ANH - Resolución 114 de 2016
ANH - Agencia Nacional de Hidrocarburos
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Detalles
- Título
- ANH - Resolución 114 de 2016
- Autor
- ANH - Agencia Nacional de Hidrocarburos
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2016
REPUBLICA DE COLOMBIA Pagina 1 de 20
ANH= AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS RESOLUCIÓN NÚMERO 44. DEL 15 Fc? “Por la cual se rechaza de plano el Recurso de Reposición por Extemporáneo interpuesto contra la Resolución No.968 del 25 de noviembre de 2015, mediante la cual se declaró la Terminación de los Contratos de Exploración y Producción de Hidrocarburos E&P No. 19 — Area YD LLA - 1 Ronda Colombia 2014, No. 20 — Área YD LLA - 3 Ronda Colombia 2014 y No. 21 Área YD LLA — 6 Ronda Colombia 2014 suscritos el 24 de septiembre de 2014, con las sociedad Trayectoria Oil & Gas S.A.” EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS, -ANHEn ejercicio de sus facultades legales, en especial, de las que le confieren los numerales 10.1, 10.3 y 10.17 del artículo 10 del Decreto Ley 4137 de 2011, en concordancia con los numerales 10.1 y 10.8 del artículo 10 del Decreto Ley 1760 de 2003, modificado por aquel, y con los numerales 9.1, 9.3 y 9.17 del Decreto 714 de 2012, y
CONSIDERANDO: Primero.- Antecedentes fácticos Celebración de los Contratos.- El 24 de septiembre de 2014 la Agencia
1.1. Nacional de Hidrocarburos, en adelante ANH o la Entidad, y Trayectoria Oil 8 Gas S.A., en adelante -El Contratista-, suscribieron los Contratos de
Exploración y Producción de Hidrocarburos No. 19 — Área YD LLA - 1 Ronda Colombia 2014, No. 20 — Área YD LLA - 3 Ronda Colombia 2014 y No. 21 Área YD LLA - 6 Ronda Colombia 2014 (en adelante “Contratos YD LLA - 1, YD LLA3 y YD LL— A6” ). 1.2. Garantías de Seriedad de las Ofertas.- Para efectos de afianzar la seriedad del ofrecimiento, la suscripción del contrato en caso de resultar adjudicatario y la presentación de las garantías de cumplimiento y correcta ejecución contractual, Trayectoria Oil 8 Gas S.A. aportó los siguientes documentos:
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Hoja No. 2de20 Art At 4 Y "ul COQ ” Continuación de la Resolución Número 114 de 1 5 PE INR 2016, “Por la cual se rechaza de plano el Recurso de Reposición por Extemporáneo interpuesto contra la Resolución No.968 del 25 de noviembre de 2015, mediante la cual se declaró la Terminación de los Contratos de Exploración y Producción de Hidrocarburos E&P No. 19 — Área YD LLA - 1 Ronda Colombia 2014, No. 20 — Área YD LLA - 3 Ronda Colombia 2014 y No. 21 Area YD LLA — 6 Ronda Colombia 2014 suscritos el 24 de septiembre de 2014, con las sociedad Trayectoria Oíl 8 Gas S.A.” Contrato de Exploración y Producción de Hidrocarburos YD LLA — 1
FECHA FECHA DE
RADICADO RADICADO | VENCIMIENTO Garantía 20143110102513 | 10/10/2014} 30/01/2015
Unica de Compañía Seguros de Aseguradora 20156240080392 | 96/04/2015 | 31/07/2015 Cumplimiento USD$ de Fianzas 30/11/2015 en Favor de S.A. 100.000 20156240185272 | 22/07/2015} 31/08/2015 Entidades CONFIANZA Estatales No. 20156240223882 | 27/08/2015} 30/09/2015 31 GX001023 20156240259262 | 28/09/2015) 30/11/2015 Contrato de Exploración y Producción de Hidrocarburos YD LLA — 3 FECHA FECHA DE RADICADO [RADICADO | VENCIMIENTO Garartia 3014311010513 | 10/10/2014] 30/01/2015 nica de Companinaan Seguros de 06/04/2015} 31/07/2015 Cumplimiento | AS£9uradora | ¡gps 20156240080392 | 09/04/ 1071 de Fianzas 30/11/2015 en Favor de S.A 100.000 22/07/2015 31/08/2015 Entidades | Conrranza 20156240185272 Estatales No. 31 GX001024 20156240223882 | 27/08/2015 | 30/09/2015 7015624025962 | 28/09/2015| 30/11/2015 Contrato de Exploración y Producción de Hidrocarburos YD LLA — 6
