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ANH - Resolución 500 de 2015

ANH - Agencia Nacional de Hidrocarburos

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Detalles

Título
ANH - Resolución 500 de 2015
Autor
ANH - Agencia Nacional de Hidrocarburos
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2015

REPÚBLICA DE COLOMBIA

AGENCIA NACIONAL DE Anite

RESOLUCIÓN No. 5 0 Y ve 21 JUL 2015

Por la cual se efectúa la distribución de recursos parcialmente recaudados por la Agencia Nacional de Hidrocarburos por concepto de las reliquidaciones de participaciones en regalias por explotación de hidrocarburos causadas antes de la entrada en vigencia del Sistema General de Regalías — SGR y se ordena su giro. EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS - ANHEn ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Numeral 11 del Artículo 4 del Decreto Ley 4137 de 2011 y, CONSIDERANDO: Que la Ley 1530 de 2012 “Por la cual se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías, establece como disposición transitoria en el Parágrafo 2° del Artículo 135 que la liquidación, recaudo, distribución y giro de las regalías y compensaciones causadas antes de la entrada en vigencia del Sistema General de Regalías se deberá efectuar “de acuerdo con la normativa vigente en ese momento la cual lo continuará estando para este efecto.” Que el Ministerio de Minas y Energía en ejercicio de función legalmente asignada efectuó las fiquidaciones definitivas de regalías causadas por la explotación de hidrocarburos a favor de la Nación en el IV trimestre de 2010 y II, Ill y IV trimestres de 2011, asi como la distribución de las participaciones en regalías liquidadas, las cuales remitió a la Agencia Nacional de Hidrocarburos, ANH para efectos de su cobro, recaudo y giro a sus correspondientes beneficiarios, a lo cual la ANH dio cumplimiento, según se detalla en la siguiente tabla:

en regalías liquidadas, las cuales remitió a la Agencia Nacional de Hidrocarburos, ANH para efectos de su cobro, recaudo y giro a sus correspondientes beneficiarios, a lo cual la ANH dio cumplimiento, según se detalla en la siguiente tabla: Tabla 4. a ie Período Fecha recibido ANH Radicado ANH Fecha Giro 2011007158 IV TRIM 2010 24/02/2011 ANH-0013-001834-2011-E 1100372010 2011043801 ¡TRIM 2011 26/08/2011 ANH-0013-008250-2011-E 09/09/2011 2011082449 IIETRIM 2011 23/11/2011 ANH-0013-012881-2011-E O7ñ21201 2012007625 IV TRIM 2011 28/02/2012 20123700024302 13/03/2012 Que el Ministerio de Minas y Energía durante el año 2012 efectuó reliquidaciones respecto de los periodos de que trata el considerando anterior y, según se retaciona en la Tabla 2, las remitió a la Agencia Nacional de Hidrocarburos en orden a que realizara el recaudo, las deducciones y giros a que hubiere lugar.REPÚBLICA DE COLOMBIA Hoja No. 2 de 14 e AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS , resoLución No. 50 Bobe ., JUL 2b Por la cual se efectúa la distribución de recursos parcialmente recaudados por la Agencia Naciona! de Hidrocarburos por concepto de las reliquidaciones de participaciones en regalías por explotación de hidrocarburos causadas antes de la entrada en vigencia del Sistema General de Regalías - SGR y se ordena su giro. Tabla 2.

concepto de las reliquidaciones de participaciones en regalías por explotación de hidrocarburos causadas antes de la entrada en vigencia del Sistema General de Regalías - SGR y se ordena su giro. Tabla 2. Radicado Rem|sorio Resolución MME Periodo Fecha recibo en ANH Radicado ANH 2012370004423; 2012017342 124027 13/02/2012 HTFRIM 2014 09/04/2012 2 0044282 124102 22/03/2012 11 TRIM 2014 2012021043 y 23/04/2012 2012870048642 124114 26/03/2012 IV TRIM 2010 2012021044 20123700049852 124152 18/0412 MITRIM 2011 23/04/2012 17/10/2012 2012039825 20123700093342 2012370013459; 2012058215 124362 17/09/12 IV TRIM 2011 26/07/2012 0129700134592 Que, dado que las mencionadas reliquidaciones fueron efectuadas después de la entrada en vigencia del Sistema General de Regalías — SGR, cuya organización y funcionamiento fue regulado mediante la Ley 1530 de 2012, no fue posible compensar los saldos que éstas arrojan con el nuevo Sistema General de Regalias que empezó a regir el 1? de enero de 2012. Que corresponde a la ANH, en su calidad de recaudadora de las regalías generadas por la explotación de hidrocarburos y giradora de las participaciones en dichas regatias antes del 1° de enero de 2012, adelantar todas las actividades necesarias para la cumplida ejecución de lo dispuesto en los actos administrativos de reliquidación expedidos por el Ministerio de Minas y Energía y, en ese orden de

