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ANH - Resolución 20202068620 200120 septiembre 2015

Agencia Nacional de Hidrocarburos

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Detalles

Título
ANH - Resolución 20202068620 200120 septiembre 2015
Autor
Agencia Nacional de Hidrocarburos
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2015

REPÚBLICA DE COLOMBIA

ANHfi AGENCIA NACIONAL DE HIDROCAIIBUROS

RESOLUCIÓN No.

6 B 6 DEO 1 SEi' 2015 Hoja No. 1 de 3 Por la cual se modifica la Resolución ANH 500 de julio 21 de 2015.

EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS - ANH.

En uso de facultades legales, en especial fas previstas en el Decreto Ley 4137 de 2011, en el Numeral 3" del Artículo 17 del Decreto 714 de 2012 y conforme a lo previsto en el Artículo 14 de la Ley 1530 de 2012; y CONSIDERANDO: Que la Agencia Nacional de Hidrocarburos expidió el 21 de Julio de 2015 la Resolución 500 "Par la cual se efectúa la distribución de recursos parcialmente recaudados por la Agencia Nacional de Hidrocarburos por concepto de las reliquidaciones de participaciones en regalías por explotadón de hidrocarburos causadas antes de la entrada en vigencia del Sistema General de Regalías - SGR y se ordena su giro." Que mediante el Artículo 1 Ibídem se efectuó, conforme a la parte motiva de dicho acto, la distribución de recursos recaudados parcialmente por concepto de las reliquidaciones realizadas por el Ministerio de Minas y Energía respecto del IV Trimestre de 2010 y del 11, lll y IV Trimestres de 2011, por un valor total de $3.971.355.329. Que entre las entidades beneficiarias de dicha distribución se encuentra el Departamento de Casanare, según el siguiente detalle:

2011, por un valor total de $3.971.355.329. Que entre las entidades beneficiarias de dicha distribución se encuentra el Departamento de Casanare, según el siguiente detalle: RECURSOS SAlDO DISTRIBUCIÓN VAlOR NETO RECURSOS VALOR LIQUIDADOVALOR REVISADO· RSUQUIDACIÓN % DISTRIBUIDOS PENDlEN:TES POR RECURSOS BENEFICJAR!O MMC MMC MMC PARTICIPACIÓN RES.ANH DISTRIBUIR A SEGÚN% ${COP) ${COP) 347/2fJ14 PARTJC!PACIÓN ,,, ,,, ${COP) {DI ${COP) DlC•lS•ZOlfi $[COP) !C)=(B)-{A) $(COP) ,,, {F) " (C)-{E) CASANARE 966.029.940.91S 969.382.S71.758 3.352.630.B-13 18,189"/4 1.185.736.207 2.166.894.636 722.368.995 Que, conforme a lo dispuesto en el Artículo 2 Ibídem, se ordenó descontar con destino al Departamento Nacional de Planeación - DNP el 1 % respecto de los recursos distribuidos en el Articulo 1 al Departamento de Casanare, vale decir, la suma de $7.223.690. Que en el Artfculo 4 Ibídem se ordenó a la Vícepresidencia Financiera y Administrativa girar el valor neto de los recursos distribuidos en el Artículo 1 a sus beneficiarios, entre ellos, al Departamento de Casanare, cuyo valor neto de giro corresponde a la suma de $715.145.305. Que el Departamento de Casanare es actualmente objeto de medida de suspensión de giro de recursos por concepto de participación en regalías y compensaciones impuesta por el

Casanare, cuyo valor neto de giro corresponde a la suma de $715.145.305. Que el Departamento de Casanare es actualmente objeto de medida de suspensión de giro de recursos por concepto de participación en regalías y compensaciones impuesta por el Departamento Nacional de Planeación - DNP según Oficio SPC 20111530163411 de 17 de marzo de 2011, con radicado ANH 0013-002906-2011-E de 22-03-2011, razón por la cual hasta tanto el DNP levante total o parcialmente dicha medida, no es procedente girar a esta Entidad Territorial los recursos que le corresponden en la distribución efectuada mediante la Resolución ANH 500 de 2015 y, en consecuencia, dichos recursos deben ser retenidos.REPÚBLICA DE COLOMBIA

