ANLA - Auto 000109 de 2026
Detalles
- Título
- ANLA - Auto 000109 de 2026
- Autor
- Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2026
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – AUTO N° 000109 (14 ENE. 2026) Página 1 de 181 “Por el cual se define una alternativa y se toman otras determinaciones” LA SUBDIRECTORA DE EVALUACIÓN DE LICENCIAS AMBIENTALES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA En ejercicio de sus facultades conferidas en la Ley 99 del 22 de diciembre de 1993, los Decretos 3573 del 27 de septiembre de 2011, 1076 del 26 de mayo de 2015 y 376 del 11 de marzo de 2020, las Resoluciones 2938 del 27 de diciembre de 2024, 760 del 21 de abril del 2025 de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, Y CONSIDERANDO QUE Mediante comunicación con radicado ANLA 20246201178022 del 11 de octubre de 2024, la sociedad ATLAS RENEWABLE ENERGY COLOMBIA S.A.S. identificada con NIT 901.610.775-5, solicitó a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), pronunciamiento sobre la necesidad de elaborar y presentar Diagnóstico Ambiental de Alternativas – (DAA) para el desarrollo del proyecto denominado “Línea de Conexión a 220 kV Toluviejo”, a localizarse en jurisdicción de los municipios de Santiago de Tolú, Sincelejo y Toluviejo ubicados en el departamento del Sucre. A través del oficio con radicado ANLA 20243000880631 del 12 de noviembre de 2024, la ANLA informó a la sociedad ATLAS RENEWABLE ENERGY COLOMBIA S.A.S., que “(…) De acuerdo con las características del proyecto “Línea de Conexión a 220 kV Toluviejo”, a
ANLA informó a la sociedad ATLAS RENEWABLE ENERGY COLOMBIA S.A.S., que “(…) De acuerdo con las características del proyecto “Línea de Conexión a 220 kV Toluviejo”, a localizarse en los municipios de Municipios de Santiago de Tolú, Sincelejo y Toluviejo en el departamento de Sucre, referido en la información suministrada por la Sociedad ATLAS RENEWABLE ENERGY COLOMBIA S.A.S., mediante las comunicaciones con radicado 20246201178022 del 11 de octubre de 2024 y 20246201205482 del 18 de octubre de 2024 (…) el Equipo Evaluador Ambiental de la ANLA, establece que es necesaria la elaboración y presentación del Diagnóstico Ambiental de Alternativas – DAA para el citado proyecto.”, asociado al expediente NDA1493-00. Mediante comunicación con radicado en la Ventanilla Integral de Trámites Ambientales en Línea (VITAL) 0100901610775525001 y en la ANLA 20256201066972 del 04 de septiembre de 2025 (VPD0224-00-2025), el señor Rubén Darío Borja Macias, identificado con cédula de ciudadanía No. 5.821.707, en calidad de representante Legal de la sociedad ATLAS RENEWABLE ENERGY COLOMBIA S.A.S (la solicitante), presentó ante la ANLA el Diagnóstico Ambiental de Alternativas (DAA), para el desarrollo del proyecto “Línea deAuto. No. 000109 Del 14 ENE. 2026 Hoja No. 2 de 181 “Por el cual se define una alternativa y se toman otras determinaciones” Página 2 de 181 Conexión 220KV del Proyecto Aurora Solar”, a localizarse en jurisdicción de los municipios de Santiago de Tolú, Sincelejo y Toluviejo ubicados en el departamento del Sucre.
Página 2 de 181 Conexión 220KV del Proyecto Aurora Solar”, a localizarse en jurisdicción de los municipios de Santiago de Tolú, Sincelejo y Toluviejo ubicados en el departamento del Sucre.
I. TRÁMITE ADMINISTRATIVO Verificación preliminar de documentos surtida el día 11 de septiembre de 2025. De acuerdo con la solicitud de Diagnóstico Ambiental de Alternativas, se adelantó la reunión virtual de socialización de los resultados de la VPD0224-00-2025 con la sociedad ATLAS RENEWABLE ENERGY COLOMBIA S.A.S., (en adelante la solicitante), la cual tuvo como resultado “APROBADA”, por contar con la documentación necesaria en cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 2.2.2.3.6.1. del Decreto 1076 de 2015.
