familiar y de la sociedad referida, por lo que elevó una

asesoría, información, lealtad y profesionalismo. Las conductas fueron advertidas por uno de los clientes a quien le llamó la atención las pérdidas registradas en los portafolios de su grupo familiar y de la sociedad referida, por lo que elevó una queja ante la SFC en contra del IMV. Pág. 7Incumplimiento de las normas sobre conflictos de interés Un operador tuvo como ordenante de sus clientes a su hermanoD. Fecha última instancia/ATA 10/12/2015 Resolución Operador terceros Expulsión y multa $128,8 millones Traslado de la SFC AMV Incumplimiento del deber de abstención frente a partes relacionadas Tipo infractor Modalidad conflicto de interés Sanción Origen actuación Entidad sancionadoraEntre enero y julio de 2016, un operador de terceros vinculado a un IMV ejecutó operaciones en el mercado de valores a partir de órdenes impartidas por su hermana quién, a su turno, actuaba como ordenante de 5 clientes . Las cuentas de los clientes fueron abiertas en el año 2014 y desde ese entonces estuvieron a cargo del operador. Sin embargo, a partir de enero de 2016 los clientes le otorgaron poder a la hermana del sancionado, para que actuara como su ordenante. Entre enero y julio de 2016, el operador celebró 193 operaciones de compraventa de acciones por cuenta de los 5 clientes mencionados, las cuales fueron autorizadas por su hermana mediante correo electrónico. Con ello desconoció la prohibición de tener como ordenante de sus clientes a sus partes relacionadas. Adicionalmente con ocasión de esas operaciones el sancionado infringió las normas sobre procesamiento de órdenes.

correo electrónico. Con ello desconoció la prohibición de tener como ordenante de sus clientes a sus partes relacionadas. Adicionalmente con ocasión de esas operaciones el sancionado infringió las normas sobre procesamiento de órdenes. Los hechos fueron evidenciados por la SFC con ocasión de una respuesta del IMV a un requerimiento, en la cual llamó la atención que el contenido de las órdenes no cumplía con el Reglamento de AMV. Un operador tuvo como ordenante de sus clientes a su hermana E. Fecha última instancia/ATA 4/7/2017 ATA Operador terceros Multa de $24,5 millones Traslado de la SFC AMV Incumplimiento del deber de abstención frente a partes relacionadas Tipo infractor Modalidad conflicto de interés Sanción Origen actuación Entidad sancionadora Pág. 8Incumplimiento de las normas sobre conflictos de interés 7 Los clientes eran 2 personas naturales del mismo grupo familiar, una sociedad familiar relacionada con ellos y 2 personas naturales de otro grupo familiar. 7Pág. 9Incumplimiento de las normas sobre conflictos de interés Entre 2014 y 2015, un IMV ejecutó una serie de operaciones sobre títulos de deuda privada, a través de un esquema que le permitió privilegiar el interés de la cuenta propia sobre el interés de sus clientes. El IMV ejecutó por cuenta de algunos de sus clientes operaciones de compra y venta de los títulos, donde la contraparte siempre fue la cuenta propia de la entidad, para luego ejecutar la operación contraria con otros clientes y así obtener una utilidad por el diferencial entre el precio de las operaciones que superó los $150 millones. Para lograr ese resultado, el IMV indujo a los clientes a ejecutar las operaciones a partir de información

con otros clientes y así obtener una utilidad por el diferencial entre el precio de las operaciones que superó los $150 millones. Para lograr ese resultado, el IMV indujo a los clientes a ejecutar las operaciones a partir de información asimétrica, con el fin de que unos accedieran a vender y otros a comprar, y operó a tasas que se alejaron de la tasa de valoración del día anterior, en detrimento de los clientes y a favor de la cuenta propia. Igualmente, en la gran mayoría de los casos el IMV celebró para sus clientes la operación inicial contra la cuenta propia, cuando ya había recibido la orden de sus otros clientes para ejecutar la operación contraria, lo que demostró que su interés no era obtener mejores precios para los clientes, sino privilegiar la utilidad de la entidad. Además del proceso adelantado por AMV, la SFC investigó estos mismos hechos y concluyó que de no haber actuado como contraparte en las operaciones y simplemente haber cruzado las puntas de sus clientes, estos habrían ejecutado las operaciones en condiciones más favorables. Tanto AMV como la SFC evidenciaron la conducta en ejercicio de sus funciones de supervisión que, en ambos casos, conllevó la realización de visitas de inspección. La SFC basó la sanción que impuso al IMV en el incumplimiento de normas sobre conflicto de interés, mientras que AMV, adicionalmente, sancionó por el trato inequitativo entre clientes y el desconocimiento de obligaciones de información a clientes inversionistas en el mercado mostrador. IMV privilegia su utilidad frente a la de sus clientesF. Fecha última instancia/ATA 1/5/2018 Resolución Multa $83,7 millones Funciones supervisión – Visita supervisión Funciones de supervisión y monitoreo – Inspección in situ IMV Multa $200 millones AMV SFC

