ANH - Resolución 207 de 2012
ANH - Agencia Nacional de Hidrocarburos
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Detalles
- Título
- ANH - Resolución 207 de 2012
- Autor
- ANH - Agencia Nacional de Hidrocarburos
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2012
REPÚBLICA DE COLOMBIA a4
E== AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS ResoLución no. 207 DE 20 JUN. 2012 “Por la cual se modifica la Resolución No. 054 del 22 de febrero de 2012” EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS -ANH-, En ejercicio de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el Artículo 10 del Decreto Ley 1760 de 2003, modificado por el artículo 10 del Decreto Ley 4137 de 2011 y el Acuerdo 02 del 16 de febrero de 2012 y CONSIDERANDO Que el artículo 4 del Decreto Ley 1760 de 2003, modificado por el artículo 3 del Decreto Ley 4137 de 2011, asigna a la Agencia Nacional de Hidrocarburos -ANHla administración integral de las reservas de hidrocarburos de propiedad de la Nación. Que de conformidad con el numeral 5.1 del artículo 5 del Decreto Ley 1760 de 2003, modificado por el numeral 4 del artículo 4 del Decreto Ley 4137 de 2011, corresponde a la ANH asignar las áreas para exploración y/o explotación de hidrocarburos. Que con fundamento en lo previsto en el artículo 8, numeral 8.6, del Decreto-Ley 1760 de 2003, el Consejo Directivo de la ANH expidió el Acuerdo número 08 del 3 de mayo de 2004, “Por el cual se adopta el reglamento para la contratación de áreas para el desarrollo de actividades de exploración y explotación de hidrocarburos ”, el cual fue derogado por el Acuerdo 04 de 4 de mayo de 2012 del Consejo Directivo de la ANH “Por el cual se
de actividades de exploración y explotación de hidrocarburos ”, el cual fue derogado por el Acuerdo 04 de 4 de mayo de 2012 del Consejo Directivo de la ANH “Por el cual se establecen criterios de administración y asignación de áreas para exploración y explotación de los hidrocarburos propiedad de la Nación; se expide el Reglamento de contratación correspondiente. y se fijan reglas para la gestión y el seguimiento de los respectivos Contratos ” en ejercicio de las facultades conferidas por los numerales 4 y 7 del artículo 8 del Decreto Ley 4137 de 2011. Que según lo dispuesto en los numerales 10.6 y 10.8 de Artículo 10 del Decreto Ley 1760 de 2003, modificados por los numerales 9 y 17 del artículo 10 del Decreto Ley 4137 de 2011, corresponde al Presidente de la ANH ejecutar y evaluar las estrategias de promoción nacional e internacional de la exploración y explotación de hidrocarburos, así como celebrar los contratos de exploración y explotación de hidrocarburos. Que mediante Acuerdo 02 del 16 de febrero de 2012, el Consejo Directivo de la ANH definió “como áreas especiales para la contratación de actividades de evaluación, exploración y explotación de hidrocarburos algunas de las áreas libres y liberadas que actualmente no se encuentran en proceso de evaluación o negociación por la ANH, ubicadas en las cuencas Vaupés - Amazonas; Caguán - Putumayo; Colombia; CordilleraHoja No. 2 de 22
REPUBLICA DE COLOMBIA
ANHS AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS
RESOLUCIÓN No. 2 0 7 » pe 20 JUN. 2012
REPUBLICA DE COLOMBIA
ANHS AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS
