ANLA - Auto 001250 de 2026

Autoridad Nacional de Licencias Ambientales

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Detalles

Título
ANLA - Auto 001250 de 2026
Autor
Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2026

AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – AUTO N° 001250 (25 FEB. 2026) Página 1 de 5 “Por el cual se efectúa seguimiento a un Plan de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones”

LA COORDINADORA DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO DE PERMISOS Y

TRÁMITES AMBIENTALES ADSCRITO A LA SUBDIRECCIÓN DE INSTRUMENTOS,

PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES (ANLA) En uso de las facultades legales conferidas en el Decreto Ley 3573 de 2011, modificado por el Decreto 376 de 2020, Resolución 1407 de 2018, modificada por las Resoluciones 1342 de 2020 y 803 de 2024, y las Resoluciones 968 y 990 del 2025, y CONSIDERANDO QUE: La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), mediante Auto 010127 del 14 de noviembre de 2025, con fundamento en el Concepto Técnico 009685 del 31 de octubre de 2025, efectuó seguimiento al Plan de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques de la sociedad VILLA VERGARA S.A.S, con NIT 860.090.730 – 3, con el fin de determinar el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución 1407 de 20181, modificada por la Resolución 1342 de 2020 2. El citado auto fue notificado el 18 de noviembre de 2025, quedando con constancia de ejecutoria el 19 de noviembre de la misma anualidad.

20181, modificada por la Resolución 1342 de 2020 2. El citado auto fue notificado el 18 de noviembre de 2025, quedando con constancia de ejecutoria el 19 de noviembre de la misma anualidad. La sociedad VILLA VERGARA S.A.S, mediante radicado 20256201555562 del 11 de diciembre de 2025, asociado al número VITAL 3500860090730325001, presentó información tendiente a dar respuesta a los requerimientos efectuados en el Auto 010127 del 14 de noviembre de 2025, y solicitó el archivo del expediente PGE0142-00-2024. El equipo técnico de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de esta Autoridad efectuó seguimiento a la información del expediente PGE0142-00-2024, emitiendo el Concepto Técnico 001188 del 16 de febrero de 2026, el cual es el fundamento del presente acto administrativo.

1 “Por la cual se reglamenta la gestión ambiental de los residuos de envases y empaques de papel, cartón, plástico, vidrio, metal y se toman otras determinaciones” 2 “Por la cual se modifica la Resolución 1407 del 26 de julio de 2018 y se toman otras determinaciones”Auto. No. 001250 Del 25 FEB. 2026 Hoja No. 2 de 5 “Por el cual se efectúa seguimiento a un Plan de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 2 de 5 CONSIDERACIONES JURÍDICAS El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MINAMBIENTE), profirió la Resolución

Envases y Empaques, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 2 de 5 CONSIDERACIONES JURÍDICAS El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MINAMBIENTE), profirió la Resolución 1407 de 2018, modificada por Resoluciones 1342 de 2020 y 803 de 2024, con el fin de reglamentar la gestión ambiental de residuos de envases y empaques de papel, cartón, plástico y vidrio. El artículo 2° ibidem, modificado por la Resolución 803 de 2024 3, respecto al ámbito de aplicación de la citada normativa, establece que la misma aplica en todo el territorio nacional a los productores de envases y empaques y fabricantes o importadores de productos plásticos de un solo uso, según lo dispuesto en el parágrafo transitorio del artículo 4º y el artículo 17º de la Ley 2232 de 2022; a los productores de productos plásticos de un solo uso, conforme a lo dispuesto en el numeral 9 del parágrafo del artículo 5º, el parágrafo 3 del artículo 18º de la Ley 2232 ibidem y el artículo 2.2.7C.7 del Decreto 1076 de 2015 y las entidades públicas y privadas conforme al parágrafo 2 del artículo 13º de la Ley 2232 de 2022, entre otros aspectos. El artículo 6° de la Resolución 1407 de 2018, modificado por la Resolución 803 de 2024, indica la información mínima que deben contener los Planes de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques y de Residuos de Productos Plásticos de un solo uso. El presente acto administrativo, con fundamento en el Concepto Técnico 001188 del 16 de

