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ANE - Resolución 000055 de 2026

Agencia Nacional del Espectro

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Detalles

Título
ANE - Resolución 000055 de 2026
Autor
Agencia Nacional del Espectro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Libertad_Prensa
Año
2026

Página 1 de 181

VERSIÓN 12

TRD 100.45

RESOLUCIÓN NÚMERO 000055 DE 30-01-2026

“Por medio de la cual se modifica y se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de planta de personal de la Agencia Nacional del Espectro y se dictan otras disposiciones”

EL DIRECTOR GENERAL DE LA AGENCIA NACIONAL DEL ESPECTRO

En ejercicio de las facultades establecidas en los artículos 28 de la Ley 1341 de 2009, 36 de la Ley 1978 de 2019, 5 del Decreto 093 de 2010 y 5 del Decreto 4169 de 2011, y en la Resolución No. 02932 del 05 de agosto de 2024 del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, y

CONSIDERANDO:

Que la Agencia Nacional del Espectro (ANE), fue creada mediante la Ley 1341 de 2009 como una Unidad Administrativa Especial del orden nacional, adscrita al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MINTIC) sin personería jurídica, con autonomía técnica, administrativa y financiera.

Que el artículo 25 de la Ley 1341 de 2009 establece que el objeto de la ANE es brindar el soporte técnico para la gestión y la planeación, la vigilancia y control del espectro radioeléctrico , en coordinación con las diferentes autoridades que tengan funciones o actividades relacionadas con el mismo.

Que en artículo 26 de la Ley 1341 de 2009 señala entre otras, las siguientes funciones de la ANE: i). Asesorar al MINTIC en el diseño y

diferentes autoridades que tengan funciones o actividades relacionadas con el mismo.

Que en artículo 26 de la Ley 1341 de 2009 señala entre otras, las siguientes funciones de la ANE: i). Asesorar al MINTIC en el diseño y formulación de políticas, planes y programas relacionados con el espectro radioeléctrico; ii ). Diseñar y formular políticas, planes y programas relacionados con la vigilancia y control del espectro ; iii). Ejercer la vigilancia y control del espectro radioeléctrico; iv). Realizar la gestión técnica del espectro radioeléctrico.

Que el Decreto 093 de 2010 determina la estructura de la ANE estableciendo en su artículo 4º como función del Consejo Directivo, la de aprobar el manual específico de funciones y requisitos de los empleos de la planta de personal de la Agencia.

Que el Decreto Ley 4169 de 20 11, modificó la naturaleza jurídica de la ANE de una Unidad Administrativa Especial sin personería, a una Unidad Administrativa Especial del orden nacional, con personería jurídica, autonomía técnica, administrativa, financiera y patrimonio propio .

Que mediante el artículo 3º del Decreto Ley 4169 de 2011 se asignan nuevas funciones a la ANE, entre ellas la de planear y atribuir el espectro radioeléctrico con sujeción a las políticas y lineamientos que determine el MINTIC, para lo cual establecerá y mantend rá actualizado el Cuadro Nacional de Atribución de Bandas de Frecuencias (CNABF) , con base en las necesidades del país, el interés público, así como en los planes técnicos de radiodifusión sonora que establezca el MINTIC.

Nacional de Atribución de Bandas de Frecuencias (CNABF) , con base en las necesidades del país, el interés público, así como en los planes técnicos de radiodifusión sonora que establezca el MINTIC.

Que el Decreto 2489 de 2006 establece el sistema de nomenclatura y clasificación de los empleos públicos de las instituciones pertenecientes a la Rama Ejecutiva y demás organismos y entidades públicas del orden nacional.Página 2 de 181

VERSIÓN 12

TRD 100.45 Que mediante el Decreto 1991 de 2013, se modificó la planta de personal de la ANE con el fin de adaptarla a las funciones asignadas en el Decreto Ley 4169 de 2011.