RESOLUCIÓN No. 2 0 7 » pe 20 JUN. 2012 “Por la cual se modifica la Resolución No. 054 del 22 de febrero de 2012” Oriental; Guajira; Guajira Offshore; Valle Inferior del Magdalena; Valle Medio del Magdalena; Valle superior del Magdalena; Catatumbo; Tumaco Offshore; Llanos; Sinú San Jacinto; Urabá; Sinú Offshore. ", y delegó en el Presidente de la ANH la determinación de los límites de dichas Áreas. Que mediante Resolución No. 054 del 22 de febrero de 2012, el Presidente de la ANH designó las Áreas Especiales para la contratación de actividades de evaluación, exploración y explotación de hidrocarburos que hacen parte del Procedimiento de Selección de Contratistas Ronda Colombia 2012, conforme a las delimitaciones contenidas en los mapas anexos a la mencionada Resolución. Que el Presidente de la ANH expidió la Resolución 152 de 14 de mayo de 2012 “Por la cual se ordena la apertura del Procedimiento de Selección Ronda Colombia 2012”. Que el Acuerdo 04 de 4 de mayo de 2012 señala en su artículo 36 párrafo segundo: “Los Procedimientos de Selección de Contratistas para cuyo desarrollo la ANH no hay expedido acto administrativo de apertura deben ajustarse a lo dispuesto en el presente Reglamento. El mencionado Acuerdo, que rige a partir de su publicación y deroga el Acuerdo 8 de 2004 y sus modificatorios, en su artículo 4 define el término Área, Áreas Asignadas; Áreas
El mencionado Acuerdo, que rige a partir de su publicación y deroga el Acuerdo 8 de 2004 y sus modificatorios, en su artículo 4 define el término Área, Áreas Asignadas; Áreas Disponibles y Áreas Reservadas y dispone en su artículo 5 que las Áreas se dividen en las tres categorías mencionadas. Que en razón de la nueva clasificación de Áreas que dispone el Acuerdo 04 de 4 de mayo de 2012, debe modificarse la Resolución No. 054 del 22 de febrero de 2012, clasificando las Areas que formarán parte de la Ronda Colombia 2012 como Areas Disponibles. Que es necesario modificar la mencionada Resolución y los mapas anexos, con el fin de incorporar siete (7) nuevas Áreas: LLA 1,LLA 12,LLA 50, PUT 12, PUT 14, GUA OFF 1 y COL 3, dado que son Áreas Disponibles que cumplen con los criterios y características establecidas para el Procedimiento de Selección de Contratistas Ronda Colombia; en atención a la información disponible sobre las características de las Áreas procede modificar las identificadas como VSM 21 y VSM 24 unificándolas, bajo la denominación VSM-24, como se muestra en el mapa anexo; modificar la identificada como VIM 14, como se muestra en el mapa anexo y modificar la denominación de las que se listan a continuación:
NOMBRE NOMBRE
ANTERIOR DEFINITIVO URA 1 URA 4
VMM 33 VMM 38
VMM 36 VMM 39
COR 1 COR 63
LLA 67 LLA 83Hoja No. 3 de 22
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AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS
RESOLUCIÓN No. 9 q y DE 20 JUN. 2012
COR 1 COR 63
LLA 67 LLA 83Hoja No. 3 de 22
REPUBLICA DE COLOMBIA
AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS
RESOLUCIÓN No. 9 q y DE 20 JUN. 2012 “Por la cual se modifica la Resolución No. 054 del 22 de febrero de 2012” Que en virtud de lo anterior, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Modificar el Artículo Primero de la Resolución No. 054 del 22 de febrero de 2012, el cual quedará asi: “ARTÍCULO PRIMERO: Designar que las Áreas Disponibles (antes Áreas Especiales) que formarán parte de la Ronda Colombia 2012, para la contratación de actividades de evaluación, exploración y explotación de hidrocarburos, serán las que se describen a continuación: Caguán - Putumayo: Áreas tipo 1, 2 y 3 localizadas en la cuenca Caguán-Putumayo específicamente en la parte suroccidental - al oriente del Nudo de los Pastosy en la parte centro oriental de la cuenca, al occidente de la Serranía de Chiribiquete y al sur con límites con el Ecuador; estas áreas se ubican en los Departamentos de Caquetá, Municipios de Albania, Belén de los Andaquies, Cartagena del Chaira, El Doncello, El Paujil, Montañita, Puerto Rico, San José del Fragua, San Vicente del Caguán y Solano y en el Putumayo, Municipios de Orito, Puerto Asís, Puerto Guzmán, Puerto Leguízamo y Valle del Guamuez.
Catatumbo: Áreas tipo 2 ubicadas en el extremo sur y extremo norte de la cuenca
Municipios de Orito, Puerto Asís, Puerto Guzmán, Puerto Leguízamo y Valle del Guamuez.
