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ANH - Resolución 192 de 2020

ANH - Agencia Nacional de Hidrocarburos

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Detalles

Título
ANH - Resolución 192 de 2020
Autor
ANH - Agencia Nacional de Hidrocarburos
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2020

ANH-GCO-FR-146 REPÚBLICA DE COLOMBIA

Versión 1

¿EDDERD

A N H == AGENC A. WALIGAL GE HILAC ARE UROS RESOLUCIÓN No 192 DE 17 ABR 2020

Por la cual se resuelve el Procedimiento para la Declaratoria de Incumplimiento dei Contrato de Exploración y Producción de Hidrocarburos No. 22 — Eloque LLA-18 LA GERENTE DE ASUNTOS LEGALES Y CONTRATACIÓN DE LA AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS | En ejercicio de sus facultades legales, en especial, las conferidas por el manual especifico de funciones y competencias laborales de la ANH Resolución No. 516 de 2018, la Resolución 182 de 2020, y

CONSIDERANDO

I. ANTECEDENTES: | 1. Con ocasión del Proceso Competitivo Especial Minironda 2008: “Convocatoria pública para la adjudicación | de bloques en las áreas denominadas: Valle Medio del Magdalena-Catatumbo, Valle superior dei Magdalena, Llanos | | Orientales, Putumayo y Cordillera Oriental”, la Agencia Nacional de Hidrocarburos (en adelante ANF} adjudicó.| mediante la Resotución N° 679 del 26 de diciembre de 2008, el Bloque LLA-18 a ta compañia Golden Oil | ¿ Corporation. | 2. Como resultado de dicha adjudicación, la ANH suscribió el dia 10 de marzo de 2009 el Contrato de } Exploración y Producción de Hidrocarburos N° 22 de 2009 (en adelante, Contrato de E&P Lianos -18) con | | GOLDEN OIL CORPORATION, en adelante el Contratista.

| 3. La recia efectiva del Contrato de E&P Llanos -18 y de inicio del término de duración de la Primera Fase : | dei Periocdo de Exploración tuvo lugar el 10 de septiembre de 2009. | 14 Mediante el Otrosí No.1 del 10 de julio de 2010, el Contratista, cedió la totalidad de sus obligaciones, | | | derechos e intereses en el Contrato de E&P Llanos18, a Loh Energy Sucursal Colombia (en adelante, el | Contratista), sucursal de Live Oak Holdings Inc. | 5. Mediante el Otrosí N° 3 de fecha 3 de febrero de 2012, se unificaron las Fases 1 y 2 del Periodo de | | Exploración, estableciéndose el siguiente Programa de Exploración: | Programa Exploratorio Minimo: 3 Avenida Calle 26 N° 59-65 Pisc 2 y Edificio de la Cámara Colornbiana de la Infraestructura Í Bogotá D.C - Colombia. Código postal. 111321

Teléfono: +57 (1) 593 17 1” - werw.anh.gov.co Pág 1 de 42

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Version 1 ANH= | ap

AGENCIA NACIONAL fle HIOROSAREUROS RESOLUCIÓN No 492 DE = 17 ABR 2020

Por la cual se resuelve el Procedimiento para la Declaratoria de Incumplimiento del Contrato de Exploración y Producción de Hidrocarburos No. 22 — Bloque LLA-18 n— " : — os ] : - Fase Duracion Actividades notes nvereren | h— . PPP PV SS SS ey 0 —s USD al

Adquisición, Procesamiento e Interpretación de 56.4 K? | ty2 de Sísmica 3D. 1.807.384 Unificadas oe MEROS i Perforación de dos (2) Pozos Exploratorio A3. 14.000.000 | b o. _A } | Inversión: 15.807.384 | Lo ae — o. 2 -- | Programa Exploratorio Adicional: | | Fase Duración | Actividades Total Inversión USD | 7 | | Adquisición, procesamiento e interpretación 250 K? de 8.011.452 1y2 i Sismica 3D. y | Unificadas | °4 Meses | Perforación de un (1) Pozo Exploratorio AS. 7.000.000 : inversión 15.011.452 - — inversion Total: 30.818.836 |