adelantar todas las actividades necesarias para la cumplida ejecución de lo dispuesto en los actos administrativos de reliquidación expedidos por el Ministerio de Minas y Energía y, en ese orden de ideas, ante la imposibilidad de efectuar dichos ajustes contra el Sistema General de Regalías -SGR-, actualmente exigibles, es pertinente efectuar los descuentos con cargo a otras fuentes de recurso del mismo origen. Que como consecuencia de lo anterior, la Agencia Nacional de Hidrocarburos con base en las reliquidaciones efectuadas por el Ministerio de Minas y Energia ha venido adelantando gestiones tendientes a obtener el recaudo de los mayores valores girados a Entidades Territoriales beneficiarias directas de regalías, al Fondo Nacional de Regalías actualmente en Liquidación y a los municipios portuarios. Que, conforme consta en la Resolución 347 de abril 14 de 2014, hasta esa fecha la Agencia Nacional de Hidrocarburos había efectuado el recaudo parcial de un total de $6.518,801.109 por concepto de las reliquidaciones en mención, cuya distribución efectuó mediante dicha resolución, ordenando los correspondientes giros, según el detalle indicado en la Columna (E) de la siguiente tabla; y efectuados dichos giros el saldo de los recursos pendientes de distribuir por concepto de las reliquidaciones efectuadas por el Ministerio en mención, asciende a un total de $11.912,898.561 discriminado como se indica en la Columna (F) de la tabla en mención:

iREPÚBLICA DE COLOMBIA ANHz= AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS Hoja No, 3 de 14 a RESOLUCIÓN No. = { f pe 27 Ju 2019

iREPÚBLICA DE COLOMBIA ANHz= AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS Hoja No, 3 de 14 a RESOLUCIÓN No. = { f pe 27 Ju 2019

Por ta cual se efectúa la distribución de recursos parcialmente recaudados por la Agencia Nacional de Hidrocarburos por concepto de las reliquidaciones de participaciones en regalias por explotación de hidrocarburos causadas antes de la entrada en vigencia del Sistema General de Regalías -- SGR y se ordena su giro. Tabla 3. ACTO MONTO NETO DISTRIBUCIÓN SALDO ADMINISTRATIVO valor REGA‘IAS von callas ACUMULADO % RECURSOS PENDIENTE GE BENEFICIARIO | DERELIQUIDACIÓN sico») ${C0P} RELIQUIDACIONES | PARTICIPACIÓN | RES.347/2014 | DISTRIBUCIÓN DEL MINISTERIO: a) (e) (cop) {p) ${coP) ‘S(COP} MINAS Y ENERGIA 10)=(B)-(4) (y=) | f= Ich 124152 16/04/12, 124027 13/02/2012, AGUAZUL 124362 17/09/12 43.697.431.813 49.261.748917 | 5.564.317.104 30,189% 1.967.950.713 |_ 3.596.366.391 124152 16/04/12, ANTIOQUIA 124362 17/09/12 36.782.831.642 40.656,279.859 | 3.873:448,237 21,015% 1.369,935.436 | 2.503.512781 124152 16/04/12, 124027 13/02/2012, 124362 17/08/22, 124102

124152 16/04/12, 124027 13/02/2012, 124362 17/08/22, 124102 22/03/2012; CASANARE 124114 26/03/2012 | 966.079.940.915 | 969.382.571.758 | 3.352.630.843 18,189% 1.186.736.207 | 2,166.894.636 124152 16/04/12, YONDO 124362 17/09/12 17.527.925.172 19.738.508.252 | _ 2.210.583.080 11,993% 781.874.340 | 1.428.758.740 124452 16/04/12, META 124027 13/02/2012 | 605.054.562.541 | 605.842.595.938 788,033.397 A 275% 278.706.4417 509.326.980 124152 16/04/12, PUERTO BOYACA | 124362 17/09/12 25.792.984,397 26.531.799,321 738.814.924 4,008% 261.299.155 477.515.769 124152 16/04/12, TAURAMENA 124362 17/09/12 28,446.267.111 229.041.390.506 595.123.395 3,229% 210.479.289 384,644,106 124027 CARUYARO 13/02/2012 7.409,821.352 7.902.399.011 492.577.659 2,672% 174.211.598 318.366.064 124027 13/02/2012 y radicado MME

CARUYARO 13/02/2012 7.409,821.352 7.902.399.011 492.577.659 2,672% 174.211.598 318.366.064 124027 13/02/2012 y radicado MME PAZ DEARIPORO | 2012039825 6.289.104,137 6.568.629.643 279.525.508 1517% 98.860.724 180.664.782 124152 16/04/12, YOPAL 124027 13/02/2012 29.960.870.416 30.191.105.756 230.235.340 1,249% 81.428.106 148.807.234 124152 16/04/12, BOYACA 124362 17/09/12 63.812.199.841 63.916,095.689 103.895.848 0,564% 36,745,193 67.150.655 124027 VILLANUEVA 13/02/2012 880.735.938 937.158.855 51.422.917 0,279% 18.186.916 33.236.001