Catatumbo: Áreas tipo 2 ubicadas en el extremo sur y extremo norte de la cuenca Catatumbo, limitada al oeste por la Cordillera Oriental y al este por el límite con Venezuela.
Estas áreas se localizan en parte del Departamento de Norte de Santander en los Municipios de Bochalema, Cúcuta, Chinácota, Durania, El Zulia, Gramalote, Herrán, Los Patios, Pamplonita, Ragonvalia, Salazar, San Cayetano, Santiago, Sardinata, Villa del Rosario y Tibú.
Colombia: Áreas tipo 3 ubicadas en la cuenca Colombia en el Mar Caribe, con áreas Offshore irregulares en sentido nororiental, en los sectores sur y centro, limitando con las cuencas de Sinú Offshore y Guajira Offshore.
Cordillera Oriental: Áreas tipo 2 y 3 localizadas en la cuenca de la Cordillera Oriental entre el valle del Río Magdalena y la cuenca de los Llanos Orientales; están distribuidas en una franja alargada en sentido nor-oriente. Está limitada al oriente por el sistema de cabalgamiento frontal de la Cordillera Oriental y al occidente por el sistema de fallas de Bituima y Salinas; al sur por el sistema de fallas de rumbo de Algeciras-Garzón y al norte por las rocas ígneas y metamórficas del Macizo de Santander. La parte más oriental de la cuenca se conoce como el piedemonte llanero. Estas áreas se encuentran agrupadas en sentido nor-oriente, en inmediaciones de los piedemontes de las Cordilleras Oriental y
cuenca se conoce como el piedemonte llanero. Estas áreas se encuentran agrupadas en sentido nor-oriente, en inmediaciones de los piedemontes de las Cordilleras Oriental y Central. Se ubican en parte de los Departamentos de Cundinamarca, Municipios de Albán,Hoja No. 4 de 22 REPÚBLICA DE COLOMBIA ANH= AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS RESOLUCIÓN No. 80 > pe 20 JUN. 2012 “Por la cual se modifica la Resolución No. 054 del 22 de febrero de 2012” Anapoima, Anolaima, Bituima, Bojacá, Cabrera, Cachipay, Cajicá, Caparrapí, Cáqueza, Chia, Chipaque, Choachí, Cogua, Cota, Cucunubá, El Colegio, El Peñón, El Rosal, Facatativá, Fómeque, Funza, Gachalá, Gachetá, Gama, Granada, Guachetá, Guaduas, Guasca, Guatavita, Guayabal de Síquima, Junín, La Calera, La Mesa, La Palma, La Peña, La Vega, Lenguazaque, Madrid, Manta, Medina, Mosquera, Nemocón, Nimaima, Nocaima, Pacho, Paime, Pandi, Quebradanegra, San Antonio del Tequendama, San Bernardo, San Cayetano, San Francisco, Sasaima, Sibaté, Silvania, Soacha, Sopó, Subachoque, Suesca,
Supatá, Sutatausa, Tabio, Tausa, Tena, Tenjo, Tocancipá, Topaipí, Ubalá, Ubaque, Ubaté, Une, Útica, Venecia, Vergara, Villagómez, Villeta, Viotá, Yacopí, Zipacón, Zipaquirá y Bogotá D.C.; Boyacá, en los Municipios de Almeida, Aquitania, Arcabuco, Berbeo, Campohermoso, Cómbita, Chíquiza, Chita, Chitaraque, Chivatá, Chivor, Coper, Cubará, Cucaita, Gachantivá, Guayatá, La Victoria, Labranzagrande, Macanal, Maripi, Motavita, Muzo, Oicatá, Otanche, Páez, Paipa, Pajarito, Pauna, Paya, Pesca, Pisva, Quipama, Ramiriquí, Ráquira, Rondón, Sáchica, Samacá, San Eduardo, San José de Pare, San Luis de Gaceno, San Pablo de Borbur, Santa María, Santa Sofía, Santana, Socotá, Somondoco, Sora, Sotaquirá, Sutamarchán, Toca, Togúí, Tunja, Tununguá, Tuta, Villa de Leiva y Zetaquirá; Casanare, en los Municipios de Chámeza, Recetor, Sabanalarga, Sácama, Támara y Tauramena; Huila en los municipio de Colombia; Meta en el municipio de la Uribe; Norte de Santander, en los Municipios de Cáchira, Chinácota, Chitagá, Herrán, Labateca, Pamplona, Pamplonita y Toledo; Santander, en los Municipios de Aguada, Albania, Aratoca, Barichara, Bolívar Bucaramanga, Cabrera, Charalá, Chipatá, Confines, Coromoro,
