ANH - Acuerdo 8 de 2008
ANH - Agencia Nacional de Hidrocarburos
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Detalles
- Título
- ANH - Acuerdo 8 de 2008
- Autor
- ANH - Agencia Nacional de Hidrocarburos
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2008
REPUBLICA DE COLOMBIA
AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS
RESOLUCION No. 0 0 8DE 15 ENE. 2008 “Por la cual se modifican las Resoluciones 353 y 363 de 2007" EL DIRECTOR GENERAL DE LA AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROSANH En ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por los artículos 10 numeral 10.8 y 13 numeral 13.14 del Decreto Ley 1760 de 2003, y CONSIDERANDO Que el artículo 4° del Decreto 1760 de 2003 asigna a la Agencia Nacional de Hidrocarburos —ANHla administración integral de las reservas de hidrocarburos de propiedad de la Nación. Que de conformidad con el artículo 5° numeral 5.1 del citado Decreto, corresponde a la ANH administrar las áreas hidrocarburiferas de la Nación y asignarlas para su Exploración y Explotación. Que por medio del Acuerdo 17 del 12 de septiembre de 2007, se estableció el procedimiento de nominación de áreas y se modificaron los artículos 2° y 3° del Acuerdo 22 de 2006. Que mediante Resolución 353 del 28 de noviembre de 2007, se ordenó la apertura del Proceso de Nominación de Áreas sobre el bloque denominado “BALAY”. Que debe aclararse el procedimiento a seguir en desarrollo del proceso de nominación de áreas, previsto en ta Resolución antes indicada. Que la Resolución 353 del 28 de noviembre de 2007, fue modificada por la Resolución 363 del 6 de diciembre de 2007. Que teniendo en cuenta que a la fecha no se ha efectuado la publicación en la
Que la Resolución 353 del 28 de noviembre de 2007, fue modificada por la Resolución 363 del 6 de diciembre de 2007. Que teniendo en cuenta que a la fecha no se ha efectuado la publicación en la página web de la ANH, ordenada en las Resoluciones 353 y 363 de 2007, se hace necesario modificar la Resolución 363 de 2007, en el sentido de que los treinta (30) días calendario de publicación se contarán a partir del dieciséis (16) de enero de 2008, día siguiente a la publicación en la página web de la ANH, de la información antes indicada. Que el material soporte y los paquetes de información técnica, requeridos por los potenciales proponentes para presentar sus ofertas, se encuentran disponiblesPagina 2 de 3 “Por ta cual se modifican las Resoluciones 353 y 363 de 2007” por valor de doscientos dólares (US$200.00), incluido el IVA, de acuerdo con lo señalado en el artículo segundo de la Resolución 341 del 19 de noviembre de 2007. Que los interesados podrán solicitar sesiones de Dataroom para este bloque, por valor de seiscientos sesenta y tres dólares con cuarenta y cinco centavos (U$663.45), incluido el IVA. El orden de los turnos para la consulta, será determinado de acuerdo con el orden de solicitud y pago de los mismos. Que por lo anterior, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Modifiquese el artículo primero de la Resolución No. 363 del 6 de diciembre de 2007, el cual quedará así: ARTÍCULO 2°. Ordenar la publicación en la página web de la Agencia, durante treinta (30) días calendario, contados a partir del dieciséis (16) de enero de 2008,
del 6 de diciembre de 2007, el cual quedará así: ARTÍCULO 2°. Ordenar la publicación en la página web de la Agencia, durante treinta (30) días calendario, contados a partir del dieciséis (16) de enero de 2008, del área denominada EL BALAY, así como del programa de trabajo propuesto, con el fin de que terceros proponentes presenten ofertas en los términos del Acuerdo 008 de 2004 y sus modificatorios ”.
ARTÍCULO SEGUNDO: Modifíquese el artículo tercero de la Resolución No. 353 del 28 de noviembre de 2007, el cual quedará asi: ARTÍCULO 3°. Cumplido el período de los treinta (30) días calendario, la ANH procederá a la apertura y evaluación de las propuestas de conformidad con el procedimiento señalado en el Acuerdo" 008 de 2004 y sus Acuerdos modificatorios.
Los criterios para definir el mejor programa de trabajo, serán los establecidos en la siguiente Tabla: CATEGORÍA PUNTOS Mayor número de pozos ; 40 Mayor programa de sismica 3D 20 Mayor programa de sismica 2D 15 Menor duración primera fase 15 Menor area solicitada 10 El mejor Programa Exploratorio Minimo de la primera fase obtendrá el puntaje máximo de cada categoría. Los demás obtendrán los puntos que les correspondan en proporción directa al Programa Exploratorio Minimo ofrecido para la primera fase.
ARTÍCULO TERCERO: Modifíquese el artículo cuarto de la Resolución No. 353 del 28 de noviembre de 2007, el cual quedará asi:Página 3 de 3 “Por la cual se modifican las Resoluciones 353 y 363 de 2007”
ARTÍCULO TERCERO: Modifíquese el artículo cuarto de la Resolución No. 353 del 28 de noviembre de 2007, el cual quedará asi:Página 3 de 3 “Por la cual se modifican las Resoluciones 353 y 363 de 2007” ARTÍCULO 4°. Si la mejor propuesta es mejor que la del nominador, éste tendrá derecho a igualarla y suscribir el respectivo contrato.
Si el nominador no ejerce el derecho de igualar-o si se presenta empate entre las propuestas allegadas, la ANH seleccionará al proponente que obtenga la mejor calificación de su capacidad operacional, de acuerdo con el artículo 23 del Acuerdo 8 de 2004 y sus modificatorios. Si persiste el empate, se escogerá al proponente por sorteo efectuado en presencia de todos los proponentes.” ARTÍCULO CUARTO: Las condiciones generales del proceso y su cronograma, serán los publicados en la página web de la Agencia Nacional de Hidrocarburos.
ARTÍCULO QUINTO: Los demás términos y condiciones establecidos en las Resoluciones Nos. 353 del 27 de noviembre de 2007 y 363 del 6 de diciembre de 2007, se mantienen vigentes y sin modificación alguna.
ARTÍCULO SEXTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá a los 15 ENE. 2008 a
4 OSE ARMANDO ZAMORA REYES
Director General