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ANH - Circular 2 de 2023

ANH - Agencia Nacional de Hidrocarburos

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Detalles

Título
ANH - Circular 2 de 2023
Autor
ANH - Agencia Nacional de Hidrocarburos
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2023

CIRCULAR No. 0002 DEL 26-01-2023

Avenida Calle 26 No. 59 - 65 Piso 2 Edificio de la Cámara Colombiana de la Infraestructura Bogotá D.C. - Colombia. Código postal: 111321

Teléfono: +57 (60 1) 593 17 17 - www.anh.gov.co

ANH-GDO-FR-16 Versión No. 1 Pág. 1 de 3

PARA: COMPAÑÍAS OPERADORAS DE CONTRATOS TIPO E&P, E&E Y TEA

DE: CLARA LILIANA GUATAME APONTE Presidenta ASUNTO: Actualización de las tarifas para el año 2023, correspondientes a Derechos Económicos pactados en los Contratos E&P, Contratos E&E y Contratos TEA que no se rigen por el Acuerdo 2 de 2017 Los Derechos Económicos son prestaciones a favor de la Agencia Nacional de Hidrocarburos -ANHestipuladas en los contratos de hidrocarburos: Exploración y Producción (E&P), Exploración y Explotación (E&E) y en los Contratos de Evaluación Técnica (TEA). Conforme con las disposiciones de los contratos referidos, corresponde a la ANH la actualización anual de las variables que integran las fórmulas pactadas para la debida liquidación de los Derechos Económicos, tales como Uso del Subsuelo y Precios Altos. Lo anterior, con base en la variación anual del Índice de Precios al Productor de los Estados Unidos de América, PPI por sus siglas en inglés, para el grupo Bienes Terminados "Final Demand”, “Serie Id: WPUFD4” que sustituyó la “Serie Id: WPUSOP3000”, publicado por el Departamento del Trabajo de dicho país.

Terminados "Final Demand”, “Serie Id: WPUFD4” que sustituyó la “Serie Id: WPUSOP3000”, publicado por el Departamento del Trabajo de dicho país. Para el año 2023, la variación de los valores a aplicar para el cálculo de los derechos económicos a favor de la ANH, según lo previsto en las fórmulas contractuales, se ha calculado sobre las siguientes bases: a. Índice de Precios al Productor para el año 2020 (“Producer Price Index”, PPI 2020): 119,4 b. Índice de Precios al Productor para el año 2021 (“Producer Price Index”, PPI 2021): 131,344 Por consiguiente, la variación que resulta de aplicar la siguiente fórmula para el año 2023, es de diez coma cero cero treinta y cuatro (10,0034 %). , En consecuencia, aplicada la actualización de los valores, se obtienen los siguientes resultados para el año 2023, para cada Derecho Económico de los Contratos que no se rigen por el Acuerdo 2 de 2017, según la siguiente formula: P2023 = P2022 (1+%PPI) Nota: P2022 corresponde a los valores publicados en la Circular ANH – 001 de 24 de enero de 2022 “Actualización de las tarifas para el año 2022, correspondientes a Derechos Económicos pactados en los Contratos de Exploración y Explotación E&P, Exploración y Explotación (E&E) y Contratos de Evaluación Técnica (TEA) que no se rigen por el Acuerdo 2 de 2017”.CIRCULAR No. 0002 DEL 26-01-2023 Avenida Calle 26 No. 59 - 65 Piso 2 Edificio de la Cámara Colombiana de la Infraestructura Bogotá D.C. - Colombia. Código postal: 111321

Avenida Calle 26 No. 59 - 65 Piso 2 Edificio de la Cámara Colombiana de la Infraestructura Bogotá D.C. - Colombia. Código postal: 111321

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ANH-GDO-FR-16 Versión No. 1 Pág. 2 de 3 _____________________ [1] Fuente: https://data.bls.gov

1. Derechos por concepto del Uso de Subsuelo 1.1. Áreas en Exploración Valores por fase y por hectárea, expresados en dólares de los Estados Unidos de América (US$): Tamaño del área Por las primeras 100.000 hectáreas Por hectárea adicional ≤ 18 meses > 18 meses ≤ 18 meses > 18 mesesDuración Fase En polígonos A y B y Área nominada 3,18 4,25 4,25 6,36

Fuera de polígonos 2,12 3,18 3,18 4,25 Área Costa Afuera 1,07 Para Contratos TEA y “Ronda Colombia 2012 y 2014”: Tamaño del área Por las primeras 100.000 hectáreas Por hectárea adicional Duración Fase ≤ 18 meses > 18 meses ≤ 18 meses > 18 meses Continentales 3,18 4,25 4,25 6,36 Área Costa Afuera 1,07 1.2. Áreas de Evaluación y de Producción Por Barril de Hidrocarburo Líquido producido, US$ 0,1614. Por cada mil pies cúbicos (1.000 PC) de Gas Natural producido, US$ 0,0162.

2. Derechos por concepto de Precios Altos El precio base del petróleo crudo y del gas natural -Poaplicable para el año 2023, es:

Por cada mil pies cúbicos (1.000 PC) de Gas Natural producido, US$ 0,0162.

2. Derechos por concepto de Precios Altos El precio base del petróleo crudo y del gas natural -Poaplicable para el año 2023, es:

Gravedad API de Hidrocarburos Líquidos producidos Po (USD$/ Bbl) (Año 2023) Mayor de 29° API 41,93 Mayor a 22° API e inferior o igual a 29° API 43,56 Mayor a 15° API e inferior o igual a 22° API 45,18 Mayor a 10° API e inferior o igual a 15° API 64,54 Hidrocarburos Líquidos asociados a Yacimientos No Convencionales 104,16 Hidrocarburos Líquidos en Áreas Costa Afuera (Offshore)CIRCULAR No. 0002 DEL 26-01-2023 Avenida Calle 26 No. 59 - 65 Piso 2 Edificio de la Cámara Colombiana de la Infraestructura Bogotá D.C. - Colombia. Código postal: 111321

Teléfono: +57 (60 1) 593 17 17 - www.anh.gov.co

ANH-GDO-FR-16 Versión No. 1 Pág. 3 de 3 Descubrimientos localizados a profundidades de agua a más de 300 metros. 51,65 Hidrocarburos Líquidos en Áreas Costa Afuera (Offshore) Condiciones Ronda Colombia 2014 Descubrimientos localizados a profundidades de agua entre 300 metros y 1.000 metros. 97,64 Descubrimientos localizados a profundidades de agua de más de 1.000 metros. 119,07

Gas natural exportado: Distancia en línea recta entre punto de entrega y punto de recibo en país de destino

Po (USD$/MMBTU) Menor o igual a 500 km 9,70

Gas natural exportado: Distancia en línea recta entre punto de entrega y punto de recibo en país de destino

Po (USD$/MMBTU) Menor o igual a 500 km 9,70 Mayor a 500 y menor o igual a 1000 km 11,31 Mayor a 1000 km o planta de LNG 12,93 Con arreglo a las estipulaciones de los correspondientes contratos de: Exploración y Producción - E&P, Exploración y Explotación - E&E y de Evaluación Técnica para Exploración de Hidrocarburos – TEA, la presente Circular se aplica a partir del 1° de enero de 2023.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Anexo: N/A Aprobó: Carlos Diego Martínez Morales - Vicepresidente de Operaciones, Regalías y Participaciones (E)

Revisó: N/A Proyectó: Diana Paola Forero Martínez - Contrato 30 de 2023 - Componente Técnico

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