FECHA FECHA DE
RADICADO [RADICADO | VENCIMIENTO Garantía 10/10/2014| 30/01/2015
Ónica de | Compania 20143110102513 Seguros de 06/04/2015| 31/07/2015 Cumplimiento |" ¿o coma USD$ | 30/11/2015 po 20240080392 = a en Favor de SA 100.000 22/07/2015| 31/08/2015 Entidades | CONFIANZA 20156240185272 Estatales No. 31 GX001026 2015624023882 | 27/08/2015] 30/09/2015 28/09/2015| 30/11/2015 20156240259262
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ANH AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS 4 4 y 4 £ | ( p nanan Continuación de la Resolución Número = de bp A e 2016, “Por la cual se rechaza de plano el Recurso de Reposición por Extempordnes interpuesto contra la Resolución No.968 del 25 de noviembre de 2015, mediante la cual se declaró la Terminación de los Contratos de Exploración y Producción de Hidrocarburos E&P No. 19 — Área YD LLA - 1 Ronda Colombia 2014, No. 20 — Área YD LLA - 3 Ronda Colombia 2014 y No. 21 Área YD LLA —6 Ronda Colombia 2014 suscritos el 24 de septiembre de 2014, con las sociedad Trayectoria Oíl 8 Gas S.A.” 1.3. Fecha Efectiva y Garantías de Cumplimiento.- Mediante Oficios con radicado No. 20154310007861, 20154310007901 y 20154310007891 del 28
de enero de 2015, la ANH certificó que para todos los efectos contractuales la Fecha Efectiva de los Contratos E&P YD LLA — 1, YD LLA— 3 y YD LLA — 6, fue el 29 de enero de 2015 y solicitó al Contratista las garantías que amparan el cumplimiento y correcta ejecución contractual de la Fase 1 de los citados negocios jurídicos. De acuerdo con tal certificación, el plazo para entrega de las garantías de cumplimiento correspondiente al amparo de obligaciones del Programa Exploratorio Mínimo y Adicional de la Fase 1 de los tres negocios jurídicos, venció el 12 de febrero de 2015. 1.4. Solicitud de _ inicio de Procedimiento Administrativo de Incumplimiento.- Mediante comunicaciones con radicado No. 20154110047783, 20154110047793 y 20154110047803 de 12 de mayo de 2015, la Gerencia de Seguimiento a Contratos en Exploración de la ANH solicitó a la Gerencia de Asuntos Legales y Contratación definir el inicio de procedimientos de incumplimiento de los Contratos E&P YD LLA — 1, YD LLA — 3 y YD LLA - 6 en los siguientes términos: sa) considerando que a la fecha el Contratista no ha allegado el Programa de Trabajos de Exploración ni la Garantía que ampare el cumplimiento de las obligaciones correspondientes al Programa Exploratorio Mínimo y Adicional de la Fase 1, establecidos contractualmente, (...)”. 1.5. Inicio del Procedimiento Administrativo de Incumplimiento.- Con fundamento en los informes rendidos por la Gerencia de Seguimiento a
Contratos en Exploración de la Vicepresidencia de Contratos de Hidrocarburos, mediante comunicación con radicado No. 20151400011641 del 23 de junio de 2015, la ANH comunicó al Contratista el aviso de inicio del Procedimiento de Incumplimiento relativo a la NO entrega de las garantías contractuales de cumplimiento de la Fase 1 de los Contratos E&P YD LLA — 1, YD LLA3 y YD LLA - 6, exigidas en la Cláusula 39 de los Contratos, y por la omisión en la entrega del Plan de Exploración, previsto en la Cláusula 8, numeral 8.2 de los referidos Contratos y lo citó para el día 1° de julio de 2015, a las 10:00 a.m., con el propósito de que presentara las explicaciones
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= AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS Continuación de la Resolución Número 114 de | w CH di) 16 2016, “Por la cual se rechaza de plano el Recurso de Reposición por Extemporáneo interpuesto contra la Resolución No.968 del 25 de noviembre de 2015, mediante la cual se declaró la Terminación de los Contratos de Exploración y Producción de Hidrocarburos E&P No. 19 — Área YD LLA - 1 Ronda Colombia 2014, No. 20 — Área YD LLA - 3 Ronda Colombia 2014 y No. 21 Area YD LLA — 6 Ronda Colombia 2014 suscritos el 24 de septiembre de 2014, con las sociedad Trayectoria Oíl 8 Gas S.A.” pertinentes, en los términos y condiciones de la Cláusula 46 de los precitados
