ANH - Acuerdo 1 de 2018
ANH - Agencia Nacional de Hidrocarburos
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Detalles
- Título
- ANH - Acuerdo 1 de 2018
- Autor
- ANH - Agencia Nacional de Hidrocarburos
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2018
República de Colombia Ministerio de Minas y Energia Agencia Nacional de Hidrocarburos libertad y Orden Pagina 1 de 2
ACUERDO No. § § 4 DE 2018
Por el cual se aprueba el Proyecto de Términos de Referencia del Procedimiento Competitivo Permanente 2018 y el Modelo de Contrato de Exploración y Producción, E&P Continental del Procedimiento Competitivo Permanente2018. EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS -ANH-, En ejercicio de sus facultades legales, en especial, de las que le confieren el Artículo 76 de la Ley 80 de 1993 En ejercicio de sus facultades legales; el Decreto 1760 de 2003, el Decreto Ley 4137 de 2011 y el Decreto 0714 de 2012 y CONSIDERANDO Que el Artículo 76 de la Ley 80 de 1993 somete los contratos de exploración y explotación de recursos naturales no renovables, así como los concernientes a su comercialización y a las demás actividades industriales y comerciales de las entidades competentes en esas materias, a la legislación especial aplicable a los mismos, al tiempo que asigna a tales entidades la responsabilidad de determinar en sus reglamentos internos el procedimiento de selección de los contratistas, las cláusulas excepcionales que han de pactarse, y las cuantías y los trámites a los que deben sujetarse esos contratos, con observancia del deber de selección objetiva y de los principios de transparencia, economía y responsabilidad. Que de conformidad con lo señalado en el Artículo 4 del Decreto Ley 1760 de 2003, complementado por el Artículo 3 del Decreto Ley 4137 de 2011, el cual desarrolla las funciones y disposiciones
Que de conformidad con lo señalado en el Artículo 4 del Decreto Ley 1760 de 2003, complementado por el Artículo 3 del Decreto Ley 4137 de 2011, el cual desarrolla las funciones y disposiciones establecidas en el Decreto 0714 de 2012, le competen a la ANH: “... administrar integralmente las reservas y recursos hidrocarburíferos de propiedad de la Nación; promover el aprovechamiento óptimo y sostenible de los recursos hidrocarburiferos, y contribuir a la seguridad energética naciona. Que mediante Decreto Ley 4137 de 2011, se modificó la naturaleza jurídica de la Agencia Nacional de Hidrocarburos -ANH, y se complementó su objetivo, que comprende la administración integral de las reservas y recursos de Hidrocarburos propiedad de la Nación; la promoción y el aprovechamiento óptimo y sostenible de los mismos, así como la contribución a la seguridad energética del País. Que entre las funciones generales de la ANH, definidas en el Artículo 4 del Decreto Ley 4137 de 2011 y lo dispuesto en el Artículo 3 del Decreto 0714 de 2012, se encuentran: “1. Identificar y evaluar el potencial hidrocarburifero del país”; “2. Diseñar, evaluar y promover la inversión en las actividades de exploración y explotación de los recursos hidrocarburiferos, de acuerdo con las mejores prácticas internacionales”; “3. Diseñar, promover, negociar, celebrar y administrar los contratos y convenios de exploración y explotación de hidrocarburos de propiedad de la Nación, con excepción de los contratos de asociación que celebró Ecopetrol hasta el 31 de diciembre de 2003, así como hacer el seguimiento
exploración y explotación de hidrocarburos de propiedad de la Nación, con excepción de los contratos de asociación que celebró Ecopetrol hasta el 31 de diciembre de 2003, así como hacer el seguimiento al cumplimiento de todas las obligaciones previstas en los mismos”, y “4. Asignar las Areas para exploración y/o explotación con sujeción a las modalidades y tipos de contratación que la Agencia Nacional de Hidrocarburos —ANHadopte para tal fin”. Que el Artículo 2° del Decreto 714 de 2012, asigna a la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH), la administración integral de las reservas y recursos hidrucarburíferos de propiedad de la Nación. Que el Artículo 7 Numeral 7 del Decreto 714 de 2012 asigna al Consejo Directivo de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, la función de aprobar los manuales de contratación misional de la Agencia, los modelos de contratos de exploración y explotación de hidrocarburos de propiedad de la Nación, y establecer las reglas y criterios de administración y seguimiento de los mismos. Yoo)Pagina 2 de 2 7
ACUERDO No. 901 de 26 JUL 2018
Continuación del Acuerdo “Por el cual se aprueba el proyecto de Términos de Referencia del Procedimiento Competitivo Permanente 2018 y el Modelo de Contrato de Exploración y Producción, E&P Continental del Procedimiento Competitivo Permanente2018” Que mediante el Acuerdo No. 2 del 18 de mayo de 2017 el Consejo Directivo de la Agencia Nacional de Hidrocarburos-ANH sustituyó el Acuerdo No. 04 de 2012 y sus modificatorios, señaló los criterios
Que mediante el Acuerdo No. 2 del 18 de mayo de 2017 el Consejo Directivo de la Agencia Nacional de Hidrocarburos-ANH sustituyó el Acuerdo No. 04 de 2012 y sus modificatorios, señaló los criterios de administración y asignación de áreas para exploración y explotación de los hidrocarburos, su clasificación, y las reglas a las cuales deberá sujetarse el Procedimiento de Selección Competitivo Permanente 2018. Que en el marco de su competencia, se hace necesario que el Consejo Directivo de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, apruebe el Proyecto de Términos de Referencia del Procedimiento Competitivo Permanente 2018. Que en el ámbito de sus facultades, se hace necesario que el Consejo Directivo de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, apruebe el Proyecto de Modelo de Contrato de Exploración y Producción, ESP Continenta!, Anexos y Formatos. Por lo anterior, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar el Proyecto de Términos de Referencia del Procedimiento Competitivo Permanente 2018 y sus formatos.
ARTÍCULO SEGUNDO: Aprobar el Modelo de Contrato de Exploración y Producción, E&P Continental del Procedimiento Competitivo Permanente 2018 y sus anexos.
ARTÍCULO TERCERO: La ANH podrá realizar las actividades concernientes a la promoción y asignación de las Áreas que se incorporen en el marco del Procedimiento Competitivo Permanente2018 definido en el Acuerdo No.02 de 2017, para lo cual habrán de establecerse los correspondientes requisitos y procedimiento de conformidad con sus disposiciones legales y procedimentales.
2018 definido en el Acuerdo No.02 de 2017, para lo cual habrán de establecerse los correspondientes requisitos y procedimiento de conformidad con sus disposiciones legales y procedimentales.
ARTÍCULO CUARTO: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación,
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C. a los o > Say oY
ALONSO MAYELO CARDONA DELGAD
Presidente ANN R ZANO
VERGARA
Secretaria