instancia/ATA 1/5/2018 Resolución Multa $83,7 millones Funciones supervisión – Visita supervisión Funciones de supervisión y monitoreo – Inspección in situ IMV Multa $200 millones AMV SFC Actuar en presencia de un conflicto de interés no administrado26/12/2017 Resolución Tipo infractor Modalidad conflicto de interés Sanción Origen actuación EntidadPág. 10Incumplimiento de las normas sobre conflictos de interés Entre 2015 y 2016, un IMV celebró por cuenta de una cliente diversas operaciones de compra de títulos de deuda pública y simultáneas pasivas, con ocasión de las cuales benefició su propio interés sobre el de la inversionista. En noviembre de 2014 y en abril de 2015, la cliente, quien no tenía experiencia ni conocimientos en el mercado de valores, adquirió a través del IMV 154.000 acciones de un mismo emisor, con recursos de una herencia que recibió de su esposo fallecido. Tiempo después, el IMV le informó que esas acciones no eran líquidas y le recomendó venderlas. Por esta razón, entre mayo de 2015 y febrero de 2016, la cliente vendió 131.000 de esas acciones mediante operaciones que le ocasionaron pérdidas por $381 millones. Paralelamente, el IMV le recomendó a la cliente adquirir títulos de deuda pública resultantes de una operación denominada “strip”, en la cual el intermediario adquiría en el mercado secundario títulos TES, y de estos separaba el capital principal (TES principales) de los pagos de intereses o cupones (TES cupones) en partes independientes. Atendiendo esa recomendación, la cliente celebró 9 operaciones en las que adquirió TES principales y cupones por un monto de $5.108 millones.

partes independientes. Atendiendo esa recomendación, la cliente celebró 9 operaciones en las que adquirió TES principales y cupones por un monto de $5.108 millones. Pese a que se trataba de una inversión de bajo riesgo, los títulos adquiridos por la inversionista tenían vencimientos que iban entre 2023 y 2028. Además, eran ilíquidos, pues el IMV era la única entidad que los negociaba, hecho que no le fue informado a la cliente. Con ocasión de estas operaciones el IMV tuvo utilidades de $154 millones, resultado llamativo pues de haber vendido los títulos sin hacer la operación de “strip”, sus ganancias apenas habrían superado los $10 millones. Debido a que la cliente necesitaba liquidez y con el fin de comprar más de estos títulos, el IMV le propuso obtener recursos a través de operaciones simultáneas, pero sin informarle su naturaleza y características. Así, entre junio de 2015 y febrero de 2016, la inversionista celebró 26 operaciones de ese tipo, en virtud de las cuales vendió títulos de su portafolio a 5 de los FIC que administraba el IMV, con la obligación de recomprarlos en un plazo determinado y el pago de una suma a título de intereses. Esto se presentó pese a que la cliente tenía valores en su portafolio que podía vender para obtener liquidez y evitar ese pago de intereses, el cual ascendió a $32 millones. En el marco del proceso disciplinario el IMV también fue sancionado por incumplir los deberes de asesoría, información y lealtad. Los hechos fueron advertidos por la cliente cuando solicitó el traslado de su portafolio a otro IMV, pues en ese proceso se enteró de que tenía un pasivo a su cargo ocasionado por las operaciones simultáneas, el cual desconocía.

información y lealtad. Los hechos fueron advertidos por la cliente cuando solicitó el traslado de su portafolio a otro IMV, pues en ese proceso se enteró de que tenía un pasivo a su cargo ocasionado por las operaciones simultáneas, el cual desconocía. IMV privilegia su utilidad frente a la de una clienteG. Fecha última instancia/ATA 11/4/2018 Resolución IMV Multa $170,3 millones Queja del cliente AMVActuar en presencia de un conflicto de interés no administrado Tipo infractor Modalidad conflicto de interés Sanción Origen actuación Entidad sancionadoraPág. 11Incumplimiento de las normas sobre conflictos de interés En octubre de 2013, un operador de terceros estuvo incurso en una situación de conflicto de interés, en la que privilegió el interés de la cuenta propia del IMV al que estaba vinculado y el suyo propio, frente al interés de un cliente a su cargo, para quien celebró operaciones bajo condiciones desfavorables. En 2 jornadas de negociación el operador realizó 4 operaciones de compraventa, en las que vendió títulos TES por cuenta del cliente a la cuenta propia del IMV, a tasas que se encontraban 10 puntos básicos por encima del límite superior de la tasa de negociación de cada jornada. Esas tasas eran desfavorables para el cliente en la medida en que implicaban otorgarle un precio más bajo al cliente vendedor. Esto se presentó pese a que en el momento en que se ejecutaron las transacciones, era posible que el cliente obtuviera mejores condiciones financieras en el sistema transaccional de la BVC. Antes del cierre de las transacciones, el operador sostuvo algunas conversaciones con el cliente, en las cuales le hizo creer que las tasas ofrecidas correspondían a las tasas vigentes en el mercado, situación

