ANLA - Auto 001135 de 2026

Autoridad Nacional de Licencias Ambientales

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Detalles

Título
ANLA - Auto 001135 de 2026
Autor
Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2026

AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – AUTO N° 001135 (20 FEB. 2026) Página 1 de 4 “Por el cual se inicia el trámite administrativo ambiental para evaluar un Sistema Individual de Recolección y Gestión de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE) y se toman otras determinaciones”

LA COORDINADORA DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO DE PERMISOS Y

TRÁMITES AMBIENTALES ADSCRITO A LA SUBDIRECCIÓN DE INSTRUMENTOS,

PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES (ANLA) En uso de las facultades conferidas en la Ley 99 de 1993, el Decreto Ley 3573 de 2011, modificado por el Decreto 376 de 2020, el Decreto 1076 de 2015, las Resoluciones 851 de 2022, 968 y 990 de 2025, y CONSIDERANDO QUE La sociedad M & C.N. S.A.S., con NIT 800.093.288-4, a través del radicado 20266200129472 del 30 de enero de 2026, asociado al número VITAL 1220080009328826001, presentó el Sistema individual de Recolección y Gestión de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE), para la correspondiente evaluación y posterior aprobación por parte de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), de conformidad con la Resolución 851 del 5 de agosto de 20221. La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), conforme a lo establecido en el artículo 17 de la Ley 1437 del 18 de enero de 2011 2, sustituido por el artículo 1° de la Ley

La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), conforme a lo establecido en el artículo 17 de la Ley 1437 del 18 de enero de 2011 2, sustituido por el artículo 1° de la Ley 1755 del 30 de junio de 20153, mediante oficio 20265300122651 del 6 de febrero de 2026, requirió a la referida sociedad para que, en el término de un (1) mes, contado a partir del día hábil siguiente al recibo de dicho oficio, presentara información adicional, necesaria para dar continuidad al trámite ambiental solicitado, cuya respuesta fue presentada con radicado 20266200170742 del 10 de febrero de 2026. CONSIDERACIONES JURÍDICAS 1 “Por la cual se desarrollan los artículos 2.2.7A.1.3, 2.2.7A.2.1, el numeral 3.1 del artículo 2.2.7A.2.2, el numeral 3 del artículo 2.2.7A.2.4, el artículo 2.2.7A.4.2 y el artículo 2.2.7A.4.4 del Título 7A del Decreto 1076 de 2015 - Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible sobre la gestión de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE) y se dictan otras disposiciones” 2 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.” 3 “Por medio de la cual se regula el Derecho Fundamental de Petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”Auto. No. 001135 Del 20 FEB. 2026 Hoja No. 2 de 4 “Por el cual se inicia el trámite administrativo ambiental para evaluar un Sistema Individual

Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”Auto. No. 001135 Del 20 FEB. 2026 Hoja No. 2 de 4 “Por el cual se inicia el trámite administrativo ambiental para evaluar un Sistema Individual de Recolección y Gestión de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE) y se toman otras determinaciones” Página 2 de 4 El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MINAMBIENTE) expidió la Resolución 851 del 5 de agosto de 2022, estableciendo la clasificación nacional de los Aparatos Eléctricos y Electrónicos (AEE) y sus residuos, así como los lineamientos y requisitos de los Sistemas de Recolección y Gestión de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE) a cargo de los productores y las condiciones para la aceptación de los RAEE por parte de los comercializadores de AEE. La referida resolución, en el artículo 6°, señala que los productores de Aparatos Eléctricos y Electrónicos pueden asumir sus obligaciones de manera individual o a través de Sistemas Colectivos; precisando en el numeral 1° que, esta primera modalidad, aplica para un productor que establece, presenta, implementa y financia, bajo su exclusiva responsabilidad, su propio sistema de recolección y gestión de los RAEE. El artículo 17 de la Resolución 851 de 2022 indica la información que debe ser presentada por los productores de AEE ante la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), para su evaluación y posterior aprobación de los Sistemas de Recolección y Gestión de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE).