Auto de inicio de trámite 8422 del 23 de septiembre de 2025. Mediante el cual se dio inicio al trámite administrativo de evaluación de la solicitud de Diagnóstico Ambiental de Alternativas, el cual fue notificado por correo electrónico a la solicitante el 24 de septiembre de 2025, comunicado el 2 de octubre de la misma anualidad a las Alcaldías municipales de Tolú, Sincelejo y Toluviejo ubicados en el departamento del Sucre, al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y a la Procuraduría Delegada con Funciones Mixtas 3: para Asuntos Ambientales, Minero Energéticos y Agrarios y, publicado en la Gaceta de la ANLA el 6 de octubre de 2025; operando la ejecutoria de dicho acto administrativo el 7 de octubre de 2025. Visita presencial al área del proyecto objeto de evaluación. Llevada a cabo del 6 al 9
ANLA el 6 de octubre de 2025; operando la ejecutoria de dicho acto administrativo el 7 de octubre de 2025. Visita presencial al área del proyecto objeto de evaluación. Llevada a cabo del 6 al 9 de octubre de 2025, por parte del equipo evaluador ambiental de la ANLA. Reunión de Información Adicional. Celebrada el 23 de octubre de 2025 a través de la aplicación Microsoft Teams como consta en el Acta 80 de 2025, en la que esta Autoridad Nacional requirió a la solicitante información adicional para continuar con la evaluación del trámite de Diagnóstico Ambiental de Alternativas del proyecto “Línea de Conexión 220 kV del Proyecto Aurora Solar”. Las decisiones adoptadas en la Reunión de Información Adicional quedaron notificadas, de conformidad con lo preceptuado por el Decreto 1076 de 2015 y la Ley 1437 de 2011. Solicitud de prórroga para presentar información adicional. Mediante comunicación con radicado 20256201439982 del 19 de noviembre de 2025, la solicitante formuló petición de prórroga de un (1) mes, para la entrega de la información requerida en la Reunión de Información Adicional llevada a cabo el 23 de octubre de 2025. Oficio que concede prórroga. A través del oficio con radicado 20253001018541 del 25 de noviembre de 2025, esta Autoridad Nacional concedió prórroga de un (1) mes adicional, con el fin de que la solicitante presentara la información adicional requerida. Respuesta a requerimientos de información adicional. Presentada por la solicitante a través de la comunicación VITAL 3500901610775525001 y radicado ANLA
con el fin de que la solicitante presentara la información adicional requerida. Respuesta a requerimientos de información adicional. Presentada por la solicitante a través de la comunicación VITAL 3500901610775525001 y radicado ANLA 20256201609792 del 23 de diciembre de 2025, de acuerdo con el Acta 80 del 23 de octubre de 2025, dentro del trámite administrativo de evaluación del DAA para el proyecto “Línea de Conexión 220 kV del Proyecto Aurora Solar”.Auto. No. 000109 Del 14 ENE. 2026 Hoja No. 3 de 181 “Por el cual se define una alternativa y se toman otras determinaciones” Página 3 de 181 Información requerida a otras autoridades. A través de los siguientes oficios esta Autoridad Nacional solicitó la información indicada a continuación: •Radicado 20253100909721 del 27 de octubre de 2025, por el cual se solicitó información a Parques Nacionales Naturales de Colombia, acerca de la superposición del área de estudio así como los corredores de movilidad del proyecto con áreas que hagan parte del Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAP), especialmente con las Reservas Naturales de la Sociedad Civil que se encuentran registradas actualmente. •Radicado 20253100909851 del 27 de octubre de 2025, a través del cual se solicitó información a la Corporación Autónoma Regional de Sucre – CARSUCRE, acerca de la superposición del área de estudio así como los corredores de movilidad del proyecto con áreas tales como: Plan General de Ordenación Forestal – PGOF vigente, acotamiento de rondas hídricos, áreas de función amortiguadora, áreas destinadas y aprobadas para la ejecución de compensación por pérdida de biodiversidad del componente biótico, uso y/o aprovechamiento de recursos