Que el artículo 36 de la Ley 1978 de 2019 asigna a la ANE funciones adicionales a las contempladas en la Ley 1341 de 2009 y en el Decreto 4169 de 2011 entre las cuales se encuentran: i). Realizar la intervención estatal del espectro electromagnético destinado a los servicios de televisión; ii). Elaborar por solicitud del MINTIC los Cuadros de Características Técnicas de la Red (CCTR), junto con los estudios técnicos y documentos de soporte; iii). Establecer y mantener actualizado s los planes técnicos de radiodifusión sonora; y iv). Expedir normas relacionadas con el despliegue de antenas, las cuales contemplarán entre otras, la potencia máxima de las ant enas o límites de exposición de las personas a campos electromagnéticos y las condiciones técnicas para cumplir dichos límites.

Que, el título 2 del Decreto 1083 de 2015 establece las funciones y

otras, la potencia máxima de las ant enas o límites de exposición de las personas a campos electromagnéticos y las condiciones técnicas para cumplir dichos límites.

Que, el título 2 del Decreto 1083 de 2015 establece las funciones y requisitos generales para los empleos públicos en los disti ntos niveles jerárquicos de los organismos y entidades del Orden Nacional.

Que en el año 2012 la OCDE emitió recomendaciones sobre Política y Gobernanza Regulatoria orientadas al fortalecimiento de la calidad de sus marcos normativos mediante el uso de la regulación como instrumento eficaz para alcanzar mejores resultados sociales, ambientales y económicos, a través de la adopción de un enfoque de “gobierno completo” basado en la transparencia, la coordinación interinstitucional, la consulta pública y la t oma de decisiones sustentada en evidencia, principios que sirven de referente para la adopción de buenas prácticas de mejora normativa en el sector de las comunicaciones y el espectro radioeléctrico.

Que el Documento CONPES 3816 de 2014 estableció las bases para institucionalizar la política de Mejora Normativa en Colombia, orientada a fortalecer la calidad de la producción normativa de la Rama Ejecutiva mediante la implementación del Análisis de Impacto Normativo (AIN) como herramienta técnica de evalu ación ex ante de las regulaciones. Dicha política, elaborada con el apoyo de la OCDE, busca promover la eficiencia económica y social de las normas, la toma de decisiones basada en evidencia, la transparencia, la participación ciudadana y la rendición de cuentas en el proceso de emisión normativa, elementos que resultan

eficiencia económica y social de las normas, la toma de decisiones basada en evidencia, la transparencia, la participación ciudadana y la rendición de cuentas en el proceso de emisión normativa, elementos que resultan fundamentales para la gestión de entidades técnicas como la ANE.

Que mediante Resolución No. 000542 del 26 de julio de 2024 la ANE modificó y adoptó el Manual Específico de Funciones y Comp etencias Laborales para los empleos de planta de personal de la ANE, con el propósito principal de adecuar las competencias disciplinarias a lo contemplado en las leyes 1952 de 2019 y 2094 de 2021.

Que la presente modificación al Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de planta de personal de la entidad fue presentada y aprobada en la sesión del Consejo Directivo de la ANE el día 21 de enero de 2026.

Que, en mérito de lo expuesto el Director General de la Agencia Nacional del Espectro,

RESUELVE:

Artículo 1. Modificar el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales, según lo señalado en la parte considerativa dePágina 3 de 181

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TRD 100.45 la presente resolución.

Artículo 2. Adoptar en su integridad el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Agencia Nacional del Espectro.

Parágrafo Primero: La Subdirección de Soporte Institucional a través del Grupo de Gestión del Talento Humano entregará a cada funcionario, copia de la ficha del Manual de Funciones para el respectivo empleo que desempeñe.

Parágrafo Primero: La Subdirección de Soporte Institucional a través del Grupo de Gestión del Talento Humano entregará a cada funcionario, copia de la ficha del Manual de Funciones para el respectivo empleo que desempeñe.

Parágrafo Segundo: Las funciones deberán comunicarse en el acto de posesión, cuando el funcionario es objeto de traslado que implique cambio de funciones y/o cuando se trate de adopción o modificación del Manual de Funciones que afecte las funciones de determinados empleos.

Artículo 3 . Será responsabilidad de los respectivos jefes de las dependencias y los líderes de procesos, estar atentos para que la descripción de funciones contenidas en el presente Manual satisfaga las necesidades de las áreas de trabajo y cumpla los ob jetivos institucionales. Cuando sea necesario, estos deberán proponer las modificaciones pertinentes ante la Subdirección de Soporte Institucional.

