ANE - Resolución 000044 de 2026
Agencia Nacional del Espectro
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Detalles
- Título
- ANE - Resolución 000044 de 2026
- Autor
- Agencia Nacional del Espectro
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Libertad_Prensa
- Año
- 2026
VERSIÓN 12
TRD 100.45
RESOLUCIÓN NÚMERO 000044 DEL 29-01-2026
“Por medio de la cual se modifica la Resolución No. 279 del 09 de mayo de 2025, mediante la cual se conforma el Comité de Convivencia Laboral de la Agencia Nacional del Espectro – ANE, para el periodo 2025 – 2027”
EL DIRECTOR GENERAL DE LA AGENCIA NACIONAL DEL ESPECTRO
En ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por la Leyes 1010 de 2006 y 1341 de 2009, el Decreto 093 de 2010 y el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo No. 1072 de 2015, las Resoluciones números 1356 del 18 de junio de 2012 ,652 del 06 de octubre de 2012 y 312 del 13 de febrero de 2019 del Ministerio del Trabajo y;
CONSIDERANDO:
Que, la Resolución No. 652 de 2012, modificada parcialmente por la Resolución No. 1356 de 2012, expedidas por el Ministerio del Trabajo, estableció la conformación y funcionamiento del Comité de Convivencia Laboral en entidades públicas y empresas privadas.
Que, el artículo 1 de la Resolución No. 1356 de 2012 expedida por el Ministerio del Trabajo que, modificó el artículo 3 de la Resolución No. 652 de 2012 expedida por dicho ministerio, en su primer inciso estableció que, “El Comité de Convivencia Laboral estará compuesto por dos (2) representantes del empleador y dos (2) de los trabajadores, con sus respectivos suplentes. Las entidades públicas y empresas privadas podrán de acuerdo con su organización interna designar un mayor número
Laboral estará compuesto por dos (2) representantes del empleador y dos (2) de los trabajadores, con sus respectivos suplentes. Las entidades públicas y empresas privadas podrán de acuerdo con su organización interna designar un mayor número de representantes, los cuales en todo caso serán iguales en ambas partes”.
Que mediante Resolución No. 000188 del 06 de mayo de 2021 expedida por la ANE se conformó el Comité de Convivencia Laboral de la entidad por un término de dos (2) años, para las vigencias 2021-2023.
Que mediante Resolución No. 000284 del 25 de abril de 2023 expedida por la ANE se conformó el Comité de Convivencia Laboral de la entidad por un término de dos (2) años, para las vigencias 2023-2025.
Que mediante Resolución No. 000279 del 09 de mayo de 2025 expedida por la ANE se conformó el Comité de Convivencia Laboral de la entidad por un término de dos (2) años, para las vigencias 2025-2027.
Que, en el artículo 2° de la Resolución No 279 del 09 de mayo de 2025, se designan a los representantes principales y suplentes del empleador dentro del Comité de Convivencia a los siguientes funcionarios: Principales: Álvaro Casallas Hernández y Lina Mercedes Beltrán; y Suplentes: Lorena Del Castillo Ortega y Fabián Humberto Herrera.
Que, teniendo en cuenta las renuncias presentadas por los funcionarios Lorena Del Castillo Ortega y Fabián Humberto Herrera, se hace necesario designar nuevos suplentes del Comité de Convivencia Laboral, para el período comprendido desde la fecha de expedición de la presente resolución hasta el ocho (8) de mayo de 2027.
Castillo Ortega y Fabián Humberto Herrera, se hace necesario designar nuevos suplentes del Comité de Convivencia Laboral, para el período comprendido desde la fecha de expedición de la presente resolución hasta el ocho (8) de mayo de 2027.
Que, mediante comunicación verbal, el 26 de enero de 2026 el Director General de la entidad, comunicó a la funcionaria Lady Angelica Correa Grimaldo Profesional Especializado 2028-24, encargada de las funciones del cargo de Subdirector de Soporte Institucional, y al coordinador del Grupo de Gestión del Talento Humano, Diego Fernando Urquijo Sánchez, sobre los nuevos representantes suplentes del Comité de Convivencia Laboral para el periodo comprendido desde la fecha de expedición de la presente resolución hasta el ocho (8) de mayo de 2027.
