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ANH - Circular 3 de 2013

ANH - Agencia Nacional de Hidrocarburos

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Detalles

Título
ANH - Circular 3 de 2013
Autor
ANH - Agencia Nacional de Hidrocarburos
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2013

a") <= [PROSPERIDAD @) ANH= UPARA TODOS AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS CIRCULAR No. > DE 95 MAY 208

Para: Compañías de Exploración y Explotación de Hidrocarburos

De: HAYDEÉ DAISY CERQUERA LOZADA Vicepresidente de Operaciones, Regalías Y Participaciones Asunto: Reporte de Cambios en las facilidades 2013 Campos en producción de contratos de asociación, convenios de explotación, convenios de exploración y explotación, concesión y propiedad privada. Mediante Resolución 18 0877 del 7 junio de 2012, modificada por la Resolución 9 1601 de octubre de 2012, el Ministerio de Minas y Energía delegó a la ANH la función de fiscalización de las actividades de exploración y explotación de hidrocarburos, en los términos señalados en la Ley 1530 de 2012, así como las previstas para el Ministerio en el Parágrafo Segundo del Artículo 14 de la misma Ley, para lo cual se suscribió el Convenio 040 del 8 de marzo de 2013. Por lo anterior, de manera atenta solicito relacionar los cambios operativos que se hayan presentado en el transcurso del 2013 (1 de enero a la fecha), en cada una de los campos que ustedes operan, de acuerdo con el protocolo de cambios y el formato de creación de ítems anexos a la presente Circular, que fueron gestionados por ustedes y que permitió la configuración de las facilidades de producción y de las condiciones operacionales de los pozos de cada campo. El archivo que contenga los mencionados formatos debe ser remitido vía correo electrónico a: IDP@anh.gov.co antes del viernes 10 de mayo del presente año. De presentarse nuevos

configuración de las facilidades de producción y de las condiciones operacionales de los pozos de cada campo. El archivo que contenga los mencionados formatos debe ser remitido vía correo electrónico a: IDP@anh.gov.co antes del viernes 10 de mayo del presente año. De presentarse nuevos cambios, se deben tramitar siguiendo el protocolo de cambios señalado. Las compañías con contratos ESP en producción, deben continuar reportando de manera habitual el Informe Diario de Producción IDP. Cordialmente,

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