Artículo 4. Publicar el contenido del presente Acto Administrativo en la página web de la Agencia Nacional del Espectro, junto con el Manual de Funciones y Competencias Laborales actualizado.

Artículo 5. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga en su integridad la Resolución No. 000542 del 26 de julio de 2024, así como todas las disposiciones que le sean contrarias.

Dada en Bogotá, D.C., a los treinta (30) días del mes de enero de 2026.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

SERGIO SOTOMAYOR RODRÍGUEZ

DIRECTOR GENERAL

SOTOMAYOR RODRIGUEZ

SERGIO Firmado digitalmente por SOTOMAYOR

RODRIGUEZ SERGIO

SERGIO SOTOMAYOR RODRÍGUEZ

DIRECTOR GENERAL

SOTOMAYOR RODRIGUEZ

SERGIO Firmado digitalmente por SOTOMAYOR RODRIGUEZ SERGIO Fecha: 2026.01.30 21:17:15 -05'00'Página 4 de 181

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TRD 100.45

MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y DE COMPETENCIAS

LABORALES

I. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO

NIVEL

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO

CÓDIGO

GRADO

NÚMERO DE CARGOS

DEPENDENCIA

CARGO DEL JEFE INMEDIATO

DIRECTIVO

DIRECTOR GENERAL DE UNIDAD

ADMINISTRATIVA ESPECIAL

0015

UNO (1)

DIRECCIÓN GENERAL

MINISTRO DE TECNOLOGÍAS DE LA

INFORMACIÓN Y LAS

COMUNICACIONES

II. ÁREA FUNCIONAL: DIRECCIÓN GENERAL

III. PROPÓSITO PRINCIPAL Dirigir y garantizar el cumplimiento de las políticas, planes, programas y proyectos relacionados con la ANE, de acuerdo con las necesidades del sector y normas vigentes en la materia.

IV. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Adoptar todas las decisiones administrativas con el lleno de los requisitos establecidos en la ley, inherentes a sus funciones.

2. Ejercer la Representación Legal de la Entidad.

3. Ordenar los gastos, administrar en forma eficaz y eficiente los recursos financieros, administrativos y de personal para el adecuado funcionamiento de la Agencia.

2. Ejercer la Representación Legal de la Entidad.

3. Ordenar los gastos, administrar en forma eficaz y eficiente los recursos financieros, administrativos y de personal para el adecuado funcionamiento de la Agencia.

4. Con sujeción al presupuesto, y a las normas que rigen la materia, velar por la ejecución presupuestal y el recaudo y manejo de los recursos de la Agencia.

5. Nombrar y remover, así como aprobar las situaciones administrativas de los funcionarios adscritos a la planta de personal de la Agencia Nacional del Espectro, de conformidad con la normatividad jurídica vigente.

6. Presentar para aprobación al Consejo Directivo, el Manual Específico de Funciones y Requisitos de los empleos de la planta de personal de la Agencia y velar por su cumplimiento.

7. Crear los grupos internos de trabajo ne cesarios para atender las necesidades y funciones propias de la Agencia Nacional del Espectro, en concordancia con los lineamientos que el Gobierno Nacional estipule para

la Función Pública.

8. Suscribir los informes de ley que soliciten autoridades competent es, sobre las funciones de la Agencia.

9. Garantizar el ejercicio del Control Interno y supervisar su efectividad y la observancia de sus recomendaciones, con sujeción a lo dispuesto en la Ley 87 de 1993, y aquellas normas que la modifiquen o deroguen.

10. Garantizar el ejercicio del control disciplinario en la entidad con sujeción a lo dispuesto en la Ley 1952 de 2019 modificado por la Ley 2094 de 2021, y aquellas normas que la modifiquen o deroguen.

11. Adelantar la etapa de instrucción de los procesos disciplinario s a que

a lo dispuesto en la Ley 1952 de 2019 modificado por la Ley 2094 de 2021, y aquellas normas que la modifiquen o deroguen.

11. Adelantar la etapa de instrucción de los procesos disciplinario s a que haya lugar en contra de los funcionarios y exfuncionarios de la ANE.