16. EL 9 de julio de 2014, las partes suscribieron el Acta de Suspensión de las obligaciones exploratorias de | la Fases 1 y 2 Unificadas del Periodo de Exploración del Contrato de E&P Llanos-18. | : 7. Con comunicación No. 20134110027951 del 12 de abril del 2013, la ANH aprobó la restitución de | ¡doscientos cincuenta y cinco (255) días calendario, al plazo de las Fases 1 y 2 Unificadas dei Periodo de } | Exploración, por el retraso de ta Autoridad Nacional de Licencias Ambientales; restitución que se hizo ]

7 Avenida Calle 26 N" 59 - 65 Piso 2 Edificio de la Cámara Colombiana de la Infraestructura Bagotá D.C. Colombia Código postal: 111321

Teléfono: +57 (1) 593 17 147 - waww.anh.gov.co Pág 2 de 42

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Versión 1

AGENCIA NACIONAL DE HIDROZARBUROS RESOLUCIÓN No 497 DE 17 Au 2020

Por la cual se resuelve el Procedimiento para la Declaratoria de Incumplimiento del Contrato de Exploración y Producción de Hidrocarburos No. 22 — Bloque LLA-18 | efectiva a partir del dia siguiente al vencimiento de las mencionadas Fases, es decir, el 10 de marzo de} 12014.

8. Que conforme lo anterior, las Fases 1 y 2 Unificadas del Periodo de Exploración, iniciaron el 10 de septiembre de 2009 y tuvieron como fecha de finalización el 20 de noviembre de 2014, | 9. El 9 de julio de 2014, las partes mediante Acta acordaron que la suspensión de las obligaciones de las $ Fases 1 y 2 Unificadas del Periodo de Exploración a partir del 24 de abril de 2012 y nasta que terminaran | las circunstancias que dieron lugar a la medida y sea posible el acceso al area del Bloque. |

10. En la citada Acta del Suspensión, suscrita el 9 de julio de 2014, El Contratista se obligó a extender la : vigencia de la carta de crédito conforme al numeral 50.4 de la cláusula 50 del Contrato de E&P Llanos-18, | asi: “(...) teniendo en cuenta que la medida suspensiva se mantendrá hasta que se logre el acceso del Area del Bloque LLANOS -18, EL CONTRATISTA deberá extender la vigencia de la carta de crédito según lo

pactado en el numeral 50.4 de la cláusula 50 de! Contrato E&P LLANOS-18, y extender la póliza de cumplimiento de obligaciones laborales, establecida en fa cláusula 52 del mencionado contrato. En esfe sentido, es entendido que es deber de LOH mantener en plena vigencia y vigor las garantías que amparan el cumplimiento de las obligaciones de la respectiva Fase, durante el término de duración de la medida suspensiva. {...}”.

111. Mediante comunicación del 22 de mayo de 2015, la ANH presentó denuncia penal ante la Fiscalía | General de la Nación por la entrega de garantías presuntamente inauténticas, presentadas por el | Contratista para afianzar las obligaciones y compromisos expioratorios, la cual fue ampliada a través de la | í comunicación No.20151390136171 del 10 de julio de 2015.

12. Mediante la comunicación No. 20151400011381 del 1S de junio de 2015, ta ANH le informó ai | | Contratista el inicio del Procedimiento para ta Declaratoria de Incumplimiento en el Contrato de E&P-Llanos- | 1 18, por los siguientes hechos: | 1) Cartas de Crédito Inauténtica. 2) Informe de satisfacción de obligaciones y compromisos inherentes al Período Exploratorio. 2.1 Cumplimiento de Obligaciones en materia de Derechos Ecc.némicos.

7 Avenida Calle 26 N° 59 - 65 Piso 2 Edificio de la Cámara Colombiana de la Infraestructura BES "A ES Bogotá DC - Colombia. Código postal. 111321

Teléfono: +57 (1) 593 17 17 - wwww.anh,gov.co #3 Eifuturo

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ANH-GCO-FR-146 REPUBLICA DE COLOMBIA Version 1 ¿ A eS tage AGENCIA NACIONAL BE HIDROSARRURGS RESOLUCIÓN No 192 bg 17 ABR 2020

Por la cual se resuelve el Procedimiento para ta Declaratoria de Incumplimiento dei Contrato de Exploración y Producción de Hidrocarburos No. 22 — Bloque LLA-18 2.2 Cumplimiento de Obligaciones y Compromisos Exploratorios y Actividades e Inversiones Exploratorias 2.3 Cumplimiento de Obligaciones y Compromisos en materia de Seguridad, Comunidades y Medio Ambiente. 3) Incumplimiento del deber de informar a la Entidad Estatal Contratante cambios de control de la Contratista.