contratos. Asimismo, mediante comunicación con radicado No. 20151400011651 del 23 de junio de 2015, la ANH convocó a la Compañía Aseguradora de Fianzas S.A. como garante de la sociedad Contratista para audiencia del 1° de julio de 2015. 1.6. Audiencia.- En la Audiencia del 1° de julio de 2015, la ANH informó respecto de los cargos que dieron lugar al inicio del Procedimiento de Incumplimiento. La Audiencia fue suspendida por solicitud del Contratista, quien aseguró estar en el proceso de obtener la garantía que ampara el cumplimiento de los tres contratos y se dispuso su reanudación para el tres (3) de agosto de 2015, a las 8:00 a.m. 1.7. Puntualización de los incumplimientos en Audiencia.- En desarrollo de la audiencia del 1° de julio de 2015, la ANH informó que el motivo de la citación era el incumplimiento en la entrega de garantías que amparan el cumplimiento de los Contratos E&P YD LLA — 1, YD LLA— 3 y YD LLA — 6 y la correcta ejecución contractual. La ANH Precisó que aun cuando se trata de contratos distintos, con arreglo al principio de economía procesal y por tratarse de iguales circunstancias, se recogen en una misma actuación, circunstancia que es aceptada por los asistentes. Seguidamente realizó una breve descripción de los hechos; describió la causal del procedimiento de incumplimiento por la no entrega de las garantías de cumplimiento de los Contratos y corrió traslado al Contratista
para presentación de descargos. 1.8. Intervención del Representante Legal de Trayectoria Oíl and Gas S.A.- Manifestó que en la comunicación de apertura del procedimiento de incumplimiento se incluyó la no entrega del programa exploratorio mínimo y de su cronograma; aclaró que dichos documentos reposan en la ANH y fueron entregados dentro del plazo establecido, y aportó los siguientes documentos: e Copia del documento que relaciona la entrega de información del contrato YD LLANOS-1, con sello de radicado del EPIS de fecha 13 de marzo de 2015 (1 folio).
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ANH=
AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS 15 FEB 201
Continuación de la Resolución Número 114 de 2016, “Por la cual se rechaza de plano el Recurso de Reposición por Extemporaneo interpuesto contra la Resolución No.968 del 25 de noviembre de 2015, mediante la cual se declaró la Terminación de los Contratos de Exploración y Producción de Hidrocarburos E&P No. 19 — Área YD LLA - 1 Ronda Colombia 2014, No. 20 — Área YD LLA - 3 Ronda Colombia 2014 y No. 21 Área YD LLA — 6 Ronda Colombia 2014 suscritos el 24 de septiembre de 2014, con las sociedad Trayectoria Oil & Gas S.A.” e Copia del documento que relaciona la entrega de información del contrato YD LLANOS-3, con sello de radicado del EPIS de fecha 13 de marzo de 2015 (1 folio)
e Copia del documento que relaciona la entrega de información del contrato YD LLANOS-6, con sello de radicado del EPIS de fecha 13 de marzo de 2015 (1 folio) eCopia del Plan de Exploración del Bloque YD LLANOS -— 1, con aclaración que los documentos originales correspondientes a los tres (3) contratos reposan en el EPIS (18 folios). 1.9. Intervención de la ANH. El Gerente de Asuntos Legales y Contratación manifestó que la ANH verificará tanto la documentación aportada, como los archivos de la entidad para verificar el cumplimiento de la obligación. 1.10. Solicitud de plazo adicional para entregar las garantías de cumplimiento.