ANE - Política de Tratamiento y Protección de Datos Personales
Agencia Nacional del Espectro
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- ANE - Política de Tratamiento y Protección de Datos Personales
- Autor
- Agencia Nacional del Espectro
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Libertad de Prensa
- Año
- —
VERSIÓN 2
TRD 100.23.19 Agencia Nacional del Espectro
Dirección: Calle 93 # 17-45 Piso 4. Bogotá D.C.
Teléfono conmutador: (+57) 60 (1) 6000030
Correo Institucional: contactenos@ane.gov.co
POLÍTICA DE TRATAMIENTO Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
1. ÁMBITO DE APLICACIÓN
La Política de Tratamiento y Protección de Datos Personales se aplicará a todas las Bases de Datos o Archivos que contengan datos personales y que sean objeto de tratamiento por la Agencia Nacional del Espectro como responsable del tratamiento de los datos personales y debe obedecer los mandatos legales, que desarrollan el derecho constitucional que tienen todas las personas a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bases de datos o archivos, y los demás derechos, libertades y garantías frente a la materia, que desarrolle la ley y la Constitución Política de Colombia.
El objetivo de esta política es establecer los criterios para la adecuada protección de la información personal recolectada por la AGENCIA NACIONAL DEL ESPECTRO, a partir de las siguientes:
2. DEFINICIONES
a. Autorización: Consentimiento previo, expreso e informado del Titular para llevar a cabo el Tratamiento de datos personales.
b. Aviso de Privacidad: Comunicación verbal o escrita generada por el Responsable del tratamiento, dirigida al Titular para el tratamiento de sus datos personales, mediante la cual se le informa acerca de la existencia de la Política de Tratamiento de datos que le será aplicable , la forma de acceder a la misma y las finalidades del Tratamiento que se pretende dar a los datos personales.
datos personales, mediante la cual se le informa acerca de la existencia de la Política de Tratamiento de datos que le será aplicable , la forma de acceder a la misma y las finalidades del Tratamiento que se pretende dar a los datos personales.
c. Base de Datos: Conjunto organizado de datos personales que sea objeto de Tratamiento.
d. Dato personal: Cualquier información vinculada o que pueda asociarse a una o varias personas naturales determinadas o determinables.
e. Dato personal público: Toda información personal que es de conocimiento libre y abierto para el público en general.VERSIÓN 2 TRD 100.23.19 Agencia Nacional del Espectro
Dirección: Calle 93 # 17-45 Piso 4. Bogotá D.C.
Teléfono conmutador: (+57) 60 (1) 6000030
Correo Institucional: contactenos@ane.gov.co
f. Dato privado: Información personal restringida, y, en principio, privada para el público en general, por cuanto afecta la intimidad del titular.
g. Dato público: Aquel que no tiene el carácter de privado, semi privado o sensible. Son considerados datos públicos, entre otros, aquellos relativos al estado civil de las personas, a su profesión u oficio y a su calidad de comerciante o de servidor público. Por su natur aleza, los datos públicos pueden estar contenidos, entre otros, en registros públicos, documentos públicos, gacetas y boletines oficiales y sentencias judiciales debidamente ejecutoriadas que no estén sometidas a reserva.
h. Dato personal privado: Toda la información personal que tiene un conocimiento restringido y, en principio, privado para el público en general.
ejecutoriadas que no estén sometidas a reserva.
h. Dato personal privado: Toda la información personal que tiene un conocimiento restringido y, en principio, privado para el público en general.
- Dato semiprivado: Aquel que no tiene naturaleza intima, reservada ni publica y cuyo conocimiento o divulgación puede interesar no solo a su titular, sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general.
j. Datos sensibles: Aquellos que afectan la intimidad del titular, cuyo uso indebido puede generar su discriminación, como aquellos que revelen su origen racial o étnico; la orientación política; las convicciones religiosas o filosóficas; la pertenencia a sindicatos, organizaciones sociales, de derechos humanos o que promueva intereses de cualquier partido político o que garanticen los derechos y garantías de partidos políticos de oposición; así como los datos relativos a la salud, la vida sexual y los datos biométricos.
k. Encargado del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros realiza el Tratamiento de datos personales por cuenta del Responsable del Tratamiento.
l. Información: Conjunto organizado de datos generados, obtenidos, adquiridos, transformados o controlados que constituyen un mensaje sin importar el medio que lo contenga, bien sea este digital o no digital.VERSIÓN 2 TRD 100.23.19 Agencia Nacional del Espectro
Dirección: Calle 93 # 17-45 Piso 4. Bogotá D.C.