113. El Contratista, en el término previsto para el efectos, presentó descargos respecto del inicio del | Procedimiento para la Declaratoria de incumplimiento del Contrato de E&P Llanos-18, adelantado por la | Gerencia de Asuntos Legales y Contratación (en adelante, GALC), mediante la comunicación No. | | 20156240184132 del 21 de julio de 2015. 1 14. El 5 de mayo de 2016, la GALC dio traslado del escrito de descargos presentados por el Contratista a | lla Gerencia de Seguimiento a Contratos de Exploración (en adelante, GSCE) e igualmente a la Gerencia $ | de Seguimiento a Contratos de Producción (en adelante, GSCP), mediante el memorando No. I-139-2016- § | 006821 ld: 31255. !

1 15. Atraves de la comunicación No. |-411-2016-007513 Id: 34736 del 19 de mayo de 2016, la GSCE, emitió : | respuesta al traslado de los descargos a la GÁLC, resaltando que respecto de las Cartas de crédito | inauténticas manifestó que no observaba aspectos sobre Jos cuales debía emitir concepto alguno, pues los | documentos dubitados se encontraban en proceso de investigación por parte de la Fiscalia General de la | Nación. i Frente al cumplimiento de obligaciones y compromisos exploratorios, señaló que el Contratista tenía | pendiente la ejecución de tres pozos exploratorios A3, con una inversión de USD$21.000.000 en la Fase 1 | y 2 Unificada; ejecutó el Programa Sismico Llanos 3D-2011, evidenciando una actividad adicional de | 5,/2Km de sísmica 3D de la Fase 1 y 2 Unificada del Contrato de ESP Llanos-18. |

16. Con comunicación No. I-139-2016-018327 ld:48185 del 7 de junio de 2016, y respecto de los descargos | i formulados por el Contratista, la GALC solicitó a la Vicepresidencia de Contratos de Hidrocarburos (en | adelante, VCH), pronunciamiento sobre aspectos puntuales respecto del Contrato de E&P Llanos-18 y | | otros. |

Avenida Calle 26 N 59 - 65 Piso 2 Edificio de ia Cámara Colombiana de la Infraestructura Ma 70 Bagota D.C. - Colombia. Códiga postal. 111321 Be ES Es futuro $henergía

Teléfono: +57 1(11) ) 593 5939 17 17 - www.anan hh .. gov Co >. E - ae = es de todos Pag 4 de 42

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AGENCIA NACIONAL BE HIDROSARRUAQS RESOLUCIONNo 192 pe 17 ABR 2020

Por la cual se resuelve el Procedimiento para la Declaratoria de Incumplimiento del Contrato de Exploración y Producción de Hidrocarburos No. 22 — Bloque LLA-18

17. Mediante comunicación No. |-431-2016-039079 |:4:71923 del 21 de junio de 2016, ta VCH emitió | respuesta al requerimiento realizado por la GALC a través de la comunicación No. |I-139-2016-018327 | 1d:48185 de fecha 7 de junio de 2016, en los siguientes términos: a) Señaló que el motivo de la suspensión de las obligaciones contenidas en las Fases 1 y 2 Unificadas, | correspondía a la conflictividad social en el área de influencia del Contrato, impulsada por la familia | Romero Vidal, y que ello exigía de la Compañía Operadora gestiones para prevenir y mitigar tal situación, dentro de las cuales se hallaba la posibilidad de acudir a las autoridades locales para solicitar su intervención a efectos de que se permitiera el acceso, o la interposición de mecanismos | judiciales para ingresar al Área del Bloque Llanos-18. b) En relación con el compromiso segundo y tercero del Acta de Suspensión de las obligaciones de |