ANHfi AGENCIA NACIONAi. OE IIIDROCARl!UROS

RESOLUCIÓN No. 6 B 6 fi O 1 SEP 2015

Por la cual se modifica la Resolución ANH 500 de 2015 Hoja No. 2 de 3 Que en el Articulo 7 lbldem se ordenó a la Vicepresidencia Administrativa y Financiera transferir, junto con el valor neto de los recursos distribuidos, los rendimientos financieros generados por éstos hasta la fecha de giro efectivo aplicando el porcentaje de participación establecido en la Tabla contenida en el Artículo 1 Ibídem, omitiendo ordenar la retención de los rendimientos que correspondan al Departamento de Casanare y al Municipio de Villanueva, por las mismas razones y para los mismos fines de aquéllos. Que, conforme a lo expuesto, se hace necesario modificar los Artículos 4, 5 y 7 de Resolución ANH 500 de 2015 y, en consecuencia,

RESUELVE:

para los mismos fines de aquéllos. Que, conforme a lo expuesto, se hace necesario modificar los Artículos 4, 5 y 7 de Resolución ANH 500 de 2015 y, en consecuencia, RESUELVE: Artículo 1. Modificar, conforme a lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución, e! Artículo 4 de ta Resolución ANH 500 de julio 21 de 2015, el cual quedará así: "Artículo 4. Ordenar a la Vicepresidencia Administrativa y Financiera el giro del valor neto por concepto de la distribución contenida en el Artículo 1 de la presente Resolución a sus beneficiarios conforme al siguiente detalle: CÓDIGO CÓDIGO VALOR A GIRAR DANE BENEFICIARIO DEPARTAMENTO DANE $(COP) 5000 ANTIOQU!A ANTIOQUIA 124152 16/04/12, 12436217/09/12 784.928.170 5893 YONDÓ ANTIOQUIA 124152 16/04/12, 124362 17/09/12 471.536.589 15000 BOYACÁ BOYACÁ 12415216/04/12, 124362 17/09/12 21.053.793 15572 f'UERTO BOYACÁ BOYACÁ 124152 16/04/12, 124362 17/09/12 157.595.646 25000 CUNDINAMARCA CUNDINAMARCA 124027 13/02/2012 9.168.432 25885 YACOPÍ CUNDINAMARCA 12402713/02/2012 5.939.065 50000 META META 12415216/04/12, 12402713 /02/2012 159.689.6S6

BARRANCA DE 124027 13/02/2012 4.937,821 S0110 UPÍA META

50000 META META 12415216/04/12, 12402713 /02/2012 159.689.6S6

BARRANCA DE 124027 13/02/2012 4.937,821 S0110 UPÍA META S0124 CABUYARO META 124027 13/02/2012 105.071.097

8S001 YOPAL CASANARE 1241S2 16/04/12, 124027 13/02/2012 49.111.200 124152 16/04/12, 124027 13/02/2012, 1.186.917.211 8S010 AGUAZUL CASANARE 124362 17/09/12 85225 NUNCH/A CASANARE 124027 13/02/2012 117.028 124027 13/02/2012 y radicado MME 59.625.220 85250 PAZ DE ARIPORO CASANARE 2012039825 124152 16/04/12, 124362 17/09/12, 10.201.706 8S263 PORE CASANARE 124027 13/02/2012 85410 TAURAMENA CASANARE 1241S2 16/04/12, 124362 17 /09/12 126.944.994 85440 VILLANUEVA CASANARE 124027 13/02/2012 86001 MOCOA PUTUMAYO 124027 13/02/2012 1.313.391

TOTALES 3.869,296.324

Artículo 2. Modificar, conforme a lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución, el Artículo 5 de ta Resolución ANH 500 de julio 21 de 2015, el cual quedará así: "Articulo 5. Conforme a fa parte motiva de la presente resolución, ordenar a la Vicepresidencia

Administrativa y Financiera: REPÚBLICA DE COLOMBIA

"Articulo 5. Conforme a fa parte motiva de la presente resolución, ordenar a la Vicepresidencia