indica la información mínima que deben contener los Planes de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques y de Residuos de Productos Plásticos de un solo uso. El presente acto administrativo, con fundamento en el Concepto Técnico 001188 del 16 de febrero de 2026, tiene como propósito efectuar seguimiento al Plan de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques de la sociedad VILLA VERGARA S.A.S, concluyendo que se ajusta a la totalidad de los lineamientos establecidos en la Resolución 1407 de 2018, modificada por la Resolución 1342 de 2020, así como también atendió los requerimientos realizados en el Auto 10127 del 14 de noviembre de 2025, de conformidad con lo expuesto en los subnumerales 3.1 y 3.2 del citado concepto técnico. Por otra parte, se precisa que, a partir del año 2023 la sociedad VILLA VERGARA S.A.S., se encuentra vinculada al Plan Colectivo del COLECTIVO DE ECONOMÍA CIRCULAR DE COLOMBIA S.A.S., con sigla CECCOL S.A.S., el cual cuenta con expediente PGE0001-002021, bajo el cual da cumplimiento a las obligaciones establecidas en la Resolución 1407 de 2018, modificada por las Resoluciones 1342 de 2020 y 803 de 2024. La vinculación a este colectivo se realizó en el año 2023 y fue notificada a la ANLA mediante radicado 20236201072102 del 29 de diciembre de 2023. En consecuencia, al no existir obligaciones y/o requerimientos pendientes en el marco del Plan Individual de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques, esta Autoridad ordenará el archivo definitivo del expediente PGE0142-00-2024, de conformidad con lo

En consecuencia, al no existir obligaciones y/o requerimientos pendientes en el marco del Plan Individual de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques, esta Autoridad ordenará el archivo definitivo del expediente PGE0142-00-2024, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 122 de la Ley 1564 de 2012 4, en concordancia con su artículo 626 3 Por la cual se desarrollan parcialmente las disposiciones de la Ley 2232 de 2022, sobre la reducción gradual de la producción y consumo de ciertos productos plásticos de un solo uso, el artículo 2.2.7C.7 del Decreto 1076 de 2015 que establece medidas tendientes a la reducción gradual de la producción y consumo de ciertos plásticos de un solo uso y se adoptan otras disposiciones” 4 “Por medio de la cual se expide el Código General del Proceso y se dictan otras disposiciones”.Auto. No. 001250 Del 25 FEB. 2026 Hoja No. 3 de 5 “Por el cual se efectúa seguimiento a un Plan de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 3 de 5 y el artículo 306 de la Ley 1437 de 20115, en aras de evitar el desgaste administrativo y las acciones sucesivas y de seguimiento del expediente en referencia. Finalmente, se precisa que la inobservancia de la Resolución 1407 de 2018, modificada por las Resoluciones 1342 de 2020 y 803 de 2024, así como los actos administrativos emanados por esta Autoridad en el expediente PGE0142-00-2024, podrá dar lugar a la imposición y ejecución de las medidas preventivas y sanciones que sean aplicables según

emanados por esta Autoridad en el expediente PGE0142-00-2024, podrá dar lugar a la imposición y ejecución de las medidas preventivas y sanciones que sean aplicables según el caso, de conformidad con lo establecido en la Ley 1333 de 2009 6, modificada por la Ley 2387 de 20247. COMPETENCIA DE ESTA AUTORIDAD El Decreto Ley 3573 del 2011, creó la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), y en el numeral 2 del artículo 3º le asignó la función de realizar el seguimiento de las licencias, permisos y trámites ambientales. El numeral 2 del artículo 11° del Decreto 376 de 2020 8, que modificó el Decreto Ley 3573 de 2011, establece dentro de las funciones de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de esta Autoridad, la de realizar el seguimiento a los permisos, autorizaciones y trámites ambientales, de acuerdo con la normatividad vigente. El artículo 36° de la Resolución 968 del 22 de mayo de 2025, creó el Grupo Interno de Trabajo de Permisos y Trámites Ambientales adscrito a la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). Los numerales 1 y 7 del artículo 39º ibidem, asignan como función de la Coordinadora del Grupo Interno de Permisos y Trámites Ambientales de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad Nacional de licencias Ambientales (ANLA), designada mediante Resolución 990 del 23 de mayo de 2025, la de contribuir en la evaluación y seguimiento de las solicitudes de permisos y trámites ambientales, cumpliendo con la normatividad vigente y de conformidad con el procedimiento establecido,