las Fases 1 y 2 Unificadas del Periodo de Exploración: La VCH manifestó que el Contratista no había cumplido la obligación de reportar mensualmente las | gestionar para superar el hecho generador de la suspensión de las obligaciones de las Fases ! y 2 | Unificadas del Periodo de Exploración. Asi mismo, se indicó que las garantías allegadas por el Contratista no se encontraban certificadas | por las entidades emisoras. . c) En relación con el estado de los trámites ambientales adelantados por el Contratista, se indicó que | éste no presentó nuevos argumentos en relación con los permisos y trámites de licenciamiento | ambiental conocidos por la ANH. d) En relación con las gestiones prediales que manifestó haber adelantado el Contratista, se señaló § que ha debido acudir a las autoridades locales para solicitar su intervención a efectos de que se } permitiera el acceso, o interponer acciones judiciales para ingresar al Area del Bloque Llanos-18. | 18. Mediante la comunicación No. I-431-2016-039189 Id:72384 del 22 de junio de 2016, la VCH dio : | respuesta al requerimiento realizado por la GALC a través de la comunicación No. 1-139-2016-018103 id: { 147361 del 1 de junio de 2016, y remitió el informe de ejecución del Contrato de E&P Llanos-18. Avenida Calle 26 N° 59 - 65 Piso 2 Edificio de la Cámara Colombiana de la Infraestructura Bogotá D.C - Colombia Código postal: 111321 a ES Teléfono +57 (1) 593 17 17 - www.anh.gov.co

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ANH-GGO-FR-146 REPUBLICA DE COLOMBIA

ANH= AGENCIA WACO AL DE ‘ann ARRUROS RESOLUCIÓN No 492 De 17 ABR 2020

Por la cual se resuelve el Procedimiento para la Ceclaratoria de Incumplimiento del Contrato de Exploración y Producción de Hidrocarburos No. 22 — Bloque LLA-18

119. Mediante la comunicación R-139-2017-002241 [L::181036 del 1 de febrero de 2017, el Contratista | informó a la ANH sobre la transformación societaria ocurrida en su cada matriz respecto ai Contrato E&P LLA-18, en cumplimiento de la Resolución No. 977 del 23 de diciembre 2016, expedida por fa ANH.

20. Con comunicación No. 20171400073473 ld: 188682 del 8 de junio de 2017, la GALC, solicitó a la VCH | actualizar la información para efectos de analizar y decidir el Procedimiento de Incumplimiento del Contrato | E&P Llanos-18, respecto de los siguientes temas: a) Si el Contratista entregó la carta de crédito exig.da en la Cláusula 50 del Contrato. b) Si el Contratista ha cumplido los compromisos establecidos en el acta de suspenstón suscrita el gf de julio de 2014; c) Si el Contratista solicitó apoyo a la Estrateg:a Territorial de Hidrocarburos, para resolver los | inconvenientes que originaron la suspensión de los compromisos contractuales. d) Si el Contratista solicitó el levantamiento de ia suspensión del Contrato y el reinicio de las |

| actividades exploratorias; e) Si el Contratista ejecutó los compromisos previstos en el programa obligatorio de exploración, y si | cuenta con la licencia ambiental global vigente.

121. Mediante la comunicación No. 20174310113661 ld:190246 del 16 de junio de 2017, la Gerencia de | | Seguridad, Comunidades y Medio Ambiente (en adelante, GSCYMA), solicitó al Contratista demostrar la | ¡diligencia en las gestiones que permitieran superar las situaciones que originaron la suspensión del | | Contrato (oposición por parte de miembros de la comunidad del área de influencia, que impiden el desarrollo § del compromiso), para lo cual debía presentar reportes por lo menos una vez al mes, y adicionalmente, lo $ | requirió para que informara si seguía vigente la Licencia Ambiental y las gestiones que hubiera adelantado | ¡la compañía para la extensión de la misma. ¡ | 22. Mediante la comunicación No. 20174310153772 ld:191691 del 23 de junio de 2017, el Contratista dio | | respuesta a la solicitud de la GSCYMA, manifestando respecto al componente social, que los procesos | ¡judiciales instaurados contra la familia Romero Vidal se encontraban en fase final, a espera que la Corte | | Suprema de Justicia case las demandas y mantenga la decisión de primera instancia, y por otro lado, | ¡respecto al componente ambiental, manifestó que se solicitó a la Autoridad Nacional de Licencias | | Ambientales (ANLA), la extensión de la licencia ambiental otorgada meciante Resolución No. 0310 del 7 | de mayo de 2012.