Pamplona, Pamplonita y Toledo; Santander, en los Municipios de Aguada, Albania, Aratoca, Barichara, Bolívar Bucaramanga, Cabrera, Charalá, Chipatá, Confines, Coromoro, Curití, El Peñón, El Playón, Encino, Florian, Floridablanca Gúepsa, Gámbita, Girón, Guadalupe, Guapotá, Guavatá, Jesús María, Jordán, La Belleza, La Paz, Landázuri, Lebrija, Los Santos, Mogotes, Ocamonte, Oiba, Palmas del Socorro, Páramo, Piedecuesta, Pinchote Rionegro, Sabana de Torres, San Benito, San Gil, Socorro, Suaita, Sucre, Valle de San José, Vélez y Villanueva y en el Departamento del Tolima, en los Municipios de Alpujarra, Carmen de Apicalá, Cunday, Dolores, Icononzo, Melgar, Natagaima, Prado, Purificación Saldaña Suárez y Villarica.
Guajira: Áreas tipo 2 y 3 localizadas en el extremo norte continental de Colombia en la parte central de la cuenca de la Guajira que limita al sur por la falla de Oca y al norte por la falla de Cuisa. Se ubican en el Departamento de La Guajira, en los Municipios de Albania,
Maicao, Manaure, Riohacha y Uribia.
Guajira Offshore: Áreas tipo 2 y 3 localizadas en el Mar Caribe en la cuenca Guajira Offshore, frente al departamento de La Guajira, en dos ambientes fisiográficos: un sector marino y un sector costa adentro.
Llanos Orientales: Áreas tipo 1, 2 y 3 ubicadas al oriente de Colombia en la cuenca de los
Offshore, frente al departamento de La Guajira, en dos ambientes fisiográficos: un sector marino y un sector costa adentro.
Llanos Orientales: Áreas tipo 1, 2 y 3 ubicadas al oriente de Colombia en la cuenca de los Llanos Orientales que limita al norte con la cuenca de Apure (Venezuela), al sur con La Serranía de La Macarena, al occidente con el sistema de fallas de Guaicáramo y al oriente con el Escudo de Guyana. Se encuentran distribuidas de manera discontinua, en parte de los Departamentos de Arauca, Municipios de Arauca, Arauquita, Puerto Rondón, Fortul,
Saravena y Tame; Cundinamarca, en el Municipio de Medina; Casanare, en los MunicipiosHoja No. 5 de 22 REPUBLICA DE COLOMBIA == e] AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS RESOLUCIÓN No. BO 7 pe 20 JUN 2012 “Por la cual se modifica la Resolución No. 054 del 22 de febrero de 2012” de Hato Corozal, Paz de Ariporo, Maní, Orocué, Yopal, San Luis de Palenque y Trinidad; Guaviare en el municipio de San José del Guaviare y Meta en los Municipios de Cumaral, El Calvario, El Castillo, Fuente de Oro, Lejanias, Mapiripán, Mesetas, Puerto Concordia, Puerto Gaitán, Puerto López, Puerto Rico, Restrepo, San Carlos de Guaroa, San Juan de Arama, San Martín y Villavicencio.
Sinú Offshore: Área tipo 2 ubicada completamente en aguas del Mar Caribe, en la parte central de la cuenca Sinú Offshore, en el Golfo de Morrosquillo frente a la costa de los
Arama, San Martín y Villavicencio.
Sinú Offshore: Área tipo 2 ubicada completamente en aguas del Mar Caribe, en la parte central de la cuenca Sinú Offshore, en el Golfo de Morrosquillo frente a la costa de los
Departamentos de Córdoba y Sucre.