124152 16/04/22, 124362 17/09/12, PORE 124027 13/02/2012 6.131,349.702 6,479.175.723 47.826.071 9,259% 16.914.789 30.911.237

124027

CUNDINAMARCA | 13/02/2012 1-475.580.662 1519.924.860 45,244,198 0,248% 16.001.667 28.242.531

124027

YACOPI 13/02/2012 - 27.842.584 27.842.584 0,151% 9.547.180 17.995.404

124027 YACOPI 13/02/2012 - 27.842.584 27.842.584 0,151% 9.547.180 17.995.404 124027 BARRANCA DE UPIA | 13/02/2012 1.749,822.161 1.772.970.872 23.148.711 9,126% 8.187.082 14.561.679 124027 MOCOA 13/02/2012 195.402.963, 201.884.260 5.481.297 0,035% 2.292.263 4,189,034 125027

NUNCHIA 13/02/2012 40.072.726 40.571.356 548,630 0,003% 194.037 354.593

TOTALES 1,841.575.953,490 | 1.860.007:653.160 | 18.431,699.670 100% 6:518.801.109 | 11.917:898.561

Que producto de las gestiones tendientes al total recaudo de los mayores valores girados a las entidades territoriales, la Agencia Nacional de Hidrocarburos a la fecha ha efectuado recaudos parciales de recursos por dicho concepto, así:REPÚBLICA DE COLOMBIA Hoja No. 4 de 14

AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS

RESOLUCIÓN No. 5 ) (ne 91 JUL 20%, Por la cual se efectúa la distribución de recursos parcialmente recaudados por la Agencia Naciona! de Hidrocarburos por concento de jas reliquidaciones de participaciones en regalías por explotación de hidrocarburos causadas antes de la entrada en vigencia del Sistema General de Regalías — SGR y se ordena su giro. a) La Agencia Nacional de Hidrocarburos en uso de sus facultades legales, mediante Resoluciones

entrada en vigencia del Sistema General de Regalías — SGR y se ordena su giro. a) La Agencia Nacional de Hidrocarburos en uso de sus facultades legales, mediante Resoluciones 1231 del 10 de Diciembre de 2014 “Por medio de la cual se distribuye y ordena el giro de los rendimientos financieros de los recursos de regalías causadas antes de la entrada en vigencia del Sistema General de Regalías” y 020 de 14 de Enero de 2015 “Por medio de la cual se distribuye y ordena el giro del diferencial cambiario generado antes de la entrada en vigencia del Decreto 1074 de 2012”, ordenó descontar a las entidades territoriales beneficiarias del giro de recursos en virtud de dichos actos administrativos los saldos a cargo por concepto de mayores valores recibidos en virtud de las liquidaciones y reliquidaciones efectuadas por el Ministerio de Minas y Energía, y como resultado de ello recaudó las sumas de $2.402.124.554 y $415.199,579, conforme al siguiente detalle: Tabla 4. cóDIGO DESCUENTO DESCUENTO DANE BENEFICIARIO DEPARTAMENTO | RES. ANH 1231/2014 | RES. ANH.020/2015 $(cor) 5(coP) 20 CESAR CESAR 40.51270 SUCRE SUCRE 51.022.68223001 | MONTERÍA CÓRDOBA 19.487.830 7.456.923 23079 — |BUENAVISTA CÓRDOBA 19.487.830 7.456.030 23090 |CANALETE CÓRDOBA 19.487.830 7.456.030 23168 | CHIMA CORDOBA 19.487.830 7.456.269 23182 |CHINÚ CÓRDOBA 19.487.829 7.456.923

23090 |CANALETE CÓRDOBA 19.487.830 7.456.030 23168 | CHIMA CORDOBA 19.487.830 7.456.269 23182 |CHINÚ CÓRDOBA 19.487.829 7.456.923 23300 |LACOTORRA CÓRDOBA 19.437.829 7.455.507 23350 |LAAPARTADA CÓRDOBA 19.487.829 7.455.042 23417 |LORICA CÓRDOBA 19.487.829 7.455.806 23419 | LOS CÓRDOBAS CÓRDOBA 38.267.011 12.364.589 23464 [ MOMIL CORDOBA 19.487.829 7.456.639 23555 | PLANETA RICA CÓRDOBA 19.487.830 7.455.767 23574 __| PUERTO ESCONDIDO CORDOBA 38.267.011 12.365.209 23580 | PUERTO LIBERTADOR CORDOBA 19.487.830 7.455.042 23586 _ | PURÍSIMA CÓRDOBA 19.487.829 7.456.923 23660 | SAHAGÚN CÓRDOBA 19.487.829 7.456.923 23670 |SAN ANDRES SOTAVENTO | CÓRDOBA 19.487.829 7.455.602 23672 |SAN ANTERO CÓRDOBA 195.586.943 45.707.839 23678 |SAN CARLOS CÓRDOBA 19.487.830 7.456.306 23682 | SAN JOSE DE URE CORDOBA 19.487.829 3.030.775 23686 [SAN PELAYO CÓRDOBA 19.487.829 7.455.841 23807 — |TIERRALTA CORDOBA 19.487.830 7.455.507