Administrativa y Financiera: REPÚBLICA DE COLOMBIA

ANHfi AGENCIA Ni\CIONAL DE !IIDROCARDIIROS RESOLUCIÓN No. ti 8 6 DE O 1 StiJ 2015

Por la cual se modifica la Resolución ANH 500 de 2015 Hoja No. 3 de 3 (ij Retener la suma de $10.968.955 a favor del Municipio de Villanueva ubicado en el Departamento de Casanare, resultante de la distribución prevista en el Artículo 1 de la presente Resolución, menos los descuentos de ley señalados en el Artículo 2 /bfdem, y abonar este monto al saldo adeudado por dicha entidad territorial por concepto de regalías causadas antes de fa entrada en vigencia del Sistema General de Regalías. (ii) Retener la suma de $715.145.305 a favor del Oeparl.amento de Casanare, resultante de la distribución prevista en el Arlículo 1 de la presente Resolución menos los descuentos de ley señalados en el Artículo 2 Ibídem, en cumplimiento de la medida de suspensión de giro de recursos por concepto de participación en regalías y compensaciones impuesta a dicha entidad territorial por el Departamento Nacional de Planeación - DNP. Artículo 3. Modificar, conforme a lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución, el Articulo 7 de la Resolución ANH 500 de julio 21 de 2015, el cual quedará así: "Articulo 7. Ordenar a la Vicepresidencia Administrativa y Financiera que, junto con los recursos de que trata el Artículo 4, transfiera los rendimientos financieros generados por éstos hasta la

"Articulo 7. Ordenar a la Vicepresidencia Administrativa y Financiera que, junto con los recursos de que trata el Artículo 4, transfiera los rendimientos financieros generados por éstos hasta la fecha de giro efectivo aplicando el porcentaje de participación establecido en la Tabla contenida en el Artículo 1 de la presente Resolución; salvo los que correspondan: (ij al Municipio de Vilfanueva, los cuales deberán ser retenidos y abonados al saldo adeudado por dicha entidad territorial por concepto de regalías causadas antes de la entrada en vigencia del Sistema General de Regalías y, (iij al Departamento de Casanare, los cuales deberán retenerse en cumplimiento de la medida de suspensión de giro de recursos por concepto de participación en regalías y compensaciones impuesta a dicha entidad territorial por el Departamento Nacional de Planeación - DNP." Artículo 4. Para lo de su competencia, comuníquese la presente Resolución a las entidades territoriales beneficiarias, al Fondo de Pensiones de las Entidades Territoriales - FONPET, al Representante Legal del Fondo Nacional de Regaifas en Liquidación y a la Vicepresidencia Administrativa y Financiera de la Agencia Nacional de Hidrocarburos. Artículo 5. La presente Resolución se deberá publicar en la página Web de la Agencia Nacional de Hidrocarburos. COMUNÍQUESE Y CÚI PLASE Dada en Bogotá, o.e., a os O 1 SEP 2015 wfi!Rfi . NA\ MAURICIO DE LA MORA RODRIGUEZ "\} ,v ... Presidente/ Aprobo Alronso Gómez Lugo - Contratista -Contrato 140 de 2015/Componente Jur/<l,co fi' 1 'fi

"\} ,v ... Presidente/ Aprobo Alronso Gómez Lugo - Contratista -Contrato 140 de 2015/Componente Jur/<l,co fi' 1 'fi NJCOlás Zapata Tobón - Gerente Asuntos Legales y Contractuales, Cód,go G-03 Grado 10/Componen\e Juridico.{;I i..•:¡ Lu,s Ale¡andro Olls:la MOJiCe • Vicepresidente Administrativo y Financiero • Cód¡go E-02 Grado 061Componente F,nanc,ero ·1 .lorge Al,no OJ11< Tovar • V1cepresidenlo de O¡,eraCJones, Regalías y Partoc,pac,ones (E.), Código E2·06/Componenle Tllcni Jorge Trias Visbal - Jere Oficirno Asesora Jurid1ca, Cód1go G-03 Grado 07/Comp,onente Juridico. "-;,'¡."' _ Revisó Juan Cafioa 8aaánAcl7ury - Ger<:nle do Regalías y Derechos Económicos-Códtgo G.02 GtedofóiComponen1e Técnico :í{;r "'"7" A-, Proyectó Ju:,a JaneltO Sánchc:, Gómez-faperto - Códogo G--03 Grado06-Vicepres>denCJa de Operaciones Regalifis yMccipacio os/Compommle Jurld,co ®,J Diego Felzpe G<',mez Duarte - Sopofie Regaifas· Sut;conlrat·sta de BDO -Contrato /Componente T<lcn r t) (óY> AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS ANH§a Código: e Plantilla Memoria Justificativa Fecha: 1#0512013 ,. Expedición Normativa ··--fifi----;·· Versión: ' 1

