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ANE - Resolución 000997 de 2025

Agencia Nacional del Espectro

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Detalles

Título
ANE - Resolución 000997 de 2025
Autor
Agencia Nacional del Espectro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Libertad de Prensa
Año
2025

VERSIÓN 12

TRD 100.45

RESOLUCIÓN NÚMERO 000997 DEL 18-11-2025

“Por medio de la cual se modifica el artículo segundo de la Resolución No. 828 del 27 de septiembre de 2024 por medio de la cual se delegan funciones de ordenación del gasto y se dictan otras disposiciones”

EL DIRECTOR GENERAL DE LA AGENCIA NACIONAL DEL ESPECTRO

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 209 y 211 de la Constitución Política, las leyes 489 de 1998 y 1341 de 2009, el Decreto 093 de 2010, el Decreto Ley 4169 de 2011 y la Resolución No. 2932 del 5 de agosto de 2024 del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, y

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 209 de la Constitución Política establece que: "la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado (...)".

Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 211 ibidem , la ley fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar funciones en sus subalternos o en otras autoridades.

Que, el artículo 9 de la Ley 489 de 1998 señala que las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y la citada ley “(…) podrán delegar la

subalternos o en otras autoridades.

Que, el artículo 9 de la Ley 489 de 1998 señala que las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y la citada ley “(…) podrán delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política (…)”.

Que, el artículo 10 de la Ley 489 de 1998 señala que: “En el acto de delegación, que siempre será escrito, se determinará la autoridad delegataria y las funciones o asuntos específicos cuya atención y decisión se transfieren (…)”.

Que, de acuerdo con el numeral 2 del artículo 5 del Decreto 093 de 2010, el Director General de la A gencia Nacional del Espectro (A NE) debe adoptar las medidas administrativas con el lleno de los requisitos establecidos en la ley, inherentes a sus funciones.

Que el numeral 3 del artículo 5 del Decreto 093 de 2010 establece como función del Director General de la ANE: “administrar en forma eficaz y eficiente los recursos financieros, administrativos y de personal para el adecuado funcionamiento de la Agencia”.

Que, el artículo 8 del Decreto 093 de 2010 establece dentro de las funciones de la Subdirección de Soporte Institucional las de apoyar al Director General en el desarrollo de los procesos de gestión, control y evaluación de las funciones y programas que adelanta la ANE y desempeñar las demás funciones que le sean asignadas por el Director

Subdirección de Soporte Institucional las de apoyar al Director General en el desarrollo de los procesos de gestión, control y evaluación de las funciones y programas que adelanta la ANE y desempeñar las demás funciones que le sean asignadas por el Director General, las que reciba por delegación y aquellas inherentes a la naturaleza de la dependencia y del cargo.

Que, el Consejo de Estado, en sentencia del 22 de marzo del 2012, expediente 2500023-24-0002004-01012-0, señaló como elementos constitutivos de la delegación administrativa los siguientes: “(…) a. La transferencia de funciones debe contar con autorización legal; b. La delegación que haga debe efectuarse a otra autoridad o colaborador con funciones afines o complementarias; c. La autoridad que confiera la delegación puede, en cualquier momento, reasumir la competencia; d. Las funciones transferidas deben ser propias del cargo del delegante, es decir sólo puede delegar asuntos a ellos confiados por la ley (…)”.

Que en el artículo 38 de la Ley 1952 de 2019, se establecen como deberes de todoVERSIÓN 12 TRD 100.45

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Resolución número 000997 del 18-11-2025 servidor público: “5. utilizar los bienes y recursos asignados para el desempeño de su empleo, cargo o función, las facultades que le sean atribuidas o la información reservada a que tenga acceso por razón de su función, en forma exclusiva para los fines a que están afectos (…) 22. Vigilar y salvaguardar los bienes y valores que le han sido encomendados y cuidar que sean utilizados debida y racionalmente, de conformidad con los fines a que han sido destinados. 23 Responder por la conservación de los útiles,

encomendados y cuidar que sean utilizados debida y racionalmente, de conformidad con los fines a que han sido destinados. 23 Responder por la conservación de los útiles, equipos, muebles y bi enes confiados a su guarda o administración y rendir cuenta oportuna de su utilización”.

Que, mediante la Resolución No. 828 del 27 de septiembre de 2024 se delegó funciones de ordenación del gasto y se dict aron otras disposiciones, en materia de contratación, gestión administrativa, gestión financiera y gestión del talento humano.

Que, teniendo en cuenta la importancia de integrar las estrategias administrativas y financieras en materia de gestión de bienes para la entidad, se requiere delegar en el Subdirector de Soporte Institucional las funciones inherentes a la administración de los bienes de propiedad de la entidad y aquellos por los cuales fuere o llegase a ser legalmente responsable.

Que, con fundamento en la potestad de delegación establecida en las anteriores normas y con el propósito de continuar con el ejercicio de la función pública bajo los principios de eficacia, economía y celeridad que rigen la función administrativa, se requiere modificar el artículo segundo de la Resolución No. 828 del 27 de septiembre de 2024 referente a la delegación de la ordenación del gasto en materia administrativa.

Que, en mérito de lo expuesto, el Director General de la Agencia Nacional del Espectro,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. Modifíquese el artículo segundo de la Resolución No. 828 del 27 de septiembre de 2024, el cual quedará así:

“FUNCIONES DE ORDENACIÓN DEL GASTO Y OTRAS FACULTADES EN MATERIA ADMINISTRATIVA. Delegar en el Subdirector de Soporte Institucional de la

27 de septiembre de 2024, el cual quedará así:

“FUNCIONES DE ORDENACIÓN DEL GASTO Y OTRAS FACULTADES EN MATERIA ADMINISTRATIVA. Delegar en el Subdirector de Soporte Institucional de la Agencia Nacional del Espectro : la autorización y pago de las comisiones de servicios; la autorización y pago de los viáticos y los gastos de desplazamiento; la constitución de la caja menor de la entidad ; el retiro de bienes del patrimonio de la entidad; y la destinación final de los bienes de conformidad con la normatividad vigente sobre la materia y las buenas prácticas de gestión.

ARTÍCULO SEGUNDO: VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

ARTÍCULO TERCERO: Las demás disposiciones de la Resolución No. 828 del 27 de septiembre de 2024, se mantienen en su integridad.

Dada en Bogotá D.C., a los dieciocho (18) días del mes de noviembre de 2025.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

SERGIO SOTOMAYOR RODRÍGUEZ

Director General de la Agencia Nacional del Espectro

Elaboró: Robeiro Quintero R. - Profesional Especializado 2028-20 (E) - Grupo de Gestión Administrativa

Carolina Gómez Cardozo - Contratista – Subdirección de Soporte Institucional

Revisó: Andrés Mauricio Jiménez Delgado - Coordinador del Grupo de Gestión Administrativa

Andrea Ortega Torres – Subdirectora de Soporte Institucional

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