que el cliente obtuviera mejores condiciones financieras en el sistema transaccional de la BVC. Antes del cierre de las transacciones, el operador sostuvo algunas conversaciones con el cliente, en las cuales le hizo creer que las tasas ofrecidas correspondían a las tasas vigentes en el mercado, situación que no correspondía con la realidad. También omitió informarle que las operaciones no se estaban celebrando bajo el contrato de comisión, sino tratándolo como contraparte, haciendo creer al cliente que las operaciones se estaban registrando en el sistema transaccional. Por cuenta de estas operaciones el cliente obtuvo una rentabilidad menor a la que podría haber recibido. A su vez, estas generaron una utilidad en cabeza de la cuenta propia del IMV de $20 millones y le permitieron al operador recibir comisiones por $10 millones. Junto a lo expuesto, se encontró que el operador no tomó ninguna medida para administrar correctamente el conflicto en el que estuvo incurso. Además de estas conductas, el operador fue sancionado por AMV por incumplir los deberes de mejor ejecución, asesoría especial, lealtad y profesionalismo. La conducta se evidenció por el área de supervisión de AMV, a través de una visita al IMV. Promotor de negocios privilegió los intereses del IMV y los propios en operaciones del mercado mostrador H. Fecha última instancia/ATA 12/12/2016 Resolución Operador terceros Multa $6 millones Visita supervisión AMVActuar en presencia de un conflicto de interés no administrado Tipo infractor Modalidad conflicto de interés Sanción Origen actuación Entidad sancionadoraPor estos mismos hechos, la SFC sancionó al representante legal y miembro suplente de junta directiva al encontrar que

conflicto de interés no administrado Tipo infractor Modalidad conflicto de interés Sanción Origen actuación Entidad sancionadoraPor estos mismos hechos, la SFC sancionó al representante legal y miembro suplente de junta directiva al encontrar que también había incurrido en una situación de conflicto de interés, con ocasión de su condición de administrador. Pág. 12Incumplimiento de las normas sobre conflictos de interés En una jornada de negociación de marzo de 2017, un operador de cuenta propia privilegió el interés del IMV al que se encontraba vinculado, y el suyo propio, frente al interés de un cliente afiliado a una AFP, a través de la negociación de un bono pensional. En esa jornada, un operador de terceros del mismo intermediario ingresó una postura de venta por cuenta del titular del bono pensional, en la subasta que se realiza para ese tipo de títulos en el sistema de negociación de la BVC. Posteriormente, el operador de cuenta propia ingresó una postura de compra, sin embargo, otro participante del mercado ingresó una postura de compra a un precio mejor. Ante esto, el operador de cuenta propia mejoró aún más la postura que ingresó inicialmente lo que finalmente llevó a que la operación le fuese adjudicada en condiciones que, analizadas frente a la primera postura, resultaban más favorables para el titular del bono pensional. No obstante, 10 minutos después de que quedara en firme la operación, el operador de cuenta propia solicitó su anulación a la BVC, argumentando que se había presentado un error en el precio de negociación. Una vez anulada la operación, el operador nuevamente compró el título para la cuenta propia del intermediario, pero esta vez a un precio inferior al que había ofrecido en la operación anulada, lo que

Una vez anulada la operación, el operador nuevamente compró el título para la cuenta propia del intermediario, pero esta vez a un precio inferior al que había ofrecido en la operación anulada, lo que llevó a que el cliente recibiera un precio menor ($15,9 millones menos que el pactado para la operación anulada). Días después, el operador participó en una operación a través de la cual la cuenta propia obtuvo utilidades adicionales de $18,9 millones en razón a la posterior venta del bono pensional. Como consecuencia de estas operaciones, el operador recibió comisiones por $3,6 millones. En relación con ese caso, resulta pertinente destacar que el investigado, de forma voluntaria, decidió reparar al titular del bono pensional, haciendo entrega a este de los recursos correspondientes a la diferencia generada en los valores de giro de la operación anulada y la operación celebrada posteriormente, junto con los rendimientos correspondientes, situación que fue tomada en consideración al momento de definir el monto de la multa que finalmente le fue impuesta como sanción. Estos hechos fueron conocidos por AMV a través de una denuncia anónima. Operador de cuenta propia privilegió sus intereses y los de un IMV en perjuicio de un cliente, en operaciones sobre bonos pensionales I. Fecha última instancia/ATA 31/5/2018 A

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