por los productores de AEE ante la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), para su evaluación y posterior aprobación de los Sistemas de Recolección y Gestión de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE). Teniendo en cuenta que la sociedad M & C.N. S.A.S. acreditó el interés jurídico que le asiste para la formulación de la petición que antecede, ya que reúne los requisitos exigidos por la ley, la ANLA admite la solicitud realizada y en efecto dará inicio al trámite administrativo ambiental para evaluar el Sistema Individual de Recolección y Gestión de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE). COMPETENCIA DE ESTA AUTORIDAD El Decreto Ley 3573 de 2011 creó la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), encargada de que los proyectos, obras o actividades sujetos de licenciamiento, permiso o trámite ambiental cumplan con la normativa ambiental de tal manera que contribuyan al desarrollo sostenible ambiental del país. El numeral 1° del artículo 11 del Decreto 376 del 11 de marzo de 2020 4, que modificó el Decreto 3573 de 2011, asigna como una de las funciones de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), la de evaluar las solicitudes de permisos, autorizaciones, certificaciones y trámites ambientales para definir la viabilidad ambiental de los proyectos, obras o actividad de su competencia. El artículo 36 de la Resolución 968 del 22 de mayo 2025 creó el Grupo Interno de Trabajo de Permisos y Trámites Ambientales adscrito a la Subdirección de Instrumentos, Permisos

obras o actividad de su competencia. El artículo 36 de la Resolución 968 del 22 de mayo 2025 creó el Grupo Interno de Trabajo de Permisos y Trámites Ambientales adscrito a la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). Los numerales 1 y 7 del artículo 39 ibidem asignan como funciones de la Coordinadora del Grupo Interno de Permisos y Trámites Ambientales, adscrito a la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la ANLA, designada mediante la Resolución 990 del 23 de mayo de 2025, la de contribuir en la evaluación y seguimiento de 4 “Por el cual se modifica la estructura de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA)”Auto. No. 001135 Del 20 FEB. 2026 Hoja No. 3 de 4 “Por el cual se inicia el trámite administrativo ambiental para evaluar un Sistema Individual de Recolección y Gestión de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE) y se toman otras determinaciones” Página 3 de 4 las solicitudes de permisos y trámites ambientales, cumpliendo con la normatividad vigente y de conformidad con el procedimiento establecido, y la de suscribir los actos administrativos de impulso y seguimiento de permisos y trámites ambientales de competencia de la citada Subdirección, de acuerdo con la normativa vigente y los procedimientos de la Entidad. En mérito de lo expuesto, DISPONE ARTÍCULO PRIMERO. - Iniciar el trámite administrativo ambiental para evaluar el Sistema Individual de Recolección y Gestión de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos

En mérito de lo expuesto, DISPONE ARTÍCULO PRIMERO. - Iniciar el trámite administrativo ambiental para evaluar el Sistema Individual de Recolección y Gestión de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE), presentado por la sociedad M & C.N. S.A.S., con NIT 800.093.288-4, mediante radicados 20266200129472 del 30 de enero de 2026, asociado al número VITAL 1220080009328826001, y 20266200170742 del 10 de febrero de 2026, de conformidad con la Resolución 851 de 2022 y teniendo en cuenta las consideraciones realizadas en la parte motiva del presente auto. PARÁGRAFO. - Las actuaciones administrativas que surjan con ocasión al trámite de evaluación de la solicitud objeto del presente auto cursarán en el expediente RAEE000100-2026. ARTÍCULO SEGUNDO. - Notificar el presente acto administrativo a la sociedad M & C.N. S.A.S., a través de su representante legal o apoderado debidamente constituido. ARTÍCULO TERCERO. - Publicar el presente acto administrativo en la Gaceta de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). ARTÍCULO CUARTO. - Ordenar al Grupo de Gestión Documental de la ANLA, asociar la documentación relacionada en el VDI0503-00-2025 al RAEE0001-00-2026. ARTÍCULO QUINTO. - Contra el presente auto no procede ningún recurso, de conformidad con lo expuesto en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011, modificada por la Ley 2080 del

25 de enero de 20215.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los 20 FEB. 2026 5“Por medio de la cual se reforma el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo -Ley 1437 de 2011y se dictan otras disposiciones en materia de descongestión en los procesos que se tramitan ante la jurisdicción”Auto. No. 001135 Del 20 FEB. 2026 Hoja No. 4 de 4 “Por el cual se inicia el trámite administrativo ambiental para evaluar un Sistema Individual de Recolección y Gestión de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE) y se toman otras determinaciones” Página 4 de 4

LUISA FERNANDA GASPAR GOMEZ

COORDINADORA DEL GRUPO DE PERMISOS Y TRAMITES AMBIENTALES

LINA MARIA RESTREPO PRADO

PROFESIONAL ESPECIALIZADO

OSCAR DANIEL PALACIO VELEZ

CONTRATISTA

Expediente No. RAEE0001-00-2026

Fecha: 18 de febrero de 2026

Proceso No.: 20265300011355

Nota: Este es un documento electrónico generado desde los Sistemas de Información de la ANLA. El original reposa en los archivos digitales de la Entidad

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