(ANLA), designada mediante Resolución 990 del 23 de mayo de 2025, la de contribuir en la evaluación y seguimiento de las solicitudes de permisos y trámites ambientales, cumpliendo con la normatividad vigente y de conformidad con el procedimiento establecido, y la de suscribir los actos administrativos de impulso y seguimiento de permisos y trámites ambientales de competencia de la citada Subdirección, de acuerdo con la normatividad vigente y los procedimientos de la Entidad. En mérito de lo anterior, DISPONE: ARTÍCULO PRIMERO. Informar a la sociedad VILLA VERGARA S.A.S, con NIT 860.090.730 – 3, que conforme al análisis realizado en el Concepto Técnico 001188 del 16 de febrero de 2026, dio cumplimiento a la totalidad de las obligaciones establecidas en la Resolución 1407 de 2018, modificada parcialmente por la Resolución 1342 de 2020, en lo 5 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”. 6 “Por la cual se establece el procedimiento sancionatorio ambiental y se dictan otras disposiciones.” 7 “Por medio del cual se modifica el procedimiento sancionatorio ambiental, ley 1333 de 2009, con el propósito de otorgar herramientas efectivas para prevenir y sancionar a los infractores y se dictan otras disposiciones” 8 “Por el cual se modifica la estructura de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA).”Auto. No. 001250 Del 25 FEB. 2026 Hoja No. 4 de 5 “Por el cual se efectúa seguimiento a un Plan de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 4 de 5

“Por el cual se efectúa seguimiento a un Plan de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 4 de 5 referente a las vigencias 2021 y 2022, en el marco del seguimiento al Plan Individual de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques. Adicionalmente, atendió los requerimientos formulados en el Auto 010127 del 14 de noviembre de 2025. ARTÍCULO SEGUNDO. En consecuencia, ordenar el archivo del expediente PGE0142-002024, en el cual se tramitaron las actuaciones relacionadas con el Plan Individual de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques de la sociedad VILLA VERGARA S.A.S, de acuerdo con lo expuesto en la parte motiva de este acto administrativo y por las razones expuestas en el Concepto Técnico 001188 del 16 de febrero de 2026. ARTÍCULO TERCERO. Bajo el Plan Colectivo del COLECTIVO DE ECONOMÍA CIRCULAR DE COLOMBIA S.A.S., con sigla CECCOL S.A.S., correspondiente al expediente PGE0001-00-2021, la ANLA verifica el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución 1407 de 2018, modificada por las Resolución 1342 de 2020 y 803 de 2024, para las vigencias 2023 y siguientes, por parte de la sociedad VILLA

VERGARA S.A.S.

ARTÍCULO CUARTO. Mientras se encuentre en el ámbito de aplicación de la Resolución 1407 de 2018, modificada por las Resoluciones 1342 de 2020 y 803 de 2024, la sociedad VILLA VERGARA S.A.S., debe dar cumplimiento a las obligaciones y disposiciones

1407 de 2018, modificada por las Resoluciones 1342 de 2020 y 803 de 2024, la sociedad VILLA VERGARA S.A.S., debe dar cumplimiento a las obligaciones y disposiciones señaladas en la citada normativa. ARTÍCULO QUINTO. Notificar el contenido del presente acto administrativo a la sociedad VILLA VERGARA S.A.S, a través de su representante legal o apoderado debidamente constituido. PARÁGRAFO. En la diligencia de notificación se deberá entregar copia del Concepto Técnico 001188 del 16 de febrero de 2026. ARTÍCULO SEXTO. Publicar el presente acto administrativo en la Gaceta de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). ARTÍCULO SÉPTIMO. Contra el presente acto administrativo no procede recurso, de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los 25 FEB. 2026

LUISA FERNANDA GASPAR GOMEZ

COORDINADORA DEL GRUPO DE PERMISOS Y TRAMITES AMBIENTALESAuto. No. 001250 Del 25 FEB. 2026 Hoja No. 5 de 5 “Por el cual se efectúa seguimiento a un Plan de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques, se ordena el archivo de un expediente y se toman otras determinaciones” Página 5 de 5

NICOLAS RAMIREZ AVILA

CONTRATISTA

JULIETH CONSTANZA ROMERO DELGADO

PROFESIONAL ESPECIALIZADO

Expediente No. PGE0142-00-2024 Concepto Técnico 001188 del 16 de febrero de 2026

Fecha: 20 de febrero de 2026

Proceso No.: 20265300012505

Nota: Este es un documento electrónico generado desde los Sistemas de Información de la ANLA. El original reposa en los archivos digitales de la Entidad

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