- Con respecto al incumplimiento en la entrega de las garantías de cumplimiento, el representante legal del Contratista manifestó que se trató de un hecho de fuerza mayor por la caída de los precios del petróleo, lo que ha generado dificultades para la consecución de recursos, y la exigencia mayores requisitos de las entidades financieras para las compañías del sector; ratificó su intención de continuar con la ejecución de los contratos, por lo que solicita que se les otorgue un tiempo prudencial adicional de treinta (30) días hábiles para poder cumplir con la entrega de las cartas de crédito. 1.11. Concesión de plazo adicional de treinta (30) días calendario. En desarrollo de sesión celebrada el 1° de julio de 2015, la ANH otorgó un término adicional para el cumplimiento de la obligación de (30) días calendario contados de la fecha de la audiencia. La ANH condicionó el otorgamiento del plazo a la entrega previa y oportuna
de la extensión de la Garantía de Seriedad de la oferta que ampara la seriedad del ofrecimiento y la entrega de la garantía de cumplimiento y aclaró que de acuerdo con lo anterior, el término para el cumplimiento de la obligación es hasta el 10 de agosto de 2015.
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AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS : Continuación de la Resolución Número 114 de 2016, “Por la cual se rechaza de plano el Recurso de Reposición por Extemporáneo interpuesto contra la Resolución No.968 del 25 de noviembre de 2015, mediante la cual se declaró la Terminación de los Contratos de Exploración y Producción de Hidrocarburos E&P No. 19 — Área YD LLA - 1 Ronda Colombia 2014, No. 20 — Área YD LLA - 3 Ronda Colombia 2014 y No. 21 Area YD LLA —6 Ronda Colombia 2014 suscritos el 24 de septiembre de 2014, con las sociedad Trayectoria Oil & Gas S.A.” 1.12. Intervención del Representante Legal de Trayectoria Oil & Gas S.A.- El Doctor Cristian Ducuara se comprometió con la entrega de la extensión de la garantía de seriedad de la oferta en los términos exigidos por la ANH. 1.13. Intervención de la apoderada de la Compañía Aseguradora de Fianzas S.A. — Confianza. Como garante del Contratista manifestó estar de acuerdo con la proposición y se comprometió a realizar el trámite correspondiente para la ampliación de la vigencia de las garantías de seriedad de la oferta por un (1) mes adicional.
1.14. Intervención del Gerente General de Trayectoria Oil & Gas S.A.- Manifestó que en adición a todo lo anterior, la Compañía pagó oportunamente para los tres bloques: i) los derechos económicos por concepto del Uso del Subsuelo, ii) los aportes por concepto de formación, fortalecimiento institucional y transferencia de tecnologia, iii) presentaron la póliza de cumplimiento de obligaciones laborales; iv) la póliza de responsabilidad civil extracontractual, circunstancia que en su criterio demuestra buena fe y voluntad de cumplir con los contratos. 1.15. Suspensión y nueva Convocatoria.- A continuación, la Audiencia fue suspendida y se dispuso su reanudación para el tres (3) de agosto de 2015, a las 8:00 a.m. 1.16. Extensión de las Garantías de Seriedad de las Ofertas.- Mediante comunicaciones con radicados No. 20156240185252, 20156240185272 y 20156240185262 del 22 de julio de 2015, el Contratista remitió a la ANH la extensión de las Garantías de seriedad de la oferta de los contratos E&P YD LLA — 1, YD LLA — 3 y YD LLA — 6, respectivamente, hasta el 31 de agosto de 2015. 1.17. Solicitud del Contratista de mantener suspendida la audiencia y de otorgar pólizas de cumplimiento en lugar de Cartas de Crédito.- Mediante comunicación con radicado No. 20156240192092 del 29 de julio de 2015 el Doctor Cristian Ducuara Castaño, en representación de la sociedad Contratista solicitó mantener la suspensión de la audiencia hasta el 31 de
