ANH - Resolución 254 de 2008
ANH - Agencia Nacional de Hidrocarburos
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Detalles
- Título
- ANH - Resolución 254 de 2008
- Autor
- ANH - Agencia Nacional de Hidrocarburos
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2008
REPUBLICA DE COLOMBIA
Ñ AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS RESOLUCION No. 25 4DE 20 JUN, 2008 “Por la cual se determinan los límites de algunas áreas que formarán parte de la Mini Ronda 2008” EL DIRECTOR GENERAL DE LA AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS - ANH en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el articulo 10, numerales 10.6 y 10.8 del Decreto Ley 1760 de 2003, y CONSIDERANDO Que el articulo 4° del Decreto Ley 1760 de 2003 asigna a la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) la administración integral de las reservas de hidrocarburos de propiedad de la Nación. Que de acuerdo con lo establecido por el artículo 5° numeral 5.1 del Decreto Ley 1760 de 2003, corresponde a la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) administrar las áreas hidrocarburiferas de la Nación y asignarlas para su Exploración y Explotación. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8, numeral 8.6, del mismo Decreto el Consejo Directivo de la ANH expidió el Acuerdo Número 008 del 3 de mayo de 2004, “Por el cual se adopta el reglamento para la contratación de áreas para el desarrollo de actividades de exploración y explotación de hidrocarburos”. Que mediante Acuerdo 24 del 17 de julio de 2006, el Consejo Directivo de la Agencia, determinó unas áreas para estudio y evaluación de la ANH. Que el artículo 3° del citado Acuerdo 24 contempla la posibilidad de procesos competitivos especiales al indicar que “Aquellas áreas devueltas que la
Agencia, determinó unas áreas para estudio y evaluación de la ANH. Que el artículo 3° del citado Acuerdo 24 contempla la posibilidad de procesos competitivos especiales al indicar que “Aquellas áreas devueltas que la administración de ANH llegare a estimar como de alto interés exploratorio, que ameriten procesos competitivos especiales, serán puestas a consideración y aprobación del Consejo Directivo. Que actualmente se tienen bloques disponibles para procesos competitivos especiales, algunos provenientes de contratos de Evaluación Técnica terminados,20 JUN. 2008 EL Pagina 2 de 4 “Por la cual se determinan los límites de algunas áreas que formarán parte de la Mini Ronda 2008” otros de contratos no aprobados por el Consejo Directivo o aprobados pero no suscritos, así como también de negociaciones no exitosas, por tanto se hace necesario la apertura y desarrollo de un proceso para su asignación. Que la ANH adelantará el Proceso Competitivo Especial Mini Ronda 2008, con el objeto de asignar bloques ubicados en las áreas denominadas: Valle Medio del Magdalena-Catatumbo; Valle Superior del Magdalena; Llanos Orientales; Putumayo y Cordillera Oriental y suscribir los contratos de Exploración y Producción (E&P) correspondientes con los que resulten adjudicatarios en el proceso de selección. Que mediante Acuerdo 01 del 22 de febrero de 2007, el Consejo Directivo de la ANH delegó en el Director General de la ANH la determinación de los requisitos y condiciones que regirán los procesos competitivos especiales de asignación de áreas a que se refiere el artículo 3° del Acuerdo 24 de 2006, teniendo en cuenta los criterios adoptados por el Consejo Directivo.