Teléfono conmutador: (+57) 60 (1) 6000030
Correo Institucional: contactenos@ane.gov.co
Dirección: Calle 93 # 17-45 Piso 4. Bogotá D.C.
Teléfono conmutador: (+57) 60 (1) 6000030
Correo Institucional: contactenos@ane.gov.co
m. Líder de Base de Datos: Dependencias a las cuales pertenece la generación de las bases de datos conforme a las categorías y que apoyan la función del Encargado del tratamiento en cuanto a la gestión de los trámites solicitados por los titulares en el ejercicio de los derechos a que se refiere la Ley 1581 de 2012 y sus decretos reglamentarios.
n. Responsable del tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros decide sobre la base de datos y el Tratamiento de los datos.
o. Titular de los datos: Persona natural cuyos datos personales sean objeto de Tratamiento.
p. Tratamiento: Cualquier operación o conjunto de operaciones sobre datos personales, tales como la recolección, almacenamiento, uso, circulación o supresión.
q. Terceros: Son los usuarios externos a la Agencia Nacional del Espectro que puedan llegar a interactuar por las tareas propias de su actividad. Entre estos se puede considerar a los entes de vigilancia y control o de certificación.
3. OBLIGATORIEDAD
Esta política es de obligatorio y estricto cumplimiento para la AGENCIA
NACIONAL DEL ESPECTRO
4. ACTIVIDADES QUE COMPORTAN MANEJO Y TRATAMIENTO DE
INFORMACIÓN PERSONAL
- Recolección, almacenamiento, uso y circulación de información. • Cumplimiento de las obligaciones misionales. • Caracterización de ciudadanos y grupos de interés.
INFORMACIÓN PERSONAL
- Recolección, almacenamiento, uso y circulación de información. • Cumplimiento de las obligaciones misionales. • Caracterización de ciudadanos y grupos de interés. • Definición de estrategias de mejoramiento en la prestación del servicio.VERSIÓN 2
TRD 100.23.19 Agencia Nacional del Espectro
Dirección: Calle 93 # 17-45 Piso 4. Bogotá D.C.
Teléfono conmutador: (+57) 60 (1) 6000030
Correo Institucional: contactenos@ane.gov.co • Tratamiento y respuesta a las peticiones, quejas, reclamos, denuncias y sugerencias presentadas a la entidad. • Manejo de la información registrada en el Sistema de Información y Gestión de Empleo Público – SIGEP. • Manejo de la información registrada por los sujetos obligados en el Aplicativo por la Integridad Pública – Ley 2013 de 2019 y su correspondiente consulta. • Consulta de la información del titular del dato que repose en bases de datos de entidades públicas o privadas. • Manejo de la información que reposa por el diligenciamiento de las encuestas de satisfacción y percepción de los grupos de valor. • Envío de información de interés general y recopilar información de ciudadanos asistentes a eventos de capacitación.
5. IDENTIFICACIÓN DEL RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO
La Agencia Nacional del Espectro actuará como responsable del tratamiento de sus datos personales y hará uso de los mismos únicamente para las finalidades para las que se encuentra facultada, especialmente las señaladas en la presente política. Son datos de identificación del responsable del tratamiento, los siguientes:
Nombre: Agencia Nacional del Espectro
NIT: 900.334.265-3
para las que se encuentra facultada, especialmente las señaladas en la presente política. Son datos de identificación del responsable del tratamiento, los siguientes:
Nombre: Agencia Nacional del Espectro
NIT: 900.334.265-3
Domicilio: Calle 93 #17-45 Piso 4, Bogotá-Colombia
Sitio Web: http://www.ane.gov.co
Correo Electrónico: contactenos@ane.gov.co
Teléfono: (+57) (601) 600 0030
6. DEBERES DEL RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO
La Agencia Nacional del Espectro como responsable del tratamiento, debe cumplir con los siguientes deberes establecidos en el artículo 17 de la Ley 1581 de 2012:
a. Garantizar al Titular, en todo tiempo, el pleno y efectivo ejercicio del derecho de hábeas data;VERSIÓN 2 TRD 100.23.19 Agencia Nacional del Espectro
Dirección: Calle 93 # 17-45 Piso 4. Bogotá D.C.