E Avenida Calle 26 N° 59 - 65 Piso 2 . Edificio de la Camara Colombiana de la Infraestructura Bogotá DC - Colombia Gódigo postal: 111321

Telefono: +57 (1) 593 17 17? - www.anh.gov.co es de todes Pág € de 42

ANH-GCO-FR-146 REPUBLICA DE COLOMBIA Version 1 | Baseno d Pere tal AGENCIA ACME: DE HISAOHARLURGS 192 ve tf ABR 2020

RESOLUCIONNo Por la cual se resuelve el Procedimiento para ta Ceclaratoria de Incumplimiento dei Contrato de Exploración y Producción de Hidrocarburos No. 22 — Bloque LLA-18

23. Atraves de la comunicación No. 20174310130121 (11:194325 del 7 de julio de 2017, la GSCYMA, solicitó [ al Contratista allegar los soportes documentales de la información suministrada con ta comunicación No. 20174310153772 ld: 191691 del 23 de junio de 2017. | | 24. Mediante la comunicación No. 20174310170292 |d:195839 del 13 de julio de 2017, el Contratista allegó § | los soportes documentales requeridos por la GSCYMA, en lo referente al proceso legal surtido en contra | de la familia Romero Vidal.

25. Con comunicación No. 20174110153901 Id.199710 del 1 de agosto de 2017, la GSCE solicitó al | Contratista remitir la garantía que respaldara el cumplimiento de las obligaciones contractuales de las |

| Fases 1 y 2 Unificadas, de conformidad con io establecido en la cláusula 50 del Contrato de E&P Llanos - | 18.

26. Mediante la comunicación No. 20174110153901 Id 199710 dei 1 de agosto de 2017, la GSCE solicitó | | al Contratista remitir la garantía que respaldara el cumplimiento de las obligaciones contractuales de las | | Fases 1 y 2 Unificadas, de conformidad con lo estabiecido en la cláusula 50 del Contrato de E&P Llanos18.

127. Mediante la comunicación No. 20174110193802 Id:201905 del 9 de agosto de 2017, el Contratista | informó respecto de la garantía que respaldara el cumplimiento de las obligaciones contractuales de las | | Fases 1 y 2 Unificadas, de conformidad con lo establecido en la cláusula 50 del Contrato de E&P Llanos — 18, que está a la espera que la ANH le requiera dei reemplazo de la misma, según lo decidido dentro del | Procedimiento de Incumplimiento adelantado, | 28. A través de ta comunicación No. 20174010108693 'd:205367 del 25 de agosto de 2017, la VCH emitió | respuesta al requerimiento realizado por la GALC con comunicación No. 20171400073473 Id:188682 del 8 de junio de 2017, informando lo siguiente: a) Carta de Crédito exigida en la Cláusula 50 del Contrato de E&P Llanos -18: manifestó que el | Contratista no ha presentado la garantía en ;eemplazo del documento identificado con el No. } 1000000275, pese a que mediante la comunicación No. 20174110153901 Id:199710 del 1 de agosto

de 2017 se había insistido en el aporte de una garantía que respaidara el cumplimiento de las obligaciones contractuales de las Fases 1 y 2 Unificadas. | Avenida Calle 26 N° 59 - 65 Piso 2 Edificio de la Cámara Colombiana de la Infraestructura A Bogotá 9 € - Colombia Codigo postal: 111321 + dl ,

Teléfono: +57 (1) 593 17 17 - www.anh.gov.co _ El futuro es de todos Pag 7 de 42

Statarer 72.

ANH-GCO-FR-146 REPUBLICA DE COLOMBIA

ANHS AGENCIA NACIONAL DE one RESOLUCION No 197 DE 17 ABR 2020

Por la cual se resuelve el Procedimiento para la Ceclaratoria de Incumplimiento del Contrato de Exploración y Producción de Hidrocarburos No. 22 — Bloque LLA-18 b) Respecto del cumplimiento de los compromisos axploratorios establecidos en el acta de suspensión | del 9 de julio de 2014: señaló que e! Contratista no ha dado cumplimiento al compromiso de remitir ¡ reportes mensuales de las gestiones adelantadas para superar el hecho generador de ía | suspensión, ya que solamente ha informado el estado actual de un proceso de responsabilidad civil | extracontractual contra la familia Romero Vidal. c) En cuanto al apoyo a la Estrategia Territorial de Hidrocarburos (ETH) para resolver los | inconvenientes que originaron la suscripción del acta de suspensión del 9 de julio de 2014, refirió la | VCH que la única actividad realizada por el Contratista fue una reunión sostenida el 12 de febrero

