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ANH - Resolución 41 de 2008

ANH - Agencia Nacional de Hidrocarburos

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Detalles

Título
ANH - Resolución 41 de 2008
Autor
ANH - Agencia Nacional de Hidrocarburos
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2008

REPUBLICA DE COLOMBIA

ANH... AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS

RESOLUCION No. 0 4 {DE 3 1 ENE. 2008 “Por la cual se determinan los limites de algunas Áreas Especiales que formarán parte de la Ronda Colombia 2008” EL DIRECTOR GENERAL DE LA AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS -- ANH en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el artículo 10, numerales 10.6 y 10.8 del Decreto Ley 1760 de 2003, y CONSIDERANDO Que el artículo 4” del Decreto Ley 1760 de 2003 asigna a la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) la administración integral de las reservas de hidrocarburos de propiedad de la Nación. Que de acuerdo con lo establecido por el articulo 5° numeral 5.1 del Decreto Ley 1760 de 2003, corresponde a la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) administrar las áreas hidrocarburiferas de la Nación y asignarlas para su Exploración y Explotación. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8, numeral 8.6. del mismo Decreto el Consejo Directivo de la ANH expidió el Acuerdo Número 008 del 3 de mayo de 2004, “Por el cual se adopta el reglamento para la contratación de áreas para el desarrollo de actividades de exploración y explotación de hidrocarburos”

Que mediante Acuerdo 24 del 30 de junio de 2005. el Consejo Directivo de la ANH definió unas áreas especiales en las Cuencas Sinú - San Jacinto, Cesar - Ranchería y Cordillera Oriental - Soápaga. Que por Acuerdo 46 del 29 de noviembre de 2006 se amplió el área especial de la Cuenca Sinú — San Jacinto y se delegó en el Director General de la Agencia Nacional de Hidrocarburos la determinación de los límites de las áreas especiales en las Cuencas Sinú - San Jacinto y Cauca Patia. Que por Acuerdo 01 del 29 de enero de 2008 se delegó en el Director General de la Agencia Nacional de Hidrocarburos la determinación de los limites de algunasPágina 2 de 3 “Por la cual se determinan los lirmies de algunas Áreas Especiales que formarán parte de la Ronda Colombia 20087 de las Áreas Especiales que formarán parte de la Ronda Colombia 2008, la cua! comprenderá la totalidad o parte de las áreas especiales Cesar — Ranchería. Sinú - San Jacinto. Cordillera Oriental - Soápaga, definidas en el Acuerdo 24 de 2005, modificado por el Acuerdo 46 de 2006. asi como algunas Áreas Libres adyacentes y Áreas para Estudio y Evaluación de la ANH, según las definiciones adoptadas en los Acuerdos 08 de 2004 y 24 de 2006. respectivamente. en las cuales la ANH podrá adelantar los estudios y contratación mencionados en los considerandos del presente Acuerdo, Que teniendo en cuenta los estudios técnicos y la información existente y con base en la delegación efectuada por el Consejo Directivo de la ANH. se hace necesario redefinir los polígonos de las áreas especiales que serán objeto de la Ronda Colombia 2008.

base en la delegación efectuada por el Consejo Directivo de la ANH. se hace necesario redefinir los polígonos de las áreas especiales que serán objeto de la Ronda Colombia 2008. Que por lo anterior, RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Se designan como Áreas Especiales que conformarán la Ronda Colombia 2008, para la contratación de actividades de exploración y explotación de hidrocarburos, las descritas a continuación: ÁREA CORDILLERA: Franja alargada en sentido Norte — Sur que comprende parte de los departamentos de Norte de Santander. Santander y Boyacá. Se encuentra limitado al Sur Oriente por el cinturón conocido como Piedemonte Llanero. al enente por Jos Parques Nacionales del Cocuy y Tama. En su extremo NorOriental limita con la República de Venezuela y por el norte lo hace con la Cuenca sedimentaria del Catatumbo: al Occidente su limité se encuentra definido por una franja de rocas antiguas correspondientes a los Macizos de Floresta y Santander, El Limite sur. lo define el extremo septentrional de lo que se conoce como Cuenca de Cundinamarca. Se destaca que al interior del bloque hacia el extremo sur, se encuentra el Parque natural de Pisba ÁREA CESAR RANCHERIA: Conformado por un franja con orientación Sur-Occidente — Nor-Oriente que comprende parle de los departamentos de Guajira y Cesar. El límite oriental lo define La serrania de Perijá y al extremo norte, la República Venezuela. El límite norte lo conforma la Falla de Oca que separa la Cuenca de la Guajira de la Cuenca de Ranchería. La parte Nor Occidental del bloque lo constituyen rocas