Teléfono conmutador: (+57) 60 (1) 6000030
Correo Institucional: contactenos@ane.gov.co
b. Solicitar y conservar, en las condiciones previstas, copia de la respectiva autorización otorgada por el Titular;
c. Informar debidamente al Titular sobre la finalidad de la recolección y los derechos que le asisten por virtud de la autorización otorgada;
d. Conservar la información bajo las condiciones de seguridad necesarias para impedir su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento;
e. Garantizar que la información que se suministre al Encargado del Tratamiento sea veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible;
autorizado o fraudulento;
e. Garantizar que la información que se suministre al Encargado del Tratamiento sea veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible;
f. Actualizar la información, comunicando de forma oportuna al Encargado del Tratamiento, todas las novedades respecto de los datos que previamente le haya suministrado y adoptar las demás medidas necesarias para que la información suministrada a este se mantenga actualizada;
g. Rectificar la información cuando sea incorrecta y comunicar lo pertinente al Encargado del Tratamiento;
h. Suministrar al Encargado del Tratamiento, según el caso, únicamente datos cuyo Tratamiento esté previamente autorizado de conformidad con lo previsto en la ley;
- Exigir al Encargado del Tratamiento en todo momento el respeto a las condiciones de seguridad y privacidad de la información del Titular;
j. Tramitar las consultas y reclamos formulados en los términos señalados en la ley;VERSIÓN 2 TRD 100.23.19 Agencia Nacional del Espectro
Dirección: Calle 93 # 17-45 Piso 4. Bogotá D.C.
Teléfono conmutador: (+57) 60 (1) 6000030
Correo Institucional: contactenos@ane.gov.co
k. Adoptar políticas y procedimientos para garantizar el adecuado cumplimiento de lo establecido en la Ley 1581 de 2012;
l. Informar al Encargado del Tratamiento cuando determinada información se encuentra en discusión por parte del Titular, una vez se haya presentado la reclamación y no haya finalizado el trámite respectivo;
l. Informar al Encargado del Tratamiento cuando determinada información se encuentra en discusión por parte del Titular, una vez se haya presentado la reclamación y no haya finalizado el trámite respectivo;
m. Informar al Titular sobre el uso dado a sus datos, cuando así lo solicite,
n. Informar a la autoridad de protección de datos cuando se presenten violaciones a los códigos de seguridad y existan riesgos en la administración de la información de los Titulares.
o. Registrar las bases de datos en el Registro Nacional de Bases de DatosRNBD.
7. IDENTIFICACIÓN DEL ENCARGADO DEL TRATAMIENTO
Los Encargados del Tratamiento deberán cumplir los siguientes deberes, sin perjuicio de las demás disposiciones previstas en la normatividad vigente y en otras que rijan su actividad:
a. Garantizar al Titular, en todo tiempo, el pleno y efectivo ejercicio del derecho de hábeas data;
b. Conservar la información bajo las condiciones de seguridad necesarias para impedir su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento;
c. Realizar oportunamente la actualización, rectificación o supresión de los datos en los términos establecidos en la ley;VERSIÓN 2 TRD 100.23.19 Agencia Nacional del Espectro
Dirección: Calle 93 # 17-45 Piso 4. Bogotá D.C.
Teléfono conmutador: (+57) 60 (1) 6000030
Correo Institucional: contactenos@ane.gov.co
d. Actualizar la información reportada por los responsables del Tratamiento dentro de los cinco (5) días hábiles contados a partir de su recibo;
e. Tramitar las consultas y los reclamos formulados por los Titulares en los
d. Actualizar la información reportada por los responsables del Tratamiento dentro de los cinco (5) días hábiles contados a partir de su recibo;
e. Tramitar las consultas y los reclamos formulados por los Titulares en los términos señalados en la ley;
f. Adoptar políticas y procedimientos para garantizar el adecuado cumplimiento de la Ley 1581 de 2012, para la atención de consultas y reclamos por parte de los Titulares;
g. El responsable o encargado del tratamiento de los datos deberá registrar en la base de datos la leyenda “reclamo en trámite” en la forma en que se regula en la ley; Esta leyenda debe ser registrada en un plazo máximo de dos (2) días hábiles desde la recepción del reclamo completo y mantenerse hasta que el reclamo sea decidido.
h. El encargado del tratamiento del dato deberá insertar en la base de datos la leyenda “información en discusión judicial”, una vez notificado por parte de la autoridad competente sobre procesos judiciales relacionados con la calidad del dato personal.