vigente, acotamiento de rondas hídricos, áreas de función amortiguadora, áreas destinadas y aprobadas para la ejecución de compensación por pérdida de biodiversidad del componente biótico, uso y/o aprovechamiento de recursos naturales, así́ como por inversión forzosa de no menos del 1%, cartografía y estudios asociados a humedales y nacimientos, ecosistemas estratégicos, sensibles y áreas protegidas de competencia de la Corporación, proyectos con licencia ambiental o plan de manejo ambiental competencia de la Corporación y que puedan ser considerados dentro del análisis a que hace mención el artículo 2.2.2.3.6.4. del Decreto 1076 de 2015, entre otras. •Radicado 20253100917791 del 28 de octubre de 2025, por el cual se solicitó información a la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible – Minambiente, acerca de la superposición del área de estudio así como los corredores de movilidad del proyecto con áreas determinadas como ecosistemas estratégicos, sensibles, áreas protegidas y/o cualquier otra de relevancia ambiental en el marco de las competencias de dicha dirección. Respuestas emitidas por otras Autoridades. Frente a la solicitud de información formulada por esta Autoridad Nacional, se recibieron las siguientes respuestas por parte de otras Autoridades: •Corporación Autónoma Regional de Sucre – CARSUCRE. Por medio del oficio con radicado 20256201512302 del 3 de diciembre de 2025, profirió respuesta parcial frente a la solicitud de la ANLA con radicado 20253100909851 del 27 de octubre de 2025, en el sentido de aportar información relacionada con proyectos con Licencia
frente a la solicitud de la ANLA con radicado 20253100909851 del 27 de octubre de 2025, en el sentido de aportar información relacionada con proyectos con Licencia o Plan de Manejo Ambiental otorgados por la Corporación, entre otros. •Parques Nacionales Naturales de Colombia. Por medio del oficio con radicado 20256201406442 del 12 de noviembre de 2025, dio respuesta a la solicitud de la ANLA con radicado 20253100909721 del 27 de octubre de 2025, indicando que se evidencia que el área de estudio traslape con las Reservas Naturales de la Sociedad Civil Los Charcos, El Rosario y El Socorro.Auto. No. 000109 Del 14 ENE. 2026 Hoja No. 4 de 181 “Por el cual se define una alternativa y se toman otras determinaciones” Página 4 de 181 •Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. A través del oficio con radicado 20256201559012 del 12 de diciembre de 2025, emitió respuesta a la solicitud de la ANLA con radicado 20253100917791 del 28 de octubre de 2025, indicando que se evidencia que el área de estudio presenta traslape con Áreas Protegidas y Sitios Estratégicos. Oficio con radicado 20253101084661 del 11 de diciembre de 2025. A través del cual esta Autoridad Nacional, requirió a la Corporación Autónoma Regional de Sucre – CARSUCRE, a fin de remitir los Anexos en formato KMZ mencionados en el oficio allegado a esta Autoridad Nacional mediante radicado ANLA 20256201512302 del 3 de diciembre de 2025. Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca – CAR. A través de comunicación
a esta Autoridad Nacional mediante radicado ANLA 20256201512302 del 3 de diciembre de 2025. Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca – CAR. A través de comunicación con radicado 20256201629992 del 29 de diciembre de 2025, profirió respuesta frente a la solicitud de la ANLA con 20253101084661 del 11 de diciembre de 2025, en el sentido de aportar los anexos en formato KMZ de la información relacionada con proyectos con Licencia o Plan de Manejo Ambiental otorgados por la Corporación, entre otros.
II. ASUNTO A DECIDIR Siendo esta Autoridad Nacional competente para decidir y agotadas las etapas procesales relacionadas en el numeral anterior, por medio del presente acto administrativo, emitirá pronunciamiento en relación con el trámite de evaluación del Diagnóstico Ambiental de Alternativas a fin de seleccionar la alternativa más favorable para que se pueda proceder con la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental del proyecto denominado “Línea de Conexión 220 kV del Proyecto Aurora Solar”.
En ese orden, la decisión abarcará los siguientes ítems: A. Consideraciones técnicas de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, B. Consideraciones jurídicas de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, C. Consideraciones de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales que motivan la selección de la alternativa más favorable en el proyecto antes enunciado y D. Establecimiento de los términos de referencia.