de 2015 a fin de determinar cómo se actuaria en el caso concreto, sin que se evidencien gestiones ante la ETH para requerir apoyo y resolver los inconvenientes que originaron la suspensión de los compromisos contractuales. dj) En el sentido de indicar si el Contratista solicitó el levantamiento de la suspensión del Contrato de | E&P Llanos -18 y el reinicio de actividades, resaitó esa Vicepresidencia que a la fecha el Contratista no había presentado solicitud de levantamiento de la suspensión, por cuanto el Contratista se limitó ] a informar sobre el estado actual del proceso de responsabilidad civil extracontractual, precisando | que dicha actuación se encuentra en la fase final, e) Ejecución por parte del Contratista de los compromisos previstos en el programa obligatorio de | exploración: Indicó la VCH que el Contrato de E&P Llanos -18 se encontraba suspendido desde el | 24 de abril de 2012 por restricción de los propietarios de un predio para acceder al área. Asi mismo, | que el Contratista no ha ejecutado a ja fecha, la perforación de 3 pozos exploratorios A-3 pactados | en las Fases 1 y 2 Unificadas del Periodo de Exploración por un valor de veintiún millones de dólares | / (USD $21.000.000). f) Licencia ambiental global, informó la VCH que el Contrato de E&P Llanos -18 sí tenia licencia | ambientai exploratoria, otorgada por la ANLA el 7 de mayo de 2012 mediante la Resolución 0310 | del 7 de mayo de 2012. | | 29. Con comunicación No. 20184010168751 1d:28726¢ dei 30 de agosto de 2017, el Contratista remitió e! :

Informe Ejecutivo del | Semestre del año 2017, de conformidad con lo establecido en la cláusula 48 del | | Contrato de E&P Llanos - 18. | Aveniga Calle 26 N 59 - 65 Piso 2 ] Edificio de la Camara Colombiana de la infraastructura a Bogotá DC - Coombia Código postal 111321 4 felsfonc +57 (11593 17 17 - wew.anh.gov co esde.todosí, | Pág @ de 42

ANH-GCO-FR-146 REPUBLICA DE COLOMBIA

Version 1

AGENCIA NACIONAL OE HIDROSARRURDS RESOLUCIÓN No 79? DE 17 ABR 2020

Por la cual se resuelve el Procedimiento para la C-eclaratoria de incumplimiento dei Contrato de Exploración y Producción de Hidrocarburos No. 22 — Bloque LLA-18

30. Mediante Ja comunicación No. 20184010226382 [d:210105 del 11 de septiembre de 2017, el Contratista | remitió la relación de las actividades reaiizades durante el mes de agosto de 2017, respecto del Contrato | de ESP Llanos - 18.

131. Con comunicación No. 20174010196251 |d:210905 del 13 de septiembre de 2017, la ANH requirió al Contratista con el fin de que remitiera: “(...) información detallada y tiempos de ejecución para el cumplimiento de ios compromisos pactados en fa Fase 1 y 2 unificadas del Contrato EXP LLANOS ~ 18, que corresponden a la perforación de tres Pozos Exploratorios AS por valor de veintiún millones de dólares de fos Estados Unidos de Norte América

(USD 21.000.000) (...)”. | 32. Con comunicación No. 2017411020438 Id:212824 del 21 de septiembre de 2017, la ANH requirió al | Contratista con el fin de que allegue tanto la licencia ambiental, como el cronograma con el cual ejecutaría | las actividades de los compromisos de las Fases 1 y 2 Jnificadas del Periodo de Exploración.

33. Mediante la comunicación No. 2017411041832 id: 214800 del 29 de septiembre de 2017, el Contratista dio respuesta a la ANH de la comunicación No. 2017411020438 Id:212824 del 21 de septiembre de 2017, en los siguientes términos: Y...) LOH aún se encuentra a la espera de un pronunciamiento por parte de fa ANH con el fin de conocer fa situación de este contrato y asi poder determinar con certeza el programa de operaciones para los compromisos pendientes de la fase de exploración 1 y 2 y enviar a la ANH los prospectos exploratorios del Bloque LLANOS 18, toda vez que sin esta respuesta nos es imposible determinar con certeza el momento en el cual podemos iniciar operaciones sin inconvenientes.