23686 [SAN PELAYO CÓRDOBA 19.487.829 7.455.841 23807 — |TIERRALTA CORDOBA 19.487.830 7.455.507 23815 [TUCHÍN CÓRDOBA 19.487.829 1.316.588 23855 [VALENCIA CÓRDOBA 19.487.830 7.456.306 70001 _| SINCELEJO SUCRE 101.474.909 32.754.265 70110 |BUENAVISTA SUCRE 11.357.822 3.683.796 70124 | CAIMITO SUCRE 12.659.534 4.080.013 70204 | COLOSG SUCRE 12.326.508 4.009.829REPÚBLICA DE COLOMBIA Hoja No. 5 de 14

AGENCIA NACIONAL DE BIDROCARBUAGS

ResoLución No. 5 0 Ove 914 20. Por la cual se efectúa la distribución de recursos parcialmente recaudados por la Agencia Nacional de Hidrocarburos por concepto de las reliquidaciones de participaciones en regalias por explotación de hidrocarburos causadas antes de la entrada en vigencia del Sistema Genera! de Regalías - SGR y se ordena su giro. 70215 COROZAL SUCRE 32.316.168 10.427.042 70221 COVEÑAS SUCRE 485.330.03270230 CHALÁN SUCRE 9.448,435 3.044.283 70233 EL ROBLE SUCRE 11.386.888 3.688.134 70235 GALERAS SUCRE 14.267,357 4.598.472 70265 GUARANDA SUCRE 15.001.365 4.840.803 70400 LA UNIÓN SUCRE 12.323.645 3.982.847

70235 GALERAS SUCRE 14.267,357 4.598.472 70265 GUARANDA SUCRE 15.001.365 4.840.803 70400 LA UNIÓN SUCRE 12.323.645 3.982.847 70418 LOS PALMITOS SUCRE 19.882.716 6.410.885 70429 MAJAGUAL SUCRE 26.796.824 8.646.043 70473 MORROA SUCRE 12.993.442 4,194,127 70508 OVEJAS SUCRE 21.694,691 6.994.825 70523 SAN ANTONIO DE PALMITO | SUCRE 11.893.681 3.838.667 70670 SAMPUÉS SUCRE 27.652.684 8,921,143 70678 SAN BENITO ABAD SUCRE 21.215.674 6.848.595 70702 SAN JUAN DE BETULIA SUCRE 13.492.671 4.357.585 70708 SAN MARCOS SUCRE 30.963.731 9.991.219 70713 SAN ONOFRE SUCRE 51.022.681 16.516.273 70742 SAN LUIS DE SINCE SUCRE 25.156.765 8.112.029 70771 MUNICIPIO DE SUCRE SUCRE 23.143.007 7.463.718 70820 SANTIAGO DE TOLÚ SUCRE 110.549.142 32.841.425 70823 TOLÚ VIEJO SUCRE 13.461.338 5.959,175 85139 MANÍ CASANARE 43,998,76085230 OROCUE CASANARE 252.849.112 > 85325 SAN LUIS DE PALENQUE CASANARE 194.963.75285430 TRINIDAD CASANARE 64.560.472TOTAL 2.402.124.554 415.199.579

85230 OROCUE CASANARE 252.849.112 > 85325 SAN LUIS DE PALENQUE CASANARE 194.963.75285430 TRINIDAD CASANARE 64.560.472TOTAL 2.402.124.554 415.199.579 b) Mediante Memorando interno dirigido a la Vicepresidencia Administrativa y Financiera bajo radicado ANH 20155210008603, la Vicepresidencia de Operaciones, Regalías y Participaciones de la Agencia Nacional de Hidrocarburos remitió relación detallada de los giros y descuentos a realizar sobre los rendimientos acumulados del Fondo de Ahorro y Estabilización PetroleraFAEP de la vigencia 2014 y, ordenó descontar a las entidades territoriales beneficiarias de dichos giros los saldos a cargo por concepto de mayores valores recibidos en virtud de las liquidaciones y reliquidaciones efectuadas por el Ministerio de Minas y Energía respecto de los periodos indicados en las Tablas 1 y 2 de la presente Resolución, respectivamente, como resultado de lo cual recaudó la suma de $883.461.391, conforme al siguiente detalle: Tabla 5.