A. CONSIDERACIONES TÉCNICAS DE LA AUTORIDAD NACIONAL Una vez evaluada la información allegada para la evaluación del Diagnóstico Ambiental de Alternativas correspondiente al proyecto objeto de estudio, se emitió el Concepto Técnico 78 del 14 de enero de 2026, el cual señaló lo siguiente:
“OBJETIVO DEL PROYECTO
Alternativas correspondiente al proyecto objeto de estudio, se emitió el Concepto Técnico 78 del 14 de enero de 2026, el cual señaló lo siguiente: “OBJETIVO DEL PROYECTO El proyecto “Línea de Conexión 220 kV del Proyecto Aurora Solar” tiene como objetivo, construir, operar, mantener y desmantelar la línea de transmisión eléctrica de 220 kV que permitirá la conexión entre el futuro Parque Solar La Aurora y la Subestación Eléctrica existente Toluviejo, localizada en el municipio de Toluviejo, del departamento de Sucre, de manera que la energía que se genere en el parque solar se entregue al Sistema Interconectado Nacional (SIN).Auto. No. 000109 Del 14 ENE. 2026 Hoja No. 5 de 181 “Por el cual se define una alternativa y se toman otras determinaciones” Página 5 de 181 LOCALIZACIÓN El Parque Solar La Aurora se ubicaría en el corregimiento de Puerto Viejo, en el municipio de Santiago de Tolú, mientras que las dos (2) alternativas de línea de transmisión partirían desde este mismo corregimiento y se extenderían por el corregimiento La Arena del municipio de Sincelejo, el corregimiento de Varsovia del municipio de Toluviejo y el área rural de este mismo municipio, hasta alcanzar la vereda La Granja, donde finalmente conectarían con la Subestación Eléctrica existente Toluviejo. Figura. Localización de las dos (2) alternativas del proyecto “Línea de Conexión 220 kV del Proyecto Aurora Solar”
Fuente: Equipo Evaluador Ambiental de la ANLA, 2025.
A continuación, se presenta la localización de los vértices de las alternativas proyectadas, las cuales cuentan con un corredor de movilidad de 300 metros a cada
Aurora Solar”
Fuente: Equipo Evaluador Ambiental de la ANLA, 2025.
A continuación, se presenta la localización de los vértices de las alternativas proyectadas, las cuales cuentan con un corredor de movilidad de 300 metros a cada lado del eje. Alternativa 1 La Alternativa 1 cuenta con una longitud aproximada de 12,47 km de línea de transmisión, con un corredor de movilidad de 771,71 ha. En la siguiente tabla se relaciona la localización de los vértices de la alternativa. Tabla. Localización de los vértices de la Alternativa 1
COORDENADAS DATUM MAGNA
COLOMBIA ORIGEN ÚNICO
COORDENADAS DATUM MAGNA
COLOMBIA ORIGEN ÚNICOID
ESTE NORTE
ID ESTE NORTE 1 4719730,19 2598757,78 19 4726372,44 2601756,92 2 4719800,19 2598757,38 20 4726707,50 2601767,87 3 4719984,00 2598952,82 21 4727046,36 2601569,42 4 4720242,25 2599227,41 22 4727382,45 2601425,10 5 4720474,40 2599474,25 23 4727828,38 2601613,07Auto. No. 000109 Del 14 ENE. 2026 Hoja No. 6 de 181 “Por el cual se define una alternativa y se toman otras determinaciones” Página 6 de 181
COORDENADAS DATUM MAGNA
COLOMBIA ORIGEN ÚNICO
COORDENADAS DATUM MAGNA
COLOMBIA ORIGEN ÚNICOID
ESTE NORTE
ID ESTE NORTE 6 4720815,83 2599619,82 24 4728166,41 2601927,64
COLOMBIA ORIGEN ÚNICO
COORDENADAS DATUM MAGNA
COLOMBIA ORIGEN ÚNICOID
ESTE NORTE
ID ESTE NORTE 6 4720815,83 2599619,82 24 4728166,41 2601927,64 7 4721255,54 2599807,28 25 4728473,21 2602213,15 8 4721720,00 2600005,30 26 4728841,97 2602556,32 9 4722206,50 2600212,71 27 4728994,03 2602643,78 10 4722578,51 2600371,31 28 4729237,80 2602740,98 11 4722982,51 2600543,55 29 4729392,98 2602802,85 12 4723390,86 2600708,08 30 4729811,92 2602969,89 13 4723800,47 2600860,77 31 4729878,22 2603347,97 14 4724238,65 2601024,11 32 4729834,66 2603564,99 15 4724643,28 2601176,05 33 4729696,17 2603679,61 16 4725011,19 2601353,58 34 4729725,43 2603782,94 17 4725428,49 2601555,43 35 4729811,29 2603823,99 18 4725806,82 2601738,43 36 4729851,81 2603794,70