define La serrania de Perijá y al extremo norte, la República Venezuela. El límite norte lo conforma la Falla de Oca que separa la Cuenca de la Guajira de la Cuenca de Ranchería. La parte Nor Occidental del bloque lo constituyen rocas antiguas de la Sierra Nevada de Santa Marta y por su parte el costado sur Occidental del Bloque lo demarcan la falla de Bucaramanga y el Bloque E 8 P La Loma.Página 3 de 3 “Por la cual se determinan los límites de algunas Áreas Especiales que formarán parte de la Ronda Colombia 2008" AREA SINÚ — SAN JACINTO: El bloque Sinú San Jacinto Norte que se ofertará en la Ronda Colombia 2008 está ubicado en el noroccidente colombiano y comprende áreas de los departamentos de Córdoba, Sucre, Bolivar. Atlántico, Magdalena y Cesar así: El extremo nororiental de Córdoba. todo el norte y parte central de Sucre. toda la franja de extensión noroccidental de Bolívar, el sector sur y sur oriental de Magdalena, el costado oriental y la parte central del Atlántico y el extremo más sur de Cesar. El área está limitada al nororiente por los bloques 5 y 7 de la Ronda Caribe, al noroccidenie por el bloque del contrato E&P Perdices. al occidente por los bloques Guama y Sierra Nevada 2 y el limite oriental de la cuenca Valle Inferior del Magdalena, al sur por el meridiano 9°N y al oriente por el mar Caribe y los corales del Rosario y San Bernardo.

ÁREA LLANOS ORIENTALES:

del Magdalena, al sur por el meridiano 9°N y al oriente por el mar Caribe y los corales del Rosario y San Bernardo.

ÁREA LLANOS ORIENTALES: Al norte está separada de la Cuenca de Apure (Venezuela) por el arco de Arauca y al sur está separada de la Cuenca del Putumayo por los Arcos de Macarena y Vaupés. El área que se ofertará en la Ronda Colombia 2008 se localiza en sector occidental de la Cuenca; incluye todas las áreas devueltas de TEAS y ESP previos y excluye los contratos TEAS y E&P vigentes.

ARTÍCULO 2°. Las áreas antes mencionadas son las que aparecen en los mapas anexos. ARTÍCULO 3°. La ANH asignará bloques exploratorios dentro de las Áreas Especiales de la Ronda Colombia 2008 mediante solicitud de ofertas, estableciendo para cada caso los respectivos requisitos y procedimientos. ARTÍCULO 4°. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLIQUESE Y CÚMPLASE A 31 ENE. 2008 Han 4

JOSÉ ARMANDE ZAMORA REYES

Director GeneralA. DE HIDROCARBUROS RONDA COLOMBIA - ANEXO 2RESOLUCIÓN ANH No. 41 DEL 31 DE ENERO DE 2008

AREA CORDILLERADl HIGROCARSURDS RONDA COLOMBIA - ANEXO 3RESOLUCIÓN ANH No. 41 DEL 31 DE ENERO DE 2008

AREA CESAR - RANCHERÍA

ION VENEZUELA md oat Cane 99 Ho, GA - 54 Pa 14 PBX: (57==> ACOHAL CE HIDROCARBUROS

RONDA COLOMBIA - ANEXO 4AREA CESAR - RANCHERÍA

ION VENEZUELA md oat Cane 99 Ho, GA - 54 Pa 14 PBX: (57==> ACOHAL CE HIDROCARBUROS RONDA COLOMBIA - ANEXO 4RESOLUCIÓN ANH No. 41 DEL 31 DE ENERO DE 2008

AREA SINÚ - SAN JACINTO

PSA

MAR CARIBE

ES] .

SSJN 10

Cate 99 No. YA - 54 Piso 14 571) $9317AGENCIA NACIONAL DE MIDRDCARBURSS.

RONDA COLOMBIA - ANEXO 5RESOLUCIÓN ANH No. 41 DEL 31 DE ENERO DE 2008

AREA LLANOS ORIENTALES 73°30 FY 4

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