condiciones que regirán los procesos competitivos especiales de asignación de áreas a que se refiere el artículo 3° del Acuerdo 24 de 2006, teniendo en cuenta los criterios adoptados por el Consejo Directivo. Que teniendo en cuenta los estudios técnicos y la información existente y con base en la delegación efectuada por el Consejo Directivo de la ANH, se hace necesario definir los polígonos de las áreas que serán objeto de la Mini Ronda 2008. Que por lo anterior, RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Se designan como áreas que conformarán la Mini Ronda 2008, para la contratación de actividades de exploración y explotación de hidrocarburos, las descritas a continuación: AREA VALLE MEDIO DEL MAGDALENA - CATATUMBO: El área ofertada en la Cuenca del Valle Medio del Magdalena corresponde a una franja alargada de bloques, discontinuamente distribuidos, en sentido Nor-Oriente, comprendida entre los piedemontes de las cordilleras Oriental y Central, que se encuentran en parte de los departamentos de Norte de Santander, Santander, Tolima, Antioquia, Boyacá, Caldas, Cesar y Cundinamarca, e incluye las áreas devueltas de TEAs y E&P previos y excluye los contratos TEAs y E&P, los Convenios de Exploración y Explotación sobre Áreas de Operación Directa suscritos con ECOPETROL S.A. y los contratos de asociación vigentes. ÁREA CATATUMBO El área del Catatumbo comprende los bloques contiguos al Parque Nacional Natural Catatumbo Barí, localizados en el extremo Nor-Occidental de la Cuenca Catatumbo, que se encuentran en parte del departamento de Norte de Santander,
ÁREA CATATUMBO El área del Catatumbo comprende los bloques contiguos al Parque Nacional Natural Catatumbo Barí, localizados en el extremo Nor-Occidental de la Cuenca Catatumbo, que se encuentran en parte del departamento de Norte de Santander, incluye las áreas devueltas de TEAs y E&P previos y excluye los contratos TEAs y20 JUN. 2008 Pagina 3 de 4 “Por la cual se determinan tos límites de algunas áreas que formarán parte de la Mini Ronda 2008” ESP, los Convenios de Exploración y Explotación sobre Áreas de Operación Directa suscritos con ECOPETROL S.A. y los contratos de asociación vigentes. ÁREA VALLE SUPERIOR DEL MAGDALENA: Los bloques distribuidos discontinuamente en una franja con orientación SurOccidente — Nor-Oriente que comprende parte de los departamentos de Caquetá, . Cauca, Cundinamarca, Tolima y Huila corresponden al área ofertada, localizada en la Cuenca del Valle Superior del Magdalena, limitada al Este y Oeste por rocas Pre-Cretácicas de las cordilleras Oriental y Central, respectivamente y que incluye las áreas devueltas de TEAs y E&P previos y excluye los contratos TEAs y ESP, los Convenios de Exploración y Explotación sobre Áreas de Operación Directa suscritos con ECOPETROL S.A. y los contratos de asociación vigentes.
ÁREA LLANOS ORIENTALES: Se ofertarán bloques localizados al oriente del Sistema del Piedemonte Llanero y al Occidente del Río Meta, en la Cuenca de los Llanos Orientales, que - Comprenden parte de los departamentos de Arauca, Casanare, Cundinamarca y
Se ofertarán bloques localizados al oriente del Sistema del Piedemonte Llanero y al Occidente del Río Meta, en la Cuenca de los Llanos Orientales, que - Comprenden parte de los departamentos de Arauca, Casanare, Cundinamarca y Meta y que incluye las áreas devueltas de TEAs y E&P previos y excluye los contratos TEAs y E&P, los Convenios de Exploración y Explotación sobre Areas de Operación Directa suscritos con ECOPETROL S.A. y los contratos de asociación vigentes.
ÁREA PUTUMAYO: Los bloques que se ofertarán en la Ronda Colombia 2008 se localizan en el sector occidental de la Cuenca Caguán-Putumayo, al oriente del Nudo de los Pastos, en parte de los departamentos de Caquetá, Cauca y Putumayo e incluye las áreas devueltas de TEAs y E&P previos y excluye los contratos TEAs y E&P, los Convenios de Exploración y Explotación sobre Áreas de Operación Directa suscritos con ECOPETROL S.A. y los contratos de asociación vigentes.
ÁREA CORDILLERA ORIENTAL: Los bloques ofertados se encuentran en el sector Sur de la Cuenca Cordillera - Oriental, localizados, en términos generales, entre los Sistemas de Fallas Bituima y La Salina al Occidente y Algeciras-Garzón al Oriente, que comprende parte de los departamentos de Cundinamarca, Huila, Meta y Tolima y que incluye las áreas devueltas de TEAs y ESP previos y excluye los contratos TEAs y EXP, los Convenios de Exploración y Explotación sobre Áreas de Operación Directa suscritos con ECOPETROL S.A. y los contratos de asociación vigentes.Página 4 de 4
devueltas de TEAs y ESP previos y excluye los contratos TEAs y EXP, los Convenios de Exploración y Explotación sobre Áreas de Operación Directa suscritos con ECOPETROL S.A. y los contratos de asociación vigentes.Página 4 de 4 “Por la cual se determinan los limites de algunas áreas que formarán parte de la Mini Ronda 2008” ARTÍCULO 2%. La ANH asignará bloques exploratorios dentro de las áreas del “Proceso Competitivo Especial Mini Ronda 2008 — Convocatoria Pública para la Adjudicación de Bloques en las Áreas Denominadas: Valle Medio del MagdalenaCatatumbo, Valle Superior del Magdalena, Llanos Orientales, Putumayo y Cordillera Oriental”, mediante solicitud de ofertas, con los requisitos establecidos en los respectivos Términos de Referencia. ARTÍCULO 3°. La Subdirección Técnica publicará las coordenadas correspondientes a los bloques que comprenden las áreas anteriores. ARTÍCULO 4°. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 20 JUN. 2008
“Bosé ARMANDO ZAMORA REYES Director General