Fuente: Tabla 3-2 / Capítulo 3. Descripción del proyecto con base en la información adicional del DAA, presentada mediante
comunicación con radicado 20256201609792 del 23 de diciembre de 2025. Alternativa 2 La Alternativa 2 cuenta con una longitud aproximada de 12,75 km de línea de transmisión, con un corredor de movilidad de 788,75 ha. En la siguiente tabla se relaciona la localización de los vértices de la alternativa. Tabla. Localización de los vértices de la Alternativa 2
COORDENADAS DATUM MAGNA
COLOMBIA ORIGEN ÚNICO
COORDENADAS DATUM MAGNA
COLOMBIA ORIGEN ÚNICOID
ESTE NORTE
ID ESTE NORTE 1 4719730,19 2598757,78 19 4726928,76 2600108,04 2 4719800,19 2598757,38 20 4727072,02 2600472,06 3 4719957,61 2598905,25 21 4727459,66 2600762,74 4 4720414,70 2598958,41 22 4727871,83 2601071,80 5 4720886,29 2599013,27 23 4728220,30 2601333,10 6 4721429,63 2599076,47 24 4728476,79 2601525,43 7 4721842,48 2599124,49 25 4728841,84 2601831,14 8 4722261,97 2599173,28 26 4729165,37 2602102,08 9 4722743,90 2599229,34 27 4729290,33 2602282,05
10 4723179,92 2599280,05 28 4729384,66 2602406,45 11 4723671,57 2599337,24 29 4729637,94 2602740,46 12 4724022,36 2599378,04 30 4729811,92 2602969,89 13 4724423,15 2599404,48 31 4729878,22 2603347,97 14 4724884,10 2599434,90 32 4729834,66 2603564,99 15 4725347,04 2599465,44 33 4729696,17 2603679,61 16 4725821,63 2599496,75 34 4729725,43 2603782,94 17 4726347,08 2599610,53 35 4729811,29 2603823,99 18 4726768,92 2599701,88 36 4729851,81 2603794,70
Fuente: Tabla 3-3 / Capítulo 3. Descripción del proyecto con base en la información adicional del DAA, presentada mediante comunicación con radicado 20256201609792 del 23 de diciembre de 2025.
Con base en lo anterior, se concluye que la Alternativa 1 comparte el mismo corredor propuesto con la Alternativa 2 en una longitud aproximada de 1,11 km, correspondiente a los tramos comprendidos entre los vértices uno (1) y dos (2) (0,07 km) y entre los vértices 30 y 36 (1,04 km).Auto. No. 000109 Del 14 ENE. 2026 Hoja No. 7 de 181
“Por el cual se define una alternativa y se toman otras determinaciones” Página 7 de 181 DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO Descripción técnica de las alternativas del proyecto La solicitante presentó dos (2) alternativas de trazado ajustadas a los lineamientos del Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas – RETIE, la Resolución 25 de 1995 de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) y los estándares aplicables al diseño, montaje y operación de líneas de transmisión eléctrica. De acuerdo con la información suministrada, ambas alternativas se modelaron mediante criterios técnicos equivalentes en lo referente a seguridad eléctrica, distancias mínimas, esfuerzos mecánicos y disposición de apoyos, estableciéndose para cada una un corredor de movilidad de 600 m de ancho (300 m a cada lado del eje). Tabla. Características técnicas y ambientales generales de las alternativas ALTERNATIVACARACTERÍSTICAS 1 2 Tensión nominal del sistema (kV) 220 Tensión máxima del sistema (kV) 242 Número de circuitos 1 Franja de Servidumbre (m) 30 Frecuencia (Hz) 60 Peso/km (t/km) 35,98 32,27 Tipo de estructuras Torres en configuración circuito sencillo en acero galvanizado Longitud total (km) 12,47 12,75 Área de los corredores de Movilidad (ha) 771,71 788,75 Número de torres de Suspensión 14 19