agosto de 2015: (..-)
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ANH= AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS = 7 . 4 4 A r AS nnar Continuación de la Resolución Número de 1 J ) 2016, "Por la cual se rechaza de plano el Recurso de Reposición por Extemporáneo interpuesto contra la Resolución No.968 del 25 de noviembre de 2015, mediante la cual se declaró la Terminación de los Contratos de Exploración y Producción de Hidrocarburos E&P No. 19 — Área YD LLA - 1 Ronda Colombia 2014, No. 20 — Área YD LLA - 3 Ronda Colombia 2014 y No. 21 Área YD LLA — 6 Ronda Colombia 2014 suscritos el 24 de septiembre de 2014, con las sociedad Trayectoria Oíl 4 Gas S.A.” Por medio de la presente, solicitamos de la manera más respetuosa, continúe la suspensión de la Audiencia de inicio del procedimiento de incumplimiento de los Contratos de la Referencia, a la cual se dio inicio el 1 de julio del presente año, y que se mantenga la suspensión de la misma hasta el día 31 de agosto de 2015, toda vez para esa fecha estimamos que nuestra empresa contara con todos los documentos requeridos por la ANH y que dieron origen a la investigación objeto de la audiencia”. En la misma comunicación manifestó: Y...) Por otra parte y teniendo en cuenta la situación actual del sector la cual se ha venido haciendo más dificil en las últimas semanas con ocasión de la imprevista caída de los precios internacionales del petróleo, generando ello inconvenientes mayores a las compañías como es el acceso al sector
financiero entre otras, los invitamos a considerar la posibilidad de aceptar una póliza de cumplimiento por el valor exigido para cada uno de los Contratos mencionados, en lugar de cartas de crédito. Dicha póliza sería emitida por la Compañía Aseguradora de Fianzas S.A., y estaría amparada por una garantía real que le permitirá a la ANH tener la tranquilidad de que en caso de un eventual incumplimiento se pueda hacer efectiva la mencionada póliza.” 1.18. Citación al Contratista y Garante para continuar con la audiencia.- Mediante comunicación con radicado No. 20151400014061 del 4 de agosto de 2015 la ANH atendió la solicitud del Contratista efectuada mediante Comunicación con radicado No. 20156240192092 del 29 de julio de 2015, en los siguientes términos: (ES) La Gerencia de Asuntos Legales y Contratación considera mantener la suspensión de la audiencia hasta el 13 agosto de 2015 a las 11 am fecha en la que se le cita para continuar con la Audiencia y dar repuesta, dentro del procedimiento de incumplimiento, a su solicitud recién citada.”
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ANH= AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS nl a Continuación de la Resolución Número de 2016, “Por la cual se rechaza de plano el Recurso de Reposición por Extemporáneo interpuesto contra la Resolución No.968 del 25 de noviembre de 2015, mediante la cual se declaró la Terminación de los Contratos de Exploración y Producción de Hidrocarburos ESP
No. 19 — Área YD LLA - 1 Ronda Colombia 2014, No. 20 — Area YD LLA - 3 Ronda Colombia 2014 y No. 21 Área YD LLA — 6 Ronda Colombia 2014 suscritos el 24 de septiembre de 2014, con las sociedad Trayectoria Oil & Gas S.A.” Asimismo, en Oficio No. 20151400014071 del 4 de agosto de 2015, la ANH citó al garante para la reanudación de la audiencia. 1.19. Extensión de las Garantías de Seriedad de las Ofertas.- En comunicaciones con radicado No. 20156240223892, 20156240223882 y 20156240223872 del 27 de agosto de 2015, el Contratista remitió a la ANH la extensión de las Garantías de seriedad de la oferta de los contratos E&P YD LLA — 1, YD LLA — 3 y YD LLA — 6, respectivamente, hasta el 30 de septiembre de 2015. 1.20. Reanudación de la Audiencia.- El 15 de septiembre de 2015 se reanudó la audiencia prevista en la Cláusula 46 de los Contratos E&P YD LLA — 1, YD LLA - 3 y YD LLA — 6, la cual fue suspendida nuevamente por solicitud del Contratista para continuar con su gestión en aras de obtener la garantía de cumplimiento y correcta ejecución contractual de los citados negocios jurídicos. 1.21. Intervención del Gerente de Asuntos Legales y de Contratación de la ANH.- El Gerente de Asuntos Legales y Contratación de la ANH indicó