12. Fijar las políticas y procedimientos para la atención de peticiones, consultas, quejas, reclamos, sugerencias y recepción de información que los ciudadanos formulen en relación co n la misión y desempeño de la

Agencia.

13. Emitir los lineamientos y directrices para la implementación del Análisis de Impacto Normativo (AIN) en los procesos de formulación, revisión yPágina 5 de 181

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TRD 100.45 adopción de normas de competencia de la entidad, asegurando la aplicación de metodologías técnicas que promuevan la eficiencia regulatoria, la toma de decisiones basada en evidencia, la transparencia y la participación de los actores interesados.

14. Coordinar con el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, la notificación ante los organismos internacionales de las interferencias detectadas por señales originadas en otros países.

15. Asesorar y acompañar al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en las negociaciones internacionales, cu ando se requiera.

16. Actualizar, mantener y garantizar la seguridad y confiabilidad de la información que se genere de los actos administrativos de su competencia.

17. Actuar como segunda instancia de los actos administrativos por infracciones al régimen del espectro.

18. Promover de manera permanente la mejora continua de la entidad.

19. Las demás que le sean asignadas inherentes a la naturaleza de la

competencia.

17. Actuar como segunda instancia de los actos administrativos por infracciones al régimen del espectro.

18. Promover de manera permanente la mejora continua de la entidad.

19. Las demás que le sean asignadas inherentes a la naturaleza de la dependencia.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Planeación estratégica y gestión gerencial.

2. Nociones de administración pública.

3. Normatividad relacionada con el sector de las Tecnologías de la información y comunicaciones.

4. Políticas públicas, presupuesto, contratación pública.

5. Inglés avanzado.

VI.COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES COMUNES POR NIVEL JERÁQUICO • Aprendizaje continuo • Orientación a resultados • Orientación al usuario y al ciudadano • Compromiso con la Organización • Trabajo en equipo • Adaptación al cambio • Visión estratégica • Liderazgo efectivo • Planeación • Toma de Decisiones • Gestión del desarrollo de las personas • Pensamiento sistémico • Resolución de conflictos

VII. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA FORMACIÓN ACADÉMICA EXPERIENCIA De conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 1341 de 2009, se requiere ser ciudadano colombiano mayor de treinta (30) años con título de pregrado y maestría o doctorado afines.

Tarjeta profesional en los casos requeridos por la Ley. Noventa y seis (96) meses de experiencia profesional relacionada de acuerdo con lo establecido en la Ley 1341 de 2009.Página 6 de 181

Tarjeta profesional en los casos requeridos por la Ley. Noventa y seis (96) meses de experiencia profesional relacionada de acuerdo con lo establecido en la Ley 1341 de 2009.Página 6 de 181

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MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y DE COMPETENCIAS

LABORALES

I. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO

NIVEL

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO

CÓDIGO

GRADO

NÚMERO DE CARGOS

DEPENDENCIA

CARGO DEL JEFE INMEDIATO

DIRECTIVO

SUBDIRECTOR

0040 24

TRES (3)

SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN Y

PLANEACIÓN TÉCNICA DEL

ESPECTRO

DIRECTOR GENERAL

II. ÁREA FUNCIONAL: SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN Y PLANEACIÓN

TÉCNICA DEL ESPECTRO

III. PROPÓSITO PRINCIPAL Dirigir, controlar, evaluar y velar por el cumplimiento de los objetivos, planes, programas y proyectos de la ANE relacionados con la gestión y planeación técnica del espectro, de acuerdo con las normas vigentes, los planes de desarrollo, las políticas tra zadas y las necesidades de los sectores.

IV. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Diseñar y proponer los elementos de política para la administración del espectro, en concordancia con las políticas nacionales y sectoriales, y aquellas que adopten los organismos internacionales competentes, cuando sean del caso.

2. Dirigir y validar la realización de estudios e investigaciones para identificar nuevas tendencias en cuanto al uso y gestión técnica del espectro.

aquellas que adopten los organismos internacionales competentes, cuando sean del caso.

2. Dirigir y validar la realización de estudios e investigaciones para identificar nuevas tendencias en cuanto al uso y gestión técnica del espectro.

