ANH - Resolución 0182 de 2019
Agencia Nacional de Hidrocarburos
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- ANH - Resolución 0182 de 2019
- Autor
- Agencia Nacional de Hidrocarburos
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2019
AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS
Resolución No. 1 8 2 de 2019 Hoja No. 1 de 3 "Por la cual se ajusta y actualiza el manual específico de funciones y competencias laborales para los empleos de la planta de personal de la Agencia Nacional de Hidrocarburos - ANH" EL PRESIDENTE (E) DE LA AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS - ANH En ejercicio de las facultades legales que le confieren los artículos 9 del Decreto 0714 de 2012; 2.2.2.9.8 del Decreto 1083 de 2015, y CONSIDERANDO: Que mediante Resolución No. 516 del 7 de noviembre de 2018, se actualizó el manual específico de funciones y competencias de la ANH, de conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto 815 del 08 de mayo de 2018, "por el cual se modifica el Decreto 1083 de 2015, Único Reglamentario del Sector de Función Pública, en lo relacionado con las competencias laborales generales para los empleos públicos de los distintos niveles jerárquicos. " Que el Presidente de la República expidió el 06 de febrero de 2019, la Directiva Presidencial No. 01 de 2019, a través de la cual solicita dar estricta aplicación a las normas de orden reglamentario contenidas en el Decreto 1083 de 2015 "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública", respecto de los requisitos mínimos establecidos en el artículo 2.2.2.4.10. Que, en mérito de lo expuesto, el presidente encargado de la ANH,
RESUELV E:
Función Pública", respecto de los requisitos mínimos establecidos en el artículo 2.2.2.4.10. Que, en mérito de lo expuesto, el presidente encargado de la ANH, RESUELV E: ARTÍCULO PRIMERO: Actualizar el manual específico de funciones y de competencias laborales de la ANH, en el sentido de incorporar en los requisitos mínimos del empleo Presidente de Agencia, Código El, Grado 08, las disposiciones contenidas en el artículo 2.2.2.4.10. del Decreto 1083 de 2015, así:
I. IDENTIFICACIÓN
Nivel: Directivo Denominación del emoleo: Presidente de Aaencia
Códiao: El
Grado: 08
Deoendencia: Presidencia
Carao del Jefe Inmediato: Ministro de Minas v Eneraía
II. AREA FUNCIONAL
Presidencia
III. PROPOSITO PRINCIPAL Administrar integralmente las reservas de hidrocarburos de propiedad de la Nación, así como fomentar, oromover v suoervisar los contratos de exoloración v exolotación suscritos con la Aaencia.
IV. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESENCIALES
1. Dirigir y vigilar el desarrollo y ejecución de las funciones a cargo de la Agencia, ejercer la representación legal y nominadora de la Entidad, así como adoptar las reglas y directrices internas necesarias para el funcionamiento y prestación de los servicios de la Agencia, de conformidad con las leves v realamentos viaentes.ANHs
AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS
Hoja No. 2 de 3 Resolución No. {) 8 2 de 2019 "Por la cual se ajusta y actualiza el manual específico de funciones y competencias laborales
AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS
Hoja No. 2 de 3 Resolución No. {) 8 2 de 2019 "Por la cual se ajusta y actualiza el manual específico de funciones y competencias laborales para los empleos de la planta de personal de la Agencia Nacional de Hidrocarburos - ANH"
2. Orientar y supervisar la formulación de los planes, programas y proyectos relacionados con el cumplimiento de las funciones y competencias de la Agencia, así como adelantar las actividades necesarias para apoyar al Ministerio de Minas y Energía y demás autoridades competentes en los asuntos relacionados con las comunidades, el medio ambiente y la seguridad en las áreas de influencia de los proyectos hidrocarburíferos.
3. Proponer al Consejo Directivo las medidas encaminadas al adecuado abastecimiento de la de manda nacional de hidrocarburos.
4. Dirigir las actividades administrativas, financieras y presupuestales requeridas para el desarrollo de la misión de la Agencia, así como preparar y presentar para aprobación al Consejo Directivo el anteproyecto de presupuesto de la Agencia y las modificaciones al presupuesto aprobado, con sujeción a las normas sobre la materia.
5. Convocar al Consejo Directivo y asistir a sus reuniones ordinarias y extraordinarias, así como presentar al Consejo Directivo, con la periodicidad que éste determine, los informes sobre el cumplimiento de las funciones a cargo de la Agencia y las propuestas para el mejor desempeño de las mismas
6. Distribuir entre las diferentes dependencias de la Agencia las funciones y competencias que la Ley le otorgue a la entidad, cuando las mismas no estén asignadas expresamente a una de ellas; de igual distribuir los empleos de la planta de personal de acuerdo con la organización interna y
6. Distribuir entre las diferentes dependencias de la Agencia las funciones y competencias que la Ley le otorgue a la entidad, cuando las mismas no estén asignadas expresamente a una de ellas; de igual distribuir los empleos de la planta de personal de acuerdo con la organización interna y las necesidades del servicio, así como crear y organizar con carácter permanente o transitorio comités y grupos internos de trabajo.