En mérito de lo expuesto, el Director General de la Agencia Nacional del Espectro,Página 2 de 2
VERSIÓN 12
TRD 100.45 Resolución número 000044 del 29-01-2026
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. Modifíquese el artículo segundo de la Resolución No. 279 del 09 de mayo de 2025, el cual quedará así:
“ARTÍCULO SEGUNDO. REPRESENTANTES DEL EMPLEADOR. Designar los representantes principales y suplentes del empleador a los siguientes funcionarios:
ITEM INTEGRANTE ÁREA PRINCIPAL SUPLENTE
1 Álvaro Casallas Hernández Dirección X 2 Lina Mercedes Beltrán Dirección X 3 María Camila Gutiérrez Torres Dirección X 4 Marlon Fredy Torres Caicedo Dirección X
PARÁGRAFO UNO. En caso de retiro de la entidad de un representante principal
2 Lina Mercedes Beltrán Dirección X 3 María Camila Gutiérrez Torres Dirección X 4 Marlon Fredy Torres Caicedo Dirección X
PARÁGRAFO UNO. En caso de retiro de la entidad de un representante principal del Comité de Convivencia Laboral designado por la Dirección General, sus funciones las asumirá el representante suplente, y en caso de retiro de un representante suplente, la Dirección General designará a un nuevo funcionario.”
ARTÍCULO SEGUNDO: Modifíquese el artículo séptimo de la Resolución No. 279 del
09 de mayo de 2025, el cual quedará así:
“ARTÍCULO SÉPTIMO. COMUNICACIÓN. Ordenar al Grupo de Gestión del Talento Humano comunicar el presente acto administrativo a los funcionarios: Álvaro Casallas Hernández, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.561.022, Lina Mercedes Beltrán, identificada con cédula de ciudadanía No. 53.153.980, María Camila Gutiérrez Torres, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.010.167.068 y Marlon Fredy Torres Caicedo identificado con cédula de ciudadanía No. 79.505.057; pertenecientes a la Dirección General, como representantes del empleador, en sus calidades respectivas, ante el Comité de Convivencia Laboral para la vigencia 2025 -2027.”
ARTÍCULO TERCERO. Las demás disposiciones de la Resolución No. 279 del 09 de mayo de 2025, que no hayan sido modificadas por la presente Resolución, se mantienen en su integridad.
ARTÍCULO CUARTO. PUBLICACIÓN. Ordenar al Grupo de Gestión del Talento
mayo de 2025, que no hayan sido modificadas por la presente Resolución, se mantienen en su integridad.
ARTÍCULO CUARTO. PUBLICACIÓN. Ordenar al Grupo de Gestión del Talento Humano de la entidad, publicar el presente acto administrativo en la página WEB de la entidad.
ARTÍCULO QUINTO. COMUNÍCACIÓN. Ordenar al Grupo de Gestión del Talento Humano de la entidad, comunicar el presente acto administrativo a todos los funcionarios de la ANE, a través de sus respectivos correos institucionales.
ARTÍCULO SEXTO. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de expedición.
Dada en Bogotá, D.C., a los veintinueve (29) días del mes de enero de 2026.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
SERGIO SOTOMAYOR RODRÍGUEZ
Director General de la Agencia Nacional del Espectro
Elaboró: Lina Marcela Llanos López – Contratista – Grupo de Gestión del Talento Humano
Revisó: Diego Fernando Urquijo S. – Coordinador del Grupo de Gestión del Talento Humano
Jessica Alexandra Guzmán – Contratista –Subdirección de Soporte Institucional
Aprobó: Lady Angelica Correa GrimaldoProfesional Especializado 2028-24, encargada de las funciones del cargo de
Subdirector de Soporte Institucional
SOTOMAYOR RODRIGUEZ
SERGIO Firmado digitalmente por SOTOMAYOR RODRIGUEZ SERGIO Fecha: 2026.01.29 21:33:10 -05'00'