congo PARTÍCIPE DEL FAEP TOTAL SO

NA FNR DEPTOS, NO PRODUGTORES 26.456.503 70820 SANTIAGO DE TOLÚ 42.520.709 70713 SAN ONOFRE 9.729 70001 SINCELEJO 95,605,581 70110 BUENAVISTA (SUCRE) 1491REPÚBLICA DE COLOMBIA

ANH: AGENICIA NACIONAL DE HIDROGARSURGS

Hoja No. 6 de 14 RESOLUCIÓN No, © $ (1 DE 94 JUL 9975: Por la cual se efectúa la distribución de recursos parcialmente recaudados por ta Agencia Nacional de Hidrocarburos por

Hoja No. 6 de 14 RESOLUCIÓN No, © $ (1 DE 94 JUL 9975: Por la cual se efectúa la distribución de recursos parcialmente recaudados por ta Agencia Nacional de Hidrocarburos por concepto de las reliquidaciones de participaciones en regalías por explotación de hidrocarburos causadas antes de la entrada en vigencia del Sistema General de Regalías - SGR y se ordena su giro. 70124 CAIMITO 4.525.923 70204 COLOSÓ 1.809 70215 COROZAL 4.156 70230 CHALÁN 1.222 70235 GALERAS (SUCRE) 58.424 70265 GUARANDA 11.430.846 70400 LA UNIÓN (SUCRE) 10.768.780 70418 LOS PALMITOS 6.067.423 70429 MAJAGUAL 22.127.443 70473 MORROA 8.984.222 70808 OVEJAS 2.787 70523 PALMITO 9.578.353 70670 SAMPUES 21.703.835 70878 SAN BENITO ABAD 2738 70702 SAN JUAN DE BETULIA 12.980.288 70708 SAN MARCOS 26.371.168 70742 SINCÉ 22.563.737 70774 SUCRE (MUNICIPIO) 14.448.657 70823 TOLÚ VIEJO 6.297.350 70238 EL ROBLE 10.987.294 23872 SAN ANTERO 156,782,603 23574 PUERTO ESCONDIDO 50.260.704 23419 LOS CORDOBAS 33.919.418 23090 CANALETE 23.970.180 23001 MONTERÍA 22.864.973 23807 TIERRA ALTA 24.260.758 23168 CHIMÁ 5.129.832

23419 LOS CORDOBAS 33.919.418 23090 CANALETE 23.970.180 23001 MONTERÍA 22.864.973 23807 TIERRA ALTA 24.260.758 23168 CHIMÁ 5.129.832 23580 PUERTO LIBERTADOR 22.504.751 23079 BUENAVISTA (CÓRDOBA) 24.280.758 23555 PLANETA RICA 24.302.345 23678 SAN CARLOS 18.219.603 23688 SAN PELAYO 20.281.259 23586 PURÍSIMA 10.767.509 23182 CHINÚ 3.251 23670 SAN ANDRES DE SOTAVENTO 3.251 23464 MOMIL 19.067.858 23417 LORICA 21.998 009 23350 LA APARTADA 22.211.387 23300 COTORRA 28.145.960 23682 SAN JOSE DE URE 2,985,539 23815 TUCHIN 867.798

TOTALES 883.461.391

A

ieREPÚBLICA DE COLOMBIA Hoja No. 7 de 14

AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS RESOLUCIÓN No. © (] (f] DE y; ALS NA E Por la cual se efectúa la distribución de recursos parcialmente recaudados por la Agencia Nacional de Hidrocarburos por concepto de las reliquidaciones de participaciones en regalías por explotación de hidrocarburos causadas antes de la entrada en vigencia del Sistema General de Regalías -- SGR y se ordena su giro. c) Efectuados los descuentos al Departamento de Sucre y a los Municipios de Sahagún (Córdoba) y Valencia (Córdoba) en cumplimiento de lo previsto en las Resoluciones ANH 1231 de 2014 y 020

c) Efectuados los descuentos al Departamento de Sucre y a los Municipios de Sahagún (Córdoba) y Valencia (Córdoba) en cumplimiento de lo previsto en las Resoluciones ANH 1231 de 2014 y 020 de 2015 (Tabla 7, Columnas (B) y (C), respectivamente), el saldo a cargo de tas entidades mencionadas se modificó como, en cada caso se indica, en la Columna (D) de la Tabla en mención, asi: Tabla 6. Saldo a carga por m a mayores valores | Valordescontado | Valor descontado or mavores vate a recibidas por — | Res. ANH 1231/2014 | Res, ANHOZ0/Zo1s | Por mavores valores Entidad Territortal AURA recibidos Reliquidaciones $ (cop) $(cop) $ $ (cop) (8) (6 (cor) a) (0)=(4)-(8)-10) Departamento de Sucre 181.998.762 51.022.682 - 130.976.080 Sahagún (Córdoba) 59.513.416 19.487.829 7.456,923 42.568.664 Valencia (Córdoba) 69.513.416 19,487,830 7.456.306 42.569.280 Departamento de Putumayo 54,455,781 7 - 54,455,781 De otra parte, de conformidad con información remitida mediante correo electrónico del 22 de abril de 2015 por el Área Financiera de la ANH, los departamentos de Putumayo y Sucre así como los Municipios de Sahagún y Valencia (Córdoba), en atención a solicitud directa de reintegro de los mayores valores recibidos formulada el 12 junio de 2014 bajo radicados ANH 20141200013831,