Referente a la licencia ambiental, como se informó a fa ANH, LOH ENERGY solicito extensión del tiempo de la licencia ambiental para el Bloque LLANOS 18 mediante oficio 2017003551-1-000 del 18 de enero de 2017 a la Autoridad Nacional de Licencias ambientales (ANLA) una vez el ANLA se pronuncie al respecto informaremos de manera oportuna a la ANH. (...)” | 34. Con memorando No.20174010136923 Id: 218575 del 12 de octubre de 2017, la VCH solicitó a la GALC,

| se pronunciara respecto del Procedimiento de Incumplimiento del Contrazo de ESP LLA-18, a fin de poder | dar respuesta al Contratista respecto de la comunicación con 1d:214800 del 29 de septiembre de 2017. Avenida Calle 26 N 59 - 65 Piso 2 + Edificio de la Cámara Colombiana de (a Infrasstructura Bagata D.C. - Colombia Código postal: 111321 ÉS E E Teléfono: +57 (1) 593 17 17 - www.anh.gov.ca vs 4 El futuro - es de todos Pág 9 de 42

ANH-GCO-FR-146 REPUBLICA DE COLOMBIA

Versión 1 A Ni Hi ‘ae ws: 4 mo AGENCIA NACIONAL DE HIBROFARRUROS RESOLUCIÓN No 497 DÉ 17 ABR 20% Por la cual se resuelve el Procedimiento para la Declaratoria de Incumplimiento del Contrato de Exploración y Producción de Hidrocarburos No. 22 — Bloque LLA-18

35. Mediante la comunicación No. 20174110267481 td:::28242 del 21 de noviembre de 2017, la ANH reiteró al Contratista la solicitud para que allegara la siguiente información: a) Los ajustes al IES del primer semestre del 2017, Toda vez que no reportó el capítulo de | prospectividad en el Bloque Llanos-18. b) El IMA de los meses de septiembre y octubre de 2017. : 36. Con comunicación No. 20174010293231 1d:235093 del 14 de diciembre de 2017, la ANH solicitó al | Contratista, allegara la extensión de vigencia por el término de tres (3) años, de la póliza de obligaciones |

laborales correspondiente a las Fases 1 y 2 Unificadas

37. Mediante la comunicación No. 2017411031036 Id:2 38531 del 26 de diciembre 2017, la ANH reiteró al Contratista los requerimientos realizados a fin de que: |} allegue los IMAS de septiembre y octubre de 2017, li} solicitó el IMA de noviembre de 2017 y iii) remitir el cronograma con las actividades que ejecutará en las Fases 1 y 2 Unificadas del Periodo de Exploración.

38. Mediante comunicación No. 20184010011061 d:246561 del 23 de enero de 2018, la ANH reiteró la solicitud al Contratista de allegar la extensión de la vigencia de la póliza que ampara las obligaciones laborales de las Fases 1 y 2 Unificadas.

39. Con comunicación No. 20184110068881 ld:263150 de fecha 30 de marzo de 2018, la ANH requirió al Contratista a fin de remitir los IMAS de septiembre a diciembre de 2017 y de enero a febrero de 2018 del } Contrato de E&P Llanos - 18. | | 40. Mediante el memorando No. 20185210077903 Id 270850 del 17 de abril de 2018, la Gerencia de | | Regalías y Derechos Económicos informó a la GALC lo siguiente: “(...) En conclusión y de acuerdo a fa información que reposa en la Agencia, a fa fecha el Contrato de Exploración y Producción LLANOS-18 no tiene pagos pendientes por conceptos de: - Derechos Económicos por Uso de Subsuelos en Areas de Exploración para las Fases | y {i del Periodo

Exploratorio. Avenida Calle 26 N° 5S - 65 Piso 2 7 Edificio de la Camara Colombiana de la Infraestructura Bogotá D.C. - Colombia. Código pasta: 111321 ] Teléfono: +57 (1) 553 17 17 - www.anh.gov.co +es de todos Pág tt de 42

ANH-GCO-FR-146 REPUBLICA DE COLOMBIA

Version 1

A Ni Hé AGENCIA NACIONAL DE HIDROFARRUROS RESOLUCIÓN No 499 DE 17 ABR 2020

Por la cual se resuelve el Procedimiento para ia Deciaratoria de Incumplimiento dei Contrato de Exploración y Producción de Hidrecarburos No. 22 — Bloque LLA-18 - Transferencia de Tecnologías por Uso de Subsueios en Áreas de Exploración para las Fases ! y il del Periodo Exploratorio. (...)”