Número de torres de Retención 20 15 Número de torres 34 34 Número de plazas de Tendido 10 12
Fuente: Equipo Evaluador Ambiental de la ANLA a partir del Capítulo 3. Descripción del proyecto y MAG con base en la información adicional del DAA, presentada mediante comunicación con radicado 20256201609792 del 23 de diciembre de
2025. Tras la revisión de la información complementaria, se verificó que las dos (2) alternativas presentan una configuración técnica similar, con variaciones asociadas principalmente al número relativo de torres de suspensión y retención, la longitud del trazado y la cantidad de plazas de tendido. Para la Alternativa 1, el 56% de las torres corresponde a estructuras tipo retención y el 41% a estructuras tipo suspensión, mientras que en la Alternativa 2 estas proporciones son del 44% y 56%, respectivamente. Aunque ambas alternativas contemplan un total de 34 torres, se evidencian diferencias en masa estructural y, por ende, en el área requerida para cimentaciones: la Alternativa 1 presenta un peso total estimado de 448,74 toneladas, superior al reportado para la Alternativa 2 (411,49 toneladas), lo cual es coherente con el mayor número de torres de retención. En cuanto a la ocupación del territorio, la Alternativa 1 presenta la menor longitud total (12,47 km) y, en consecuencia, el menor desarrollo de servidumbre, mientras que la Alternativa 2 resulta ligeramente más extensa (12,75 km), incrementando el área de servidumbre asociada a esta franja. Adicionalmente, la mayor cantidad de plazas de tendido requeridas para esta Alternativa resultaría en una mayor área de
que la Alternativa 2 resulta ligeramente más extensa (12,75 km), incrementando el área de servidumbre asociada a esta franja. Adicionalmente, la mayor cantidad de plazas de tendido requeridas para esta Alternativa resultaría en una mayor área de intervención.Auto. No. 000109 Del 14 ENE. 2026 Hoja No. 8 de 181 “Por el cual se define una alternativa y se toman otras determinaciones” Página 8 de 181 Infraestructura Existente De acuerdo con la información presentada por la solicitante en comunicación con radicación 20256201609792 del 23 de diciembre de 2025, la infraestructura existente en el área de estudio está conformada por infraestructura vial, redes de hidrocarburos, proyectos mineros, parques solares, redes y subestaciones eléctricas. Infraestructura Vial La solicitante identificó 29 vías dentro del área de estudio, clasificándolas conforme al Manual de Diseño Geométrico de Carreteras del Instituto Nacional de Vías (INVÍAS) y la cartografía del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC). Durante la visita de evaluación realizada del 6 al 9 de octubre de 2025 se validó la información presentada y se corroboró la condición actual, tipo de rodadura y estado general de cada una, así como su relación espacial con los corredores propuestos. En la siguiente tabla se presenta su clasificación, tipo de capa de rodadura y estado general. Tabla. Infraestructura Vial
CLASIFICACIÓN ALTERNATIVA A LA QUE ACCEDEID NOMBRE ACCESO
INVIAS IGAC RODADURA LONGITUD (km) ESTADO 1 2