7. Administrar y disponer de los bienes muebles e inmuebles que pasen al Estado por terminación de los contratos y convenios de exploración y explotación suscritos o que suscriba la Agencia Nacional de Hidrocarburos, o por reversión de concesiones vigentes.
8. Celebrar los contratos de exploración y explotación de hidrocarburos, así como fijar los precios de los hidrocarburos para efectos de la liquidación de regalías, ejecutar y evaluar las estrategias de promoción nacional e internacional de la exploración y explotación de hidrocarburos.
9. Apoyar a la Unidad de Planeación Minero-Energética en la preparación de estudios e investiga ciones que permitan establecer los requerimientos de oferta y demanda de los hidrocarburos y demás entidades que estén involucradas en el desarrollo de las actividades del sector de hidro carburos.
10. Ordenar los gastos y celebrar los contratos de la Agencia que se requieran para el cumplimiento de sus funciones, así como aprobar el plan de contratación y sus respectivas modificaciones, previa recomendación del Comité Estratégico de la Agencia.
11. Implementar, mantener y mejorar el sistema integrado de gestión institucional de la Agencia y ejercer la función de control interno disciplinario en los términos de la Ley.
12. Las demás funciones que le sean asignadas por el superior inmediato necesarias para el cumpli
11. Implementar, mantener y mejorar el sistema integrado de gestión institucional de la Agencia y ejercer la función de control interno disciplinario en los términos de la Ley.
12. Las demás funciones que le sean asignadas por el superior inmediato necesarias para el cumpli miento de la misión v visión institucional, de acuerdo con la naturaleza del carqo
V. CONOCIMIENTOS BASICOS ESENCIALES • Alta gerencia • Planeación estratégica • Conocimiento del sector petrolero y su funcionamiento en el estado colombiano • Planeación y ejecución del presupuesto público • Negociación para agregar valor a las organizaciones • Sistemas de gestión y control y de desarrollo administrativo • Código disciplinario único • Inalés avanzado
VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALESANHs AGENCIA NACIONAL OE HIDROCARBUROS .¡ Ol 'J\ Resolución No. ' 0 e:. de 2019
Hoja No. 3 de 3 "Por la cual se ajusta y actualiza el manual específico de funciones y competencias laborales para los empleos de la planta de personal de la Agencia Nacional de Hidrocarburos - ANH" Comunes Por nivel jerárquico Aprendizaje continuo Orientación a resultados Visión estratégica Liderazgo efectivo Planeación Toma de decisiones Orientación al usuario y al ciudadano Compromiso con la organización Trabajo en equipo Adaotación al cambio Gestión del desarrollo de las personas Pensamiento Sistémico
VII. REOUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA
Formación Académica Experiencia Artículo 2.2.2.4.10 del Decreto 1083 de 2015:
Gestión del desarrollo de las personas Pensamiento Sistémico
VII. REOUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA
Formación Académica Experiencia Artículo 2.2.2.4.10 del Decreto 1083 de 2015: "( ... ) Para desempeñar los empleos de Director de Unidad Administrativa Especial, Superintendente, Director, Gerente o Presidente de entidades descentralizadas, en cualquiera de sus grados salariales, acreditarán como requisito título profesional en una disciplina académica, título de postgrado en cualquier modalidad y experiencia profesional relacionada. Para el ejercicio de los empleos antes señalados podrán aplicarse las equivalencias establecidas en el presente Título." ARTÍCULO SEGUNDO. - La presente Resolución rige a partir de la fecha de su aprobación y actualiza en lo pertinente la Resolución 516 de 2018. COMUNÍQUESE y cú- --.-.se ·"-¡- n¡; Dada e 11 so . {' . ! á, .C., / 1os ubf'fr,J¡g .' 10
EDGAR ORLANJ)O JUENO SERRANO
PRESIDEl'ffE ANH E)
MAY 2019
Revisó: Sandra Milena Rodriguez Ramirez / Vicepresidente Administrativ_9.4Jinanciero (FJ/ Componente técnico f\ fiRevisó: Esmeralda Valencia Cortes / Contratista/ Componente jurídico e,,«;'• fi Proyectó: Edwin Arturo Ruiz Moreno / Contratista / Componente técnicoJ. F
1