141. Mediante la comunicación No. 2018411009973 Id: 271046 del 17 de abril de 2018, la ANH relteró al Contratista el envio de los IMAS de septiembre a diciembre de 2017, IMAS de enero a marzo de 2018; JES primer semestre 2017 e ITA 2017 del Contrato de E&P Llanos - 18. | 42. Mediante la comunicación No. 2018401016875 Id: 287269 del 12 de junio de 2018, la ANH requirió al | Contratista a fin de remitir la garantía que respalde el sumplimiento de los compromisos contractuales de ¡las Fases 1 y 2 Unificadas de conformidad con lo establecido en la Cláusula 50 del Contrato E&P Llanos - [

1 18. | 43. Con comunicación No. 20184110338441 1d:3381€3 del 9 de noviembre de 2018, la ANH reiteró al | Contratista que allegue los IMAS de septiembre a diciembre de 2017, IMAS de enero a septiembre de 12018; ITA 2017 e IES 1-2018 del Contrato de E&P Llanos - 18. | 44. Mediante la comunicación No. 20184010371531 Id:348480 del 10 de diciembre de 2018, ta VCH solicitó | al Contratista remitir la garantía que respaldara el cumplimiento de las obligaciones contractuales de las | ¡ Fases 1 y 2 Unificadas, de conformidad con lo establecido en la cláusula 50 del Contrato de E&P Llanos18.

45. Mediante comunicación No. 20194110109413 Id:336114 del 17 de mayo de 2019, la VCH reporto a la } | GALC, el estado del Contrato de E&P Llanos-18, así: (...) “2.2 Análisis VCH En virtud de lo antenor, fa Vicepresidencia de Contratos de Hidrocarburos en atención a lo requerido por fa GALC, se permite informarle que en lo concerniente a las garantías contractuales, esta Entidad notificó al Contratista la apertura de un Procedimiento para Declaratoria -1D! por la omisión de aporte de la Garantía de Cumplimiento de fa Fases 1 y 2 Unificada del Período de Exploración dei Contrato E&P LLA-18; omisión que no ha sido subsanada hasta el momento pese a los requerimientos que la ANH ha efectuado al Contratista en tal sentido. (...)

f...) 4 CONCLUSIONES

i Avenida Calle 26 N° 59 - 65 Pisa 2 Edificio de la Camara Colombrana de la Inf-eestructura $ Bogota DC. - Colombia. Código postal: 111321 e Pur

Teléfono: +57 11) 593 17 17 - www.anh.gov.co : El futuro es de todos Pág 1 de 42

ANH-GCO-FR-146 REPUBLICA DE COLOMBIA

Version 1

AGENCIA NACIONAL LE HIDRGRARRURDS 17 ABR 2020

RESOLUCIÓN No 4 97 DE Por la cual se resuelve el Procedimiento para ia Ceclaratoria de incumplimiento del Contrato de Exploración y Producción de Hidrocarburos No. 22 ~ Bloque LLA-18 En virtud de fo anterior, la VCH concluye: ¢ El Contrato E&P LLA-18 se encuentra desprovisto de las Garantías de Cumplimiento y de Obligaciones Laborales establecidas en las Cláusulas 50 y 52 del mismo, pese a las reiteraciones de la ANH a LOH ENERO Y para la entrega de las mismas.” (...)

46. A través de la comunicación No. 2019431017162 |ld:417253 del 23 de julio de 2019, la ANH le informo | al Contratista que estimó pertinente la cesación de la suspensión a partir del 16 de julio de 2019; en [ | consecuencia, encuentra pertinente la restitución de ncvecientos cuarenta (940) dias calendario del plazo, | | que corresponden al tiempo comprendido entre el 24 de abril de 2012 (fecha de inicio de la medida | Il suspensiva) y el 20 de noviembre de 2014 (fecha de finalización de las Fases 1 y 2 del Periodo de §

| Exploración), los cuales se contabilizarian a partir del 16 de julio de 2019, fecha de cesación de la | suspensión. En tal virtud, la nueva fecha de finalización de las Fases 1 y 2 Unificadas sería el 10 de febrero 2 de 2022. | 47. Con comunicación No. 20191400229961

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