🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

ANH - Circular 0012 de 2021

ANH - Agencia Nacional de Hidrocarburos

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
ANH - Circular 0012 de 2021
Autor
ANH - Agencia Nacional de Hidrocarburos
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2021

CIRCULAR No. 0012 DEL 30-03-2021

PARA: COMPAÑIAS OPERADORAS DE CONTRATOS Y CONVENIOS DE

EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE HIDROCARBUROS

DE: VICEPRESIDENCIA DE OPERACIONES REGALÍAS Y PARTICIPACIONES ASUNTO: SISTEMA DE GESTIÓN DE OPERACIÓN EN POZOS Que el artículo 17 de la Ley 2056 de 2020 mediante la cual se regula la organización y funcionamiento del Sistema General de Regalías, dispone que la fiscalización de la exploración y explotación de recursos naturales no renovables, deberá estar orientada al cumplimiento de las normas y de las obligaciones derivadas de los contratos y convenios, títulos mineros y demás figuras que por mandato legal permiten la exploración y explotación de recursos naturales no renovables, incluidas las etapas de desmantelamiento, taponamientos, abandono y en general de cierres de operaciones tanto mineras como de hidrocarburos, según corresponda; igualmente incluye la determinación y verificación efectiva de los volúmenes de producción, la aplicación de buenas prácticas de exploración, explotación y producción, el cumplimiento de las normas de seguridad en labores mineras y de hidrocarburos, la verificación y el recaudo de regalías y compensaciones, como base fundamental para el funcionamiento del Sistema General de Regalías. Asimismo, en el parágrafo PRIMERO del mismo señala que para el ejercicio de las actividades de fiscalización las autoridades correspondientes podrán exigir la implementación de las herramientas tecnológicas que evidencien los datos reales de los volúmenes de producción. Que la Resolución 181495 de 2009, modificada parcialmente por la Resolución 40048 de 2015,

establece medidas en materia de exploración y explotación de hidrocarburos para regular y controlar las mencionadas actividades con el fin de maximizar su recuperación final y evitar su desperdicio. Que dentro de las mencionadas resoluciones se contempla el trámite de permisos y la rendición de informes para diferentes actividades dentro de los proyectos de exploración y explotación de hidrocarburos, definiendo términos y formatos para su gestión, entre ellos: Formulario 4 “Permiso para perforar”. Formulario 5 “Informe quincenal”. Formulario 6 “Informe de terminación oficial”. Formulario 7 “Permiso para trabajos posteriores a la terminación oficial”. Formulario 8 “Informe sobre pruebas de presión” Formulario 10 “Informe sobre trabajos posteriores a la terminación oficial” Formulario 10A “Informe de taponamiento y abandono”. Avenida Calle 26 N° 59 - 65 Piso 2 Edificio de la Cámara Colombiana de la Infraestructura Bogotá D.C. - Colombia. Código postal: 111321

Teléfono: +57 (1) 593 17 17 - www.anh.gov.co

ANH-GDO-FR-09 Versión No. 1 Pág. 1 de 5

CIRCULAR No. 0012 DEL 30-03-2021

Formulario 11 "Informe de terminación múltiple” Formulario 12 “Permiso de instalación de gas LIFT” Formulario 13 “Proyección mantenimiento de presión” Formulario 14 “Origen del agua que se inyectará” Formulario 15 “Permiso para recobro mejorado”. Informe mensual de producción Formulario 9 “Informe Mensual de Producción de pozos de petróleo y gas”.

Formulario 15 A “Informe mensual de inyección de vapor y producción adicional de petróleo”. Formulario 16 “Informe Mensual sobre Ensayos de Potencial de Pozos de Petróleo”. Formulario 17 “Informe Mensual sobre Producción de Pozos de Gas”. Formulario 20 “Informe Mensual sobre Inyección de Agua y Producción (Recuperación Secundaria)”. Formulario 21 “Informe Mensual sobre Mantenimiento de Presión (Inyección de Gas)”. Formulario 22 “Informe anual sobre mantenimiento de presión” Formulario 23 “Informe mensual desplazamiento miscible” Formulario 25 “Prueba de pozo de gas" Formulario 30 “Informe Mensual sobre Producción, Plantas y Consumos de Gas Natural y Procesado”. Formulario 31SH “Movimiento de hidrocarburos y/o sus derivados por puestos marítimos y fluviales” Cuadro 1A “Medición oficial de la producción mensual y gravedad específica ponderada del petróleo”. Cuadro 4 “Resumen Mensual Sobre Producción y Movimiento de Petróleo”. Cuadro 7 “Producción por zonas y estados de los pozos terminados oficialmente. Que el artículo 67 de la Resolución 181495 de 2009, relacionado con la presentación de informes digitales, establece que: “El Ministerio de Minas y Energía, de conformidad con la Ley 962 de 2005, podrá reglamentar la presentación y aprobación en medio digital de toda la información de que trata la presente Resolución”. Que desde el 2012, el Gobierno Nacional promueve la iniciativa “Cero Papel”, la cual tiene como objetivo establecer los lineamientos para contribuir a una gestión pública efectiva, eficiente y