- Abstenerse de circular información que esté siendo controvertida por el Titular, cuyo bloqueo haya sido ordenado por la Superintendencia de
Industria y Comercio;
j. Permitir el acceso a la información únicamente a las personas que pueden tener acceso a ella;
k. Informar en los 15 días siguientes a la Superintendencia de Industria y Comercio cuando se presenten violaciones a los códigos de seguridad y existan riesgos en la administración de la información de los Titulares;VERSIÓN 2 TRD 100.23.19 Agencia Nacional del Espectro
Dirección: Calle 93 # 17-45 Piso 4. Bogotá D.C.
existan riesgos en la administración de la información de los Titulares;VERSIÓN 2 TRD 100.23.19 Agencia Nacional del Espectro
Dirección: Calle 93 # 17-45 Piso 4. Bogotá D.C.
Teléfono conmutador: (+57) 60 (1) 6000030
Correo Institucional: contactenos@ane.gov.co
l. Cumplir las instrucciones y requerimientos que imparta la Superintendencia de Industria y Comercio.
8. TRATAMIENTO Y FINALIDADES
La Agencia Nacional del Espectro, como responsable del tratamiento de los datos personales contenidos en las bases de datos y archivos que gestiona, realiza la recolección, almacenamiento, uso, circulación y administración de los mismos sin permitir en ningún caso el acceso a la información por terceros, salvo en los casos expresamente previstos en la Ley 1581 de 2012, el Decreto 1377 de 2013 y el capítulo 25 del Decreto Único Reglamentario 1074 de 2015, ni la violación de los derechos de los titulares, con las siguientes finalidades:
- Mantener la relación contractual y dar cumplimiento a los deberes de carácter legal relacionados con el contrato.
- Dar cumplimiento a las obligaciones contractuales o laborales (según sea el caso) contraídas por la Agencia Nacional del Espectro con el Titular de la información.
- Realizar invitaciones a eventos, conferencias, congresos, presentación de propuestas, cursos y grupos de estudio en temas relacionados con el uso, gestión y planeación técnica del espectro, y la vigilancia y control del mismo.
- Gestionar solicitud de tramites, peticiones, quejas, reclamos, sugerencias y denuncias.
gestión y planeación técnica del espectro, y la vigilancia y control del mismo.
- Gestionar solicitud de tramites, peticiones, quejas, reclamos, sugerencias y denuncias.
- Contactar al titular a través de medios electrónicos (Correo o SMS, entre otros) para el envío de noticias relacionadas con las gestiones adelantadas por la Agencia Nacional del Espectro, realización de encuestas, estudios o confirmación de datos personales.VERSIÓN 2
TRD 100.23.19 Agencia Nacional del Espectro
Dirección: Calle 93 # 17-45 Piso 4. Bogotá D.C.
Teléfono conmutador: (+57) 60 (1) 6000030
Correo Institucional: contactenos@ane.gov.co - Compartir información del quehacer técnico de la Agencia Nacional del Espectro para la gestión, la planeación o la vigilancia y control del espectro radioeléctrico.
- Informar de las nuevas tendencias nacionales e internacionales, en cuanto a la administración, gestión, planeación o la vigilancia y control del espectro.
Así mismo, la Agencia Nacional del Espectro le suministrará los datos personales a terceros que le provean servicios o con quien tenga algún tipo de relación contractual o de cooperación en los términos del artículo 2.2.2.25.5.2. del Decreto 1074 de 2015, a fin de:
a. Brindar asistencia técnica.
b. Facilitar la implementación de programas en cumplimiento de mandatos legales.
c. Gestionar y administrar bases de datos.
d. Dar respuestas a peticiones, quejas y recursos.
e. Dar respuestas a organismos de control.
b. Facilitar la implementación de programas en cumplimiento de mandatos legales.
c. Gestionar y administrar bases de datos.
d. Dar respuestas a peticiones, quejas y recursos.
e. Dar respuestas a organismos de control.