las obligaciones pendientes de cumplimiento la empresa TRAYECTORIA OIL & GAS. 1.22. Solicitud de plazo para otorgar las garantías de Cumplimiento.- En desarrollo de la audiencia, el Representante de Trayectoria Oil and Gas expresó que se encontraba pendiente la entrega de las garantías de cumplimiento de los Contratos del asunto y que ampliaron la vigencia de las garantías de seriedad de las ofertas hasta el Treinta (30) de septiembre siguiente. Además, solicitó un plazo adicional para allegar los títulos valores que respaldan el cumplimiento contractual. 1.23. Concesión de plazo de dos (2) meses al Contratista por parte de la ANH.- Acto seguido el Gerente de Asuntos Legales y Contratación de la ANH indicó que era necesario precisar el término del plazo en atención a la precitada solicitud ya que las garantías debieron estar otorgadas desde mayo, para cuyo fin es necesario contar con plazos ciertos para la presentación de documentos. En consecuencia, el representante de Trayectoria Oil and Gas precisó que harían llegar los soportes y que requerían un plazo de 2 meses a partir del 15 de septiembre de 2015, para otorgar las garantías de cumplimiento.
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Continuación de la Resolución Número de Iv sla 2016, “Por la cual se rechaza de plano el Recurso de Reposición por Extemporaneo interpuesto contra la Resolución No.968 del 25 de noviembre de 2015, mediante la cual se declaró la Terminación de los Contratos de Exploración y Producción de Hidrocarburos ESP
No. 19 — Área YD LLA - 1 Ronda Colombia 2014, No. 20 — Área YD LLA - 3 Ronda Colombia 2014 y No. 21 Área YD LLA ~6 Ronda Colombia 2014 suscritos el 24 de septiembre de 2014, con las sociedad Trayectoria Oil & Gas S.A.” 1.24. Suspensión y nueva Convocatoria.- La Audiencia fue suspendida y se dispuso su reanudación para el diecisiete (17) de noviembre de 2015, a las 8:00 a.m. 1.25. Extensión de las garantías de seriedad de las ofertas.- Mediante comunicación con radicado No. 20156240259262 del 28 de septiembre de 2015, el Contratista remitió la extensión de las garantías de seriedad de las oferta de los contratos. 1.26. Solicitud del Contratista de aplazar la audiencia.- Mediante comunicación con radicado No, 20156240300202 del 9 de noviembre de 2015 el Representante Legal de Trayectoria Oil 8: Gas S.A” solicitó a la ANH el aplazamiento de la reanudación de la audiencia del Procedimiento Administrativo de Incumplimiento iniciado en los Contratos E&P No. 19 área YD LLA - 1, No. 20 área YD LLA - 3 y No. 21 YD LLA - 6, dispuesta para el 17 de noviembre de 2015 a las 8:00 a.m. Expresó que por motivos de fuerza mayor ajenos a su voluntad, ninguno de los Representantes Legales podrán asistir en la fecha acordada, por tal razón solicitó que la fecha para celebrar la citada audiencia sea el día miércoles 25 de noviembre de 2015 a las 8:00