r t) (óY> AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS ANH§a Código: e Plantilla Memoria Justificativa Fecha: 1#0512013 ,. Expedición Normativa ··--fifi----;·· Versión: ' 1

Area res nsable: Vicenresldencla de Operaciones, Regallas y Compensaclone,; Fecha: Ago,l<l21d•lO!S "Por la cual se mod:flca la Resolución ANH 500 de julto21 de 2015" Proyecto de resolución: Análisis de las normas que otorgan la La Lay 1530 de 2012 establece en el Parágrafo 2° del Articulo 135 que la l1quidaci6n, rec.audo, dostnbución y giro de las regalías y com¡;ensac,omis causadas antes de la enlrafia on vigenc,a del Sistema General do Regalias se deber,\ efcciuar ·¡m acuerdo l,Qf)_ /;! normat,va fi lUI !IB1 competencia mQm!i'nto la cual lo conlmuará ¡,_s/fl.m/_o ºª'ª e,sto efectQ _. ¡sub""''"""«fi,¡ Vigencia de la ley o norma reglamentada o La nmma citada se er,cuentra vigente. desarrollada Resolución ANH 500 do 2015 "Par la cual se efect<m la distnbuc!6n de recursos paráa/menle recaudedas parla Agenda Nacional de Hidrocarburos Displlsic!ones derogadas, subrogadas, por oonr:eplo de las ro//qwdadonas de portJc/pac,ones en regaifas par explo/aoán do hidrocarburos causadas antes de la entrada en v,yenaa del

modificadas, adicionadas o sustituidas S,slema Ganara/ de Regalías - SGR y se ordena su giro." (1) Med,ente la Resolución ANH 5(]0 de 2015 se efectuó la d1slnbuci&, de rcCtJrsos parcaelmen1e recaudados par la Agencia Nacional de Hidrocarburos por conceplo do las reliqwdacaones de pert,cipaciones en regallas po, explotación da hidrocarburos causadas anles de la entrada en v,goncia dol Srstema General de Rogolias - SGR y se ordené el giro de dichos recursos a los correspond,enles t.aneficiarios. entre loo cuales se enCtJenlra el Departamento del ca,anfiro (r<) En la mencionada Resolución sa omitió que el Departamenlo Nac1ona! de Plarwación - DNP 1mpus<1 medida de suspensión do giro de recurs<1s de participación en regaifas al Departamento de Casanaro, medida que se encLterllra actualmente

1. Antecedentes y razones da oportunidad v,gento Y, por ende, debe ser observada por la ANH, En coosecuer,,:ia. no es procedente g,rar los recursos distnbutdos ni los rendimientos generados por éstos hasla le fecfi de g;ro ofaclivo a la Entidad Territorial. hasta tanto el DNP levante, total o parcialmente. la rrwdida en cuestión y conveniencia que justifican su (m) Adicionalmente, en dicha resolución se ordenó retooer las recursos d<&tnbu,dos al Municipio da Villanucva (Cordoba) y eh<lnarlas al saldo e

