ANH - Resolución 354 de 2013
ANH - Agencia Nacional de Hidrocarburos
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Detalles
- Título
- ANH - Resolución 354 de 2013
- Autor
- ANH - Agencia Nacional de Hidrocarburos
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2013
REPÚBLICA DE COLOMBIA ANH= AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS RESOLUCIÓN No. 35 4 DE 09 MAY 2013 ( ) “Por la cual se adopta el procedimiento para fijar los precios de exportación del petróleo para efectos fiscales y cambiarios” EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS - ANH En ejercicio de sus facultades legales, en especial la que le confiere el Numeral 1 del Artículo 2 del Decreto Ley 4130 de 2011 y CONSIDERANDO: Que, conforme a lo previsto en el Numeral 1 del Artículo 2 del Decreto Ley 4130 de 2011, en el Numeral 18 del Artículo 4 del Decreto Ley 4137 de 2011 y en el Numeral 18 del Artículo 3° del Decreto 0714 de 2012, le compete a la Agencia Nacional de Hidrocarburos “Fijar los precios de exportación de petróleo crudo para efectos fiscales y cambiarios” Que para dar cumplimiento a la mencionada función se hace necesario adoptar la metodología y requisitos para el cálculo del precio de exportación del petróleo para los efectos previstos en la norma. ; Que, en consecuencia, \
RESUELVE: ARTICULO 1. PRECIO DE PETROLEO DE EXPORTACION PARA EFECTOS FISCALES Y CAMBIARIOS. El precio del petróleo de exportación para efectos fiscales y cambiarios corresponderá al precio promedio de venta FOB ponderado por volumen de crudo exportado por la compañía dentro de la vigencia fiscal anterior a la solicitud.
ARTÍCULO 2. REQUISITOS PARA LA FIJACIÓN DEL PRECIO DE PÉTROLEO DE
cambiarios corresponderá al precio promedio de venta FOB ponderado por volumen de crudo exportado por la compañía dentro de la vigencia fiscal anterior a la solicitud. ARTÍCULO 2. REQUISITOS PARA LA FIJACIÓN DEL PRECIO DE PÉTROLEO DE EXPORTACIÓN PARA EFECTOS FISCALES Y CAMBIARIOS. Para efectos de la fijación del precio de petróleo de exportación para efectos fiscales y cambiarios por parte de la ANH, en cada caso, la compañía exportadora presentará a ésta la respectiva solicitud, acompañada de los siguientes documentos: 1) Relación detallada de las cantidades y el precio de las ventas de petróleo exportado en términos FOB. 2) Copia de las facturas emitidas al efecto dentro de la vigencia fiscal, ye44 Continuación Resolución No. 354 de 2013 Página 2 de 2 “Por la cual se adopta el procedimiento para fijar los precios de exportación del petróleo, para efectos fiscales y cambiarios” 3) Certificación expedida bajo la gravedad de juramento por el Representante Legal, el Contador Público y el Revisor Fiscal, cuando a ello hubiere lugar, respecto de los volúmenes exportados y el monto total de los ingresos obtenidos por este concepto. ARTÍCULO 3. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en BogotáD.C.a 09 MAY 2013
LProyectó: Consuelo Bejarano Almonacid.
SJ A Lozada/Olga Lucía Se Polania/Julia Jeannette Sánchez Gémez. M - NS