a.m. 1.27. Respuesta de la ANH a la solicitud de aplazamiento de la audiencia.- En oficio No. 20151400026741 de 12 de noviembre de 2015, la ANH informó al Contratista que en consideración a que la continuación de la audiencia de incumplimiento fue programada con suficiente anticipación y que el plazo de dos (2) meses concedido para constituir las garantías de cumplimiento de que trata la Cláusula 39 de los Contratos de Exploración y Producción de Hidrocarburos E&P Área YD LLA-1, YD LLA — 3 y YD LLA — 6, vence el 15 de noviembre de 2015, no es procedente acceder a la solicitud de aplazar la referida audiencia. Conforme lo mencionado, la ANH expresó que la continuación de la audiencia de incumplimiento fue programada para el 17 de noviembre de 2015 desde hace dos (2) meses en la sesión del 15 de septiembre de 2015, con el compromiso puntual de que para esa fecha Trayectoria Oil And Gas S.A. habría otorgado las garantías de cumplimiento de los Contratos del asunto. 1.28. Vencimiento del plazo para otorgar las Garantías de Cumplimiento.- El 15 de noviembre de 2015 venció el nuevo plazo
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ANH= —,_ AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS Continuación de la Resolución Número 114 de D 2016 2016, “Por la cual se rechaza de plano el Recurso de Reposición por Extemporaneo
interpuesto contra la Resolución No.968 del 25 de noviembre de 2015, mediante la cual se declaró la Terminación de los Contratos de Exploración y Producción de Hidrocarburos ESP No. 19 — Área YD LLA - 1 Ronda Colombia 2014, No. 20 — Área YD LLA - 3 Ronda Colombia 2014 y No. 21 Área YD LLA — 6 Ronda Colombia 2014 suscritos el 24 de septiembre de 2014, con las sociedad Trayectoria Oíl 8 Gas S.A.” otorgado por la ANH al Contratista en el marco del procedimiento de incumplimiento, sin aportar las garantías de cumplimiento de los Contratos E&P YD LLA— 1, YD LLA - 3 y YD LL—A 6 . 1.29. Reanudación de la audiencia.- El 17 de noviembre de 2015 la ANH reanudó la audiencia. En esta sesión, el Contratista reiteró que seguía en la búsqueda de los recursos para la obtención de las cartas de crédito, instrumento requerido por la ANH para afianzar el cumplimiento y correcta ejecución contractual. Indicó que espera entregar las garantías entre noviembre y diciembre de 2015 y solicitó un plazo de dos a tres semanas. La ANH dispuso suspender la audiencia hasta el lunes 23 de noviembre de 2015 a las 9:00 a.m. 1.30. Reanudación de la audiencia.- El 23 de noviembre de 2015 se reanudó la audiencia. En esta sesión, el Contratista reiteró sus gestiones para constituir las garantías y para obtener una certificación del Banco como
constancia de que se encuentran en trámite. Agregó que la coyuntura actual de los precios afecta la credibilidad de las compañías y pidió un nuevo plazo para la entrega de los amparos. La apoderada de la Compañía Aseguradora de Fianzas S.A. Confianza coadyuvó la solicitud de plazo del Contratista. El Representante de la ANH manifestó que los contratos no cuentan con garantías de cumplimiento desde el mes de enero de 2015 y se había cumplido la fecha límite para presentarlas. La ANH dispuso suspender la audiencia hasta el jueves 26 de noviembre de 2015 a las 9:00 a.m. 1.31. Resolución No.968 del 25 de noviembre de 2015.- Mediante Resolución No.968, del 25 de noviembre de 2015 el Presidente de la ANH declaró la Terminación de los Contratos de Exploración y Producción de Hidrocarburos, E&P No. 19 — Área YD LLA - 1 Ronda Colombia 2014, No. 20 — Área YD LLA - 3 Ronda Colombia 2014 y No. 21 Área YD LLA — 6 Ronda Colombia 2014 suscritos entre la ANH y TRAYECTORIA OIL & GAS S.A., por incumplimiento del Contratista. 1.32. Notificación Resolución No.968 de 2015.- Se reanudó la audiencia el día 26 de noviembre, en la cual se dio lectura a la Resolución No. 968 del 25 de noviembre de 2015, y conforme al artículo 67 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo se notificó en estrado al
Contratista Trayectoria Oil and Gas S.A. y a la Aseguradora Confianza.