Sinú San Jacinto: Áreas tipo 2 y 3 localizadas al noroccidente de Colombia en la cuenca Sinú-San Jacinto que limita al oriente con el Sistema de Fallas de Romeral, al nor-oeste con la costa Caribe, al oeste con la Falla de Uramita y al sur con las rocas volcánicas y sedimentarias de la Cordillera Occidental. Están ubicadas en los Departamentos de Antioquia en los Municipios de Apartadó, Arboletes, Necoclí, San Pedro de Urabá, Turbo; Atlántico en el municipio de Repelón; Córdoba, en los Municipios de Buenavista, Cereté, Ciénaga de Oro, Montelibano, Montería, Planeta Rica, Pueblo Nuevo, Puerto Libertador, Sahagún, San Carlos, San Pelayo, Tierralta y Valencia y Bolívar, en los Municipios de Arjona, Arroyohondo, Calamar, El Guamo, Mahates, María la Baja, San Estanislao, San
Juan Nepomuceno, Santa Rosa, Turbaco y Turbana.
Urabá: Áreas tipo 2 y 3 localizadas en el extremo noroccidental de Colombia en la cuenca de Urabá en los límites con Panamá. Comprende dos ambientes fisiográficos: un sector marino ubicado en el golfo del mismo nombre y un sector costa adentro. El área continental se ubica en los Departamentos de Antioquia, Municipios de Apartadó, Carepa, Chigorodó y Mutatá,
ubicado en el golfo del mismo nombre y un sector costa adentro. El área continental se ubica en los Departamentos de Antioquia, Municipios de Apartadó, Carepa, Chigorodó y Mutatá, y Chocó, en los Municipios de Carmen del Darién y Riosucio; el área Offshore se ubica en el Golfo de Urabá en límites con la frontera marítima internacional de Panamá en el Mar Caribe. Los bloques se encuentran ubicados en ambos ambientes.
Vaupés Amazonas: Áreas tipo 3 ubicadas en la cuenca intracratónica de Vaupés-Amazonas, en el extremo suroriental de Colombia. Esta cuenca se encuentra limitada al norte por el Río Guaviare y el Alto del Vaupés; hacia el sur se extiende hasta las inmediaciones de la población de Buenos Aires — Vaupés; al occidente por la Serranía de Chiribiquete y al nororiente por las rocas del Paleozoico inferior del Arco de Vaupés. Son áreas contiguas alineadas en una franja alargada en sentido este-oeste en la parte norte de la cuenca y se ubican en el Departamento del Meta, Municipios de Puerto Rico, Puerto Lleras y Vista
Hermosa.
Valle Inferior del Magdalena: Áreas tipo 1, 2 y 3 ubicadas en la cuenca del Valle Inferior del Magdalena limitadas al occidente por el Sistema de Fallas de Romeral y al sur-suroriente por el Complejo Ígneo y Metamórfico de la Cordillera Central y la Serranía de San Lucas.
Son áreas continuas al sur y otras discontinuas a lo largo de la cuenca, localizadas en los Departamentos de Antioquia, Municipios de Cáceres, Caucasia, Tarazá y Nechí; Bolívar, en
Son áreas continuas al sur y otras discontinuas a lo largo de la cuenca, localizadas en los Departamentos de Antioquia, Municipios de Cáceres, Caucasia, Tarazá y Nechí; Bolívar, en los Municipios de San Jacinto del Cauca Achí, y Magangué; Córdoba, en los Municipios deHoja No. 6 de 22 REPÚBLICA DE COLOMBIA ANHS AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS RESOLUCIÓN No. 207 pe 20 JUN. 2012 “Por la cual se modifica la Resolución No. 054 del 22 de febrero de 2012” Ayapel, Buenavista, La Apartada, Montelibano, Planeta Rica, Pueblo Nuevo y Sahagun; Magdalena, en los Municipios de Algarrobo, Fundacion, Pivijay, Sabanas de San Angel, Nueva Granada y Santa Ana y Sucre en los Municipios de San Benito Abad, San Marcos, Guaranda, Majagual, Galeras, San Pedro y Sincé.