Municipios de Sahagún y Valencia (Córdoba), en atención a solicitud directa de reintegro de los mayores valores recibidos formulada el 12 junio de 2014 bajo radicados ANH 20141200013831, 20141200013851, 20141200013491 y 20141200013771, respectivamente, mediante consignación reintegraron las sumas que en cada caso se indican en la Columna (A) de la Tabla 7, montos que en los casos del Departamento Sucre y los Municipios de Sahagún y Valencia (Córdoba) resultaron mayores que el saldo a cargo de dichas entidades, razón por ta cual ese mayor valor debe reintegrarse a la correspondiente entidad territorial, como se indica en la Columna (C) de la misma Tabla. Tabla 7. Valor Relntegrada li Mayor Valor Entidad Territorial ón rsa rios waco) ta) (8) (0) =(4)-(8) Departamento de Sucre 02/09/2014 181.996.762 130.976.080 51.020.682 Sahagún (Córdoba) 30/12/2014 69.513.416 42.568.664 26,944,752 Valencia (Córdoba) 16/06/2014 69.513.416 42.569.280 26.944.136 Departamento de Putumayo 03/03/2015 54,455,781 54.455.781TOTAL RECAUDADO POR SALDOS A-CARGO 270.569.805 En conclusión, en virtud del reintegro efectuado directamente por las entidades territoriales en mención, sé recaudó la suma de $270,569.805, conforme se evidencia en la Columna (B) de la tabla anterior. Que, en consecuencia, con posterioridad al 14 de abril de 2014 y hasta la fecha la Agencia Nacional

mención, sé recaudó la suma de $270,569.805, conforme se evidencia en la Columna (B) de la tabla anterior. Que, en consecuencia, con posterioridad al 14 de abril de 2014 y hasta la fecha la Agencia Nacional de Hidrocarburos ha recaudado un total de TRES MIL NOVECIENTOS SETENTA Y UN MILLONES

aREPÚBLICA DE COLOMBIA

AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS

RESOLUCIÓN No. 5 ff DE 97 Jul 2015

Por la cual se efectúa la distribución de recursos parcialmente recaudados por la Agencia Nacional de Hidrocarburos por concepto de las reliquidaciones de participaciones en regalías por explotación de hidrocarburos causadas antes de la entrada en vigencia del Sistema General de Regalías -- SGR y se ordena su giro. Hoja No. 8 de 14 TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS VEINTINUEVE PESOS ($3.971.353.329) MONEDA LEGAL. del mayor valor girado a las entidades territoriales por concepto de las liquidaciones y reliquidaciones efectuadas por el Ministerio de Minas y Energía para los períodos señalados en las Tablas 2 y 3 de la presente Resolución, así: Tabla 8. Valor Detalle ${COP) Sumas recaudadas en virtud de descuentos ordenados en la Resolución ANH 1231 de 2014 2.402.124.554 Valores Sumas recaudadas en virtud de descuentos ordenados en la Resolución ANH 020 de 2015 415.199.579 Sumas recaudadas en virtud de descuentos ordenados respecto de la distribución de Rendimientos Financieros FAEP generados entre el 1” de enero y el 31 de diciembre de 2014 883.461.391

Sumas recaudadas en virtud de descuentos ordenados respecto de la distribución de Rendimientos Financieros FAEP generados entre el 1” de enero y el 31 de diciembre de 2014 883.461.391 Valor reintegrado mediante consignación directa de los Departamentos de Putumayo y Sucre y de los Municipios de Sahagún y Valencia. 270.569,805

TOTALES 3.971.355,329

Que e! valor parcialmente recaudado por la suma total de $3.971.355.329, así coma los rendimientos financieros que se causen hasta la fecha efectiva del giro debe distribuirse entre los beneficiarios aplicando el porcentaje de participación determinado mediante Resolución ANH 347 de 2014 detallado en la Columna D de la Tabla 3 de la presente Resolución, tal como se indica a continuación: Tabla 9. anio BIsTaNBUCION

MONTO NETO RECURSOS RECURSOS RECUR!