9. DERECHOS DEL TITULAR DE LOS DATOS PERSONALES
a. Acceder en forma gratuita a los datos proporcionados a la Agencia Nacional del Espectro que hayan sido objeto de tratamiento.
b. Conocer, actualizar y rectificar su información frente a datos parciales, inexactos, incompletos, fraccionados, que induzcan a error, o a aquellos cuyo tratamiento esté prohibido.
c. Solicitar prueba de la autorización otorgada al responsable o encargado del tratamiento, salvo cuando expresamente se exceptúe, como requisito para el tratamiento, de conformidad con lo previsto en el artículo 10 de la Ley 1581 de 2012.VERSIÓN 2 TRD 100.23.19 Agencia Nacional del Espectro
Dirección: Calle 93 # 17-45 Piso 4. Bogotá D.C.
Teléfono conmutador: (+57) 60 (1) 6000030
Correo Institucional: contactenos@ane.gov.co
d. Presentar queja ante la Superintendencia de Industria y Comercio por infracciones a lo dispuesto en la Ley 1581 de 2012 y las demás normas que la modifiquen, adicionen o complementen, una vez haya agotado el trámite de reclamo ante el responsable o encargado del tratamiento de datos personales.
e. Solicitar la supresión del dato cuando en el tratamiento no se respeten los principios, derechos y garantías constitucionales y legales, el cual procederá cuando la autoridad haya determinado que la Agencia Nacional
datos personales.
e. Solicitar la supresión del dato cuando en el tratamiento no se respeten los principios, derechos y garantías constitucionales y legales, el cual procederá cuando la autoridad haya determinado que la Agencia Nacional del Espectro en el tratamiento ha incurrido en conductas contrarias a la Constitución y la normatividad vigente.
f. Conocer la política de tratamiento de datos y protección de datos de la entidad y a través de ella, el uso o finalidad que se le dará a sus datos personales.
g. Identificar al Encargado y al líder de base de datos que dará trámite y respuesta a sus solicitudes.
10. DEPENDENCIAS RESPONSABLES DE GESTIONAR LAS
SOLICITUDES – LÍDER DE BASE DE DATOS.
La Agencia Nacional del Espectro, a través del Coordinador del Grupo de Transformación Digital y Gestión TIC es responsable del reparto y seguimiento de respuestas en términos de oportunidad de las peticiones, consultas y reclamos del titular de la información que pueda ejercer sus derechos a conocer, actualizar, rectificar y suprimir sus datos personales o revocar la autorización conferida a la entidad para el tratamiento de sus datos.
Por su parte, las áreas líderes de las bases de datos dependiendo de la categoría establecida en las mismas, serán responsables de atender las respuestas, dentro de sus competencias, a las solicitudes del titular, conforme al reparto previamente efectuado por el Coordinador del Grupo de Transformación Digital y Gestión TIC.
Para lo anterior, se establecen como líderes de bases de datos las siguientes áreas:VERSIÓN 2 TRD 100.23.19 Agencia Nacional del Espectro
previamente efectuado por el Coordinador del Grupo de Transformación Digital y Gestión TIC.
Para lo anterior, se establecen como líderes de bases de datos las siguientes áreas:VERSIÓN 2 TRD 100.23.19 Agencia Nacional del Espectro
Dirección: Calle 93 # 17-45 Piso 4. Bogotá D.C.
Teléfono conmutador: (+57) 60 (1) 6000030
Correo Institucional: contactenos@ane.gov.co
Área Base de datos Grupo de Gestión de Talento Humano Planta de Personal Grupo de Contratación Contratistas Proveedores Subdirección de Vigilancia y Control Interesados que se encuentren conforme su competencia Subdirección de Gestión y Planeación Técnica del Espectro Comunicaciones Internacional Gestión del Conocimiento e Innovación
11. PROCEDIMIENTO Y TÉRMINOS PARA LA CONSULTA,
ACTUALIZACIÓN, RECTIFICACIÓN, SUPRESIÓN Y REVOCACIÓN
DE DATOS Y DE LA AUTORIZACIÓN DE TRATAMIENTO
Los titulares de los datos personales podrán consultar los datos que reposen en cualquier base de datos o archivo en poder de la Agencia Nacional del Espectro, quien podrá suministrar al solicitante toda la información que repose en sus bases de datos o archivos y que esté vinculada con la identificación del titular, para lo cual el solicitante deberá suministrar la documentación requerida que acredite su calidad.