VE_01 Puerto Viejo - Y Palmito Secundaria T-3 Asfalto 10,43 Bueno X X VE_02 Y Palmito - K3+200 Varsovia Secundaria T-4 Afirmado 3,25 Regular - - VE_03 K3+200 Palmito - Varsovia Secundaria T-3 Asfalto 9,00 Bueno - - VE_04 La Virgen Varsovia - Toluviejo - Sector Santa Isabel Primaria T-1 Asfalto 8,28 Bueno X X VE_05 K6+500 Puerto Viejo Varsovia - Predio Las Carolinas Terciaria T-5 Material granular disperso 3,72 Regular X X VE_06 K7+350 Puerto Viejo Varsovia - Predio El Diamante Terciaria T-5 Material granular disperso 0,19 Regular - X VE_07 Mayoría El Diamante - Vía Norte Terciaria T-5 Rasante natural 1,58 Regular - X VE_08 Mayoría El Diamante - Vía Sur Terciaria T-5 Rasante natural 2,46 Regular - X VE_09 Vía Norte El Diamante - Parcela interna Terciaria T-6 Material granular disperso 0,90 Regular - X VE_10 Predio El Diamante - Vía Intermedia Terciaria T-6 Rasante natural 0,62 Regular - X VE_18 K4+200 Varsovia - Parcelas sr. Luis Cuello Terciaria T-5 Material granular disperso 2,52 Malo - X
VE_19 Parcelas sr. Luis Cuello - Predio sr. Elmer Romero Terciaria T-6 Rasante natural 0,92 Malo - X VE_20 K5+000 Varsovia - Predio La Luciana Terciaria T-3 Concreto 0,94 Bueno - X VE_21 Predio La Luciana - Puerto Viejo Terciaria T-4 Afirmado 12,90 Regular - X VE_23 K6+450 Varsovia - Predio Abogado Terciaria T-5 Material granular disperso 3,28 Bueno X X VE_24 K7+680 Varsovia - Vía predio Abogado Terciaria T-5 Material granular disperso 1,36 Regular X X VE_25 Vía predio Abogado - Predio La Ceja Terciaria T-6 Rasante natural 0,97 Malo X XAuto. No. 000109 Del 14 ENE. 2026 Hoja No. 9 de 181 “Por el cual se define una alternativa y se toman otras determinaciones” Página 9 de 181
CLASIFICACIÓN ALTERNATIVA A LA QUE ACCEDEID NOMBRE ACCESO
INVIAS IGAC RODADURA LONGITUD (km) ESTADO 1 2
VE_26 K8+700 Varsovia - Predio sr. Eliecer Alvis Terciaria T-6 Rasante natural 0,85 Regular - X VE_27 K9+400 Varsovia - Predio El Zapote Terciaria T-4 Afirmado 1,78 Bueno - X VE_28 K3+500 Toluviejo Tolú - Predio Andalucía Terciaria T-5 Rasante natural 1,92 Regular X X
VE_29 K4+300 Toluviejo Tolú - Predio El Edén Terciaria T-4 Afirmado 1,13 Bueno X X Fuente: Equipo Evaluador Ambiental con base en el Capítulo 3. Descripción del proyecto y el MAG de la información adicional del DAA, presentada mediante comunicación con radicado 20256201609792 del 23 de diciembre de 2025. Superposición de Proyectos ANLA El Equipo Evaluador Ambiental de la ANLA verificó el en GeoVisor de la ANLA y encontró que existen 15 proyectos licenciados por la ANLA en superposición con el área de estudio del proyecto, los cuales se listan en la siguiente tabla y se presenta su localización en la siguiente figura. Tabla. Proyectos licenciados por la ANLA SECTOR EXPEDIENTE TITULAR NOMBRE DEL PROYECTO ACTO ADMINISTRATIVO SUPERPOSICIÓN Hidrocarburos LAM2080 ECOPETROL S.A. Bloque de perforación exploratoria pradera Resolución 985 del 29 de agosto de 2014 Alternativas 1 y 2 Hidrocarburos LAV0023-00-2018 HOCOL S.A. Área de Perforación Exploratoria YD SN1 Resolución 1838 del 13 de septiembre de 2019 Área de estudio del proyecto Hidrocarburos LAM0241 PROMIGAS S.A ESP Gasoducto de la costa atlántica, (Ballena Cartagena, barranquilla), y construcción del loop palomino maní. Resolución 1464 del 14 de diciembre de 1989 Área de estudio del proyecto Hidrocarburos LAV0023-00-2015 PROMIGAS S.A. E.S.P. Gasoducto Loop San Mateo Mamonal Resolución 805 del 8 de julio de 2015 Área de estudio del proyecto
diciembre de 1989 Área de estudio del proyecto Hidrocarburos LAV0023-00-2015 PROMIGAS S.A. E.S.P. Gasoducto Loop San Mateo Mamonal Resolución 805 del 8 de julio de 2015 Área de estudio del proyecto Hidrocarburos LAM0862 ECOPETROL S.A. Combustoleoducto Ayacucho - Retiro - Coveñas Resolución 720 del 18 de julio de 2013 Área de estudio del proyecto Hidrocarburos LAM1082 CENIT
TRANSPORTE Y
LOGÍSTICA DE