S1coP} ${coP) ${coP) sión $ (Cop) DIC 15 2014 SEGÚN % a a {c)=16) (a) dal (a $ icon) PARTICIPACIÓN 17) =(0)- (5) $ (COP), AGUAZUL 43.697,431,813 49.261,748.917 | — 5.564.317.104 | 30,189% 1.967,950,713 | 3.596.366.391 | 1.198.906.274

ANTIOQUÍA 36.782.831.642 40,656.279.859 | 3.873,448.217 | 21,015% 1.369,935,436 | 2,503,512,781 | 834.586.039

ANTIOQUÍA 36.782.831.642 40,656.279.859 | 3.873,448.217 | 21,015% 1.369,935,436 | 2,503,512,781 | 834.586.039

CASANARE 966.029.940.915} 269.382,571.758| 3.352.630.843 | 18,189% 1.185.736.207 | 2.166.894.636 | 722.368.995

YONDO 17.527.925.172 19.738.508.252 | — 2.210.583,080 | 11,993% 781.824.340 | 1.428.758.740| 476.299.584

META 605.054.562.541} 605.842.595.938 788.033.397 | 4,275% 278.706.417 509.326.980] 169.792.297

PUERTO BOYACÁ 258.792.984.397 26.531.799,321 738.814.924 | 4,008% 261.299.155 477.515.769 | 159.187,521

TAURAMENA 28.446.267.111 29,041.390.506 595.123.395 | 3,229% 210,479.289 384.644,106 | 128.227.267

CABUYARO 7.409.821.352 7.902.399.011 492.577.659 | 2,672% 174.211.595 318.266.064 | 106.132.421

PAZ DE ARIPORO 6.289.104.137 6.568.629.643 279,525,506 | 1,517% 98.860.724 180.664.782 60.227.495

YOPAL 29.960,870.416 30.191.105,756 230.235.340 | 1,249% 81.428.106 148.807.234 49.607.272

BOYACÁ 63,912,199,841 63.916.095.689 103.895.848 | 0,564% 36.785.193 87.150.655 22.385.745

VILLANUEVA 880.735.938 932.158.855 51.422.917 | 0,279% 18.186.916 33.236.001 11.079.753

PORE 6.431.349,702 6.479.175.723 47.826.021] 0,259% 16.914.789 30.911.232 10,304,754

CUNDINAMARE 1.474.680.662 1.519.924,860 45.244.198 | 0,245% 16.001.667 29202531 | 9798465 yacort - 27.842.584 27.842.584 | 0,151% 9.847.180 17.995,904 5,999,056REPÚBLICA DE COLOMBIA

ANH: AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS

RESOLUCIÓN No. 5} ff DE gj Ju gia Hoja No. 9 de 14 Por la cual se efectúa la distribución de recursos parcialmente recaudados por la Agencia Nacional de Hidrocarburos por concepto de tas reliquidaciones de participaciones en regalías por explotación de hidrocarburos causadas antes de la entrada en vigencia del Sistema General de Regalías — SGR y se ordena su giro.

concepto de tas reliquidaciones de participaciones en regalías por explotación de hidrocarburos causadas antes de la entrada en vigencia del Sistema General de Regalías — SGR y se ordena su giro.

RANA DE 1.749,822.161 1.772.970.872 23.148.711] 0,126% 8.187.082 1.061.629 | — +987.688

MOCOA 195.402.963 201.884.260 6.481.297 | 0,035% 2.292.263 4.189.034 1.396.482

NUNCHÍA 40.022,726 40.571.356 548.630 | 0,003% 194,037 354.593 118.210

TOTALES — |1.841.575.953.490 | 1.860.007.653.160 | 18.431.699.670 | 100,000% | -6.518.801.109 | 11,912:898:561 | — 3.971.355.329

Que, dado que las sumas a distribuir corresponden a reliquidaciones de regalías causadas antes de la entrada en vigencia dei Sistema General de Regalías, en cumplimiento de jo previsto en el Articulo 48 de la Ley 863 de 2003 y en el Parágrafo Cuarto del Artículo 25 de la Ley 756 de 2002, sobre dicho valor se deben aplicar los descuentos del 5% y 1% a que haya lugar con destino al Fondo de Pensiones de las Entidades Territoriales — FONPET y al Departamento Nacional de Planeación, respectivamente. Que los mencionados descuentos se detallan en la Tabla 10 y para efectos de la determinación de los destinados al FONPET se tuvo en cuenta la última certificación remitida por el Ministerio de Hacienda