3. Desarrollar modelos para el uso óptimo del espe ctro y para una mayor eficiencia en la administración de este.

4. Desarrollar estudios para proponer los parámetros de valoración por el derecho al uso del espectro radioeléctrico y la estructura de contraprestaciones correspondiente, en el marco de la Constitución y la Ley, así como recomendar oportunamente a través del Director General de la entidad al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, los valores asociados a los derechos del uso del espectro radioeléctrico.

5. Planear y ejecutar las actividades de gestión y planeación técnica del espectro radioeléctrico, a cargo de la ANE y coordinar con las dependencias del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y demás entidades relacionadas, elementos de interés común o compartido.

6. Establecer los procesos de ingeniería para la adecuada utilización de las diferentes bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico, incluyendo las satelitales.

7. Organizar el funcionamiento de la Subdirección, proponer ajustes a la organización interna y demás disposiciones que regulan los procedimientos y trámites administrativos internos.

8. Adelantar las gestiones necesarias para asegurar el oportuno cumplimiento de los planes, programas y proyectos.

9. Dirigir los estudios y trámites de las s olicitudes relacionadas con el uso del espectro radioeléctrico.

10. Rendir al Director General de la entidad los informes técnicos y

cumplimiento de los planes, programas y proyectos.

9. Dirigir los estudios y trámites de las s olicitudes relacionadas con el uso del espectro radioeléctrico.

10. Rendir al Director General de la entidad los informes técnicos y estadísticos sobre la utilización del espectro.

11. Recomendar al Director General propuestas que coadyuven a la coordinación internacional de las frecuencias en las fronteras y la de los sistemas de telecomunicaciones por satélite, para evitar interferencias.Página 7 de 181

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12. Dirigir y evaluar las actividades del personal a su cargo, conforme con los procedimientos e instrumentos definidos para tal fin en la ANE.

13. Proyectar y entregar los informes solicitados por las diferentes entidades de control que deban ser presentados por él o por el Director General de la Agencia, de acuerdo con su competencia.

14. Definir los procedimientos y dirigir la correcta ej ecución de las actividades requeridas para preparar y proponer los Cuadros de Características Técnicas de la Red -CCTR.

15. Aprobar la actualización del registro público de las frecuencias que estén atribuidas al servicio de televisión en cada uno de niveles territoriales en que se pueda prestar el servicio.

16. Expedir actos administrativos o resoluciones inherentes a las funciones del cargo.

17. Dirigir los procesos de notificación y/o comunicación de los actos administrativos o resoluciones de la Subdirección.

18. Gestionar el proceso de publicidad de los actos administrativos o resoluciones cuando a ello haya lugar.

19. Participar activamente en los grupos, comités, subcomités, consejos, reuniones y otros encuentros para los cuales sea designado.

18. Gestionar el proceso de publicidad de los actos administrativos o resoluciones cuando a ello haya lugar.

19. Participar activamente en los grupos, comités, subcomités, consejos, reuniones y otros encuentros para los cuales sea designado.

20. Atender oportunamente por los canales habilitados por la entidad y según lo establecido en la normatividad vigente, las PQRSD de su competencia y realizar el seguimiento necesario para su cierre formal.

21. Cumplir los lineamientos transversales establecidos en el Sistema Integrado de Gestión y el Modelo Integrado de Planeación y Gestión, en pro de la sostenibilidad y mejora continua de la entidad y de los procesos en los que participa directa o indirectamente.

22. Gestionar y promover los Sistemas de Gestión implementados en la entidad, en su área o actividad a cargo.

23. Gestionar la identificación y análisis de los riesgos del proceso, formulando controles efectivos para mitigarlos y presentando los reportes periódicos que le sean solicitados.

24. Responder por las acciones a cargo asociadas al c umplimiento de la Política Pública de Espectro, Plan Estratégico, Plan de Acción y demás planes y proyectos que defina la entidad.

25. Promover la mejora continua de su área y proceso y acatar las recomendaciones de mejora que se formulen internamente o por en tes de gobierno y control.

26. Dirigir y supervisar la implementación del Análisis de Impacto Normativo (AIN) en los procesos de formulación, revisión y adopción de normas de competencia de la Subdirección.

27. Las demás funciones asignadas por el jefe inmediato, siempre y cuando sean inherentes al propósito y naturaleza del cargo.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

normas de competencia de la Subdirección.

