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ANH - Resolución 365 de 2007

ANH - Agencia Nacional de Hidrocarburos

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Detalles

Título
ANH - Resolución 365 de 2007
Autor
ANH - Agencia Nacional de Hidrocarburos
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2007

REPUBLICA DE COLOMBIA ANH= AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS RESOLUCION No. 365 DE 06 PIC. 2007 “Por la cual se modifica la Resolución 355 del 28 de noviembre de 2007” EL DIRECTOR GENERAL DE LA AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS — ANH En ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por los artículos 10 numeral 10.8 y 13 numeral 13.14 del Decreto Ley 1760 de 2003, y CONSIDERANDO Que el artículo 4” del Decreto 1760 de 2003 asigna a la Agencia Nacional de Hidrocarburos —ANHla administración integral de las reservas de hidrocarburos de propiedad de la Nación. Que de conformidad con el artículo 5° numeral 5.1 del citado Decreto, corresponde a la ANH administrar las áreas hidrocarburíferas de la Nación y asignarlas para su Exploración y Explotación. Que por medio del Acuerdo 17 del 12 de septiembre de 2007, se estableció el procedimiento de nominación de áreas y se modificaron los artículos 2° y 3° del Acuerdo 22 de 2006. x Que mediante Resolución 355 del 28 de noviembre de 2007 se ordenó la apertura del Proceso de Nominación de Areas sobre el bloque denominado “EL SANCY” Que en el artículo 2° de la citada Resolución se ordenó la publicación en la página web de la Agencia, durante treinta (30) días calendario contados a partir de su publicación en el Diario Oficial, del área antes mencionada, así como del programa de trabajo propuesto, con el fin de que terceros proponentes presenten

página web de la Agencia, durante treinta (30) días calendario contados a partir de su publicación en el Diario Oficial, del área antes mencionada, así como del programa de trabajo propuesto, con el fin de que terceros proponentes presenten ofertas en los términos del Acuerdo 008 de 2004 y sus modificatorios. Que teniendo en cuenta que a la fecha no se ha procedido a efectuar la publicación antes ordenada en la página web de la ANH, se hace necesario modificar la Resolución 355 de 2007, en el sentido que los treinta (30) días de publicación, tiempo durante el cual se podrán presentar las propuestas, se contarán a partir de la publicación en la pagina web de la ANH de esta Resolución. Que por lo anterior,Pagina 2 de 2 “Por la cual se modifica la Resolución 355 del 28 de noviembre de 2007” RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: Modifiquese el artículo segundo de la Resolución No. 355 del 28 de noviembre de 2007, el cual quedará asi: “ARTÍCULO 2°. Ordenar la publicación en la página web de la Agencia, durante treinta (30) días calendario, contados a partir del día siguiente a dicha publicación, del área antes mencionada, así como del programa de trabajo propuesto, con el fin de que terceros proponentes presenten ofertas en los términos del Acuerdo 008 de 2004 y sus modificatorios”.

ARTÍCULO SEGUNDO: Modifíquese el artículo tercero de la Resolución No. 355 del 28 de noviembre de 2007, el cual quedará así: “ARTÍCULO 3°. Cumplido el período de los treinta (30) días calendario, la ANH procederá a la apertura y evaluación de las propuestas de conformidad con el

del 28 de noviembre de 2007, el cual quedará así: “ARTÍCULO 3°. Cumplido el período de los treinta (30) días calendario, la ANH procederá a la apertura y evaluación de las propuestas de conformidad con el procedimiento señalado en el Acuerdo 008 de 2004 y sus Acuerdos modificatorios. (Capacidad para Contratar y Jurídica, Técnica, Financiera y Operacional). A la (s) propuesta(s) que acredite (n) las capacidades de que trata el referido reglamento, se le(s) evaluará el programa de trabajo, para elegir la que presente el mejor programa, con base en los criterios y puntajes establecidos en la Tabla 3 del artículo 15 del Acuerdo 08 de 2004 y sus modificatorios. El día 15 de febrero de 2008, la ANH publicará durante tres (3) días hábiles el programa de trabajo de la mejor propuesta presentada ARTÍCULO TERCERO: Los demás términos y condiciones establecidos en la Resolución No. 355 de 2007, se mantienen vigentes y sin modificación alguna. ARTÍCULO CUARTO.- VIGENCIA.- La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. . PUBLÍQUESE Y [CÚMPLASE Dada en Bogptá a los 06 DIC. 2007 fobost ARMANDÓ ZAMORA REYES Director General

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