Que los mencionados descuentos se detallan en la Tabla 10 y para efectos de la determinación de los destinados al FONPET se tuvo en cuenta la última certificación remitida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público en cumplimiento del Artículo 48 de la Ley 863 de 2003, respecto de las Entidades Territoriales que están excluidas de realizar aportes por concepto de regalías, derechos o compensaciones al FONPET por haber alcanzado el cubrimiento de su pasivo pensional, definido a partir de los cáiculos actuariales con corte al 31 de diciembre de 2014 y a las (sic) reservas constituidas en el FONPET con corte al 30 de abril de 2015; la cual se recibió en la Agencia bajo radicado ANH 20156240124452 del 19 de mayo de 2015: Tabla 16 DESCUENTO | DESCUENTO | VALOR NETO cónico ACTO ADMINISTRATIVO ón FONPET DNP POR DANE | BENEFICIARIO | DEPARTAMENTO RELIQUIDACION reuiquipaciones | MY 83/2003 | Lev 756/2002 | REUQUIDACIONES MINISTERIO MINAS Y ENERGIA Steer) (5%) (2%) $(cOP) ‘al ${COP) $1coR) | (A)-(B)-(C}= (0) te) iQ 124152 16/04/12, 124027 85010 AGUAZUL CASANARE 13/02/2012, 124362 17/09/12 1,193,906,274 11.989.063 1.186.917.211 124152 16/04/12, 124362 osooo_ | ANTICQUIA ANTIOQUIA 17/09/12 834.586.039 | 41.729.302 | 7.928,567 784.928,170

124152 16/04/12, 124362 osooo_ | ANTICQUIA ANTIOQUIA 17/09/12 834.586.039 | 41.729.302 | 7.928,567 784.928,170 124152 16/04/12, 124027 13/02/2012, 124362 17/09/12, 124102 22/03/2012; 124114 gsoog | CASANARE CASANARE 26/03/2012 722.368.995 7.223.690 715.145.305 124152 16/04/12, 124362 05893 |vonvO ANTIOQUIA 17/09/12 476.299.584 4.762.996 471.536.589 124152 16/04/12, 124027 50009 | META META 13/02/2012 169.792.297 | 8.489,615| 1.613.027 159.689.656 124152 16/04/12, 124362 15672 — | puerto Bovaca_| BOYACA 19/09/12 159.187.521 1.591.875 157.595.646 124152 16/04/12, 124362 85410, TAURAMENA, CASANARE. 17/09/12 128,227,267 1.282.273 176.944.994 50124 | CABUYARO META 124027 18/02/2002 106.132.421 1,061,324 105.071.097 124027 13/02/2012 y radicado 8250 |PAZDEARIPORO | CASANARE MME 2012039825 60.227.495 602.275 $9,625,220 124152 16/04/12, 124027 85001 | YOPAL CASANARE 13/02/2012 49,607,272. 496.073 49.111.200

124152 16/04/12, 124027 85001 | YOPAL CASANARE 13/02/2012 49,607,272. 496.073 49.111.200 124152 16/09/22, 124362 15000 | sovaca BOYACA 17/09/12 22.385.745 | 1.119.287 212.665 21.053.793REPÚBLICA DE COLOMBIA Hoja No, 10 de 14

E AGENCIA NACIONAL OE HIOROCARBUROS . } RESOLUCIÓN No. = ( fp DE 9 4 JUL 9015.

Por la cual se efectúa la distribución de recursos parcialmente recaudados por la Agencia Nacional de Hidrocarburos por concepto de las reliquidaciones de participaciones en regalías por explotación de hidrocarburos causadas antes de la entrada en vigencia del Sistema General de Regalias — SGR y se ordena su giro. 85440 _ | VILLANUEVA CASANARE 124027 13/02/2012 11.079.753 110.798 10.968.955 124152 16/04/12, 124362 85263 | PORE CASANARE 17/09/12, 124027 13/02/2012 10.304.754 103.068 10.201.706 25000 _ | CUNDINAMARCA | CUNDINAMARCA | 124027 13/02/2012 9.748.465 487.423 92.610 9.168.432 25885 | YAcoP CUNDINAMARCA | 124027 13/02/2012 5.999.056 59,991 5.939.065 BARRANCA DE somo |upla META 124027 13/02/2012 4.987.698 49.877 4.937.824

BARRANCA DE somo |upla META 124027 13/02/2012 4.987.698 49.877 4.937.824 86001 _ | mocoa. PUTUMAYO 124027 13/02/2012 1.396.482 69.824 13.267 1313391 85225 | NUNCHIA CASANARE 124027 13/02/2012 118.210 1182 117.028

TOTALES 3.971:355.329 | 51.895.051] 39.194.599 | 3.830.265:279

Que el Municipio de Villanueva en el Departamento de Casanare con corte al 30 de abril de 2015 presenta saldo a cargo por valor de $419.276,872 del anterior sistema de regalías, producto de la aplicación de los descuentos de Ley sobre el ajuste del IV trimestre de 2011 y el valor reliquidado por el Ministerio de Minas y Energia según Resolución 0124705 de diciembre de 2011, en consecuencia en aplicación del Decreto 625 de 1996

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