Valle Medio del Magdalena: Áreas tipo 1, 2 y 3 ubicadas en la cuenca del Valle Medio del Magdalena entre las cordilleras Central y Oriental de Colombia y limitada al sur por el cinturón deformado de Girardot y al norte por la Falla de Bucaramanga. Son áreas discontinuas distribuidas a lo largo de la cuenca, en los Departamentos de Antioquia, Municipios de Sonsón, Puerto Berrío y Yondó; Bolívar en los Municipios de Arenal, Morales, Rioviejo, Simití, Cantagallo y San Pablo; Boyacá en el Municipio de Puerto Boyacá; Caldas en los Municipios de La Dorada, Norcasia y La Victoria; Cundinamarca en
Morales, Rioviejo, Simití, Cantagallo y San Pablo; Boyacá en el Municipio de Puerto Boyacá; Caldas en los Municipios de La Dorada, Norcasia y La Victoria; Cundinamarca en los Municipios de Agua de Dios, Anapoima, Anolaima, Apulo, Arbeláez, Beltrán, Cachipay, Fusagasugá, Guataquí, Jerusalén, La Mesa, Nilo, Puerto Salgar, Pulí, Quipile, San Juan de Rioseco, Tibacuy, Tocaima y Viotá; Norte de Santander, Municipio de La Esperanza; Santander, en los Municipios de Barrancabermeja, Cimitarra, Puerto Parra, Puerto Wilches, Rionegro y Sabana de Torres; Tolima, en los Municipios de Alvarado, Ambalema, Armero, Coello, Falan, Icononzo, Lérida, Mariquita, Melgar, Piedras y Venadillo.
Valle Superior del Magdalena: Áreas tipo 1 y 2 localizadas en la cuenca intramontana del Valle Superior del Magdalena que limita al occidente con el flanco oriental de la Cordillera Central, al oriente con el flanco occidental de la Cordillera Oriental y al sur con el Nudo de los Pastos. Están ubicadas en sentido surnorte en los sectores norte y centro de cuenca en los Departamentos de Huila, Municipios de Agrado, Aipe, Altamira, Elías, Neiva, Paicol, Pital, Tarqui, Tello y Timaná y Tolima, en los Municipios de Alpujarra, Alvarado, Ataco, Chaparral, Coello, Coyaima, Espinal, Guamo, Ibagué, Natagaima, Ortega, Piedras, Planadas,
Pital, Tarqui, Tello y Timaná y Tolima, en los Municipios de Alpujarra, Alvarado, Ataco, Chaparral, Coello, Coyaima, Espinal, Guamo, Ibagué, Natagaima, Ortega, Piedras, Planadas, Prado, Purificación, Rioblanco, Rovira, Saldaña, San Antonio, San Luis y Valle de San Juan.
Tumaco Offshore: Son áreas tipo 3 localizadas en la cuenca Tumaco Offshore en el Océano Pacífico al frente de la costa nariñense y al sur en límites con la frontera marítima internacional del Ecuador.
Parágrafo: Las mencionadas Areas se encuentran delimitadas en los mapas anexos, que hacen parte integral de esta Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO.-Se adicionan las Áreas LLA 1, LLA 12, LLA 50, PUT 12, PUT 14, GUA OFF 1 y COL 3; se unifican y modifican las Áreas VSM 21 y VSM 24 como se muestra en el mapa anexo, bajo la denominación de VSM 24; se modifica el Área VIM 14 como se muestra en el mapa anexo; y se modifica la denominación de las Áreas URA 1 por URA 4; VMM 33 por VMM 38; VMM 36 por VMM 39; COR 1 por COR 63; y LLA 67 por LLA 83. ZBHoja No. 7 de 22
REPÚBLICA DE COLOMBIA
AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS
RESOLUCIÓN No. 9 g y DE 20 JUN. 2012 “Por la cual se modifica la Resolución No. 054 del 22 de febrero de 2012” ARTÍCULO TERCERO.- La ANH implementará un protocolo de entrega de información,