expedición. emgo de dicha Entidad Torn'torial anles de la entrada en vjgonc1a del Sistema Ganoral de Regallas: pero la orden de retención rio se extend,ó a las recursos que correspondan a dicho Municipio en v,rtud do la lcquidación de los rend1micnlos financieros que se hayan gerierado por aquéllos, la CtJal resulta procedente dado que el saldo a carw> total del Murncipm de V,llanueva asciende a $41S 276.872. (iv) En consecuenc,a. se debe prococlcr a modificar los Articulo• 4. 5 y 7 da la Res. ANH 500 de 2015 para ordenar a la Viccprnsidenc,a Administrativa y Fmancaera que efactúe 1 las relanciones de recursos a que se ha hecho mención l:Es un acto adm,n,strat,vo de trámite que va dirigido' a las entidades terntorialos baneficimias de las roliquidaciones del IV lnmeslre do 2010 y el 11, 111 y IV lnmcstres do 2011 efectuados por el Minrsteno de Minas y Energla. entre ellas, el Departamenlo da Casm,a>ro y el Munic1p>0 da V1llanuova

2. Ámbito de aplicación del respectivo acto (Córdoba), al Fondo de Pens,ones da las Entidades Terr,torraies -FONPET y al DepMamenlo Nac,onal de Planeac,ón - DNP a faverde los cuales y los sujetos a quienes va dirigido. se dobon efectuar unos descuentos a las entidades tem!oriales, así como a la V1ceprestdencia Adminsitrat1va y Fmanoie,a de la ANH qLte debe proceder a la rslención do recursos e que se ha hecho monc:,ón.

3. Viabilidad Jurldica

proceder a la rslención do recursos e que se ha hecho monc:,ón.

3. Viabilidad Jurldica El proyecto de la Resolución so a¡usla la normas vigenlos y os de cornpelBRc,a de la Agencia por lo que se encuentra vcable juridic,:,mente y se consodern que el Ptésidenu, do la Agencia puede proceder a expedcrla

4. Impacto económico si fuere el caso

(Debo,I. señalar e1 costo o ahorro, do r. impl<mont•oión del r .. pectivo acto.¡

5. Disponibilidad presupuesta! No apl,ca

6. Impacto medioambiental o sobre el No aplica patrimonio cultural de la Nación.

7. Consullaij: De conformidad con lo ordenado en la Constitución y la ley debe realizarse consultas a otra entidad: s; No X 7.1. Publicidad: De conformidad con la Ley debe someterse a consideración del público la información del proyecto antes de su expedición: Sififi - No_Xfi_

8. Cualquier otro aspecto que considere relevante o de importancia para la adopción de la decisión.

EL PROYECTO CUMPLE CON LAS D!RECTR!CES DE TÉCNICA NORMATIVA PREVISTAS EN EL DECRETO No. 1345 de 2010: Si X No '{"' Alfonso G<lme, Lugo - Contratista -Contrato 140 de 2015/Componeme Jurfdlco no' ... Jorge Almo Ortl, Tovar-\11Ce<lMSiden!e de Operaciones, Rccallas y Partrcipacione, -Ciifi•ll< &02 Grado 06/Componente Técnico fl 11

Aprobó: ,,. lu" Ale andro OAvila Mo¡1ca • VicepmS10onto MntlnFStrafivo y Fmanc,ero • Có<tl o E--02 Grado 06/Compornmto Financiero .diN1co1á, Zapata TGbcin • Gerento Asuntos Legales fi Conlraciuale, • Cci.dl o G-03 Grado 10ICompononto Jurldico .JI Jorge Tna, Visbol • Jof0 Ot,c>na Asesora Jurídica, Códmo G--03 Grado 07/Componente Jurídico d7

Revisó: ,,{,,,, Juan Carlos Bazán Achuiv -GOl'<'nte de Rcgatia, y Derechos Ecosómlcos -Cód,go G-02 Grado 10IComponente Tecnico Proyectó Julia Janetlo Sanche: Gomoz - E,perto GJ-ll6 • v,cepn,,;denoia de Operac1ono, R!g_al(as y Partlcmac1ones/Comoonente Jurídico 1 /1'- Diego Folipo Gómoz DvMe • Soporto Regal 1as. Subconttafi•ta do BDO. 0ll1s<JU<Cing Financiero /Componen to 7ficntoo ,¿7()r;,

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