REPUBLICA DE COLOMBIA Hoja No. 11 de 20
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AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS 4-2 ] p N18
Continuación de la Resolución Número 4 de 2016, “Por la cual se rechaza de plano el Recurso de Reposición por Extemporaneo interpuesto contra la Resolución No.968 del 25 de noviembre de 2015, mediante la cual se declaró la Terminación de los Contratos de Exploración y Producción de Hidrocarburos E&P No. 19 — Area YD LLA - 1 Ronda Colombia 2014, No. 20 — Área YD LLA - 3 Ronda Colombia 2014 y No. 21 Área YD LLA — 6 Ronda Colombia 2014 suscritos el 24 de septiembre de 2014, con las sociedad Trayectoria Oil & Gas S.A.” Seguidamente, el Gerente de Asuntos Legales y Contratación precisó que contra la citada Resolución procedía el Recurso de Reposición, en los términos del artículo 74 y siguientes del citado Estatuto. Se fijó reanudación de la audiencia para lectura del recurso de reposición el 15 de diciembre siguiente, sin perjuicio de la potestad que le asistía al Contratista de presentar el recurso en los términos de ley. Fueron notificados de la citada Resolución el Doctor Cristian Ducuara Castaño, Representante Legal de Trayectoria Oil 8 Gas S.A y la Doctora Ana María Gómez, actuando como apoderada de la Aseguradora de Fianzas — Confianza, en calidad de garante.
1.33. Presentación del Recurso de Resolución.- El 14 de diciembre de 2015 la Compañía Trayectoria Oil and Gas S.A. mediante comunicado con Radicado No. 20156240335622 manifestó que le era imposible asistir a la audiencia del quince (15) de diciembre de 2015 en las instalaciones de la ANH, debido a que los representantes legales de la sociedad se encontraban fuera del país y solicitó que la audiencia fuera aplazada; éste escrito fue suscrito por la Doctora Carolina Tamayo Leal, del Departamento de Dirección Legal. Y anexo 3 folios con el escrito del Recurso de Reposición. La Compañía Aseguradora de Fianzas S.A. — CONFIANZA no presentó Recurso de Reposición. Segundo. Decisión recurrida 2.1. Que con base en los hechos expuestos, mediante Resolución No. 968 del 25 de noviembre de 2015, el Presidente de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, -ANH resolvió: "() Artículo Primero.- Declarar la Terminación de los Contratos de Exploración y Producción de Hidrocarburos, E&P No. 19 — Área YD LLA - 1 Ronda Colombia 2014, No. 20 - Área YD LLA - 3 Ronda Colombia 2014 y No. 21 Área YD LLA - 6 Ronda Colombia 2014 suscritos entre la ANH y TRAYECTORIA OIL & GAS S.A., por el incumplimiento de EL CONTRATISTA.
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AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS E ó 114 15 FEB 201
Continuación de la Resolución Número = de :') 2016, “Por la cual se rechaza de plano el Recurso de Reposición por Extemporáneo interpuesto contra la Resolución No.968 del 25 de noviembre de 2015, mediante la cual se declaró la Terminación de los Contratos de Exploración y Producción de Hidrocarburos E&P No. 19 — Area YD LLA - 1 Ronda Colombia 2014, No. 20 — Área YD LLA - 3 Ronda Colombia 2014 y No. 21 Area YD LLA — 6 Ronda Colombia 2014 suscritos el 24 de septiembre de 2014, con las sociedad Trayectoria Oil & Gas S.A.” Artículo Segundo.- Liquidar los daños y perjuicios sufridos por la ANH con motivo de los hechos relacionados y debidamente soportados a lo largo de la presente Resolución, en la suma de cuatrocientos treinta y un mil doscientos noventa dólares de los Estados Unidos de América (USD $431.290), o su equivalente en pesos colombianos, liquidados a la Tasa Representativa del Mercado, TRM de la fecha en que tenga lugar su pago efectivo, que corresponden al Valor de las Inversiones forzosas de los Programas Mínimo y Adicional de la Fase 1 del Programa Exploratorio; correspondientes, a la Fase 1 del Periodo de Exploración de los Contratos E&P YD LLA - 1, YD LLA3 y YDLLA - 6, suma total a cargo de la sociedad TRAYECTORIA OIL & GAS S.A. Artículo Tercero.- Como consecuencia de las declaraciones contenidas en los artículos segundo y tercero precedentes, declarar a la sociedad TRAYECTORIA
OIL & GAS S.A., como deudora a favor de la ANH de la suma de cuatrocientos treinta y un mil doscientos noventa dólares de los Estados Unidos de América (USD $ 431.290), o su equivalente en pesos colombianos, liquidados a la Tasa Representativa del Mercado, TRM de la fecha en que tenga lugar su pago efectivo, que corresponden al Valor
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