RESOLUCIÓN No. 9 g y DE 20 JUN. 2012 “Por la cual se modifica la Resolución No. 054 del 22 de febrero de 2012” ARTÍCULO TERCERO.- La ANH implementará un protocolo de entrega de información, para que los interesados que hayan adquirido el Paquete de Datos, puedan obtener, sin costo adicional, la información técnica donde figura la información correspondiente a las adiciones y modificaciones hechas a las Áreas, sin perjuicio de la facultad de solicitar sesiones adicionales del Cuarto de Datos. ARTÍCULO CUARTO.- Los demás términos y condiciones establecidos en la Resolución No. 054 del 22 de febrero de 2012 continúan vigentes. ARTÍCULO QUINTO.- La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C. a los
ANDO CABRALES S
PresidenteHoja No. 8 de 22 REPÚBLICA DE COLOMBIA ANH= AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS 5, 20 JUN. 2012 RESOLUCIÓN No. y 9 > “Por la cual se modifica la Resolución No. 054 del 22 de febrero de 2012” TW 76° W 75° W maw | ; NY ml F2N o Ser
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“Por la cual se modifica la Resolución No. 054 del 22 de febrero de 2012” TW 76° W 15 Ww 74° W —i ! | SAN ~13°N | PANAMÁ ae oo VENEZUELA ECUADOR BRASIL WN red 2 MAR CARIBE —12N a we HY NA va / pS. ARRANQUILLA / % É ) Clete DE INDIAS ey SIN OFF a . 10° NA Le fe Z + p-107 N | | 4 . / J SA ñ oe jen . . af . Ging Mee ig yA 9 NA E F to ea ° be 4 LF, " x ot . _ SÍ . "woes cal y? MA > ae e. . EL ae TIPO1) ee 4 1 site ZA TIPO2 | fn ‘ “PE oe oy TIP Mi TA ñ 03 Emus Y ah IMG Ae > TW 1° W 14 WwHoja No. 16 de 22
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J AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS RESOLUCIÓN No. 99 7 DE Hoja No. 17 de 22 20 JUN. 2012 “Por la cual se modifica la Resolución No. 054 del 22 de febrero de 2012” e Sam. y VENEZUEL ee arn, 7} pa ecuaoon DN Y oras te eR OS él Neen A -| aL e / Ev PANAMA ELA TIPO 1 |e TIPO2 | te" ES ar Al cs ES A E A Oo fi Apt A < 1 AA E oe tact pa aif A ha AA MAR CARIBE Fe? N fast y 7: . y me. $ A 1 UP AS AE ~ N de , e “420 Km T 7 WwHoja No. 18 de
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“Por la cual se modifica la Resolución No. 054 del 22 de febrero de 2012” ee VAU AMAZ ise" o a PERU ci + o ER ES Ww E YZZ4 TIPO 1 | - o 7 . we A TIPO 2 |. 7 25 12,5 3 25 Km TIPO 3 |) os SNS . AAA A a Coordenadas Geográficas datum WGS 84 T T 74° W 73° W 1 TES e ~ > + 7? VILLAVICENCIO _ . at e IPR po > a AS ps FIN yg? 13 W 22 NHoja No. 19 de REPÚBLICA DE COLOMBIA ANH= AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS RESOLUCIÓN No.g gy > DE 20 JUN. 2012 “Por la cual se modifica la Resolución No. 054 del 22 de febrero de 2012” 76° W 75° W 74° W 22 “e Lee | PANAMA A y ES Y VENEZUELA $ A cae no Econo Yara SiL 4 7
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RESOLUCIÓN No. 2 Q 7; DE 20 JUN. 2012 “Por la cual se modifica la Resolución No. 054 del 22 de febrero de 2012” e . £¢ wnoon Leen TIPO 2 | SJ TIPO 3 | [A E: es WA : be Coordenadas Geograficas datum WGS 84 T 75° W 74° W newHoja No. 21 de 22 REPÚBLICA DE COLOMBIA ANH= AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS 20 JUN. 2012 RESOLUCIÓN No. 20 7 DE “Por la cual se modifica la Resolución No. 054 del 22 de febrero de 2012” TIM 76’ W 73 W . han, | . ÉS “Ly VENEZUELA 1"N L pd e rey . w E hat N ZA TIPO 1 lot | A ; Arroz a a o 2 4 «0 Km < E. . TIPO 3 |= Coordenadas Geográficas diwm WGS 84 TW T 73°Hoja No. 22 de 22
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RESOLUCIÓN No.9 07 DE 20 JUN. 2012 “Por la cual se modifica la Resolución No. 054 del 22 de febrero de 2012” 79" W 78 W Ll A !
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