eficaz, al reducir el uso de papel en las entidades públicas, tanto en sus procedimientos internos como en los servicios que prestan a los ciudadanos, apoyándose en la implementación de buenas prácticas, la implementación de sistemas para gestionar documentos electrónicos y la optimización y automatización de procesos, principios recogidos en la Directiva Presidencial No. 09 de 2018, relacionada con lineamientos de una política pública de austeridad, eficiencia, economía y efectividad que debe prevalecer en la rama ejecutiva del orden nacional. Que mediante Decreto 1008 de 2018, se establecieron los lineamientos generales de la Política de Gobierno Digital para Colombia, antes estrategia de Gobierno en Línea, la cual tiene como objetivo “Promover el uso y aprovechamiento de las tecnologías de la información y las Avenida Calle 26 N° 59 - 65 Piso 2 Edificio de la Cámara Colombiana de la Infraestructura Bogotá D.C. - Colombia. Código postal: 111321

Teléfono: +57 (1) 593 17 17 - www.anh.gov.co

ANH-GDO-FR-09 Versión No. 1 Pág. 2 de 5 CIRCULAR No. 0012 DEL 30-03-2021 comunicaciones para consolidar un Estado y ciudadanos competitivos, proactivos, e innovadores, que generen valor público en un entorno de confianza digital”. Que el artículo 2.2.9.1.2.2 del Decreto 1008 de 2018 señala que para la implementación de la Política de Gobierno Digital, las entidades públicas deberán aplicar el Manual de Gobierno Digital que define los lineamientos, estándares y acciones a ejecutar por parte de los sujetos obligados

de la Política de Gobierno Digital, el cual será elaborado y publicado por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en coordinación con el Departamento Nacional de Planeación. Que de acuerdo con el Manual de Gobierno Digital, todo proyecto que haga uso de TIC, debe considerar en el diseño o incorporar en la infraestructura existente, los principios de interoperabilidad, seguridad y privacidad de la información, accesibilidad, usabilidad, apertura y ubicuidad, teniendo en cuenta las necesidades y características de los usuarios. Que conforme a lo establecido en el inciso 2 del literal B del artículo 7 “Funciones del Ministerio de Minas y Energía y de sus entidades adscritas y vinculadas“ de la Ley 2056 de 2020, la Agencia Nacional de Hidrocarburos o quien haga sus veces, además de las funciones establecidas en la ley, ejercerá las siguientes funciones relacionadas con la fiscalización de la exploración y explotación de los yacimientos hidrocarburíferos: ejercerá el seguimiento y control de los contratos y convenios; verificará la medición y monitoreo a los volúmenes de producción y verificará el correcto desmantelamiento, taponamiento y abandono de pozos y facilidades. Que la Agencia Nacional de Hidrocarburos – ANH, a través de la Vicepresidencia de Operaciones, Regalías y Operaciones – VORP, desarrolló una herramienta informática para facilitar y agilizar la presentación y aprobación de permisos e informes en línea asociados a las actividades de exploración y explotación de hidrocarburos, denominado: Sistema de Gestión de Operaciones en Pozo – GOP.