En concordancia con el artículo 15 de la Ley 1581 de 2012, los titulares de los datos que consideren que la información contenida en una de las bases de la entidad debe ser objeto de corrección, actualización o supresión o cuando
En concordancia con el artículo 15 de la Ley 1581 de 2012, los titulares de los datos que consideren que la información contenida en una de las bases de la entidad debe ser objeto de corrección, actualización o supresión o cuando adviertan presunto incumplimiento de cualquiera de los deberes contenidos en la ley o en esta política de tratamiento de datos, podrán presentar un reclamo ante la Agencia Nacional del Espectro.VERSIÓN 2 TRD 100.23.19 Agencia Nacional del Espectro
Dirección: Calle 93 # 17-45 Piso 4. Bogotá D.C.
Teléfono conmutador: (+57) 60 (1) 6000030
Correo Institucional: contactenos@ane.gov.co 11.1. Para la gestión de consulta de datos personales se tendrán en cuenta
los siguientes términos:
La consulta de datos personales será atendida en un término máximo de diez (10) días hábiles, contados a partir de la fecha de recibo de la misma. Cuando no fuere posible atender la consulta dentro de dicho termino, se informará al interesado, expresando los motivos de la demora y señalando la fecha en la que se atenderá la consulta, la cual en ningún caso podrá superar los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término como lo ha dispuesto el artículo 14 de la Ley 1581 de 2012.
11.2. Para la atención de reclamos en términos de rectificación, supresión o revocación de datos se tendrán en cuenta los siguientes términos:
El reclamo se debe formular mediante solicitud dirigida a la Agencia Nacional del Espectro con la identificación del titular, la descripción de los hechos que dan lugar al reclamo, la dirección o correo para notificación y los documentos que se
términos:
El reclamo se debe formular mediante solicitud dirigida a la Agencia Nacional del Espectro con la identificación del titular, la descripción de los hechos que dan lugar al reclamo, la dirección o correo para notificación y los documentos que se quiera hacer valer. Si el reclamo se encuentra incompleto, se requerirá al interesado dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción del reclamo para que subsane las falencias. Transcurridos dos (2) meses desde la fecha del requerimiento, sin que el solicitante presente la información requerida, se entenderá que ha desistido del reclamo.
Una vez recibido el reclamo completo, se incluirá en la base de datos respectiva una leyenda de identificación de “reclamo en trámite” y el motivo del mismo, en un término no mayor a dos (2) días hábiles, Dicha leyenda deberá mantenerse hasta que el reclamo sea decidido.
El termino máximo para atender el reclamo será de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha de recibo. Cuando no fuere posible atender el reclamo dentro de dicho termino, se informarán al interesado los motivos de la demora y la fecha en la cual se atenderá su reclamo, el cual en ningún caso podrá superar los ocho (8) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término.
Tratándose de una solicitud de supresión de información o la revocatoria de autorización al Responsable del tratamiento, si una vez vencidos los términosVERSIÓN 2 TRD 100.23.19 Agencia Nacional del Espectro
Dirección: Calle 93 # 17-45 Piso 4. Bogotá D.C.
Teléfono conmutador: (+57) 60 (1) 6000030
TRD 100.23.19 Agencia Nacional del Espectro
Dirección: Calle 93 # 17-45 Piso 4. Bogotá D.C.
Teléfono conmutador: (+57) 60 (1) 6000030
Correo Institucional: contactenos@ane.gov.co señalados anteriormente, no se hubieren eliminado los datos personales, el titular tendrá derecho a solicitar a la Superintendencia de Industria y Comercio que ordene la revocatoria de la autorización o la supresión de los datos personales (según el caso). Para estos efectos se aplicará el procedimiento descrito en el artículo 22 de la Ley 1581 de 2012.
La Agencia Nacional del Espectro puede negar o limitar la supresión solicitada cuando:
a. El titular de los datos tenga el deber legal o contractual de permanecer en la base de datos.
b. La eliminación de datos obstaculice actuaciones judiciales o administrativas vinculadas a obligaciones fiscales, investigación y persecución de delitos o la actualización de sanciones administrativas.
c. Los datos sean necesarios para proteger los intereses jurídicamente tutelados del titular.
d. Los datos se requieran para realizar una acción en función del interés público o para cumplir con una obligación legalmente adquirida por el titular.
e. Sean datos de naturaleza pública.