27. Las demás funciones asignadas por el jefe inmediato, siempre y cuando sean inherentes al propósito y naturaleza del cargo.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES La persona debe evidenciar mínimo dos (2) de los siguientes conocimientos.

1. Planeación y gestión institucional.

2. Metodologías de investigación, estructuración y formulación de políticas públicas y proyectos.

3. Normatividad y Políticas públicas vigentes sobre Tecnologías de la información y las comunicaciones.

4. Sistemas de gestión del espectro radioeléctrico.

5. Herramientas ofimáticas.

6. Inglés avanzado.

VI.COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES COMUNES POR NIVEL JERÁQUICO • Aprendizaje continuo • Orientación a resultados • Orientación al usuario y al ciudadano • Visión estratégica y prospectiva • Liderazgo efectivo • PlaneaciónPágina 8 de 181

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TRD 100.45 • Compromiso con la Organización • Trabajo en equipo. • Adaptación al cambio • Comunicación asertiva • Toma de Decisiones • Gestión del desarrollo de las personas. • Pensamiento sistémico • Resolución de conflictos.

VII. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA FORMACIÓN ACADÉMICA EXPERIENCIA Título profesional en disciplina académica del núcleo básico de conocimiento en: Ingeniería Electrónica, Telecomunicaciones y afines; Ingeniería Eléctrica y afines.

Título de postgrado en la modalidad

Título profesional en disciplina académica del núcleo básico de conocimiento en: Ingeniería Electrónica, Telecomunicaciones y afines; Ingeniería Eléctrica y afines.

Título de postgrado en la modalidad de Maestría, en las áreas relacionadas con las funciones del empleo.

Tarjeta profesional en los casos requeridos por la Ley. Sesenta y ocho (68) meses de experiencia profesional relacionada. ALTERNATIVA FORMACIÓN ACADÉMICA EXPERIENCIA Título profesional en disciplina académica del núcleo básico de conocimiento en: Ingeniería Electrónica, Telecomunicaciones y afines; Ingeniería Eléctrica y afines.

Título de postgrado en la modalidad de Especialización, en las áreas relacionadas con las funciones del empleo.

Tarjeta profesional en los casos requeridos por la Ley. Ochenta (80) meses de experiencia profesional relacionada.Página 9 de 181

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MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y DE COMPETENCIAS

LABORALES

I. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO

NIVEL

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO

CÓDIGO

GRADO

NÚMERO DE CARGOS

DEPENDENCIA

CARGO DEL JEFE INMEDIATO

DIRECTIVO

SUBDIRECTOR

0040 24

TRES (3)

SUBDIRECCIÓN DE VIGILANCIA Y

CONTROL

DIRECTOR GENERAL

II. ÁREA FUNCIONAL: SUBDIRECCIÓN DE VIGILANCIA Y CONTROL

III. PROPÓSITO PRINCIPAL

0040 24

TRES (3)

SUBDIRECCIÓN DE VIGILANCIA Y

CONTROL

DIRECTOR GENERAL

II. ÁREA FUNCIONAL: SUBDIRECCIÓN DE VIGILANCIA Y CONTROL

III. PROPÓSITO PRINCIPAL Dirigir, controlar y evaluar las acciones relacionadas con la vigilancia y control del espectro radioeléctrico en el territorio nacional, a través de acciones técnicas, jurídicas y administrativas necesarias que contribuyan al cumplimiento de las políticas planes, programas, proyectos y objetivos de la ANE.

IV. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Diseñar e implementar elementos de la política y procedimientos para vigilancia y control del espectro, en concordancia con las políticas nacionales y sectoriales y la normatividad vigente.

2. Establecer y ejecutar los planes de vigilancia y control sobre el uso del espectro por parte de usuarios autorizados, así como la utilización no autorizada o ilegal del mismo; asegurar el oportuno y cabal cumplimiento de estos planes y procesos de control.

3. Coordinar con las dependencias que correspondan del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones - MINTIC las actividades de Vigilancia y Control sobre los derechos y obligaciones en el uso del espectro por parte de los usuarios autorizados.

4. Administrar el sistema automatizado de vigilancia y control del espectro, así como las estaciones fijas y móviles asociadas.