Bajo este contexto, la ANH pone a disposición de las empresas operadoras la nueva herramienta informática que reúne en esta primera fase, las funcionalidades que permiten registrar, aprobar, radicar y hacer seguimiento a los trámites asociados a las operaciones en pozo a través del registro del Formulario 4 y de los informes diarios de operaciones de perforación y completamiento, generando como resultado los formularios F5 y F6. Con la automatización de este proceso podremos tener el control del trámite desde la Intención de perforar los pozos Formulario 4, hasta el Informe de Terminación Oficial Formulario 6, al igual que tener a disposición toda la información detallada de la operación, basándose en los Informes Diarios de Operaciones (IDOP) y los Informes de Completamiento (IDOC), lo que permite la generación automática de las Formas Operacionales. Avenida Calle 26 N° 59 - 65 Piso 2 Edificio de la Cámara Colombiana de la Infraestructura Bogotá D.C. - Colombia. Código postal: 111321

Teléfono: +57 (1) 593 17 17 - www.anh.gov.co

ANH-GDO-FR-09 Versión No. 1 Pág. 3 de 5

CIRCULAR No. 0012 DEL 30-03-2021

Tanto para la ANH como para las empresas Operadoras, el GOP constituirá una herramienta tecnológica muy valiosa que permitirá presentar los Formularios Ministeriales en línea, radicándolos vía Web Services en el Gestor Documental de la Entidad (Control.doc) y adicionalmente disminuirá de manera significativa los tiempos de elaboración de estas, permitiendo a la ANH disponer diariamente de toda la información petrotécnica de las operaciones

realizadas, y adicionalmente, realizar un aporte ambiental en la disminución de consumo de papel. Para iniciar la operación de la herramienta informática, cada Operadora deberá crear los usuarios que tendrán a cargo las tareas dentro del sistema, teniendo en cuenta para esto los diferentes roles que puede asignar. Para realizar esta labor, el usuario designado por cada Operadora como usuario Administrador del Sistema de Información del VORP, deberá realizar el proceso conforme lo establecido en la Circular 0024 de 2020. Una vez se hayan creado los usuarios con sus respectivos perfiles, estos podrán acceder al sistema mediante la siguiente URL: http://solarvorp.anh.gov.co/app2/#/login En virtud de lo anterior, a partir del 12 de abril de 2021 las operadoras podrán presentar los Formularios 4, 5 y 6, así como también los informes diarios de perforación y completamiento a través del Sistema de Gestión en Pozos, para lo cual contarán con el acompañamiento de la ANH o cuando la situación lo amerite realizar el trámite como se viene realizando hasta la fecha. A partir del 26 de abril de 2021 será de carácter obligatorio la presentación de los Formularios e informes mencionados a través de la nueva herramienta. Para dar inicio la ANH realizará una sesión de socialización de la herramienta y pondrá a disposición de las empresas Operadoras los manuales de usuario y tutoriales en video, los cuales estarán disponibles vía herramienta informática y portal web de ANH respectivamente. Así las cosas, el siguiente es el cronograma definido: Tarea Desde Hasta Responsable Sesión lanzamiento oficial del 05/04/2021 ANH sistema GOP Creación de usuarios 05/04/2021 11/04/2021 OPERADORA

Puesta en marcha GOP, con dos opciones de presentación de 12/04/2021 25/04/2021 OPERADORA/ANH formularios Presentación de Formularios a través 26/04/2021 OPERADORA de GOP Avenida Calle 26 N° 59 - 65 Piso 2 Edificio de la Cámara Colombiana de la Infraestructura Bogotá D.C. - Colombia. Código postal: 111321

Teléfono: +57 (1) 593 17 17 - www.anh.gov.co

ANH-GDO-FR-09 Versión No. 1 Pág. 4 de 5

CIRCULAR No. 0012 DEL 30-03-2021

Cualquier inquietud respecto al uso del aplicativo, favor dirigirla a la dirección de correo: mesadeserviciosOTI@anh.gov.co. Cordialmente,

Aprobó: John Fernando Escobar/Vicepresidente Operaciones, Regalías y Participaciones Revisó: Germán Zárate Zárate / Experto G3 Grado 6 – VORP

Luz Maria Celis Lotero/Contrato 37 de 2021Componente Jurídico Sandra Milena García Díaz/ Contrato 102 de 2021/Componente Técnico

Proyectó: Avenida Calle 26 N° 59 - 65 Piso 2

Edificio de la Cámara Colombiana de la Infraestructura Bogotá D.C. - Colombia. Código postal: 111321

Teléfono: +57 (1) 593 17 17 - www.anh.gov.co

ANH-GDO-FR-09 Versión No. 1 Pág. 5 de 5

Consultar sobre este documento ...