ANH - Circular 0025 de 2026

Agencia Nacional de Hidrocarburos

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Detalles

Título
ANH - Circular 0025 de 2026
Autor
Agencia Nacional de Hidrocarburos
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2026

CIRCULAR No. 0025 DEL 17-09-2026

ANH-GDO-FR-16 Versión N° 3 Pág. 1 de 2

PARA: COMPAÑIAS OPERADORAS DE CONTRATOS Y CONVENIOS DE

EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE HIDROCARBUROS CON PRODUCCIÓN

DE: VICEPRESIDENCIA DE OPERACIONES, REGALÍAS Y PARTICIPACIONES

ASUNTO: PAGO DE REGALÍAS Y DERECHOS ECONÓMICOS EN ESPECIE.

En atención al principio de publicidad que rige la función pública, establecido en el numeral 9, artículo 3 de la Ley 1437 de 2011, según el cual “(…) las autoridades darán a conocer al público y a los interesados, en forma sistemática y permanente, sin que medie petición alguna, sus actos, contratos y resoluciones (…)”, la Agencia Nacional de Hidrocarburos se permite informar:

1. El 14 de septiembre de 2026, fue suscrito el Otrosí No. 4 al Contrato de Compraventa de Crudo de Regalías y Crudo proveniente de los Derechos Económicos suscrito entre Ecopetrol S.A. y la Agencia Nacional de Hidrocarburos – ANH, prorrogando su plazo de ejecución por tres (3) meses, esto es, desde el primero (1) de octubre de 2026 hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2026.

2. Para garantizar el cumplimiento de la obligación de pago de las regalías y derechos económicos en especie prevista en el mencionado Contrato de Compraventa, se requiere que las compañías explotadoras de hidrocarburos continúen llevando a cabo el proceso de nominación y entrega de crudos a Ecopetrol S.A dentro de los programas de entrega

económicos en especie prevista en el mencionado Contrato de Compraventa, se requiere que las compañías explotadoras de hidrocarburos continúen llevando a cabo el proceso de nominación y entrega de crudos a Ecopetrol S.A dentro de los programas de entrega acordados entre cada Operador y Ecopetrol S.A., por lo menos hasta el 31 de diciembre de 2026.

3. Sin perjuicio de lo anterior, en virtud del artículo segundo de la Resolución AH 164 de 2015 y sus modificaciones, la ANH se encuentra facultada sin previo acuerdo a determinar e informar al operador del cambio de la modalidad de pago, con dos (2) meses de aviso previo al mes de inicio de la nueva modalidad, para el caso de los Derechos Económicos esta facultad está regulada en cada Contrato E&P.

Atentamente,CIRCULAR No. 0025 DEL 17-09-2026 ANH-GDO-FR-16 Versión N° 3 Pág. 2 de 2

Aprobó: N/A Revisó: Carlos Diego Martínez Morales – Gerente de Regalías y Derechos Económicos (e)

Mónica Verdugo Parra – Experto G3 Grado 7/Componente Jurídico

Proyectó: Andrey Franco Contreras – Contrato No. 84 de 2025/Componente Jurídico Jaime Andrés Cuajaban Senejoa – Contrato No. 75 de 2026/ Componente Técnico

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