5. Realizar la comprobación técnica de las emisiones y las verificaciones de control técnico del espectro radioeléctrico.

6. Ordenar la suspensión de transmisiones no autorizadas, detectadas en desarrollo de los planes de vigilancia y control.

7. Adelantar las investigaciones por el uso clandestino del espectro con

control técnico del espectro radioeléctrico.

6. Ordenar la suspensión de transmisiones no autorizadas, detectadas en desarrollo de los planes de vigilancia y control.

7. Adelantar las investigaciones por el uso clandestino del espectro con base en los procedimientos establecidos y efectuar el decomiso preventivo de los equipos utilizados en dicha actividad.

8. Informar a la Dirección General sobre las interferencias originadas en otros países.

9. Adelantar las investigaciones por las quejas de interferencias, comprobar e identificar técnicamente y de manera precisa la fuente de estas.

10. Adelantar todas las actuaciones adminis trativas para establecer las posibles infracciones al régimen nacional del espectro y actuar como primera instancia en la imposición de las sanciones pertinentes, así como resolver los recursos de reposición que se interpongan sobre los actos administrativos correspondientes.

11. Controlar y gestionar el manejo del archivo de los expedientes de las investigaciones que se adelanten en la Subdirección, junto con la dependencia encargada de gestión documental.

12. Diseñar indicadores que permitan medir las acciones ejercidas para la vigilancia y control del espectro y monitorear, evaluar las políticas, planes, y proyectos relacionados.

13. Hacer el seguimiento y evaluación técnica de los planes, programas y proyectos generados en la Subdirección y reportar a las instancias correspondientes.Página 10 de 181

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TRD 100.45

14. Dirigir y evaluar las actividades del personal a su cargo, conforme con los procedimientos e instrumentos definidos para tal fin en la ANE.

15. Proyectar y entregar los informes solicitados por las diferentes entidades de control que deban ser presentados por él o por el Director General de la entidad, de acuerdo con su competencia.

los procedimientos e instrumentos definidos para tal fin en la ANE.

15. Proyectar y entregar los informes solicitados por las diferentes entidades de control que deban ser presentados por él o por el Director General de la entidad, de acuerdo con su competencia.

16. Rendir al Director Gene ral de la entidad los informes técnicos y estadísticos sobre la gestión del monitoreo de espectro y del uso clandestino de este y los que se requieran de acuerdo con su cargo.

17. Participar activamente en los grupos, comités, subcomités, consejos, reuniones y otros encuentros para los cuales sea designado.

18. Expedir actos administrativos o resoluciones inherentes a las funciones del cargo.

19. Dirigir los procesos de notificación y/o comunicación de los actos administrativos o resoluciones de la Subdirección.

20. Gestionar el proceso de publicidad de los actos administrativos o resoluciones cuando a ello haya lugar.

21. Hacer seguimiento y revisión a la normatividad, doctrina y jurisprudencia existentes en relación con los temas a su cargo.

22. Atender oportunamente por los canales habilitados por la entidad y según lo establecido en la normatividad vigente, las PQRSD de su competencia y realizar el seguimiento necesario para su cierre formal.

23. Cumplir los lineamientos transversales establecidos por el Sistema Integrado de Gestión, en pro de la sostenibilidad y mejora continua de los procesos en los que participa directa o indirectamente.

24. Responder por las acciones a cargo asociadas al cumplimiento de la Política Pública de Espectro, Plan Estratégico, Plan de Acción y demá s planes y proyectos que defina la entidad.

25. Gestionar la identificación y análisis de los riesgos del proceso, formulando controles efectivos para mitigarlos y presentando los

Política Pública de Espectro, Plan Estratégico, Plan de Acción y demá s planes y proyectos que defina la entidad.

25. Gestionar la identificación y análisis de los riesgos del proceso, formulando controles efectivos para mitigarlos y presentando los reportes periódicos que le sean solicitados.

26. Suscribir los estudios previos par a la contratación de los bienes y servicios acorde con las funciones del cargo, así como participar en la evaluación de los procesos contractuales de su competencia y adelantar la supervisión de los contratos relacionados con las funciones del cargo y que le sean delegadas.

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