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ANE - Resolución 000071 de 2026

Agencia Nacional del Espectro

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Detalles

Título
ANE - Resolución 000071 de 2026
Autor
Agencia Nacional del Espectro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Libertad_Prensa
Año
2026

VERSIÓN 12

TRD 100.45

RESOLUCIÓN NÚMERO 000071 DEL 10-02-2026

“Por medio de la cual se modifica el artículo tercero y octavo de la Resolución No 289 del 14 de mayo de 2025, mediante la cual se conforma el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo – COPASST-, de la Agencia Nacional del Espectro – ANE, para el periodo 2025 -2027”

EL DIRECTOR GENERAL DE LA AGENCIA NACIONAL DEL ESPECTRO

En ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 1341 de 2009, el Decreto 093 de 2010 y el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo No. 1072 de 2015, las Resoluciones números 1356 del 18 de junio de 2012 del Ministerio de Trabajo, 312 del 13 de febrero de 2019 del Ministerio del Trabajo y la 2932 del 5 de agosto de 2024 del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Resolución No. 2013 de 1986, expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social, reglamentó la organización y funcionamiento de los Comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los lugares de trabajo.

Que, el Decreto 1072 de 2015 del Ministerio del Trabajo, “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo”, definió las directrices de obligatorio cumplimiento para implementar el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo - SG SST.

expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo”, definió las directrices de obligatorio cumplimiento para implementar el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo - SG SST.

Que, el artículo 16 de la Resolución No. 312 de 2019, expedida por el Ministerio del Trabajo, establece los estándares mínimos del sistema de Gestión de seguridad y salud en el trabajo para empresas de más de cincuenta (50) trabajadores, dentro de los que se encuentra la conformación y la garantía del funcionamiento del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo – COPASST.

Que, mediante la Resolución No 289 del 14 de mayo de 2025, se conformó el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo – COPASST, de la Agencia Nacional del Espectro – ANE, para el periodo 2025 – 2027.

Que, en el artículo 3° de la Resolución No 289 del 14 de mayo de 2025, se designaron como representantes principales de la entidad a los servidores: Santiago Peláez Galmarini y Lorena Del Castillo Ortega: y como suplentes: Álvaro Casallas Hernández y Lina Mercedes Beltrán.

Que, mediante Resolución No.00012 del 15 de enero de 2026 a partir del 19 de enero de 2026, se aceptó la renuncia presentada por la funcionaria Lorena Del Castillo Ortega, razón por la cual, se hace necesario designar un nuevo suplente para el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el trabajo – COPASST de la entidad, para el periodo 2025 – 2027.

En mérito de lo expuesto, el Director General de la Agencia Nacional del Espectro,

RESUELVE:

para el periodo 2025 – 2027.

En mérito de lo expuesto, el Director General de la Agencia Nacional del Espectro,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. Modifíquese el artículo tercero de la Resolución No. 289 del 14 de mayo de 2025, el cual quedará así:

“ARTICULO TERCERO: REPRESENTANTES DE LA ENTIDAD. Designar como representantes principales y suplentes de la entidad en el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el trabajo - COPASST-, de la Agencia Nacional del EspectroANE- , para el periodo 2025 – 2027, a los siguientes funcionarios:Página 2 de 2

VERSIÓN 12

TRD 100.45 Resolución número 000071 del 10-02-2026

ITEM INTEGRANTE ÁREA PRINCIPAL SUPLENTE

1 Santiago Peláez Galmarini Dirección X 2 Álvaro Casallas Hernández Dirección X 3 Lina Mercedes Beltrán Dirección X 4 María Camila Gutiérrez Dirección X

PARÁGRAFO UNO. En caso de retiro de la entidad de un representante principal del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo - COPASST, sus funciones las asumirá el representante suplente, y en caso de retiro de un representante suplente, la Dirección General designará a un nuevo funcionario.”

ARTÍCULO SEGUNDO. Modifíquese el artículo octavo de la Resolución No. 289 del 14 de mayo de 2025, el cual quedará así:

“ARTÍCULO OCTAVO. COMUNICACIÓN. Ordenar al Grupo de Gestión del Talento Humano comunicar el presente acto administrativo a los funcionarios:

14 de mayo de 2025, el cual quedará así:

“ARTÍCULO OCTAVO. COMUNICACIÓN. Ordenar al Grupo de Gestión del Talento Humano comunicar el presente acto administrativo a los funcionarios: Santiago Peláez Galmarini, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.782.846, Álvaro Casallas Hernández, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.561.022, Lina Mercedes Beltrán, identificada con cédula de ciudadanía No. 53.153.980; María Camila Gutiérrez Torres, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.010.167.068, pertenecientes a la Dirección General, como representantes del empleador, en sus calidades respectivas, ante el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo, para la vigencia 2025 -2027.”

ARTÍCULO TERCERO Las demás disposiciones de la Resolución No. 289 del 14 de mayo de 2025, se mantienen en su integridad.

ARTÍCULO CUARTO. PUBLICACIÓN. Ordenar al Grupo de Gestión del Talento Humano de la entidad, publicar el presente acto administrativo en la página WEB de la entidad.

ARTÍCULO QUINTO. COMUNÍCACIÓN. Ordenar al Grupo de Gestión del Talento Humano de la entidad, comunicar el presente acto administrativo a todos los funcionarios de la ANE, a través de sus respectivos correos institucionales.

ARTÍCULO SEXTO. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de expedición.

Dada en Bogotá, D.C., a los diez (10) días del mes de febrero de 2026.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

expedición.

Dada en Bogotá, D.C., a los diez (10) días del mes de febrero de 2026.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

SERGIO SOTOMAYOR RODRÍGUEZ

Director General de la Agencia Nacional del Espectro

Elaboró: Lina Marcela Llanos López – Contratista – Grupo de Gestión del Talento Humano

Revisó: Diego Fernando Urquijo S. – Coordinador del Grupo de Gestión del Talento Humano

Jessica Alexandra Guzmán – Contratista –Subdirección de Soporte Institucional

Aprobó: Lina Paola VaccaSubdirectora de Soporte Institucional

SOTOMAYOR RODRIGUEZ

SERGIO Firmado digitalmente por SOTOMAYOR RODRIGUEZ SERGIO Fecha: 2026.02.10 17:15:35 -05'00'

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