HIDROCARBUROS
S.A.S. Oleoducto Caño limónCoveñas Resolución 822 del 16 de agosto de 2013 Área de estudio del proyecto Hidrocarburos LAM2510 CENIT
TRANSPORTE Y
LOGÍSTICA DE
HIDROCARBUROS
S.A.S Poliducto Galán - Ayacucho Coveñas variante caño el Zorro Resolución 724 de 31 de julio de 2002 Área de estudio del proyecto Hidrocarburos LAM4376
FRONTERA
ENERGY
COLOMBIA CORP
Gasoducto Ramal las Majaguas - Coveñas Resolución 1471 del 30 de julio de 2009 Área de estudio del proyecto Hidrocarburos LAV0042-13 OLEODUCTO DEL CARIBE S.A.S. Oleoducto del Caribe - Olecar Resolución 1336 del 27 de diciembre de 2013 Área de estudio del proyecto
Infraestructura LAM6202 AUTOPISTAS DE LA SABANA S.A. Construcción De La Segunda Calzada Sincelejo-Toluviejo Resolución 588 del 10 de junio de 2014 Área de estudio del proyecto Infraestructura LAV0007-00-2020 CONCESIÓN RUTA AL MAR S.A.S. Unidad Funcional Integral 7, Subsector 2, Variante de Coveñas Resolución 1317 del 27 de julio de 2021 Área de estudio del proyectoAuto. No. 000109 Del 14 ENE. 2026 Hoja No. 10 de 181 “Por el cual se define una alternativa y se toman otras determinaciones” Página 10 de 181
SECTOR EXPEDIENTE TITULAR NOMBRE DEL PROYECTO ACTO ADMINISTRATIVO SUPERPOSICIÓN
Agroquímicos LAM6802-00
COLOMBIAN
AGROINDUSTRIAL
COMPANY S.A.S
Zoocriadero Colombian Agroindustrial Company S.A.S Resolución 681 del 24 de junio de 1988 Área de estudio del proyecto Energía LAV0028-00-2022 MAINSTREAM COLOMBIA S.A.S Parque Solar Andrómeda y Línea de Transmisión de Energía de 220 kV Resolución 2688 del 9 de noviembre de 2022 Alternativas 1 y 2 Energía LAV0056-00-2021 CELSIA COLOMBIA S.A. E.S.P. Nueva Subestación Toluviejo y Líneas de Transmisión Asociadas-Tramo 1 Resolución 1431 del 6 de julio de 2022 Alternativas 1 y 2 Energía LAV0082-00-2022 CELSIA COLOMBIA S.A. E.S.P. Nueva Subestación Toluviejo 220 kV y Líneas de Transmisión Asociadas–Tramo 2 Resolución 1636 del 28 de julio de 2023 Alternativas 1 y 2
Fuente: Equipo Evaluador Ambiental consulta GeoVisor de ANLA 2025.
Figura. Localización proyectos licenciado por ANLA Fuente: Equipo Evaluador Ambiental consulta GeoVisor de ANLA 2025.Auto. No. 000109 Del 14 ENE. 2026 Hoja No. 11 de 181 “Por el cual se define una alternativa y se toman otras determinaciones” Página 11 de 181 LAM2080 – Bloque de perforación exploratoria pradera - ECOPETROL S.A.: De acuerdo con la verificación realizada en el GeoVisor de la ANLA se identificó que las dos (2) alternativas se traslapan con el proyecto “Bloque de perforación exploratoria Pradera” asociado al expediente LAM2080. No obstante, mediante el artículo primero de la Resolución 985 del 29 de agosto de 2014 se declaró la pérdida de ejecutoriedad de la Resolución 703 del 25 de julio de 2002, por la cual se había otorgado licencia ambiental a ECOPETROL S.A. para el desarrollo de dicho proyecto, razón por la cual dicho traslape no se considerará para el presente diagnostico ambiental de alternativas. LAV0023-00-2018 - Área de Perforación Exploratoria YD SN1 - HOCOL S.A.: El área de estudio del proyecto presenta superposición con el “Área de Perforación Exploratoria (APE) YD SN1”, asociado al expediente LAV0023-00-2018. Sin embargo, se precisa que este traslape no coincide con ninguno de los corredores definidos para las alternativas de línea de transmisión, por lo que no constituye un criterio diferenciador para la selección de alternativas. LAV0023-00-2015 – Gasoducto de la Costa Atlántica (Ballena - Cartagenadefinidos para las altern
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