12. PROTECCIÓN DE DATOS EN LOS CONTRATOS DE
PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES Y DE APOYO A LA
GESTIÓN Y EN LOS NOMBRAMIENTOS DE FUNCIONARIOS
La Agencia Nacional del Espectro incluirá cláusulas en el Anexo de condiciones contractuales de los contratos de prestación de servicios y apoyo a la gestión,
GESTIÓN Y EN LOS NOMBRAMIENTOS DE FUNCIONARIOS
La Agencia Nacional del Espectro incluirá cláusulas en el Anexo de condiciones contractuales de los contratos de prestación de servicios y apoyo a la gestión, con el fin de autorizar de manera previa y general el tratamiento de datos personales relacionados con la ejecución del contrato, lo que incluye la autorización de recolectar, modificar o corregir datos personales del titularVERSIÓN 2 TRD 100.23.19 Agencia Nacional del Espectro
Dirección: Calle 93 # 17-45 Piso 4. Bogotá D.C.
Teléfono conmutador: (+57) 60 (1) 6000030
Correo Institucional: contactenos@ane.gov.co correspondiente. En dichas cláusulas se hará mención de esta política y de su ubicación en el sitio web de la entidad, para su debida consulta.
13. REGLAS GENERALES PARA LA PROTECCIÓN DE DATOS
PERSONALES SENSIBLES Y DE MENORES
La Agencia Nacional del Espectro solo solicitará los datos personales que requiera para el desarrollo de su objeto y el cumplimiento de sus deberes legales, y los utilizará de conformidad con la finalidad para la cual fueron obtenidos.
Los datos personales de los menores de 18 años, salvo aquellos que por su naturaleza son públicos en consideración a lo establecido en la Ley 1581 de 2012, pueden ser objeto de tratamiento siempre y cuando el fin que se persiga responda al interés superior de los menores y se asegure sin excepción alguna el respeto a sus derechos prevalentes.
Cuando la información recopilada corresponda a datos sensibles que afectan la intimidad del titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación, la
el respeto a sus derechos prevalentes.
Cuando la información recopilada corresponda a datos sensibles que afectan la intimidad del titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación, la Agencia Nacional del Espectro informará al titular acerca del carácter de sensible de los datos que suministra y acerca de la posibilidad que tiene de suministrar o no dicha información.
14. DERECHO DE ACCESO A LOS DATOS
La Agencia Nacional del Espectro garantiza el derecho de acceso a los datos personales, una vez se haya verificado la identidad del titular, su causahabiente o representante, poniendo a disposición de estos, los respectivos datos personales. Para tal efecto se garantizan los medios y mecanismos electrónicos o presenciales sencillos y con disponibilidad permanente, los cuales permitan el acceso directo del titular a los datos personales, los cuales serán informados en el Aviso de Privacidad o en el Formato de Autorización para el tratamiento de datos personales. La Agencia Nacional del Espectro habilitará los medios electrónicos existentes en la Entidad encaminados a garantizar este derecho, que serán los mismos utilizados para la recepción y atención de peticiones, quejas, reclamos, sugerencias y denuncias, administrado por la Oficina de Relación Estado Ciudadanías.VERSIÓN 2 TRD 100.23.19 Agencia Nacional del Espectro
Dirección: Calle 93 # 17-45 Piso 4. Bogotá D.C.
Teléfono conmutador: (+57) 60 (1) 6000030
Correo Institucional: contactenos@ane.gov.co
15. CANALES DISPONIBLES PARA CONSULTAS, RECLAMOS O
SOLICITUDES
Los titulares de los datos podrán consultar la información personal que repose
Correo Institucional: contactenos@ane.gov.co
15. CANALES DISPONIBLES PARA CONSULTAS, RECLAMOS O
SOLICITUDES
Los titulares de los datos podrán consultar la información personal que repose en cualquier base de datos, por lo que la Agencia Nacional del Espectro, como responsable del tratamiento, suministrará a éstos, toda la información contenida en el registro individual o que esté vinculada con la identi
Estás viendo una vista previa
Lee el documento completo con Ariel
Este es un fragmento de uno de los más de 1.2 millones de documentos de la biblioteca de Ariel. Crea tu cuenta para leerlo completo, descargarlo y consultarlo con Ariel, que siempre te lleva a la fuente exacta: Ariel NO alucina.